Decisión nº Interlocutoria058-2013 de Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 17 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2013
EmisorJuzgado Superior Noveno de lo Contencioso Tributario
PonenteRaul Marquez Barroso
ProcedimientoRecurso Contencioso Tributario

Asunto: AF49-X-2013-000001 Sentencia Interlocutoria Nº 058/2013

AP41-U-2011-000314

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 17 de mayo de 2013

203º y 154º

Visto el escrito presentado en fecha 16 de mayo de 2013, por los abogados L.M.H.R. y R.J.R.R., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 5.538.237 y 14.890.036, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajos los números 42.709 y 108.391, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de los ciudadanos F.P.L. y L.R.H.M., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 4.171.368 y 4.268.375, respectivamente, mediante el cual interponen Acción por Intimación de Honorarios Profesionales contra la sociedad mercantil FESTEJOS MAR, C.A, por cuanto las pretensiones contenidas en la misma no son contrarias al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho la presente demanda. Emplácese al demandado, sociedad mercantil FESTEJOS MAR, C.A., para que comparezca al segundo (2°) día de despacho siguiente a su citación a dar contestación a la demanda. Entréguese a la Unidad de Actos de Comunicación a los efectos de practicar la debida citación.

Se imprimen dos ejemplares bajo un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que repose en original en copiador de sentencias de este Tribunal.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de lo Contencioso Tributario a los diecisiete (17) días de mayo de dos mil trece (2013).

El Juez,

R.G.M.B.

La Secretaria,

B.L.V.P.

Asunto: AF49-X-2013-000001

AP41-U-2011-000314

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