Decisión nº 13-09 de Tribunal Tercero de Juicio de Zulia (Extensión Maracaibo), de 31 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2009
EmisorTribunal Tercero de Juicio
PonenteJosé Domingo Martínez
ProcedimientoSentencia Absolutoria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

JUZGADO TERCERO DE JUICIO

Maracaibo, 31 de Marzo de 2009

198 y 149°

Maracaibo, Treinta y Uno (31) de Marzo de 2009

189º y 150º

Sentencia No. 13 - 09 Causa N° 3M- 560-07

JUEZ PRESIDENTE: Dr. J.D.M.L..

FISCAL Nº 46 DEL MINISTERIO PÚBLICO: Dra. B.T..

DEFENSORES PRIVADOS: Dr. D.C., Dr. L.F. y Dra. J.P..

ACUSADOS: F.J.S.P. y D.R.S.U..

DELITO: Por la presunta comisión del delito de COAUTORES EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, POR ALEVOSÍA y POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, en concordancia con el artículo 83 ejusdem.

VÍCTIMA: (hoy occisos) A.J.S.V., J.G.S. y J.G.H.R..

SECRETARIA DE SALA: ABOG. Y.P..

Corresponde al Tribunal, constituido en forma Unipersonal, dictar Sentencia en la presente Causa Nº 3M-560-07, contentiva del Juicio seguido a los acusados F.J.S.P. y D.R.S.U., por la comisión del delito de COAUTORES EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, POR ALEVOSÍA y POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, en concordancia con el artículo 83 ejusdem, en perjuicio de A.J.S.V., J.G.S. y J.G.H.R., verificado en Audiencia Oral y Pública celebrada en el Edificio Palacio de Justicia del Estado Zulia; y al efecto, en conformidad con lo establecido en el Artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal se establece:

LOS SUJETOS PROCESALES

Se siguió juicio en contra de los ciudadanos F.J.S.P., de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 25 años de edad, nacido el 02-09-83, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 17.415.428, hijo de M.E.P. y J.F.S., residenciado en el Barrio El Silencio, calle 162, avenida 49B, diagonal a la Iglesia Benaide, Municipio San F.d.E.Z., y D.R.S.U., de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 25 años de edad, nacido el 21-12-83, de estado civil soltero, de profesión u oficio Técnico Medio en Hidrocarburos, titular de la Cédula de Identidad N° 16.426.452, hijo de D.S.F. y L.R.U., residenciado en el Barrio R.U., calle 162, avenida 49, desconociendo otros datos, Municipio San Francisco, Estado Zulia.

En representación de la vindicta pública obro la abogada B.T., Fiscala Cuadragésima Sexta (46) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando con motivo de haber presentado su despacho formal acusación escrita en la cual fueron imputados los delitos objeto del juicio, solicitando se declare la culpabilidad del acusado, con la consiguiente imposición de la pena establecida para el hecho punible imputado y la aplicación de accesorias específicas.

La defensa de los acusados estuvo a cargo de los abogados

D.C., L.F. y J.P., en el libre ejercicio de la profesión.

LOS HECHOS

En fecha 20 de Abril de 2007, siendo aproximadamente las 3:00 p.m. cuando el ciudadano A.J.S.V., se encontraba en su vivienda ubicada en el Barrio L.A., Av. 48, casa N° 159C-24, Municipio San F.d.E.Z., en compañía de los ciudadanos J.G.S. y J.G.H.R., ingiriendo licor en la parte trasera de la vivienda, cuando se presentaron varios ciudadanos, aproximadamente cinco personas, portando armas de fuego, quienes llegaron a bordo de un vehículo Clase Automóvil, Modelo Laser, Tipo Sedán, Marca Ford, Serial de Carrocería N° 8YPLP11E679A20450, sin placas identificadoras de color dorado, y sin mediar palabra descienden del vehículo, ingresan a la vivienda y en el mismo patio accionan sus armas de fuego impactando a los tres ciudadanos que se encontraban sentados, sin la menor oportunidad a que se defendieran o resguardaran su integridad, hecho que presenciara la ciudadana L.M.V., M.L. y J.L.G., quienes observaban el momento en que abordaban el vehículo, quienes informan a unos funcionarios de la Policía Regional que se encontraban patrullando en la zona y los mismos avistan el vehículo dorado conducido por los hoy acusados, realizada la inspección corporal a los mismos se logra obtener dos celulares a cada uno de ellos, sin embargo, de la declaración de uno de los testigos se pudo determinar que reconoció a uno de los imputados quien vestía una franela con franjas rojas coincidiendo la descripción con uno de los tripulantes del vehículo dorado, específicamente D.R.S.U..

DE LAS PRUEBAS OBJETO DE VALORACION DURANTE EL DEBATE

Fueron evacuadas e incorporadas por medio de las reglas del juicio oral y público, con las garantías del debido proceso, las siguientes probanzas testifícales:

  1. - Con la declaración testifical del ciudadano N.E.S.F., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesto del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, N.E.S.F., de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de identidad N° V- 3.644.193, funcionario Experto Profesional IV, adscrito a la Medicatura Forense del Estado Zulia, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en esta acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto Necropsia de Ley N° 3237, de fecha 10-05-2007, practicada sobre el ciudadano J.G.H.R. y Necropsia de Ley N° 3306, de fecha 16-05-2007, practicada sobre el ciudadano J.G.S., a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dicha necropsia y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto el acta de necropsia a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al Experto, expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es N.E.S.F., reconozco el contenido y firma en las actas, estando de guardia en fecha 24 de abril de 2007, recibí dos cadáveres en la morgue forense, uno fue el de J.G.H.R. a quien se le realizo protocolo de necropsia, ambos cadáveres tenían múltiples heridas, este de J.G.H.R. tenia como 27 años de edad, en el se hace una revisión externa del cadáver con data de muerte de 22 horas, se deja constancia de las lesiones localizadas en el mismo y la causa de muerte que fue por Hemorragia Cerebral por lesión encefálica por fractura del cráneo producido por arma de fuego. Con respecto al cadáver de J.G.S., se recibe en la misma fecha antes mencionada, con una data de muerte de 21 horas, este presentaba múltiples impactos de bala, determinándose como causa de la muerte que fue por Hemorragia Cerebral por lesión encefálica por fractura del cráneo producido por arma de fuego. Uno tenía 16 impactos y otro 17 impactos. Reconozco mi firma y sello del departamento. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿A quien realizó la primera Necropsia? R: A J.G.S.. P: ¿Cuál fue su data de muerte? R: 21 horas. P: ¿Determino si existían tatuajes en esos orificios? R: No, todos fueron a distancia. P: ¿Cómo fue la entrada y recorrido de los impactos? R: Casi todos de izquierda a derecha con diversidad de adelante y atrás. P: ¿José G.H. recibió 16 disparos? R: Si. P: ¿Hay tatuajes en esos orificios de entrada? R: No hay tatuajes. ¿Cuál fue la trayectoria de los mismos? R: Algunos de adelante a atrás otros de atrás adelante, unos fueron muy horizontalizados, algunos de derecha a izquierda, en este caso la mayoría fueron de atrás hacia delante la gran mayoría. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la defensora privada Abog. J.P., en su carácter de defensora del acusado F.J.S.P., quien no realiza preguntas. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. N.F., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U., quien no realiza preguntas. Seguidamente procede a Interrogar el tribunal, por lo cual el Juez Profesional, realiza las siguientes preguntas. Primera Pregunta: ¿A nivel de los brazos nombra varios impactos, por la trayectoria pudiera establecerse que esa posición en que fueron recibidos se asimila a una defensiva? R: Para decirle si fuese así defensiva, uno mueve los brazos, en este caso no uno siempre busca eso. P: ¿Todos esos impactos fueron por proyectiles independientes? R: Si, en un solo caso de Jairo uno que entro al brazo izquierdo subió y entró, ese fue horizontalizado, uno hace una sola descriptiva completa y se plasma. P: ¿En el caso de J.G.H., habla de que a nivel del tórax dos impactos pegan pero no entran, esos dos no tenían trayectoria intraorgánica? R: Al hacer disección uno trata de ver si hay la trayectoria intraorgánica, si atravesó algo al entrar, si tenía pólvora. P: ¿Esos proyectiles pudieron atravesar algún objeto o cuerpo que disminuyen la velocidad de el? R: Si. P: ¿Los orificios eran del mismo diámetro? R: Si en este caso. P: ¿En los dos casos analizados dice orificios mas pequeños que quiere decir? R: Podrían ser distintas balas. P: ¿Esos orificios sugieren el uso de dos armas de fuego? R: Si. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  2. - Con la declaración testifical del ciudadano A.G.A., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesto del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, A.G.A., de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de identidad N° V- 9.728.759, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación San Francisco, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en esta acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto según la numeración utilizada en la acusación fiscal 3) Acta de Investigación Criminal de fecha 20-04-2007; 4) Acta de Inspección Técnica del Sitio y Cadáveres con fijación fotográfica Nª 0417 de fecha 20-04-2007, practicada en el lugar del suceso; 5) Acta de Levantamiento de Cadáveres de fecha 20-04-2007, practicada en el lugar del suceso; 6) Acta de Inspección Ocular Nª 0418 de fecha 20-04-2007, practicada en la Morgue de la Escuela de Medicina del Hospital Universitario de Maracaibo; 7) Acta de levantamiento de Cadáveres de fecha 20-04-2007, practicada en la Morgue del Ambulatorio El Silencio, Municipio San F.d.E.Z.; y, 8) Acta de Inspección Técnica Nª 0419 de fecha 20-04-2007, todas practicadas por el mencionado funcionario, a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dichas actas y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto las actas a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al testigo, expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es A.G.A., efectivamente mi actuación en el presente caso fue el levantamiento de cadáveres e inspección técnica del sitio del suceso en el Barrio L.A., constatamos esa información en el patio trasero de una vivienda, habían dos cadáveres de sexo masculino, conchas y otra persona había sido trasladada al Ambulatorio El Silencio. Reconozco mi firma y sello del departamento. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Cuál fue tu carácter en cada uno actuación? R: Investigador. P: ¿Con respecto al acta Nª 3, en que consistió? R: Explica cada uno de los pasos que se llevaron a cabo, tuvimos conocimiento mediante llamada telefónica esa acta esta firmada por mi fecha y es de fecha 20 abril 2007. P: ¿Al trasladarse al sitio donde estaba ubicado? R: En el Barrio L.A., en la calle 159 con Avenida 48 A, casa Nª 159C-24, Parroquia D.F., Municipio San F.d.E.Z.. P: ¿La Prueba Nª 4 en que consiste? R: Es una Inspección Técnica del sitio del suceso y de cadáver en la dirección antes mencionada en ella se refleja la fecha 20 abril 2007, esta firmada por mi. P: ¿Es un sitio abierto o cerrado? R: Cerrado. P: ¿Cómo es la iluminación? R: Natural, abundante, clara. P: ¿Qué lograron ubicar de evidencia de interés criminalistico? R: Conchas percutidas varias y proyectiles. P: ¿Dejo constancia de la cantidad de conchas y proyectiles? R: Si. P: ¿Cuántas conchas? R: 78 conchas percutidas y 10 proyectiles. P: ¿Colecto otra evidencia? R: No. P: ¿La Prueba Nª 5 en que consiste? R: En el levantamiento de cadáver, se reflejan las características fisonómicas del occiso y heridas que presenta. ¿Qué fecha tiene? 20 de Abril de 2007. ¿Es su firma? R: Si es mi firma. P: ¿Cuál era la posición de los cadáveres? R: De cubito dorsal, los dos. P: ¿Cómo se identificaron los cadáveres? R: E.d.A.S. y J.G.S.. P: ¿Cómo obtuvo es información? R: Por parte de familiares. P: ¿En cuanto a la Prueba Nº 6, a que se refiere? R: A una Inspección que se hace en la Morgue del Hospital Universitario de Maracaibo, de fecha 20 abril de 2007, de los dos cadáveres que se hallaron en la vivienda. P: ¿Para que se hace? R: Para detallar mas a los cadáveres pues en el sitio del suceso se debe resguardar mas, en la morgue se despoja de sus vestimentas para indagar mas. P: ¿Qué fecha tiene? R: 20 abril 2007. P: ¿Usted la firma? R: Si. P: ¿La Prueba Nª 7 a que se refiere? R: A un acta de levantamiento de cadáver que ingreso al Ambulatorio El Silencio se describe occiso y heridas. P: ¿Lo identifico? R: Si. P: ¿Cuál era el nombre? R: J.G.H.R.. P: ¿De que fecha? R: 20 abril de 2007. P: ¿Esta firmada por Usted? R: Si. P: ¿La Prueba Nº 8 a que se refiere? R: A una inspección del sitio del suceso. P: ¿Cómo era el lugar? R: Abierto, de una vía pública donde se localizo un vehículo ford láser color beige, en la inspección se localizo unos carnet a nombre de G.P., de la empresa Consensa. P: ¿Se encontró alguna otra evidencia? R: No. P: ¿Esta firmada por Usted? R: Si. P: ¿Qué fecha tiene? R: 20 de abril de 2007. P: ¿Por qué le practico inspección a ese vehículo? R: Se tuvo conocimiento que se encontró abandonado este vehículo y nos trasladamos al lugar para su inspección. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la defensora privada Abog. J.P. en su carácter de defensora del acusado F.J.S.P., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Diga las horas de los procedimientos? R: A las 4:10 p.m. es la salida del despacho, la inspección del cadáver es a las 4:20 p.m., a las 6:50 p.m. es la inspección técnica en la morgue se detallan los cadáveres, a las 6:00 es la inspección del cadáver del silencio. P: ¿Junto con quien actúo? R: Me traslade al lugar con mi superior G.G. y con J.R., L.M., R.G., Minica García y G.R.. P: ¿Cuál fue el trabajo que realizo allí? R: Mi trabajo radico en la inspección y levantamiento de cadáveres. P: ¿Cuándo llego al sitio habían personas junto de los hoy occisos? R: Si. P: ¿Quiénes? R: Los familiares de estos, varias personas. P: ¿Fueron ustedes los primeros que llegaron al sitio? R: No, en la vivienda estaban los familiares, era resguardado por Polisur. P: ¿Qué funcionario estaba cuando usted llego? R: Polisur. P: ¿Recuerda como se encontraban vestidos los hoy occisos? R: Eso esta reflejado en el acta de inspección, en bermuda, uno sin camisa y el otro a su lado con j.a. y franela amarilla. P: ¿Cuándo llega al sitio que recolecto? R: Varias conchas percutidas y proyectiles. P: ¿Cuándo llego al sitio cerca de los hoy occisos aparte de las conchas consiguió algún arma de fuego? R: Solo las conchas y los proyectiles, nada más. P: ¿Al legar al sitio estaban los acusados que están hoy en esta sala? R: No. P: ¿Recuerda las características de los occisos? R: En la vivienda uno de piel morena rasgos guajiro pelo negro, el otro fuerte 1,80 de estatura piel trigueña. P: ¿Qué personas estaban cuando van a hacer la inspección del vehículo? R: Estaba resguardado por la Policía Regional. P: ¿Qué se recolectó? R: En el vehículo se recolectaron dos carnet a nombre de la persona que acabo de mencionar. P: ¿Qué otra evidencia se recolecto? R: Ninguna. P: ¿Al trasladarse hasta el sitio al levantamiento que se les hizo a los mismos, se hizo experticia de ionitrato a los occisos? R: En este tipo de delito las vestimentas y ropas de los occisos se envían a evidencias criminalísticas, se les hace inspección al cadáver y las heridas y para que sea colocado en la onidex como occiso. ¿se les realizaron pruebas de atd a los occisos? Objeta la fiscal y el Juez solicita a la defensa que reformule la pregunta. P: ¿A que distancia se encontraba el vehículo del sitio de los hechos? R: El vehículo fue localizado en el mismo barrio a escasas cuadras. P: ¿Habían detenidos en ese caso? R: Mi actuación fue la inspección técnica del sitio del suceso y levantamiento de cadáver. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. N.F., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U. a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Tiempo de desempeño en la institución? R: 20 años. P: ¿Qué rango tiene? R: Sub- Inspector. P: ¿Quien le notifico al CICPC del hecho? R: Me encontraba de guardia, la comisión sale del despacho voy con mi superior. P: ¿Con cuantos se traslado al sitio? R: Con 6 personas. P: ¿A que hora llegaron al sitio? R: Salimos a las 4:10 p.m. P: ¿Dónde queda de la división al sitio del suceso? R: Es cerca. P: ¿Al llegar al sitio que cuerpo policial se encontraba? R: Polisur. P: ¿Tuvo conocimiento usted de si esas personas que se encontraban en el piso, que tiempo transcurrió desde que esas personas le dieron muerte hasta que llegaron? R: No soy científico, soy funcionario policial. P: ¿Usted como investigador toma entrevistas? R: Al llegar al lugar uno trata de mantener la información, el sitio es abierto uno identifica a las victimas en el lugar, ese procedimiento lo hacen otras personas, yo solo hice levantamiento del cadáver e inspección técnica. P: ¿A que hora fue el hecho? R: Eso fue en horas de la tarde. P: ¿Quién le informa que incautaron un vehículo? R: Al estar uno en el lugar mis superiores me informaron. P: ¿En compañía de quien se traslado al sitio del vehículo? R: Con mi superior G.G. y con J.R., L.M., R.G., Minica Garcái y G.R.. P: ¿Señale aproximadamente a cuantas cuadras o metros a que distancia se encontraba el vehiculo del sitio donde ese encontraban los cadáveres? R: En el mismo barrio pero algo retirado. P: ¿Quién estaba en el sitio con el vehículo? R: La Policía Regional. P: ¿Cuál fue la fecha de los hechos? R: 20 abril 2007. P: ¿Estaba solicitado el vehículo? R: Si, recuerdo que estaba solicitado. P: ¿A que hora llegas al vehículo a hacer la inspección? R: En horas de la tarde. P: ¿Al llegar al sitio del vehículo no supo si esos funcionarios habían aprehendidos a algunas personas? R: No, lo supe posteriormente. P: ¿Cuándo se entera? R: Posteriormente. P: ¿Cuándo llega al sitio no sabe de detenidos? R: No, recuerdo que el vehículo estaba resguardado y le hicimos inspección. P: ¿La Policía Regional no levanto acta? R: Desconozco. P: ¿Solo practico el levantamiento y la inspección? R: Si. P: ¿Hizo entrevistas? R: Después se levantaron entrevistas. P: ¿Usted tomo luego de realizar esto entrevistas a personas o testigos? La fiscal objeta. El Juez la declara no ha lugar. R: Si se tomaron entrevistas a los familiares. P: ¿A cuantas personas le tomo entrevista? R: No recuerdo. P: ¿Llas entrevistas las dejo plasmadas? R: Si, en el acta de inspección, posteriormente fueron al despacho. P: ¿De esa forma identifica los cadáveres? R: Si. P: ¿Luego de obtener la identificación de los cadáveres solicito información para ver si estas personas poseían antecedentes penales? R: Uno de ellos presento antecedentes por Porte Ilícito y hurto si mal no recuerdo. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente procede a Interrogar el tribunal, por lo cual el Juez Profesional, realiza las siguientes preguntas. Primera Pregunta: ¿Cuándo llega al sitio quien lo resguardaba? R: Funcionarios de Polisur. P: ¿Esa evidencia había sido modificada? R: Estaba normal. P: ¿Cuántos cadáveres consigue? R: 2. P: ¿estaban separados? R: Cerca uno del otro. P: ¿En el sitio conoció sobre la otra tercera persona? R: Si. P: ¿Supo donde fue tiroteado? R: En el mismo sitio. P: ¿Cuántas conchas colecto? R: 78 y 10 proyectiles. P: ¿Siendo un sitio cerrado no fue inspeccionada la vivienda? R: El hecho fue en el patio de la residencia, ese patio esta cercado para tener acceso puede ser por dentro de la vivienda o a un lado. __Se deja constancia que el funcionario hace explicación del sitio del suceso a través de las fijaciones fotográficas__. P: ¿Usted describió en su acta el sitio del hecho? R: Si. P: ¿La agresión fue en el fondo de la casa? R: Si. P: ¿Los autores tenían que entrar a la casa para salir? R: No pues hay un portón corredizo. P: ¿Por el fondo se podría salir? R: Tenían que atravesar el corredor que tenia el estacionamiento. P: ¿Tenia por ese corredor ventanas? R: Si, esa información la puede dar la técnico M.G.. P: ¿Era una zona poblada? R: Si zona residencial con casas de lado y lado, vía publica por el frente, el sitio estaba iluminado naturalmente. P: ¿Había claridad? R: Si. P: ¿Incluso para los que estaban dentro de la casa? R. Si. P: ¿Había dificultad visual? R: Depende de la vista del observador. P: ¿Quién imparte en la comisión las instrucciones? R: G.G.. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  3. - Con la declaración testifical de la ciudadana YOLEIDA A.A.F., quien después de ser juramentada por el Juez Presidente fue impuesta del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, YOLEIDA A.A.F., de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de identidad N° V- 10.478.419, funcionaria Experto Profesional II, adscrito a la Medicatura Forense del Estado Zulia, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en esta acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto Necropsia de Ley N° 3206, de fecha 10-05-2007, practicada sobre el ciudadano A.J.S.V., a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dicha necropsia y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto el acta de necropsia a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al Experto, expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es YOLEIDA A.A.F., se trata de una autopsia practicada a un cadáver masculino de raza mezclada, con 15 heridas por arma de fuego, hemorragia interna por lesión vascular, las diferentes heridas causaron lesiones múltiples en tórax y abdomen. Reconozco mi firma y sello del departamento. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Esa necroscopia esta suscrita por usted? R: Si. P: ¿Cómo se identificó el cadáver? R: Como A.S.V.. P: ¿Cuál era la data de la muerte? R: De 4 a 6 horas. R: ¿Detallo de acuerdo las 15 heridas y la distribución de cada una de ellas? R: Si, eran predominantemente en tórax y abdomen, 15 en total. P: ¿Cuál era las características de esos orificios, eran tatuajes? R: No presentaban tatuaje. P: ¿Qué significa cintila de contusión? R: Que paso del proyectil por la piel, indica el trayecto y fuerza del proyectil cuando pasa, choca con la superficie. P: ¿Este tipo de caracteres que significa, que fue a contacto o a distancia? R: Todos los orificios de entrada tiene cintilla de contusión, pero si además hay otros elementos podemos determina en este caso es de mas de 60 centímetros. P: ¿Por esas heridas puede determinarse la posición del cadáver? R: La mayoría de los trayectos son de abajo hacia arriba, de atrás a adelante, la mayoría están distribuidos de modo diferente las trayectorias son multiples. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la defensora privada Abog. J.P. en su carácter de defensora del acusado F.J.S.P., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Podría decir en que posición se encontraba Adan? R: Son múltiples orificios, es difícil determinar la posición que tenia, fueron diversos disparos, las trayectorias son diferentes. P: ¿Cuántos proyectiles le incautaron en el cuerpo? R: 3 proyectiles. P: ¿Fueron iguales? R: Si. P: ¿A que distancia se puede decir que estaba la victima y el victimario? R: A mas de 60 centímetros. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. N.F., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U., quien no realiza preguntas. Seguidamente procede a Interrogar el tribunal, por lo cual el Juez Profesional, realiza las siguientes preguntas. Primera Pregunta: ¿Qué estatura tenía el cadáver? R: 1,75, era una persona alta. P: ¿Por la cantidad de balas y el ángulo sugiere más de un tirador? R: Pudiera ser factible. P: ¿Esta persona con los impactos que recibió su muerte fue instantánea? R: Si, es múltiples lesiones viscerales. R: ¿Tenían entrada y salida? R: La mayoría. P: ¿Fueron lesionados huesos? R: Por lo que describo no. P: ¿Esta persona presento síntoma de estar bebiendo? R: Cuando hay ese hallazgo uno lo describe. P: ¿El cadáver debe ser despojado de su ropa esa evidencia fue colectada? R: El cadáver ya estaba sin vestimenta así lo describo. P: ¿Colecto algún proyectil? R: Tres proyectiles intraorgánicos. P: ¿De que diámetro? R: Solo describo como era 0,6 cm el orificio. P: ¿Cuál es el angulo de los miembros superiores impactados? R: Va de abajo hacia arriba. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  4. - Con la declaración testifical del ciudadano J.A.M.P., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesto del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, J.A.M.P., de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de identidad N° V- 13.931.776, funcionario adscrito al Área de Tecnica Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación San Francisco, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en esta acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto Experticia de Reconocimiento Legal Nª 9700-135-SSFCO-AT-177 de fecha 24 abril 2007, practicada a 20 proyectiles blindados, 52 conchas y 2 fragmentos de blindaje, que este funcionario realizó, a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dicha experticia y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto el acta a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al Experto, expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es J.A.M.P., se recibió un memorandum para practicar experticia de reconocimiento a evidencias de interés criminalistico que se encontraban en el área de resguardo y custodia de evidencias, me traslade hacia esa área a practicar la misma. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Diga la fecha de la experticia? R: 24 abril 2007. P: ¿Esta suscrita por usted? R: Si. P: ¿Cuáles son las conchas, en que cantidad? R: 52 conchas de diferentes marcas, 43 e.P., 4 de la marca SPEER LUGER, 4 de la marca WIN LUGER y 1 de la marca CAVIM. P: ¿La concha entra en el cuerpo o se queda fuera, que es lo que penetra en el cuerpo? R: Lo que lesiona el objetivo es el proyectil y la concha sale inyectada y no penetra, lo que lesiona es el proyectil que lleva, en este caso recubrimiento de bronce. P: ¿Qué arma permite recolectar la concha? R: Arma de fuego calibre 9 mm pistola, lo incida la concha. P: ¿Esa concha tiene marca de percusión? R: Si tiene una huella de percusión directa. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la defensora privada Abog. J.P. en su carácter de defensora del acusado F.J.S.P., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Podría decir si encontró balas completas sin percutar? R: Esas evidencias fueron suministradas por el resguardo de evidencia no perite balas en su estado original. P: ¿Cuántas armas podrían haber utilizado? R: No, esas balas fueron disparados por armas de fuego tipo pistitas, no se cuantos. P: ¿Recolecto de varias marcas, determina el tipo de pistola? R: No, solo la marca de la bala en su estado original. P: ¿Fueron percutadas por distintas armas? R: No lo puedo determinar, esa información no me la da la concha. P: ¿Cuántas balas puede tener una pistola 9 mm? R: Eso depende del tipo de arma de fuego generalmente tiene una capacidad hasta de 15 balas, el cargador original, hay otras que tiene capacidad hasta de 35 balas. P: ¿En tiempo para percutar tantos disparos cuantas armas se pudieron haber utilizado en que tiempo? R: Eso depende de la velocidad del tirador, del tipo de arma, hay un accesorio que coloca al arma de fuego en ráfaga selector de tiro. P: ¿Para cargar y recargar esa arma de fuego la persona debe ser diestra? R: Depende de la habilidad del tirador y hay accesorios que aceleran la función, la persona debe tener habilidad en ambas manos. P: ¿Dos personas pueden percutar en que tiempo? R: Minuto, minuto y medio. Una persona lo puede hacer, depende de su habilidad y si tiene el selector de tiros, lo puede hacer en 15 segundos, depende del arma de fuego y de la habilidad del tirador. P: ¿Estas armas de fuego son de alta potencia. Objeta la fiscal y el Juez profesional pide a la defensa reformule la pregunta. P: ¿Diga con que pudo haber chocado los fragmentos? R: Con una pared de mayor cohesión, de mayor dureza de lo que compone un proyectil. P: ¿Qué es lo que forma la concha? R: La capsula fulminante, manto de cilindro y la garganta. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. N.F., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U. a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Qué tiempo tiene como funcionario? R: 5 años de servicio. P: ¿Esas 43 conchas de donde provienen? R: No son de fabricación nacional. P: ¿Qué proyectiles usan los funcionarios policiales? R: Cavim nacional 9 mm. P: ¿Usted practico experticia de reconocimiento a 52 conchas, en la cadena de custodia aparecen 52 conchas, es posible que un arma de fuego pueda disparar consecutivamente varios disparos de distintas marcas sin que obstruya el desenvolvimiento de la misma? R: Es factible sin que ellos impida la ejecución normal del arma. P: ¿Hablo selector que es? R: Es una modalidad para arma de fuego que pone a la pistola a disparar como una sub-ametralladora. P: ¿Este accesorio quien lo usa? R: Todo el que tenga acceso a un arma de fuego. P: ¿Es permitido por el DARFA? R: Desconozco. P: ¿Quién comúnmente los usa? Ojeta la fiscal y el tribunal declara ha lugar la misma. P: ¿Qué funcionarios policiales de los que conoce usan eso? R: No conozco a ningún funcionario que use ese tipo de accesorio. CULMINA EL INTERROGATORIO Seguidamente procede a Interrogar el tribunal, por lo cual el Juez Profesional, realiza las siguientes preguntas. Primera Pregunta: ¿Por orden de quien recibió instrucciones para practicar esa experticia? R: De la Brigada de Investigación de delitos contra la vida. P: ¿El procedimeinto regular es la experticia macro? R: Si. P: ¿La micro cuando se usa? R: Cuando hay un arma de fuego recuperada. P: ¿Deformado que quiere decir? R: Que choco una superficie. P: ¿El paso intraorgánico lo puede deformar? R: Parcialmente. P: ¿En este caso no presenta esa característica? R: Hay unos totalmente deformados y otros parcialmente deformados. P: ¿Cuántos de ellos por paso intraorgánico? R: Dos de ellos estaban impregnados de sustancia pardo rojiza. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  5. - Con la declaración testifical del ciudadano G.R.B., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesto del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, G.R.B., de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de identidad N° V- 14.527.327, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación San Francisco, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en esta acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto según la numeración utilizada en la acusación fiscal 3) Acta de Investigación Criminal de fecha 20-04-2007; 4) Acta de Inspección Técnica del Sitio y Cadáveres con fijación fotográfica Nª 0417 de fecha 20-04-2007, practicada en el lugar del suceso; 5) Acta de Levantamiento de Cadáveres de fecha 20-04-2007, practicada en el lugar del suceso; 7) Acta de levantamiento de Cadáveres de fecha 20-04-2007, practicada en la Morgue del Ambulatorio El Silencio, Municipio San F.d.E.Z.; y, 8) Acta de Inspección Técnica Nª 0419 de fecha 20-04-2007, todas practicadas por el mencionado funcionario, a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dichas actas y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto las actas a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al testigo, expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es G.R.B., este hecho fue el 20 de abril de 2007, en el Barrio L.A., nos trasladamos pues se había cometido uno de los delitos contra las personas, entramos al patio encontramos varias conchas percutidas, dos cadáveres en cubito dorsal, G.G. estaba al mando, y como investigador Anderson y Mónica como técnico, los otros fuimos de refuerzo, es un homicidio atípico, nos fuimos al sitio se recolectaron las evidencias, se hicieron tomas fotográficas, descripción de heridas, nos trasladamos al ambulatorio El Silencio por una tercerea persona por el mismo hecho que había muerto, luego nos trasladamos a un vehículo beige ford laser donde se recolectaron dos carnets. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Fue en calidad de refuerzo? R: Si. P: ¿Cuál fue su función? R: Mas que todo ayudar a M.G. a las fijaciones fotográficas, a moverlos, pues habían demasiadas conchas y trozos de plomo, necrodactilia y los otros compañeros tratar de impedir que otros no entraran al sitio. P: ¿La Prueba Nº 3 a que se refiere? R: Descripción del Lugar y que se practico en ese procedimiento. P: ¿De que fecha es? R: 20 abril de 2007, a las 6:15 de la tarde. P: ¿Usted la suscribe? R: No. P: ¿La Prueba Nº 4 a que se refiere? R: A la Inspección del sitio y cadáver. P: ¿Cuál es la fecha del acta? R: 20 abril de 2007, a las 4:20 p.m. P: ¿Usted la suscribió? R: No. P: ¿De que se dejo constancia? R: De cómo era el sitio, evidencias, fijaciones fotográficas. P: ¿Era un sitio abierto o cerrado? R: Yo lo considero sitio mixto parte de los dos, pues tiene entrada a condiciones atmosféricas, despejado de techo en parte. P: ¿La Prueba Nº 5 a que se refiere? R: Acta de levantamiento de cadáveres levantada 10 minutos después de la última acta. P: ¿Usted la suscribe? R: SI. P: ¿En que posición se encontraban esos cadáveres? R: De cubito dorsal con la espalda al piso. P: ¿Estas personas como estaban vestidas? R: Uno con bermuda sin franela el otro con j.a. y franela manga larga amarilla y negra. P: ¿Dejo fijación fotográfica? R: No, pues este procedimiento no lo llevaba yo. P: ¿La prueba Nº 7 a que se refiere? R: Es un Acta de levantamiento de cadáver en la morgue del ambulatorio El Silencio, se hace la descripción de la persona. P: ¿Esta firmada por usted? R: Si. P: ¿La prueba Nº 8 a que se refiere? R: Inspección técnica en el Barrio L.A. a un vehículo marca ford laser, clase automvil, se colecto en la guantera carnet de la empresa Consensa a nombre de G.P.. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la defensora privada Abog. J.P. en su carácter de defensora del acusado F.J.S.P., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Quiénes actuaron en esos procedimientos? R: Varios funcionarios. P: ¿Cómo tuvo conocimiento de lo ocurrido? R: Polisur llego al sitio e informo. P: ¿Dónde estaban cuando recibieron la llamada? R: En San Francisco área técnica. P: ¿Los otros que le acompañaban estaban en el mismo sitio? R: Me imagino que si. P: ¿A que hora le notifico lo sucedido? R: No se. P: ¿Qué tiempo tardó el CICPC en llegar al sitio? R: No recuerdo. P: ¿Qué trabajo realizó usted? R: Apoyo. P: ¿Cuándo suscribe una acta en que condiciones la hace? R: En calidad de técnico, ese día solo fui a ayudar. P: ¿Cuándo usted llego al sitio habían personas alrededor de los occisos? R: Estaban los funcionarios de Polisiur y unas personas dentro de la casa, la puerta de atrás estaba cerrada. P: ¿Ese sitio estaba resguardado? R: Por funcionarios de Polisur. P: ¿Qué otros personas estaban en el sitio? R: No recuerdo pues había un portón grande y estaba trancado. P: ¿Qué otros funcionarios se encontraban resguardando el sitio? R: Adentro Polisur y afuera La Regional y Polisur. P: ¿Qué cuerpo llego de primero al sitio? R: No tengo conocimiento. P: ¿Cuál era la vestimenta de los hoy occisos? R: Uno franela manga larga amarilla y jean, otro sin camisa con bermuda. P: ¿Cómo identifico a los cadáveres? R: A y B y luego se les pregunta el nombre a los familiares. P: ¿Estaba ayudando a Mónica, en que le estaba ayudando? R: Ella iba fijando las cuestiones y le iba suministrando los sobres para recolectar evidencias. P: ¿Qué evidencias de interés criminalístico recolectó en el sitio? R: Conchas aproximadamente 50 o 60, plomo, proyectiles y la ropa de los occisos impregnada de sangre. P: ¿Aparte de la ropa de los occisos se realizaron pruebas? R: No dije eso. P: ¿Se hizo necrodactilia? R: Si. P: ¿Arroja para saber quien eran las personas? R: Eso lo hace el investigador. P: ¿Escucho decir si tenían prontuario los occisos? R: No escuche. P: ¿Cuándo estaba allí tuvo cono que detuvieron personas por lo sucedido? R: Cuando estábamos en al ambulatorio informaron de un vehículo. P: ¿Luego fueron al lugar donde esta el vehículo? R: Si. P: ¿Quiénes lo resguardaban? R: Funcionarios de la Policía Regional. P: ¿Qué recopilaron? R: Un carnet a nombre de G.P.d. empresa Consensa. P: ¿Conoce que persona y en que condiciones se consiguió el vehículo? R: No. P: ¿Qué distancia hay del vehículo al sitio donde sucedieron los hechos? R: No recuerdo, una o dos calles. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. N.F., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U. a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Qué rango tiene en el CICPC? R: T.S.U en criminalistica, soy detective. P: ¿Qué tiempo tiene de servicio? R: 9 años. P: ¿A que hora llega al sitio? R: A las 4:20 p.m. P: ¿Tiempo de actuación? R: 45 minutos. P: ¿Luego fueron al Ambulatorio El Silencio? Si. P: ¿Al llegar al vehículo quien lo resguardaba? R: La Policia regional. P: ¿Habían personas detenidas por ellos? R: No. P: ¿Diga la hora de la inspección? R: 6:40 de la tarde. P: ¿Averiguaron a quien pertenecía? R: No es mi función. P: ¿Estaba solicitado? R: Desconozco. P: ¿Cuál fue su función? R: Apoyo. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente procede a Interrogar el tribunal, por lo cual el Juez Profesional, realiza las siguientes preguntas. Primera Pregunta: ¿Participo auxiliando en el sitio de los hechos? R: Si. P: ¿Quién practico la evidencia material, las fotos y la inspección de los cadáveres? R: Al llegar al sitio la funcionaria fijo el sitio fotográficamente, desde la fachada, ella fijo frente y pasillo, fijo unos impactos que estaban en la pared del frente, fijo las evidencias encontradas. P: ¿Esos impactos estaban a que distancia del sitio donde estaban los cadáveres? R: La parte delantera de la casa como 10 metros. P: ¿La evidencia no sugirió modificación? R: No, ya que fijamos como estaban en el momento en que llegamos. P: ¿Los funcionarios que lo recibieron en la casa les dijeron como consiguieron las evidencias? R: No, en ningún momento. P: ¿Se colecto evidencia que esos impactos del frente tenían que ver con los de atrás? R: No se consiguieron conchas aledañas al frente de la casa. P: ¿Cuánto tardaron allí? R: De 40 a 50 minutos aproximadamente. P: ¿Quién entrevisto a los potenciales testigos del hecho? R: Los funcionarios A.A., L.M., R.G. y J.R.. P: ¿Quién se encargo de recabar la información relacionada con el vehículo? R: No se. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  6. - Con la declaración testifical del ciudadano R.E.U.G., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesto del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, R.E.U.G., de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de identidad N° V- 13.160.129, funcionario adscrito a la Policía Regional del Estado Zulia, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en este acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto Acta Policial de fecha 20-04-2007, que este funcionario realizó, a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dicha acta y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto el acta a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al testigo, expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es R.E.U.G., reconozco el contenido y firma en las actas, fue como 3 o 4 de la tarde había un tiroteo en el Barrio L.A., ya lleva una persona herida al Hospital, la misma gente de la casa da las características del vehículo, Cedeño reporta que ve el vehículo y que ve dos ciudadanos bajando del vehículo y salen corriendo, la comunidad también los señala por ello viene la detención. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Ilustre al tribunal si esta suscrita por usted esa acta? R: Si mi firma es la tercera. P: ¿Cuál fue la fecha del procedimiento? R: 20 de abril de 2007. P: ¿Cuántos años tiene laborando en la institución? R: 6 años. P: ¿Qué cargo tiene? R: Oficial 1°. P: ¿Cuántas personas detuvo? R: Dos. P: Diga las características de los mismos? R: Uno alto doble el otro flaco. P: ¿Por qué usted las detuvo? R: El patrullero me indica que iban dos personas corriendo a pocos metros del vehículo me los consigo como a 50 o 80 metros. P: ¿Qué vehículo era? R: Un ford laser doradito tirando a gris claro. P: ¿Qué les incauto? R: Nada. P: ¿Por qué se detiene una persona sin evidencia y además porque esta corriendo, que fue lo que lo convenció para detener a esas dos personas? R: El oficial al ver el vehículo Cedeño me dice que ellos bajaron del vehículo y salen corriendo y me indica la vestimenta y el me dijo ellos son. P: ¿Dejo constancia de las características de la vestimenta que llevaban? R: Si. P: ¿Cuáles eran? R: Un jean color gris, sueter raya azul marron y rojo, zapatos deportivos blancos y el otro jean color azul, franela roja franjas azules, zapatos deportivos negros. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. N.F., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U. a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Qué cargo desempeña? R: Oficial de Primera. P: ¿Indique la hora de la detención? R: 10 para las 4 de la tarde. P: ¿Por qué medio tuviste conocimiento de que esas personas estaban incursas? R: Por radio. P: ¿Quién te indico? R: Raggio. P: ¿Qué te indico?. R: Presunto sicariato en el Barrio L.A.. P: ¿Cómo una unidad ya estaba viendo el vehículo? R: Somos varios ya estaban persiguiendo el vehículo. P: ¿Dónde practicaste la aprehensión? R: No recuerdo. P: ¿A que distancia detuviste a las personas? R: A 80 metros del vehículo. P: ¿Del vehículo al sitio del suceso cuanto hay? R: 80 metros, 6 o 7 cuadras. P: ¿En que sector ocurrió el homicidio? R: En el Barrio L.A.. P: ¿En que lugar detuviste a los sujetos? R: En el mismo barrio. P: ¿Quién practico la aprehensión? R: Yo. P: ¿Viste a estas personas bajarse del vehículo? R: El oficial Cedeño vio a las personas bajarse del vehículo, la comunidad también los estaba señalando. P: ¿Quién se quedo en el vehículo? R: Cedeño. P: ¿Que otros funcionarios? R: Cedeño andaba con Gotera. P: ¿Llegaron de otros cuerpo? R: Polisur al ver la presencia de la PR se retiran. P: ¿Al llegar al vehículo que te indican? R: Que ellos son los que estaban manejando el vehículo. P: ¿Quiénes revisan el vehículo? R: Gotera y Cedeño. P: ¿Que encuentran? R: Nada. P: ¿A que hora llego el CICPC? R: En 1 hora. P: ¿Quién se quedo con el vehiculo? R: PTJ y PR. P: ¿A que hora llegaste al comando? R: Rápido. P: ¿Cuándo detienes a esta persona los revisaste? R: Al momento no en el sitio, cerré la barrillera y los monté. P: ¿Cuál era el aspecto de estas personas? R: El alto estaba sudado. P: ¿Qué les encontraron en el vehículo? R: Nada el vehículo estaba como si fuera robado, lo reportamos desconozco si estaba solicitado. P: ¿A quien señalo la comunidad? R: A los dos ciudadanos que iban en la patrulla. P: ¿Qué otra diligencia practicaste luego del suceso? R: Ninguna. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la defensora privada Abog. J.P. en su carácter de defensora del acusado F.J.S.P., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Dime lugar, hora y fecha del procedimiento? R: 10 para las 4 de la tarde. P: ¿Qué día? R: 20 de abril. P ¿Qué lugar? R: Barrio L.A.. P: ¿Actuó solo en ese procedimiento? R: No. P: ¿Con quien? R: Con tres oficiales más. P: ¿De donde venia y como supo lo que estaba sucediendo? R: De Domitila. P: ¿Cuántos barrios hay allí? R: Como cuatro. P: ¿Qué los separa? R: Una Calle. P: ¿Dónde realizo la aprehensión? R: En el Barrio L.A.. P: ¿Al llegar al sitio había mas personas allí? R: No había personas. R: ¿Nadie supo de la aprehensión? R: Había un pulilavado cerca. P: ¿Los agarraste cerca del pulilavado? R: Si. P: ¿Dónde estaba el vehiculo? R: En la parte de atrás del pulilavado. P: ¿De donde venias? R: De Nasa zona industrial. P: ¿Te los encuentras de frente? R: Si. P: ¿Y al otro lado de la calle el vehículo? R: Si. P: ¿Quién le dice que los lleve detenidos? R: El oficial Cedeño. P: ¿Para que sitio lo llevó? R: Para donde estaba el vehículo y de allí al comando. P: ¿Recolecta alguna evidencia? R: No. P: ¿Y en el vehículo? R: Tampoco. P: ¿Por qué se los lleva detenido? R: En la entrevista llegaron varias personas al ser llevados al comando familiares de los occisos reconocieron a las personas. P: ¿Se traslado al sitio de los hechos? R: No nunca. P: ¿Usted solo se traslado al sitio? R: Fui en apoyo ellos quedaron en el comando. P: ¿Quiénes estaban en el sitio de los hechos? Cicpc, unidades del supervisor, el modo de trabajar siempre vamos al sitio en apoyo. P: ¿A que comunidad se refiere usted? R: A la comunidad de L.A.. P: ¿Llegó con ellos al sitio donde estaba el vehículo? R: Si, eso estaba full. P: ¿Diga las características de las personas detenidas? R: Uno alto gordo el otro flaco alto. P: ¿A que hora los lleva en calidad de detenidos? Al DIP, como a las 7 de la noche. P: ¿Por qué a esa hora? R: Por el proceso. P: ¿Quién los llevo al DIP? R: Cedeño y A.G., los actuantes. P: ¿Había detenido anteriormente a estas personas? R: Nunca. P: ¿Era primera vez que los veía? R: Por allí si. P: ¿A quienes les entregaron ellos las prendas de vestir? R: Desconozco. P: ¿Ustedes donde lo tienen? R: En una oficina allí estaban ellos. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente procede a Interrogar el tribunal, por lo cual el Juez Profesional, realiza las siguientes preguntas. Primera Pregunta: ¿Persigue a pie? R: Nunca yo me los consigo de frente no ofrecieron resistencia. P: ¿El vehículo estaba encendido? R: Desconozco. P: ¿Sabe si el vehículo estaba encendido cuando Cedeño llego? R: Desconozco. P: ¿Cuantas personas iban en el vehículo. R: Cuatro. P: ¿Cuándo los detuvo los identifico? R: En el sitio. P: ¿Estuvieron en el sitio del suceso? R: Nunca. P: ¿Quién estaba encargado en el DIP? R: El Comisario Rodríguez. P: ¿Venían corriendo cuando los detuvo? R: Ellos vienen al doblar la calle ven la unidad y frenan, caminaron, veo la vestimenta igual, los apunte y les dije alto hice que se levantaran el sueter y los lleve para allá. P: ¿Quién estaba sudado? R: El alto. P: ¿Observo algo anormal en su vestimenta? R: No. P: ¿Tuvo contacto con los del CICPC? R: Nunca. P: ¿Al reportar la novedad el vehículo estaba solicitado? R: Desconozco. P: ¿Quién seria el encargado de verlo? R: Cedeño. P: ¿Se traslado al sitio de los hechos? R: Si. P: ¿Estaba el CICPC? R: Si. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  7. - Con la declaración testifical del ciudadano M.S.R., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesto del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, M.S.R., de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de identidad N° V- 8.509.772, funcionario adscrito a la Policía Regional del Estado Zulia, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en este acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto Acta Policial de fecha 20-04-2007, que este funcionario realizó, a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dicha acta y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto el acta a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al testigo, expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es M.S.R., resulta que ese día me encontraba de supervisor general, me voy detrás de Licores Pancho y visualizo a varias personas salir, oí varias detonaciones, informe por radio, veo a muchas personas correr y veo un vehículo salir a alta velocidad, me dice la gente que era un vehículo dorado o crema, salieron varias personas trasladando a un ciudadano lleno de sangre y lo llevo hasta el ambulatorio El Silencio, yo radeo el procedimiento al ver que hay mas heridos me traslado hasta el sitio, el vehículo salio hacia la via principal de L.A., por radio oigo que habían encontrado el vehículo y habían detenido a las personas. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Esta suscrita el acta por usted? R: No lleva mi firma yo solo informe del enfrentamiento en el lugar. P: ¿En que fecha fue eso? R: El 20 de abril de 2007. P: ¿A que hora? R: Después de almorzar como a la 1 o 1:30. P: ¿Qué vehículo huyo del lugar? R: Yo vi un vehículo claro, pero al llegar al sitio me informaron que era un vehículo laser de color dorado o crema y el lugar hacia donde se dirigió yo lo pude ver. P: ¿Hacia donde? R: Hacia el deposito de licores Los Panchos carretera a La Cañada. P: ¿Fue en el procedimiento actuante o apoyo? R: Yo llegue al lugar de los hechos y pase en apoyo. P: ¿Al llegar al sitio de los detenidos ya habían hecho la inspección? R: Ya estaban dentro del vehículo. P: ¿Cómo estaba el vehículo? R: Con las puertas abiertas. P: ¿Cuántas puertas estaban abiertas? R: No recuerdo. P: ¿Tenia vidrios ahumados? R: No era claro. P: ¿Esas personas que le dieron las características del vehículo le dijeron cuantas personas eran? R: Si que eran cinco personas. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. N.F., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U. a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Qué tiempo tiene laboreando en la Policía Regional? R: 19 años. P: ¿Qué cargo tenía para entonces? R: Oficial Técnico de Segunda. ¿Cómo sabe las características del vehículo? R: Las personas me lo informan. P: ¿A que distancia observó el vehículo? R: A 150 o 200 metros aproximadamente. P: ¿Sacaron a un herido? R: Si las personas estaban gritando cerca de la casa y me pidieron apoyo. P: ¿En compañía de quien lo traslado? R: Con los familiares. P: ¿Qué distancia hay de allí al ambulatorio El Silencio? R: Como 300 metros. P: ¿Quién se reporta? R: Las unidades del sector ubican y hacen un bloqueo en el área que les indiqué. P: ¿Qué tiempo paso de recoger al herido llevarlo y devolverse al sitio? R: No pasaron 5 minutos. P: ¿Llego al sitio donde estaba el vehículo con el herido, quién los detuvo? Los funcionarios actuantes. P: ¿Al llegar le habían hecho inspección? R: A los ciudadanos si al auto no. P: ¿Dónde ocurrieron los hechos? R: En el L.A.. P: ¿De donde ocurrió el hecho a donde esta el vehículo que distancia hay? R: 6 cuadras. P: ¿Para ir al ambulatorio no hay que pasar por donde estaba el vehículo? R: No. P: ¿Qué le dijeron las personas que se embarcaron con el herido? R: Dieron los datos del vehículo y cuantas personas eran. P: ¿Qué le manifiesta que detuvieran a esas personas? R: Los actuantes al ver un vehículo la detienen y lo mandan a parar. P: ¿Usted manifestó por radio las características del vehiculo pero no de unos ciudadanos? R: No. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la defensora privada Abog. J.P. en su carácter de defensora del acusado F.J.S.P., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Diga la hora, fecha y lugar de los hechos? R: El 20 de abril de 2007, luego de la hora del almuerzo, en el Barrio L.A. detrás del deposito Los Panchos. P: ¿Con quien estaba usted? R: Solo. P: ¿Escucho unas detonaciones? R: Si. P: ¿De donde venia? R: Yo vengo del deposito Los Panchos hacia La Cañada, iba en sentido oeste - este del lado derecho yo bajo el vidrio pues las personas me salen de ese lado y las personas empiezan a hablar de un procedimiento y oigo los disparos. P: ¿Usted venia por una avenida principal? R: Si, las personas me dicen que hay un enfrentamiento en la próxima calle, la que esta atrás del depósito Los Panchos. P: ¿Esa calle como es? R: De unos 8 metros de ancho. P: ¿Hay casas de ambos lados? R: Si. P: ¿Las personas que lo detienen son del mismo sitio? R: Supongo, la gente venia de esa calle a la avenida principal. P: ¿Cómo logra visualizar el carro? R: Las personas salen de la calle dando gritos, me reporto, ruedo, llego a la calle y de ahí a donde fue el procedimiento hay 200 metros, se ve el vehículo a toda velocidad, veo un vehículo pequeño. P: ¿Vio usted el vehículo en ese momento? R: Al huir si los vi. P: ¿Señalo las características del vehículo cuando pidió apoyo? R: Al pedir apoyo no, pues pido apoyo sobre el enfrentamiento, las personas me dan las características y luego es que las reporto. P: ¿Cuántas personas le manifestaron que estaba en ese vehículo? R: Las personas que rumoraban que eran 5 personas. P: ¿Dijeron que tipo de arma se utilizaron? R: Por los cascos unas 9 mm. P: ¿Quién le manifestó que había detenidos a estas personas? R: Por la radio, se bajaron del vehículo. P: ¿Le manifestaron si le incautaron objetos de interés criminalístico en los detenidos o en el vehiculo? R: No. P: ¿Por qué lo detienen? R: Pues llego de un procedimiento verifico la información, en este caso la comunidad se traslado al sitio se dio cuenta que habían detenido a estas personas, hay personas que dicen que ellos fueron pero no se identifican. P: ¿Por qué detiene y en que condiciones estaba ese vehículo? R: La unidad reporta que se bajaron dos personas del vehículo, los funcionarios actuantes los ven bajarse del vehículo y los detienen. P: ¿En que condiciones estaba el vehículo? R: Estaba abierto. P: ¿Por qué asocia estas personas con los que detienen? R: Los funcionarios actuantes dicen que esas personas bajan del vehículo. P: ¿Detienen a las personas pues los funcionarios lo ven bajarse del vehículo? R: Si. P: ¿Le manifestaron a usted los funcionarios que estos se bajaron del vehículo? R: Si, lo dicen por radio. P: ¿Hasta donde fueron conducidos los detenidos? R: Hasta el Departamento Policial D.F.. P: ¿Quién reconoce a estas personas? R: Los familiares dieron la descripción. P: ¿Dónde los aprehendieron? R: Cerca del vehículo. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente procede a Interrogar el tribunal, por lo cual el Juez Profesional, realiza las siguientes preguntas. Primera Pregunta: ¿Al oír los disparos y ver el tumulto de gente, observó el vehículo a alta velocidad, que tiempo transcurrió entre que escucho los disparos hasta que da las características del vehículo? R: Desde que reporto como 2 minutos, yo salgo del ambulatorio al sitio de los hechos. P: ¿Por qué no se complementó el acta? R: Yo levanto una nota informativa y le comunico a mi superior, el acta de mi subalterno todo lo paso a mi superior. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  8. - Con la declaración testifical del ciudadano J.G.R.Q., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesto del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, J.G.R.Q., de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de identidad N° V- 10.082.978, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación San Francisco, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en esta acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto según la numeración utilizada en la acusación fiscal 3) Acta de Investigación Criminal de fecha 20-04-2007; 4) Acta de Inspección Técnica del Sitio y Cadáveres con fijación fotográfica Nª 0417 de fecha 20-04-2007, practicada en el lugar del suceso; 5) Acta de Levantamiento de Cadáveres de fecha 20-04-2007, practicada en el lugar del suceso; 7) Acta de levantamiento de Cadáveres de fecha 20-04-2007, practicada en la Morgue del Ambulatorio El Silencio, Municipio San F.d.E.Z.; y, 8) Acta de Inspección Técnica Nª 0419 de fecha 20-04-2007, todas practicadas por el mencionado funcionario, a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dichas actas y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto las actas a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al testigo, expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es J.G.R.Q., reconozco el contenido y firma en las actas, en la primera acta generalizamos las diligencias practicadas. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿En cuanto a la Prueba documental N° 3, esta suscrita por usted? R: No, cuando tenemos conocimiento de este hecho como supervisores nuestra participación es servirle como apoyo a los funcionarios que iban a levantar los cadáveres y las evidencias en el sitio. P: ¿Cómo supervisor debe firmar el acta? R: No necesariamente. P: ¿Diga la fecha del acta? R: 20-04-07. P: ¿Hora del acta? R: 6:15 p.m. P: ¿La prueba documental Nº 4 a que se refiere? R: A la inspección del sitio donde ocurrieron los hechos. P: ¿En que fecha fue practicada? R: El de 20 abril, a las 4:20 de la tarde. P: ¿Firma usted? R: No. P: ¿Esa inspección quien fungió como técnico y como investigador? R: Como técnico M.G. y como investigador A.A.. P: ¿Recuerda ese lugar del suceso? R: Poco. P: ¿Qué recuerda? R: Una casa con varias habitaciones y piso de garaje o pasillo con cerámica, atrás una enramada con paredes de bloques y al hacer la inspección hay dos personas atrás heridas por arma de fuego, presumimos armas cortas, pistolas. P: ¿La prueba documental N° 5 a que esta referida? R: La posición de los cadáveres y fijación de evidencia. P: ¿Firma usted? R: No. P: ¿Fecha del acta? R: 20 abril 2007. P: ¿La prueba documental Nº 7 a que esta referida? R: A la inspección del cadáver de la persona que falleció en el ambulatorio. P: ¿La firma usted? R: No. P: ¿Qué fecha tiene? R: 20-04-07, a las 6:00 p.m. P: ¿Recuerda haberse trasladado al ambulatorio? R: Si el técnico fija las heridas. P: ¿La prueba documental Nº 8 a que esta referida? R: A la ubicación del vehículo. P: ¿Dónde estaba? R: En el Barrio L.A.. P: ¿Fue al sitio? R: Si. P: ¿Estaba cerca del sitio del suceso? R: Relativamente si. P: ¿Estaba solicitado el vehículo? R: Mediante el SIPOL se verifica la información y salio que el vehículo estaba solicitado por robo del 13-03-2007 por la Sub-delegacion Maracaibo. P: ¿Esa acta esta firmada por usted? R: No. P: ¿Qué fecha tiene? R: 20-04-07, a las 6:40 p.m. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. N.F., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U. a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Qué cargo tiene actualemente? R: Supervisor de Homicidios. P: ¿Qué cargo tenía para el día de los hechos? R: Inspector Jefe. P: ¿Si usted no suscribió las actas puede certificar que el contenido de las mismas es eficaz? R: Se ajustan a lo que yo vi. P: ¿Quiénes estaban en el sitio de los hechos? R: Habían varios organismos de seguridad y cantidades de personas del sector. P: ¿Cuántas personas se trasladaron hasta el sitio? R: Siete. P: ¿Era apoyo, que actuación realiza usted? R: Observar a los que estaban realizando el trabajo y tratar de identificar los posibles testigos, eso lo hizo Anderson. P: ¿Colaboro con las personas que fijo las fotografías. R: No eso lo hace el técnico. P: ¿Entro a la casa? R: No. P: ¿Observo en el frente si habían rastros de violencia? R: Habían disparos por todos lados. P: ¿Recuerda las conchas colectadas? R: De 70 a 80 conchas. P: ¿Tenia varias ventanas la casa? R: Si. P: ¿Hay visibilidad de adentro hacia fuera? R: Depende de donde usted se pare. P: ¿Qué observo en el sitio? R: Las dos personas que se encontraban allí fallecidas y la serie de cartuchos y trozos de metal. P: ¿Qué cuerpo tenia acordonado el sitio? R: La Policía de San Francisco y la Regional. P: ¿Quién identifico los cadáveres? R: A.A.. R: ¿Fueron radiadas esas personas? R: Anderson tuvo que haberlo hecho, no recuerdo. P: ¿A que hora llegan al vehículo? R: A las 6:40 p.m. P: ¿Qué observo? R: Estaba resguardado por la Regional y aparcado a una orilla de la carretera. P: ¿Dónde estaba el vehículo? R: En la orilla de la carretera estacionado. P: ¿Cómo estaba el vehículo? R: No recuerdo como estaba. P: ¿Qué le manifiestan los funcionarios? R: No lo recuerdo. P: ¿Observo usted alguna persona detenida? R: No. P: ¿Consiguieron en el vehículo algún objeto de interés criminalistico? R: No lo se. P: ¿Después de practicar las actas van hasta donde? R: Hasta nuestro despacho. P: ¿En el despacho se le pusieron de manifiesto los que conducían el vehículo? R: No. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la defensora privada Abog. J.P. en su carácter de defensora del acusado F.J.S.P., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Diga el lugar, hora y fecha de los hechos? R: No recuerdo el tiempo en que estuve en esos sitios. P: ¿Diga la hora en que recibieron la llamada? R: A las 4:15 de la tarde. P: ¿A que hora llegan al sitio? R: A las 4:20 p.m. P: ¿A que sitio llegan primero? R: A donde ocurrieron los hechos. P: ¿Quiénes estaban allí? R: Funcionarios de la Policía Municipal y Regional. P: ¿Quién los recibe? R: No recuerdo. P: ¿Qué otras personas estaban allí? R: Los familiares estaban dentro de la casa. P: ¿Qué observo en el sitio? R: Los cadáveres y las conchas. P: ¿Dónde se encontraban los cadáveres? R: En la enramada. P: ¿De adentro hacia fuera se podía ver hasta la enramada? R: No. P: ¿En que posición estaban los cadáveres? R. Uno cerca de una pared de bloques y el otro cerca del otro. P: ¿Era un espacio grande? R: Ni tanto. P: ¿Habían varias ventanas? R: Si. P: ¿Se puede observar de adentro hacia fuera? R: Depende del ángulo donde se coloque. P: ¿Le manifestaron en el sitio si había personas detenidas? R: Posteriormente. P: ¿A que hora fueron recibidos estas personas detenidas? R: A las 10:35 de la noche. P: ¿A que hora tuvieron conocimiento del hecho? R: A las 4:15 de la tarde. P: ¿Quién detiene a estas personas? R: La Policía Regional. P: ¿Le incautaron evidencias de interés criminalístico? R: Desconozco. P: ¿Estaba solicitado el vehículo? R: Si. P: ¿Quién lo resguardaba? La Policía Regional. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente procede a Interrogar el tribunal, por lo cual el Juez Profesional, realiza las siguientes preguntas. Primera Pregunta: ¿Había la posibilidad de que personas de afuera pudieron haber observado el hecho? R: Puede ser que algunas personas hayan vistos los medios que utilizaron los sujetos para retirarse del lugar. P: ¿Cuándo hace entrevistas nadie quiso identificarse, hubo consenso en las características del vehículo? R: Cuando vamos a hacer el levantamiento la gente dice por allá esta el vehículo. P: ¿Tuvo oportunidad de ver si había gente alrededor para entrevistar? R: Se resguarda el sitio. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  9. - Con la declaración testifical de la ciudadana L.M.V., quien después de ser juramentada por el Juez Presidente fue impuesta del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, L.M.V., de nacionalidad venezolana, soltera, titular de la Cédula de identidad N° V- 6.583.381, al responder a las generales sobre su identidad personal, expresando la misma en este acto lo siguiente: Mi nombre es L.M.V., se lo que una vez dije, entre 5 o 6 personas se metieron en mi casa, estaba mi hijo con dos amigos en el fondo de mi casa yo estaba en el cuarto, mi nuera y mi sobrino estaban en la sala y mi nieto en el baño, cuando sentí los disparos yo salí hasta la puerta del frente ahí empecé a discutir con un tipo que cuando lo vi yo grite el voltio y empezó a hacerme tiros a mi, otros estarían montados en el carro, no quiero decir nada más. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Cuál es su vínculo con las victimas? R: Era mi hijo, estaba con dos amigos se llamaba A.S.. P: ¿Cuál era el nombre de las personas que acompañaban a su hijo? R: El Chicho y Bollito. P: ¿Los conocía? R: A Chicho si de años, el otro llegaba poco a la casa. P: ¿Qué tiempo tiene viviendo en el lugar? R: 17 años. P: ¿A.S. vivía allí? R: Si. P: ¿Cómo esta constituida esa vivienda? R: Esa casa tiene tres cuartos, sala, sala de recibo, cocina. P: ¿Para llegar al patio había que ingresar a la casa? R: No, por el garaje se llegaba al patio. P: ¿Se puede observar las personas que están ingresando al patio por el garaje? R: Si pues hay dos ventanas y la puerta. P: ¿Esas dos ventanas de la cocina tienen visión hacia el patio? R: La que esta frente al lavaplatos mira al patio y la otra hacia el garaje. P: ¿Cuándo usted escucha los disparos esta en un cuarto donde esta? R: Es el primer cuarto al entrar a la casa. P: ¿A que hora escucho esos disparos? R: El 20 de abril, a las 3 de la tarde un día jueves o viernes. P: ¿A.S. acostumbraba estar a esa hora allí? R: Si no estaba trabajando estaba en la casa. P: ¿Cuántos testigos presenciaron el hecho? R: Mi nieto J.L.G. y M.L. era la esposa de mi hijo. P: ¿Ella vivía en esa casa? R: Si. P: ¿Cuándo sale del cuarto hacia donde camino? R: Quise salir al fondo pero los disparos venían de allí y me pare en la puerta del frente allí fue que discutí con uno de los tipos. P: ¿Esos disparos de la fachada fueron provocados en ese momento? R: En ese momento. P: ¿De esos disparos alguien salio herido? R: Si mi sobrino que le operaron el brazo. P: ¿Qué observo después de esto? R: Se fueron en el carro que estaba parado en todo el frente de mi casa, el portón estaba cerrado yo no se de que forma entraron y por allí mismo salieron. P: ¿Por donde llegaron al patio? R: Por el lado del garaje. P: ¿Cómo era ese vehículo en que se fueron? R: Dorado con los vidrios transparentes. P: ¿Cuántas personas estaban dentro del vehículo? R: Había como cinco o seis personas yo los veía cuando se estaban metiendo en el carro. P: ¿Supo que un vehículo estaba detenido? R: Era el mismo que estaba en la casa. P: ¿Supo que hubo detenidos? R: Si. P: ¿Qué paso después? R: Habían dos detenidos y yo les dije a los funcionarios que eran las personas que habían matado a los que estaban en mi casa. P: ¿El que le disparo como era? R: Gordito moreno pequeño con el pelo flechado. P: ¿Cuáles de las dos personas aquí presentes tenían arma de fuego? R: Yo no quiero seguir dando declaraciones. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. D.C., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U. a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Cuándo sucedieron los hechos, los funcionarios regresaron a su casa con los detenidos? R: No. P: ¿A usted la llevaron a donde estaba el carro? R: Si. P: ¿Les señalaron a los dos detenidos? R: Si. P: ¿Los señalamientos que hizo en contra de mi defendido fueron por que se lo dijeron los funcionarios? R: No. P: ¿Los que efectuaron los disparos son los aquí presentes? R: Fueron ellos y otros. P: ¿Diga al Tribunal que actuación tuvieron los muchachos en ese hecho? R: No quiero hablar más. P: ¿Diga al tribunal si los acusados tuvieron alguna participación en los hechos ocurridos en su casa? R: Yo no quiero acusar a nadie por mi nieto y el hijo que me quedo, no se. P: ¿En el momento que le dispararon alguno de los dos que se encuentran presentes fue el que le disparo? R: No. P: ¿Dónde los llego a ver usted a los acusados? La Fiscal objeta la pregunta y el Tribunal pide a la defensa que reformule la misma. P: ¿La primera vez que vio a los ciudadanos donde fue? R: Yo no los vi. P: ¿Los hoy acusados no tienen responsabilidad en el hecho que sucedió en su casa? No. La fiscal objeta la pregunta y el tribunal la pide a la defensa que reformule la misma. P: ¿Qué referencia tiene usted sobre los dos ciudadanos? R: Ninguna. P: ¿Diga ciudadana Lupe si algún familiar se ha acercado a amenazarla? R: A mi no. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la defensora privada Abog. J.P. en su carácter de defensora del acusado F.J.S.P., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Cuándo sucedieron los hechos que hora era? R: Las tres de la tarde. P: ¿Quiénes estaban allí? R: Mi hijo y dos amigos. P: ¿Habían otras personas con su hijo? R: No. P: ¿Antes de darle muerte habían otras personas con su hijo compartiendo? R: No. P: ¿Cuántos entraron a su casa? R: 5 o 6 personas. P: ¿Les vio el rostro a los que entraron allí? R: No. P: ¿Las personas que estaban fuera de la casa podían ver si había alguien en el fondo? R: No. P: ¿Por donde logra ver a las personas que entraron? R: Por la ventana de la cocina y luego por la puerta del frente, después que salieron me metí al cuarto. P: ¿Cuándo llega a ver a su hijo? R: Enseguida que el carro arrancó. P: ¿Cómo fueron los disparos del frente? R: Lo hacían de afuera hacia adentro. P: ¿Qué funcionarios fueron los primeros que llegaron a su casa? R: Polisur, Policía Regional, no recuerdo bien. P: ¿En que momento sabe usted que habían detenidos a algunas personas? R: Al rato de esto. P: ¿Vio a los detenidos? R: Si. P: ¿Cómo los logro ver? R: Me llevaron hasta donde estaban. P: ¿Quién? R: La Policía Regional hasta donde estaba el carro. P: ¿Qué le manifiestan allí los funcionarios que la llevaron? R: Que si ese era el carro y que lo habían agarrado allí. P: ¿En esta sala se encuentran las personas que les dieron muerte a su hijo y amigos? La fiscal objeta y el Tribunal pide a la defensa que reformule. P: ¿Podría señalar o reconocer a las personas que le dieron muerte a su hijo y amigos? R: No. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente procede a Interrogar el tribunal, por lo cual el Juez Profesional, realiza las siguientes preguntas. Primera Pregunta: ¿Su casa tiene ventanas hacia al garaje? R: Si. P: ¿Esas ventanas permiten ver al garaje? R: Si. P: ¿Permiten ver quien entraba y salía del garaje? R: Si. P: ¿Se encontró con uno de ellos y le grito me lo mataste? R: Si. P: ¿Habían hecho disparos frente a su casa? R: Si. P: ¿Vio el carro? R: Si. P: ¿Vio a las personas detenidas donde estaba el carro? R: Si. P: ¿Cuántas personas vio armadas allí? R: No, solo al que me hizo los tiros a mi. P: ¿Cómo estaba vestido? R: Con jean, franela amarilla. P: ¿Cómo era? R: Gordo un poco bajo. P: ¿Describa a las personas que se montaron en el carro? R: No puedo. P: ¿Salio sola al frente de su casa? R: Con J.L., tiene como 40 años es enfermo de la mente. P: ¿Usted fue al sitio donde estaba detenido el vehículo, ese era el vehículo y las personas? R: Era el vehículo las personas no recuerdo. P: ¿Cuánto transcurrió desde el hecho hasta que fue hasta donde estaba el carro? R: Rápido. CULMINA EL INTERROGATORIO

  10. - Con la declaración testifical del ciudadano H.J.V.C., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesto del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, H.J.V.C., de nacionalidad venezolana, soltero, titular de la Cédula de identidad N° V- 9.786.749, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Delegación Zulia, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en esta acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto Experticia de Activación Especial y Barrido N° 9700-242-DEZ-DC-700, de fecha 23-04-2007, que este funcionario realizó, a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dicha experticia y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto el acta de experticia a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al Experto, expresando el mismo en este acto lo siguiente: expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es H.J.V.C., fue una prueba de barrido que se le practico al vehículo se colectaron apéndices pilosos que se envían al cuerpo para futuras comparaciones. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Diga la fecha del barrido? R: 23-04-2007. P: ¿Esta firmado por usted? R: Si. P: ¿A que objeto le fue practicado? R: Asientos delanteros y traseros de un vehículo Ford laser, desprovisto de placas, color beige, tipo sedan. P: ¿Cómo llego el vehículo a sus manos? R: El vehículo llega al despacho, los investigadores llegamos con nuestros instrumentos y abrimos el vehículo hacemos el barrido para recolectar cualquier tipo de evidencias. P: ¿Tuvo algún resultado? R: No lo se, esa no es mi área. P: ¿Logro colectar alguna evidencia allí? R: Apéndices pilosos. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. D.C., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U. a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Qué tiempo tiene trabajando dentro del cuerpo? R: 5 años. P: ¿En que fecha practico la experticia? R: 23-04-2007. P: ¿Qué son apéndices pilosos? R: Cabellos. P: ¿Se consiguieron huellas dactilares? R: No, ni en el interior ni en el exterior. CULMINA EL INTERROGATORIO. Se deja constancia que la defensora privada Abog. J.P. en su carácter de defensora del acusado F.J.S.P., no realiza preguntas. Seguidamente procede a Interrogar el tribunal, por lo cual el Juez Profesional, realiza las siguientes preguntas. Primera Pregunta: ¿Qué día practico la experticia? R: 23-04-2007. P: ¿Hace cuantos días había ocurrido el hecho? R: No tengo conocimiento. P: ¿Pudo haber sido modificada la evidencia? R: Los funcionarios la tienen colectada en la parte técnica, ellos nos envían el memorando y posteriormente lo abrimos el mismo día. P: ¿Este tipo de evidencias soportan el paso del tiempo? R: En el caso de las huellas pudiera sucumbir con el tiempo en una dos semanas y depende de la contaminación ambiental. P: ¿Dónde fue examinado? R: Al aire libre. P: ¿Eso influye en las huellas? R: Si. P: ¿Por orden de quien fue practicada la experticia? R: Del área de microananálisis. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  11. - Con la declaración testifical de la ciudadana K.A.B.U., quien después de ser juramentada por el Juez Presidente fue impuesta del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, K.A.B.U., de nacionalidad venezolana, soltera, titular de la Cédula de identidad N° V- 7.795.808, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación San Francisco, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en esta acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto Experticia de Reconocimiento Legal N° 9700-135-SSFCO-AT-177, de fecha 25-04-2007, que este funcionario realizó, a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dicha experticia y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto el acta de experticia a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al Experto, expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es K.A.B.U., al área técnica se le solicita la practica de experticia a dos teléfonos celulares, es mi firma. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Diga la fecha de la experticia? R: 25-04-2007. P: ¿Esta firmada por usted? R: Si. P: ¿Cuántos equipos perito? R: Dos. P: ¿Verifico el número? R: Si, 0414-1643250 el primero y 0416-2230387 el segundo. P: ¿Acceso a la agenda de números? R: No. P: ¿De las pantallas que nombre reflejaba? R: El Primero El Vergatario y el segundo Wilfrank y Wil. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. D.C., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U. a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Qué tiempo tiene trabajando en la institución? R: 26 años de servicio. P: ¿Al realizar estas experticias no cotejan llamadas de los teléfonos? R: Deben solicitarlo. P: ¿A la fecha no sabemos a quien pertenecen? R: Lo único es el n° y nombre al que esta asignado, no se cotejo con el numero telefónico solo que pertenecía a El Vergatario y Wilfrank y Wil, se le hizo reconocimiento a los dos teléfonos no se solicito llamadas entrantes y salientes, debería ser por otra solicitud. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la defensora privada Abog. J.P. en su carácter de defensora del acusado F.J.S.P., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Diga la fecha de la experticia? R: 25-04-2007. P: ¿En que fecha se solicitó? R: El 20-04-2007. P: ¿Quién la solicita? R: La brigada que tiene el caso. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  12. - Con la declaración testifical del ciudadano R.E.C.M., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesto del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, R.E.C.M., de nacionalidad venezolana, soltero, titular de la Cédula de identidad N° V- 12.380.840, adscrito a la Policía regional del estado Zulia, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en esta acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto Acta Policial de fecha 20-04-2007, que este funcionario elaboró, a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dicha acta y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto el acta a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al testigo, expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es R.E.C.M., en ese momento como a las 3 de la tarde en compañía de Gotera nos informó el jefe de patrullaje que nos reportáramos al L.A. donde se habían escuchado detonaciones, nos trasladaos ya estaba Polisur y nos informaron que habían salido unos ciudadanos corriendo de un carro dorado ford laser y se detuvieron a los ciudadanos, me quede resguardando el vehiculo. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Firmo esa acta policial? R: Si. P: ¿Diga la fecha del acta policial? R: 20-04-2007. P: ¿A que hora fue practicada la detención? R: Tres de la tarde. P: ¿Con que carácter actuó en esa aprehensión? R: Yo cuando salgo de la casa me encuentro con el vehículo y que dos personas habían salido de ese vehículo y nos describen las vestimentas. P: ¿Cómo estaba el vehículo? R: Apagado. P: ¿Tenia las llaves pegadas? R: No recuerdo. P: ¿Por qué esas personas fueron detenidas? R: Porque en el momento en que el oficial los detiene la comunidad los señala y llevamos el procedimiento al departamento. P: ¿Por qué la comunidad los señala? R: Dice la gente que se bajaron salieron corriendo. P: ¿Por qué motivo debían ser detenidas? R: Ellos bajaron supuestamente salieron corriendo y hasta los mismos familiares los señalaban que ellos habían cometido el delito de sicariato. P: ¿Recuerda a los familiares? R: No exactamente. P: ¿Quiénes eran los familiares? R: Eso estaba demasiado full de personas, cuándo vieron que detuvieron el vehículo la gente señalaban que ese era el vehículo y que salieron los que habían cometido el crimen. P: ¿Supo si se obtuvo alguna evidencia de interés criminalístico? R: Eso lo practicó el otro oficial R.U.. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. D.C., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U. a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Recuerda cuando sucedieron los hechos y a que hora? R: Dos o tres de la tarde. P: ¿Qué tiempo tiene trabajando en la institución? R: Trece años. P: ¿Cómo supiste de los hechos? R: Por el superior general de patrullaje M.R.. P: ¿Quién estaba en el sitio de los hechos? R: Polisur. P: ¿Cuánto tardaste en llegar al sitio? R: 7 u 8 minutos. P: ¿Quiénes de ustedes fueron los que persiguieron el vehículo? R: Nosotros. P: ¿Al llegar a donde estaba el vehículo observaste a alguien bajarse y correr? R: No, el carro estaba aparcado en la esquina en la orilla. P: ¿Observaste a la calle? R: Diagonal al deposito Carlitos en El Silencio. P: ¿Al detener a las supuestas personas que se bajaron del vehículo a que distancia estaban? R: Yo me quede en el vehículo me reporto a la unidad y que se reportaran al sitio y allí los detuvieron, eso fue en El Silencio y el vehículo estaba diagonal al deposito Carlitos también en El Silencio. P: ¿Los detenidos las llevaron a donde estaba el carro parqueado? R: La unidad los detuvo y paso por allí. P: ¿Cuándo la unidad llego con los detenidos habían familiares de los occisos? R: Había mucha gente y decían que ellos habían sido. P: ¿Quién traslado a la mama de uno de los occisos al sitio donde estaba el vehículo? R: Desconozco. P: ¿Cuándo este familiar fue trasladado para que reconociera a los ciudadanos a donde fue trasladado? R: Habían varias personas allí que los señalaban y lo llevamos al comando policial. P: ¿A que hora fue la remisión? R: De 6 a 7 de la noche. P: ¿Tu estabas resguardando el vehículo? R: Si. P: ¿En el momento que estabas resguardando nadie se identifico como familiar de los occisos? R: No. P: ¿Y otro cuerpo no hizo manifestación de que estaba un familiar del occiso? R: No. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la defensora privada Abog. J.P. en su carácter de defensora del acusado F.J.S.P., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Diga el lugar, hora y fecha de los hechos? R: Tres de la tarde, Barrio L.A.. P: ¿Por donde pasaste? R: Por el sitio donde sucedieron los hechos. R: ¿A que hora fue eso? R: De 3:00 a 3:30 p.m. P: ¿Quién te indica que pases al sitio? R: El sargento M.R.. P: ¿Qué realizas en el sitio de los hechos? R: Ya estaba resguardado por Polisur y que se habían montado los autores del hecho en un vehículo dorado, por el depósito Carlitos estaba el vehículo y la comunidad informa que dos ciudadanos habían salido corriendo del mismo. P: ¿Con quien estaba usted? R: Con A.G.. P: ¿Qué te dicen al llegar al sitio? R: La misma comunidad me dice que salieron en un vehículo dorado, según las personas había dos personas que eran las que habían cometido el delito. P: ¿Cuándo sale del sitio donde sucedieron los hechos hacia donde se dirige y porque? R: Pues las personas me decían que los autores habían salido en un vehículo dorado. P: ¿A que distancia de donde sucedió el hecho consiguió el vehículo? R: A varias cuadras. P: ¿Al llegar al sitio que le llamo la atención de eso? R: La comunidad estaba rodeando el vehículo y nos hacia señas y cumplía con las mismas características que nos habían descrito y la comunidad nos dijo que se habían bajado dos personas del mismo. P: ¿Cómo supo esa gente que estaba implicado ese vehículo? R: Por las detonaciones y como se bajaron las personas. P: ¿Se podían oír las detonaciones allí? R: Si. P: ¿Qué le manifiestan las personas de la comunidad, cuantos se bajaron del vehículo? R: Dos personas que se bajaron y emprendieron veloz huida. P: ¿En que condiciones estaba el vehículo? R: Apagado, no tenían seguros las puertas, estaban cerradas pero sin seguro. P: ¿Qué lo indujo a saber que ese era el vehículo? R: Opte, pues eran las mismas características que me habían dicho. P: ¿Les tomo entrevista a las personas de la comunidad? R: No recuerdo. P: ¿Quién detiene a estos ciudadanos. P: El oficial Uzcátegui. P: ¿En que lugar y condiciones detienen a estas personas? R: Pues le indique por la frecuencia las características de las personas. P: ¿Qué distancia hay del lugar donde esta usted resguardando el vehículo hasta donde Uzcátegui detiene a las personas? R: No le se decir yo me quede en el sitio donde estaba el vehículo. P: ¿Qué le manifestó Uzcátegui que les habían encontrado a estas personas cuando los requisa? R: Nada de delito. P: ¿Por qué lo detienen? R: Por las características de los muchachos. P: ¿Recuerda como estaban vestidos los muchachos? R: No recuerdo. P: ¿Al estar resguardando el vehículo que encontraron? R: No se encontró nada. P: ¿Hasta donde trasladan a estas personas? R: Hacia departamento D.F.. P: ¿Uzcátegui hasta donde los traslada? R: El pasó por donde estaba el vehículo con los detenidos. P: ¿En que momento le manifiestan que ellos eran los que se habían bajado del vehículo? R: Eso lo manifestó la comunidad. P: ¿Usted los vio bajarse del vehículo? R: No. P: ¿Quiénes se encontraban de familiares donde estaba resguardando el vehículo? R: No se, habían muchas personas. P: ¿A que hora son trasladadas estas personas al CICPC? R: Entre 6 o 7 de la noche. P: ¿Cómo pasaron al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas? R: Pues ellos también estaban en el sitio del delito y pasan al comando. P: ¿Conocía usted a estas personas? R: No. P: ¿Qué otras actuaciones realizo? R: Acta policial, informarle sus derechos a los ciudadanos. P: ¿Luego que el CICPC se lleva el vehículo que más realizo? R: Me fui al comando. P: ¿En que condiciones estaban estas personas? R: Normales. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente procede a Interrogar el tribunal, por lo cual el Juez Profesional, realiza las siguientes preguntas. Primera Pregunta: ¿Usted es el primero que llega al sitio de los hechos? R: No. P: ¿Quién aprehende a los acusados? R: Uzcátegui. P: ¿Ellos llegan por donde? R: Por otro sitio. P: ¿Tuvo en su presencia a los acusados? R: Los vi en la unidad policial, allí no permanecieron mucho rato. P: ¿Antes de ellos llegar a donde fueron detenidos hubo posibilidad de que fuesen reconocidos por personas? R: Ellos escucharon los impactos y vieron a los ciudadanos corriendo. P: ¿Entre la gente que iba y venia no había gente llorando o gritando? R: Si. P: ¿Estuvo en los dos sitios, a pie cuanto se tardaría en llegar de un sitio a otro? R: Media hora, veinte minutos, eran varias cuadras. P: ¿Recuerda si era día de semana o fin de semana? R: No recuerdo. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  13. - Con la declaración testifical del ciudadano A.J.G.P., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesto del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, A.J.G.P., de nacionalidad venezolana, soltero, titular de la Cédula de identidad N° V- 12.869.412, adscrito a la Policía regional del estado Zulia, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en esta acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto Acta Policial de fecha 20-04-2007, que este funcionario elaboró, a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dicha acta y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto el acta a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al testigo, expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es A.J.G.P., el día 20-04-2007 me encontraba en labores de patrullaje con R.C., de 3 a 4 de la tarde nos reporto el jefe de patrullaje que pasáramos al deposito Don Pancho, nos informaron que un vehículo ford laser con unos ciudadanos habían realizado los disparos, Uzcátegui les dio captura a los ciudadanos, la comunidad dio las características de los mismos y se los llevaron al comando yo me quede cuidando el vehículo. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Esa acta esta suscrita por usted? R: Si. P: ¿Cuál es su firma? R: La segunda. P: ¿Qué fecha tiene esa acta? R: 20-04-2007. P: ¿Hable de los sitos? R: El del suceso fue detrás del deposito Don Pancho, el lugar donde se encontró el vehículo fue diagonal al deposito Carlitos. P: ¿A que distancia queda uno de otro? R: Ambos quedan en el barrio L.A.. P: ¿Qué distancia hay entre uno y otro? R: 3 o 4 cuadras más o menos. P: ¿Se encontraba con Cedeño en la misma unidad? R: Si en un impala. P: ¿Cómo fue el recorrido desde que lo notifican del hecho? R: Al llegar a la casa los moradores nos indica que hace pocos momentos había salido un carro laser dorado. P: ¿Realizo persecución o seguimiento? R: Seguimiento. P: ¿Ve el vehículo y le da la voz de alto? R: El vehículo iba a alta velocidad y a veces lo perdí de vista, luego estaba estacionado. P: ¿Vio a los ciudadanos bajarse del vehículo? R: No, el vehículo estaba con las puertas abiertas. P: ¿Cómo sabe que ese era el vehículo? R: Por las características que nos dieron los moradores que se habían bajado unos ciudadanos y salieron huyendo. P: ¿Hacia donde salieron huyendo? R: Ellos salieron del vehículo y agarraron hacia la izquierda. P: ¿Quién los aprehende? R: El oficial Uzcátegui. P: ¿Qué les informa Uzcátegui a ustedes? R: Llego al sitio donde estaba el vehículo y llego la mama de unos fallecidos y nos dijo que ellos eran. P: ¿Quién llevo a la señora al sitio? R: No recuerdo. P: ¿Cuándo llega al lugar del suceso ellos le indicaron cuantos eran? R: No me indicaron. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. D.C., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U. a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿El seguimiento fue de tres cuadras? R: Si. P: ¿En esas tres cuadras se le perdió el vehículo de vista? R: Si pues había una curva. P: ¿A tres cuadras no observo cuantos iban? R: No observe. P: ¿Al llegar adonde esta el vehículo parado esta donde? R: Esta en una cruz pasando la calle del depósito a mano izquierda. P: ¿No estaba al frente del depósito? R: Diagonal al mismo. P: ¿Cuándo detienen a los que se bajaron a que distancia estaban del vehículo estaban? R: No lo se. P: ¿Llego a ver a los que traían detenidos? R: Si estaban cansados, sudados, con ropa normal. P: ¿Al llegar la patrulla con los detenidos estaba la mama de uno de los occisos? R: Iba llegando. P: ¿Llego por sus propios medios? R: Si. P: ¿Andabas en la unidad con Cedeño? R: Si. P: ¿De allí estuvo mucho tiempo la patrulla con los detenidos? R: Se lo llevaron al comando. P: ¿A que hora se los llevaron al CICPC? R: A las 7 de la noche. P: ¿Ustedes los trasladaron? R: Si. P: ¿Quiénes? R: R.C., Uzcátegui y mi persona. P: ¿Todo el procedimiento lo hicieron ustedes tres? R: Si. P: ¿No se encontró nada de interés criminalístico? R: Yo no le hice la detención sino Uzcátegui, nada encontró. P: ¿Qué tiempo de trabajo tiene en el cuerpo policial? R: Doce años. P: ¿Tenias el mismo rango para aquel entonces? R: Era Oficial primero ahora soy oficial mayor. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la defensora privada Abog. J.P. en su carácter de defensora del acusado F.J.S.P., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Diga el día y hora del procedimiento? R: 20-04-2007, trayecto de 3 a 4 de la tarde. P: ¿Quién te informa de lo sucedido? R: El supervisor por vía radio. P: ¿Qué te informa? R: De un enfrentamiento por detrás del depósito Don Pancho. P: ¿Dónde estaba el supervisor? R: Cerca del sitio iba pasando. P: ¿Dónde estabas tú antes? R: En el sector Los Captus. P: ¿Cuánto hay entre ambos sitios? R: Como 1000 metros. P: ¿A dónde llegas tú? R: Al sitio del enfrentamiento. P: ¿Cuándo hacia que habían ocurrido los hechos? R: Como 2 minutos. P: ¿Cuándo llegaste al sitio de los hechos que hiciste? R: Nos informaron lo sucedido y seguimos en labores de patrullaje. P: ¿Quién llego primero al sitio? R: El Supervisor. P: ¿Quién te recibe en el sitio del hecho? R: Estaba la gente aglomerada y dijeron que había sido un vehículo dorado. P: ¿Cuántas personas te manifestaron eso? R: Había mucha gente. P: ¿Cuántos se montaron en el vehículo? R: No se. P: ¿Le manifestaron cuantas personas habían sido? R: No. P: ¿Describa el sitio de los hechos? R: Caben en la calle como dos o tres carros. P: ¿Te dicen hacia donde agarro el vehículo? R: Si que había seguido delante de nosotros. P: ¿Llego a ver el carro en el sitio de los hechos? R: No. P: ¿Hasta donde llega usted y su recorrido? R: Recorro como tres cuadras del sitio del suceso hasta donde llegaron el vehículo. P: ¿En que condiciones consigue el vehículo? R: Tenia la puerta del piloto abierta. P: ¿De donde sucedieron los hechos hasta donde encuentra el vehículo como cuanto duro el recorrido? R: Como 2 minutos. P: ¿Cómo se le pierde el vehículo de vista? R: Pues es una semicurva, de donde fue el hecho a la principal hay 10 metros luego recorro 10 metros mas veo al vehículo en marcha al llegar al deposito ya estaba aparcado. P: ¿Qué distancia hay del sitio del suceso hasta donde estaba el vehículo? R: 30 metros. P: ¿Quién detiene estas personas y por que? R: Los del depósito nos informaron del vehículo y los ciudadanos que se bajaron y lo detiene Uzcátegui y estaba la mama de uno. P: ¿Quién le da descripción de las personas que se bajan del vehículo? R: Los que estaban en el deposito. P: ¿Cómo los asocia con los autores del hecho? R: Uzcátegui es el que los detiene pues le decimos las características. P: ¿Lle toman entrevista a las personas que estaban en el depósito? R: No recuerdo. P: ¿Cómo llego la mama de uno de los occisos al sitio? R: No recuerdo. P: ¿Requiso el vehículo? R: No recuerdo. P: ¿Qué les encontraron a estos ciudadanos? R: Los reviso Uzcátegui y manifestó que no les había encontrado nada. P: ¿Por qué lo detienen? R: La persona que los vio dijo que ellos habían sido. P: ¿A que distancia de donde estaba el vehículo encuentran a estos ciudadanos? R: Como a 150 metros me dice el que había sido. P: ¿Dónde los detienen a ellos? R: Yo no fui el que los detuvo. P: ¿Hasta donde los trasladan? R: La unidad pasa al sitio ya había llegado la mama de uno de los occisos y de allí se lo llevaron al departamento, de allí CICPC levanta el vehicul, ya estaban haciendo el acta policial. P: ¿A que hora estas personas son trasladadas al comando? R: Nosotros mismos los trasladamos al comando del CICPC, como a las 7 de la noche. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente procede a Interrogar el tribunal, por lo cual el Juez Profesional, realiza las siguientes preguntas. Primera Pregunta: ¿Las características suministradas coincidían con la de los acusados? R: Si. P: ¿Usted se quedo resguardando el vehículo? R: Si. P: ¿Cuándo tuvo contacto con los detenidos? R: Cuando los trajo el funcionario. P: ¿Usted estuvo cuando la señora los reconoció? R: Si, ellos estaban en la patrulla. P: ¿Qué tiempo duraron ellos en el sitio? R: Se los llevaron de una vez pues a la señora le dio una crisis de nervios. P: ¿En que condición física los observo? R: Se veían cansados pero la ropa estaba normal. P: ¿Usted no los observo completos? R: No. P: ¿Observo completamente sus ropas? R: No. P: ¿No se bajaron nunca de la patrulla? R: No .CULMINA EL INTERROGATORIO.

  14. - Con la declaración testifical del ciudadano G.A.G.V., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesto del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, G.A.G.V., de nacionalidad venezolana, soltero, titular de la Cédula de identidad N° V- 7.814.323, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación San Francisco, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en esta acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto según la numeración utilizada en la acusación fiscal 3) Acta de Investigación Criminal de fecha 20-04-2007; 4) Acta de Inspección Técnica del Sitio y Cadáveres con fijación fotográfica Nª 0417 de fecha 20-04-2007, practicada en el lugar del suceso; 5) Acta de Levantamiento de Cadáveres de fecha 20-04-2007, practicada en el lugar del suceso; 7) Acta de levantamiento de Cadáveres de fecha 20-04-2007, practicada en la Morgue del Ambulatorio El Silencio, Municipio San F.d.E.Z.; y, 8) Acta de Inspección Técnica Nª 0419 de fecha 20-04-2007, todas practicadas por el mencionado funcionario, a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dichas actas y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto las actas a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al testigo, expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es G.A.G.V., en ese tiempo era el supervisor de investigaciones del CICPC San Francisco, era supervisor de los funcionarios que actuaban en el caso. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Que hace el supervisor de investigaciones? R: Supervisar que el personal bajo su mando haga el procedimiento, en caso de connotación el supervisor va al sitio en este caso fui. P: ¿El hecho de que se trasladara al lugar quiere decir que avala esas actuaciones? R: Si. P: ¿Eso que nombra Anderson es suficiente para que se deje constancia que estuvo o requiere que haya firma de usted? R: No se requiere mi firma. P: ¿El Acta de investigación, prueba Nº 3 en que consiste y fecha y si firma usted? R: No firmo, es una exposición de lo que el hizo en el sitio y de las evidencias encontradas, esto es un acta de investigación, los funcionarios de PTJ trabajan en pareja, el investigador prepara su acta de investigación y el otro describe los sitios del suceso. P: ¿Dónde esta ubicado ese lugar? R: En el barrio L.A.. P: ¿De que fecha es el acta? R: Del 20-04-2007, a las 6:15 de la tarde. P: ¿Qué vio allí? R: Yo solo observo que el trabajo se haga como debe ser, estaban los cadáveres y una cantidad de plomo que había en el sitio. P: ¿Entraron por el garaje? R: Si. P: ¿Quién le permitió el acceso al lugar? R: Estaba la Policía Regional y estaban resguardando el sitio. P: ¿En cuanto al levantamiento de cadáver prueba 5, cuántos cuerpos se levantaron allí? R: Dos cadáveres, pues el otro había ingresado al ambulatorio El Silencio. P: ¿De que sexo eran los mismos? R: Masculinos. P: ¿Firma el acta? R: No. P: ¿De que fecha es el acta? R: Del 20-04-07, a las 4:30 p.m. P: ¿La Inspección en la morgue, prueba n° 6, a que se refiere? R: En esta yo no estaba presente. P: ¿En cuanto a la prueba n° 7 en que lugar se practico? R: En la morgue del ambulatorio El Silencio. P: ¿La firma usted? R: No. P: ¿En cuanto a la prueba Nº 8, qué observo allí? R: Estaba un carro resguardado por la Policía Regional y se hizo una inspección técnica del vehículo. P: ¿Se revisó el vehículo? R: Dicen que consiguen en la guantera un carnet. P: ¿Dónde fue ubicado ese vehículo? R: En la Av. 49 del barrio L.A. diagonal al deposito de licores Carlitos. P: ¿Cómo estaba el vehículo? R: Cerrado pero sin seguro, me da la memoria de que el carro era verde. P: ¿Había alguna victima señalando? R: No solo estaba la Policía Regional. P: ¿Hora de la inspección? R: 6:40 p.m. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al defensor privado Abog. D.C., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U. a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Cuántos cadáveres consiguió en el sitio? R: Dos. P: ¿Luego hacia donde fueron? R: Al ambulatorio. P: ¿Luego? R: A donde estaba el vehículo. P: ¿De que color era el vehículo? R: no me acuerdo pero aquí dice que es beige. P: ¿Escuchó entre los averiguadores cuantos iban en el vehículo? R: No. P: ¿Supo que habían detenidos? R: Supe que la Policía Regional posteriormente habían detenido a dos personas y estaban en su comando. P: ¿Sabe si alguien estaba señalando a los mismos tuvo conocimiento de ello? R: No, la Policía Regional lo puso a la orden de la PTJ con oficio. CULMINA EL INTERROGATORIO. Se deja constancia que ni la defensora J.P. ni el tribunal realizan preguntas. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  15. - Con la declaración testifical del ciudadano L.A.M.M., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesto del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, L.A.M.M., de nacionalidad venezolana, soltero, titular de la Cédula de identidad N° V- 9.768.699, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación San Francisco, al responder a las generales sobre su identidad personal, seguidamente el Juez Presidente le otorga la palabra a la Representación Fiscal, quien procede en esta acto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a colocarle de manifiesto según la numeración utilizada en la acusación fiscal 2) Acta de Investigación Criminal de fecha 20-04-2007; 3) Acta de Investigación Criminal de fecha 20-04-2007; 4) Acta de Inspección Técnica del Sitio y Cadáveres con fijación fotográfica Nª 0417 de fecha 20-04-2007, practicada en el lugar del suceso; 5) Acta de Levantamiento de Cadáveres de fecha 20-04-2007, practicada en el lugar del suceso; 7) Acta de levantamiento de Cadáveres de fecha 20-04-2007, practicada en la Morgue del Ambulatorio El Silencio, Municipio San F.d.E.Z.; 8) Acta de Inspección Técnica Nª 0419 de fecha 20-04-2007; y, 9) Acta de Investigación Criminal de fecha 20-04-2007; todas practicadas por el mencionado funcionario, a los fines de que reconozca como suya la firma que suscribe dichas actas y el sello de la institución a la cual pertenece, seguidamente la Representación Fiscal le coloca de vista y manifiesto las actas a la Defensa de autos, y seguidamente el ciudadano Alguacil de sala se la coloca de vista y manifiesto al Juez Presidente, para luego colocarla de vista y manifiesto al testigo, expresando el mismo en este acto lo siguiente: Mi nombre es L.A.M.M., en relación a este caso diariamente tenemos un personal de dos funcionarios que laboran uno en la parte técnica y otro en investigación, ese día se tuvo conocimiento del hecho se procede a realizar el trabajo y nosotros como supervisores de la comisión la acompañamos al sitio y ellos se encargan de recolectar evidencias y levantar los cadáveres, mi función fue observar. No aparece mi firma pues lo que hago es acompañar. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la vindicta pública a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. Primera Pregunta: ¿Usted no firma ninguna actuación? R: No. P: ¿En que condición fue usted? R: Acompañando al de mayor jerarquía y a la comisión. P: ¿Para que? R: Para colaborar al personal de guardia, si el trabajo no es dominado y necesitan mas personal lo ayudamos. P: ¿El apoyo no fue necesario? R: No. P: ¿Estuvo en todas las actuaciones? R: En el sitio de los hechos, en la morgue y el sitio del vehículo. P: ¿Habían testigos presenciales? R: No le se decir. P: ¿Al llegar al ambulatorio quien los dirigió hasta allá? R: Los funcionarios que estaban primero nos dieron la información. P: ¿Cómo estaba el vehículo? R: Aparcado las puertas estaban cerradas. P: ¿Se registro el vehículo? R: Solo la guantera. P: ¿Habían varias personas en el sitio? R: Habían varias personas. P: ¿Habían detenidos? R: No. CULMINA EL INTERROGATORIO. Se deja constancia que ni el Abog. Combatti ni la Abog. Pirela realizan preguntas. Seguidamente procede a Interrogar el tribunal, por lo cual el Juez Profesional, realiza las siguientes preguntas. Primera Pregunta: ¿No practico ninguna otra actuación relacionada con el caso? R: No. P: ¿En la parte técnica, quien es el encargado de recolectar evidencia en la ropa del acusado? R: Se encarga la comisión que haya aprehendido a esos ciudadanos. P: ¿Tiene conocimiento quien colecto la evidencia de la ropa? R: No se. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  16. - Con la declaración testifical de la ciudadana Y.C.A.M., quien después de ser juramentada por el Juez Presidente fue impuesta del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, de nacionalidad venezolana, soltera, titular de la Cédula de identidad N° V- 17.294.965, al responder a las generales sobre su identidad personal, expresando la misma en este acto lo siguiente: Mi nombre es Y.C.A.M., yo iba atravesando el barrio L.A., un carro me iba a llegar y vi cuando se bajaron 5 personas armadas en un carro dorado, salieron corriendo tiraron las puertas, yo me quede encima de la acera ellos dos iban al lado izquierda de la calle, a los 15 minutos llego una patrulla con estos dos muchachos, yo me acerque en la patrulla y el policía me dijo que los tenían detenidos porque eran una de las que se habían bajado del carro y yo redije que no porque ellos no se habían bajado del carro, el policía me dijo que no me metiera en eso que no era problema mío. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa Privada, Abog. D.C., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. 1.- ¿Recuerda la fecha de los hechos?, R= El 20 de Abril de 2007, 2.- ¿Donde dejaron el vehículo?, R= En un costado del carril, 3.- ¿Que hicieron los ciudadanos?; R= Salieron corriendo; 4.- ¿Que hicieron ellos?; R= Un carro plateado los estaba esperando, 5.- ¿Viste algún numero de placa?; R= No le vi placa al carro plateado; 6.- ¿Cuando le dijiste al funcionario, que te dijo?; R= Que no era problema mio, 7.- ¿Llegaste a ver la identificación?; R= Bueno decía Anzoátegui, era un morenito, rellenito, se dejaron constancia de las preguntas y respuestas. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensora Privada, ABOG. J.P., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. 1.- ¿Que hora era?; R= Eran las 3 y 15 o 3 y 20. 2.- ¿Vive cerca?; R= En la Popular; por detrás del deposito Carlitos vive mi cuñada y sobrino, yo lo iba a buscar; 3.- ¿Iba acompañada, R= No, iba sola; 4.- ¿El vehículo venia en que dirección?; R= Venia bastante rápido y yo iba a atravesar; 5.- ¿A que distancia de donde usted estaba, estacionaron ellos?; R= como a dos metros, 6.- ¿Logro ver alguna de las personas?; R= Si; 7.- ¿De volverlos a ver, usted los reconocería?; R= Tendría que verlos; uno tenia suéter beige, otro suéter de rayas, otro suéter oscuro; 8.- ¿Que cargaban ellos?; R= Andaban armados, se bajaron con las armas en las manos y salieron corriendo; 9.- ¿Usted conoce bien la zona?; R= No, 10.- ¿Que distancia estaban del auto?; R= Corta, como a una casa; 11.-¿Cuantas personas se bajaron?; R= Eran cinco, cuatro y el chofer; 12.- ¿Cuando se bajaron, que hizo usted?; R= Quede paralizada, luego después de 15 minutos llego la patrulla con los muchachos y el dijo que estaban implicados, yo le dije que no eran y el me dijo que no me metiera en problemas; 13.- ¿Le dijo a otro funcionario?; R= Si; 14.- ¿Cuanto duró usted?; R= Allí en el sitio, como 15 minutos; 15.- ¿Vio cuando se retiraron del sitio?; R= No, 16.- ¿Quien se retiro, primero usted o ellos?; R= Yo; Seguidamente se le concede la palabra a la Representante del Ministerio Público, a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. 1.- ¿Donde reside usted para la fecha?; R= En La Popular, Sector 13 Vereda 13 Casa Nª 01; 2.- ¿Cual es el nombre de su sobrino?; R= D.J.A.; 3.- ¿Dónde vive el?; R= Detrás del deposito Carlitos; 4.- ¿Cual de las dos personas es la que usted conoce?; R= A Franklin. A indicación del Ministerio Pùblico se dejaron constancia las preguntas y respuestas. CULMINA EL INTERROGATORIO. De seguida el Juez Presidente procede a realizarle el interrogatorio. 1.- ¿Como iban vestidas las personas?, R= Suéter de rayas de colores, suéter oscuro llevaban jeans, uno iba de camisa y otro de suéter como beige de franjas azules; 2.- ¿El tiempo que los tuvo a la vista?; R= menos de cómo cinco minutos. 3.- ¿Cuanto tiempo estuvieron los acusados?; R= No le sabría decir; como 10 minutos; 4.- ¿Como estaban vestidos?; R= Franklin de rayas y Dayan con un suéter azul. 5.- ¿ Tenia alguna relación de amistad y trato con el detenido?; R= No, nunca; 6.- ¿Porque no fue el mismo dia a su casa?; R= No pude; yo fui a buscar a mi sobrinito y me lo lleve a la casa. 7.- ¿Las cinco personas estaban armadas?, R= Si; 8.- ¿Vio su ropa, el armamento y no vio su cara?; R= Si, uno era gordito, otro alto delgado, estatura normal, no recuerdo muy bien, uno moreno de pelo bajito; 9.- ¿Estuvo 10 minutos donde estaba el carro y los detenidos?; No, vi nada después llego gente. 10.- ¿Como quedo el vehículo cuando se bajaron?; R= Con las puertas cerradas; estaba apagado; los vidrios cerrados; 11.- ¿Como eran los vidrios?; R= Eran ahumados pero no oscuros; 12.- ¿Habían mas conocidos suyos en el sitio?, R=No, 13.- ¿Que día de la semana?; R= No recuerdo; 14.- ¿Usted trabajó ese día?; R= No recuerdo. 15.- ¿Antes de pasar el carro no recuerda escuchar nada?; R= No recuerdo; 16.- ¿Se entero usted porque tenían detenidos los muchachos?; R= No. 17.- ¿Usted supo donde fue el hecho?; R= No, 18.- ¿En diez minutos ni oyó, ni vio, ni supo porque estaban detenidos?; No, el policía me dijo que no me metiera en eso. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  17. - Con la declaración testifical de la ciudadana IVVETH CHIQUINQUIRÁ L.A., quien después de ser juramentada por el Juez Presidente fue impuesta del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, IVVETH CHIQUINQUIRÁ L.A., de nacionalidad venezolana, soltera, titular de la Cédula de identidad N° V- 17.294.965, al responder a las generales sobre su identidad personal, expresando la misma en este acto lo siguiente: Mi nombre es IVVETH CHIQUINQUIRÁ L.A., yo estaba en la esquina en la calle que ocurrieron los hechos, en la otra esquina el carro se estaciono, nadie se bajo y nadie, luego se escucho un carro un frenazo, se bajaron 5 tipos veían armados, use montaron, a los 5 minutos se paro una patrulla, después al rato llego otra patrulla donde traían a estos muchachos y le pregunte al policía le pregunte y me dijo que era por el caso que estaba estacionado; yo le dije que no porque yo conozco a uno de ellos y no fue ninguno de los cinco que se bajaron el me dijo que me quitara de allí que no me metiera en problemas. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa Privada privado Abog. D.C., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. 1.- ¿Donde queda?; R= Frente al Deposito, 2.- ¿Como se llama el deposito?; R= Carlitos; el carro lo dejaron allí, y se montaron en el otro; 3.- ¿El vehículo estuvo parado cuanto?; R= Como 10 o 15 minutos, yo estaba pendiente porque el carro se estaciono y estuvo parado; 4.- ¿La placa del vehículo estacionado?; R= No tenia placa; 5.- ¿La Marca?; R= Era un Renault; 6.- ¿Qué color era el carro?; R= Plateado, Vidrios oscuros; tenían el vidrio ni muy oscuro ni muy claro, solo se veía al conductor; 7.- ¿Como andaba vestido?; R= Un suéter de rayas; 8.- ¿Donde tienes la mesa del teléfono; llegas a ver?; R= Si, dejaron el vehículo un poquito mas allá de la esquina; 9.- ¿Cuantos se bajaron del carro?; R= Eran como 5; 10.- ¿Llegaste a ver su ropa?; R= El que se bajo primero era un gordito morenito, corte bajo; el que venia manejando era alto blanco; una camisa roja flaco alto; 11.- ¿Si los llegaras a ver los reconocerías?, R= A lo mejor si, no lo se; yo pensé que me venían a atracar a mi; 12.- ¿Se encuentra en esta sala alguna de las personas que se bajaron del vehículo?; R= No nadie; 13.- ¿En cuanto tiempo llegó la policía?; R= Como a los 5 minutos y después llego la otra patrulla con los otros; 14.- ¿Donde vives tu?; R= En el Silencio, toda la vía, 15.- ¿De donde venia el vehículo?; R= El venia de los lados de la Cañada de allá para aca. 16.- ¿Conoces a los muchachos que estaban en la patrulla?; R= A uno solo a D.S., porque el estudio conmigo; 17.- ¿Hiciste un comentario a los familiares?; R= Le conté a su mama y le avise a ella, yo le dije que ellos no fueron porque yo vi a los tipos que se bajaron del carro, yo le pregunte al policía que porque los tenían detenidos, que era por el carro que habían dejado allí; y el me dijo que me apartara, le hice el comentario y me dijo que no me metiera en problemas; 18.- ¿Tu llegaste a saber que había pasado?; R= En el momento supe fue que llegaron los tipos en el carro lo dejaron botado y se fueron; 19.- ¿A que hora fue eso?; R= Después de las 3 de la tarde. 20.- ¿En que tiempo llego la patrulla?; R=Como a los 5 minutos, luego de 10 a 15 minutos llego la otra con los detenidos. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensora Privada ABOG. J.P., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. 1.- ¿Donde esta su mesita?; R= En la casa que esta después de la esquina, 2.- ¿Usted fue hasta el sitio donde dejaron el carro; R= Si desde donde yo estoy se veía; 3.- ¿De donde venia el carro?; R= Venia de la carretera de la cañada, no se si saldría de otras calles; 4.- ¿De donde estaba estacionado el vehículo hasta donde esta su mesita?; R= Yo estoy aquí, hay que pasar la calle y esta mi mesita, diagonal; 5.- ¿Que vía de escape tenia?; R= Hay una calle y luego otra vía; da a los accesos, uno a la carretera de Perijá y otra para el kilómetro 4; 6.- ¿Vio cuando detuvieron a estas personas?; R= No; 7.- ¿Supo el porque los tenían detenidos?; R= Con relación al carro que dejaron abandonado, habían otras personas?; R= En mi mesa estaba yo sola; 8.- ¿Le comento a otras personas?; R= No; 9.- ¿Que hay cerca de allí?; R= En la esquina hay un deposito; hay otros negocios cerca; 10.- ¿Usted se acerco al sitio?; R= Yo me acerque a la unidad donde estaban ellos; 11.- ¿Hizo el comentario?; R= Al funcionario que yo vi cuando se bajaron los tipos, el dijo que nos quitáramos. 12.- ¿Fue hasta donde estaban ellos en el comando?; R= No; 13.- ¿Describa las condiciones que llegaron hasta allí?; R= Ellos venían corriendo y se montaron en el carro de hecho a uno lo iban a dejar botado y llevaba el pie afuera; 14.- ¿Usted supo lo que paso?; R= No supe lo que estaba pasando; 15.- ¿El tiempo que los tuvieron a ellos?; R= Estuvieron un rato; llegaron 3 patrullas, 16.- ¿Familiares llegaron de estas personas?; R= De familiares no había nadie, yo después fui a avisarle a su mama; 17.- ¿En que tiempo fue a avisarles?; R= Al rato como a una hora; 18.- ¿Continuo usted trabajando?; R=No, yo después de eso no continué trabajando porque pasan muchos atracos por allí; 19.- ¿Que tiempo tiene conociendo a Dayan?; R= como 10, 12 años toda la vida porque fuimos compañeros de estudios. CULMINO EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la Representante del Ministerio Público, a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. 1.- ¿Donde reside usted para la fecha?; R= El silencio, Calle 143; 2.- ¿Cuanto tiene viviendo allí?; R= 25 años; 3.- ¿Donde vive D.S.?; R= Vive mas arriba de donde yo vivo, el vive en el otro barrio en el R.U.; 4.- ¿Estudiaron juntos?; R=Si, desde el año1993-1994; 5.- ¿Dónde esta ubicada su casa?; R= Como a 3 cuadras en la calle 162, en el mismo barrio el silencio; 6.- ¿Conoce a L.V.?, R= No, 7.- ¿Ciudadano Adama Soto?; R= No; 8.- ¿El modelo del carro?; R= Carro plateado, marca Renault, no tenia placa el carro; 9.- ¿El otro vehículo; R= No le vi la marca solo era color dorado era nuevo; 10.- ¿De los vehículos, cual era el mas grande; R= Los dos eran iguales, casi iguales; 11.- ¿Características de los 5 tripulantes?; R= Yo no vi a todos los 5, yo los vi pero no a todos; uno gordito bajito pelo parado, otro catre alto, otro morenito flaquito, otro gordito una camisa roja una camisa de rayas azul o gris, otro camisa oscura marrón. 12.- ¿Cómo estaban vestidos los detenidos?; R= Dayan camisa roja con franja azul y el otro un suéter de rayas el fondo era blanco con azul y rojas las rayas; 13.- ¿El lugar descríbalo?; R= Es un calle. 14.- ¿Ubique los vehículos?. Objeción de la defensa; No ha lugar, la defensa no debe decirle al testigo la respuesta. Reformule el Ministerio Público. 15.- ¿Explique y ubique los vehículos?; R= Del lado izquierdo; el que los estaba esperando estaban del lado derecho. Las personas cruzaron a la izquierda o siguieron derecho, no cruzaron siguieron derecho y se montaron; 16.- ¿Conoce a la ciudadana Yesenia?; R= No. 17.- ¿Le vio las caras a las personas?; R= Claro; 18.- ¿Como eran esas caras?; R= Normal; eso paso muy rápido ellos iban corriendo. 19.- ¿Como puede usted afirmar que ninguno de ellos era Dayan?; R= Porque yo lo conozco a el y ninguno de ellos era el; 20.- ¿Como esas 5 personas lograron meterse en ese carro; R= Uno se monto adelante y los otros atrás como que no cabían porque uno quedo con el pie afuera; 21.- ¿El horario de trabajo?; R= De 8 a 12 y después de media hora de almuerzo, estaba otra vez allí, todo el día; 22.- ¿Su mesa esta ubicada al frente del deposito?; R= Diagonal. 23.- ¿Estuvo en el sitio para cuando llegaron los detenidos?; R= Si. 24.- ¿ Llego una patrulla?; R= Si; ella se quedo allí hasta que llego la otra; la patrulla con los detenidos venia como 3 cuadras mas arriba bajando hacia donde estaba yo; 25.- ¿Venia en el sentido contrario de donde huyo el vehículo?, R= Si; 26.- ¿Había mucha gente en el lugar?; R= Si; 27.- ¿Habían averiguadores, vio que la gente se acercaba?; R= Si; 28.- ¿Esa patrulla donde estaba estacionada?; R= Casi al frente de donde yo estaba, 29.- ¿Le dijeron que había pasado?; R= Fue después de todo, se escucho que habían matado a dos personas; 30.- ¿Donde estaba?; R= En el silencio, al pasar la calle queda el barrio L.A.. Se dejaron constancia de las preguntas y respuestas. CULMINA EL INTERROGATORIO. De seguida el Juez Presidente procede a realizarle el interrogatorio. 1.- ¿Quien es la dueña de la casa?; R= Una señora a quien le pagaba por estar allí; es la casa de una abuela de una amiga que se llama patricia; 2.- ¿Que tiempo estuvo allí?; R= Como 3 meses nada mas; 3.- ¿Que tiempo tenia usted que no veía a Dayan?; R= Mas o menos tiempo, nos conseguíamos de vez en cuando; lo veía siempre por los lados de la casa; a veces una semana, tres días; 4.- ¿Dayan es su amigo?; R= Somos conocidos del barrio, porque estudiábamos juntos; 5.- ¿Conoce a su mama?; R= Si, desde que estudiamos; 6.- ¿Usted camino?; R= Si, yo camine de un lado a otro; 7.- ¿Que tiempo paso que vio huir al renault hasta que vino la patrulla?; R= De diez a quince minutos; 8.- ¿Donde los detuvieron?, R= Yo no estaba mas adelante; 9.- ¿Que tanto?; R= Como a 3 cuadras, por los comentarios que escuche; 10.- ¿Quien le hizo ese comentario?; R= La gente, los que estaban por allí; 11.- ¿Que conocidos habían por allí?; R= bueno la gente que vive por allí; 12.- ¿Esa zona es muy transitada?; R= Si es muy transitada; 13.- ¿Que día de la semana fue eso; R= No recuerdo; 14.- ¿Donde me dijo que estudiaron juntos?; R= En el colegio González; 15.- ¿Cuanto tiempo?; R= 1 año; 16.- ¿Que año?; R= Segundo año; 17.- ¿Después de eso se dejaron de ver?; R= Si, pero siempre lo estaba viendo porque vive por el sector; 18.- ¿Usted dejo de trabajar porque se iba a operar?; R= Si de los ovarios; 19.-¿Usted donde tenia el puesto, habían locales comerciales cerca?; R= Si, un deposito; 20.- ¿Es muy concurrido?; R= Si, llega gente después de las 5 de la tarde es que se aglomera la gente; 21.- ¿Escucho disparos?; R= No, nada; 22.- ¿A que hora se entero?; R= Como a las 5 de la tarde; pero yo le pregunte al policía y me dijo que estaba detenido por lo del carro; 23.- ¿Como era ese carro?; R= Carro nuevo, color dorado; 24.- ¿Los vidrios?; R= No eran oscuros, eran claros; 25.- ¿Los vidrios estaban arriba?; R= Si; CULMINA EL INTERROGATORIO.

  18. - Con la declaración de la ciudadana X.J.M.A., quien después de ser juramentada por el Juez Presidente fue impuesta del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, X.J.M.A., de nacionalidad venezolana, soltera, titular de la Cédula de identidad N° V- 17.294.965, al responder a las generales sobre su identidad personal, expresando la misma en este acto lo siguiente: Mi nombre es X.J.M.A., soy estilista y estudio derecho, lo que yo le puedo decir que a los muchachos los conozco yo y yo les corto el cabello a ellos; van a mi casa para que les cortara el cabello, me arrepiento no cortarle el cabello; llegaron como de 2 a 2 y 30 pero les dije que no porque tenia examen y me iba a reunir a las 3 con unos compañeros. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa Privada privado Abog. D.C., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. 1.- ¿Recuerda la fecha de los hechos?, R= El 20 de Abril de 2007, tenía examen de fundamentos jurídicos; 2.- ¿La Hora?, R= Exactamente como de 2 a 2 y 30, los atendí en el frente y quedo mi hija; 3.- ¿Duraron que tiempo allí en su casa?; R= Tal vez duraron 20 minutos y se irían como a las 2 y 45 a 3 de la tarde; Franklin tenia un suéter de rayan negras con fondo blanco y Dayan un suéter rojo; 4.- ¿ La Dirección exacta?; R= Barrio 19 de Julio, Calle 165-1, Casa Nª 251-2, barrio que queda en un sector del silencio. 5.- ¿De allí supiste algo de ellos?; R= No supe mas nada, a la fecha estoy arrepentida de no haberlos podido atender ese dia. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensora Privada ABOG. J.P. a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. 1.- ¿ Dónde Vive?; R= En el Barrio 19 de Julio; 2.- ¿A que distancia esta ese barrio del barrio el silencio?; R= Eso es un terreno del Silencio, bueno estoy a 3 casas de la avenida del Silencio; 3.-¿ Cuanto tiempo tienen conociendo a los muchachos¿; R= A Dayan desde pequeño; a Franklin lo conozco desde hace 13 a14 años; 4.- ¿Cuanto tiempo¿; R= No se decirle exactamente; 5.- ¿La frecuencia de cortarles el cabello?; R= Semanal; 6.- ¿Cuando se dio cuenta que estos muchachos estaban detenidos?; R= Al día siguiente, en mi diario; 7.- ¿Que pensó en ese momento?; R= Me dio de todo, fui hasta la casa de la tía, y les dije que ellos no fueron porque estaban en mi casa; no los quise atender porque tenia un examen; 8.- ¿Conoce todo el sector?; R= Conozco buena parte del sector el silencio; 9.- ¿Supo donde los detuvieron?; R= Mas o menos; 10.- ¿Que distancia aproximadamente queda de su casa?; R= Como a 5, o 6, o 7 cuadras; 11.- ¿Hay varios accesos de salir de su casa?; R= Tienen que darle hasta el final del barrio para poder salir de allí; 12.- ¿Le comentaron para donde se iban a dirigir?; R= No, pero mi hija oyó cuando dijeron que tenían hambre, pero en realidad no se que hicieron después; 13.- ¿Estaba en compañía de otra persona?; R= Andaban los dos juntos, andaban a pie franklin cargaba un palo que lo movía; 14.- ¿Declaro anteriormente?; R= Si, fui a la PTJ y yo acudí porque me citaron. Es todo. CULMINO EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al MINISTERIO PÙBLICO a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. 1.- ¿Que tiempo tiene viviendo en ese barrio?; R= 16 años; 2.- ¿Donde vive franklin y Dayan?; R= Franklin en el barrio el silencio, no se su dirección; desde donde yo vivo como a 6 cuadras; y Dayan en el barrio R.U.. 3.- ¿Como se llama la mama de Dayan?; R= Luisa; 4.- ¿Y la mama de Franklin?; R= No lo se; 5.- ¿Donde los conoció?; R= A Franklin en un salón que tenia por allí y a Dayan desde pequeño; 6.- ¿Su horario de tbjo?; R= Entro a las 9 de la noche y como estudio a las 6 de la tarde; 7.- ¿Cuanto tiempo tiene trabajando?; R= Tengo un año con Salvador y en Gaetano 6 meses del Centro Sur; 8.- ¿Que día de la semana?; R= Un sábado, otros cualquier día, el salón lo tenia en mi casa pero siempre venían cualquier día uno que otro. Objeción de la defensa. Ha Lugar. 9.- ¿Porque Franklin y Dayan fueron a su casa?; R= Yo antes trabajaba en mi casa y ellos tenían mucha confianza conmigo yo les hacia comida. 10.- ¿En que se retiraron?; R= Ellos andaban a pie y no vi como se retiraron; 11.- ¿Usted los vio cuando se retiraron?; R= No; 12.- ¿Como vestía usted ese día?; R= Estaba vistiéndome, yo me puse un mono, una blusa de mi esposo y salí a conversar con ellos; 13.- ¿Su horario de clases?; R= A las 6 y 30; 14.- ¿En donde?; R= J.A., en sierra maestra; 15.- ¿Donde esta ubicado el deposito Carlitos?; R= No lo se; 16.- ¿Estaba estudiando o tenia visita?; R= En el momento que ellos llegaron me estaba vistiendo porque mis compañeros venían; 17.- ¿A que hora se retiraron los ciudadanos Franklin y Dayan?; R= Estuvieron de 2 a 2 y 30 si se retirarían como a las 2 y 45 ya para las 3; 18.- ¿Vio la hora?; R= No, puedo deducir por lo que me dijo la niña. A indicación del Ministerio Pùblico se dejaron constancia las preguntas y respuestas. CULMINA EL INTERROGATORIO. De seguida el Juez Presidente procede a realizarle el interrogatorio. 1.- ¿Usted a partir de las 2 y 30 de la tarde, no puede dar certeza de donde estaban?; R= Estaban en mi casa; 2.- ¿A las 2 y 45 estaban en su casa?; R= No le se decir exactamente, después que yo me moví de allí no vi el reloj para precisarle hasta que hora estuvieron. 3.- ¿Después que converso?; R= No me acuerdo la hora que se retiraron, 4.- ¿Que día de la semana era eso?; R= No me acuerdo. 5.- ¿Cuando se entero que ellos estaban detenidos?; R= Me entere al dia siguiente por mi diario; 6.- ¿La distancia de donde usted vive a donde los detuvieron?; R= Una distancia de 6 a 7 cuadras; 7.- ¿Como los vio llegar?; R= Ellos tocaron, abrieron el portón, 8.- ¿Usted salio para recibirlos?; R= No, fue mi hija, yo me estaba vistiendo; 9.- ¿Los recibió dentro o fuera de la casa?; R= En el porche; 10.- ¿Conoce a la señora L.V.?; R= No; 11.- ¿Cuando hablo con la mama?; R= Yo hable fue con una tía llamada Xiomara; 12.- ¿Que apellido?; R= Yo por los apellidos no se; 12.- ¿Vive cerca de su casa?; R= 3 cuadras mas una casa; 13.- ¿Sabe donde fue que ocurrió el hecho donde fueron los muertos?; R= Se que fue por el L.A.; 14.- ¿Cual es la distancia de donde vive usted y del barrio L.A.?; R= Creo que se pasa un kilómetro. 15.- ¿Sigue estudiando derecho?; R= Si, en la J.A., es una de las misiones; 16.- ¿Que titulo reciben ustedes?; R= El titulo de Abogado. CULMINA EL INTERROGATORIO.

  19. - Con la declaración testifical del ciudadano A.A.N.S., quien después de ser juramentada por el Juez Presidente fue impuesta del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, A.A.N.S., de nacionalidad venezolana, soltera, titular de la Cédula de identidad N° V- 3.646.611, al responder a las generales sobre su identidad personal, expresando la misma en este acto lo siguiente: Mi nombre es A.A.N.S., yo llegue al pulilavado a lavar el carro, lo estacione, como tengo costumbre a no dejarlo y me fui a la cera de enfrente, veo que va bajando una patrulla a toda velocidad; en ese momento en el sentido de la carretera de perija a la carretera de la cañada y me llamo la atención, se estaciona a la derecha y vienen dos muchachos y los detienen y me acerque porque conozco a uno de ellos y me dijeron que era un procedimiento cuando salí me dirigí hasta la casa de Dayan a avisarle a los familiares. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa Privada privado Abog. D.C., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. 1.- ¿A que se dedica?; R= Perito evaluador, con transito terrestre, 2.- ¿Cuanto tiempo¿; R= 26 años; 3.- ¿Conoce a quien?; R= a Dayan; 4.- ¿Vive por el sector?; R= Si, el vive a la otra calle de mi casa; 5.- ¿Fue testigo del momento de la detención de ellos?; R= Si, le pregunte al funcionario y me dijo que era un procedimiento de investigación; era un funcionario un poco doble; trigueño y le vi la placa que decía Uzcategui; 6.- ¿Observo si los muchachos estaban sudados?; R= No; 7.- ¿Venían caminando o corriendo?; R= No, venían caminando; 8.- ¿Este funcionario andaba donde?; R= En una patrulla; 9.- ¿En que fecha fue eso?; R= El 20 de abril, hace dos años. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensora Privada ABOG. J.P., a los fines de que proceda con el interrogatorio. 1.- ¿Donde queda el pulilavado?; R= Queda en el sector del silencio; 2.- ¿A que hora era?; R= Llegue como a las 3 y 15, 3 y 20, no le puedo precisar; 3.- ¿Eso es una calle?, R= Una avenida, una calle y en la acera estaba parado; 4.- ¿Hay otros locales?; R= Bueno hay un mercalito y en toda la esquina hay un taller de latonería y pintura; 5.- ¿Esa calle que acceso tiene?; R= Usted viene de la carretera de Perija y lo que llaman las 2 entradas del Silencio viene de norte a sur viene un tapón, una cuadra antes del tapón estaba yo en el pulilavado, vengo de la carretera de perija voy bajando yo estoy en la esquina; 7.- ¿De donde venían los muchachos?; R= Ellos venían de Este a Oeste y la patrulla de oeste a este; 8.- ¿A quien vio primero pasar?; R= Me llamo la atención primero la patrulla, le hago el seguimiento que miro a la derecha y vienen los muchachos; 9.- ¿A que distancia de la calle estaba la patrulla de los muchachos?, R= Como a la mitad de la calle, no se de donde venían ellos; 10.- ¿Se acercó usted?; R= Si; 11.- ¿Le vio usted algún objeto, un arma?; R= No; 12.- ¿Cuantos funcionarios estaban en esa patrulla?; R= Uno solo; 13.- ¿Cuanto tiempo fue?; R= El tiempo no le puedo precisar; fue rápido, 14.-¿Recuerda usted la vestimenta?; R= Dayan con un suéter rojo con franjas azules y el otro un suéter de rayas; 15.- ¿Llego otra unidad al sitio?; R= No una sola patrulla; 16.- ¿Le manifestó para donde se lo llevarían?; R= No; 17.-¿Como los vio, sudados, sucios?; R= No andaban limpiecitos, ni sudados; 18.- ¿Cuanto tiempo permaneció en el sitio?; R= Llegue al pulilavado, espere como 5 a 10 minutos luego salí y le fui a avisar los familiares de Dayan; 19.- ¿Que supo usted sobre la detención?; R= Al momento nada; después fue que me dijeron que era un procedimiento por unos muertos; 20.-¿Donde vive usted?; R= En el barrio R.U.; 20.- ¿Cuanto tiempo estuvo usted?; R= Llegue al pulilavado a las 3 y 5, 3 y 10. Es todo. CULMINO EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra al MINISTERIO PÙBLICO, a los fines de proceder con el interrogatorio. 1.- ¿Vive en el barrio R.U.?; R= Si; 2.- ¿Desde cuando conoce a dayan?; R= Como unos 5 años; 3.- ¿Que hace Dayan?; R= No lo se, se que estudia; 4.- ¿Conoce a Franklin?; R= De vista; 5.- ¿Para donde vive Franklin?; R= En el silencio. 6.- ¿El silencio colinda con el L.A.?; R= Si, por la parte de atrás; 7.- ¿Que tiempo tiene usted viviendo en le barrio?, R= Como 5 años; 8.- ¿Trabajaba para ese momento?; R= En el año 2007, en el Comando de vigilancia de transito, Circunvalación 2; 9.- ¿Horario de trabajo?; R= de 8 a 12 y en la tarde anda uno de traslado. 10.- ¿Con que frecuencia lava el carro?; R= Cuando me da tiempo; cuando me dicen que tengo sucio el carro; 11.- ¿Porque no lo lava en el barrio R.U.?; R= No hay pulilavados y en el otro hay mucha tierra; 12.- ¿Usted sabe porque Dayan y Franklin venían ese día caminando; R= No se; 13.- ¿Que Hora era?; R= La hora llegue a las 3 y 15; 3 y 10. 14.- ¿Ese día había sol?; R= creo que si. 14.- ¿Como estaba el tiempo?; R=Para esa fecha en el mes de abril hace calor; 14.- ¿Como es el lugar, usted que es experto?; R= El área es una calle sur norte, norte sur; el pulilavado esta en casi una esquina norte sur; al final hay un tapón pero tiene salida de derecha e izquierda; hay dos árboles de 2 a tres cerca al pulilavado; 15.- ¿Franklin traía un palo?; R= No lo se; 16.- ¿La patrulla los interceptó?; R= Si, los interceptó. A indicación del Ministerio Pùblico se dejaron constancia las preguntas y respuestas. CULMINA EL INTERROGATORIO. De seguida el Juez Presidente procede a realizarle el interrogatorio. 1.- ¿Recuerda el día de la semana?; R= No le sabría determinar el dia; 2.- ¿Trabajaba para esa fecha?; R= Si; 3.- ¿A quien vio venir?; R= A la patrulla; 4.- No tiene idea de donde venian; R: Venían por la acera de donde yo estaba; 5.- Usted simplemente presencio cuando los detuvieron; R: Si; 6.- No se dirigió a ellos; R: No; 7.- No tuvo contacto con los acusados; R: Solo con el agente; 8.- La calle estaba sola; R: Habían ciertas personas; 9.- En la esquina que hay; R: Un taller; 10.- Cuantas personas me puede estimar que vieron cuando los detuvieron; R: En la esquina, 11.- Había gente; R: En la acera de enfrente habíamos dos; 12.- Cuantos funcionarios participaron; R: Uno solo; 13.- Usted los conocía a los dos; R: Conozco a Dayan y al otro de vista. 14.- Cuando llego al barrio; ellos ya vivían en el barrio; R: Si; 15.- Cual es su relación de ellos; R: Amistad; 16.- Usted declaro en PTJ, en Fiscalía; R= No me llamaron. 16.- Nunca fue citado por la PTJ; R= No; 17.- Los acusados lo vieron a usted; R= No lo se, hay que preguntárselos a ellos; 18.- A ellos lo requisaron; R= Si; 19.- Y el funcionario no ubico testigos; R= Como le repito fue muy rápido; 20.- En que tiempo le aviso a los familiares; R= Después que me entregaron el carro fui hasta sus familiares. 21.- A que hora; R= Entre 3y10; 3y15; 3y 30; 22.- Por allí cerca no vio una multitud que le llamara la atención; R= No; 23.- No entro al barrio; R= No, me fui al mío a avisarle a los familiares. 24.- A que distancia esta el tapón de donde usted estaba; R= Como a mitad de cuadra, como a 200 metros. 25.- No vio curiosos dirigirse hacia el tapón; R= No, 26.- Vio circular aparte de la patrulla algún otro vehículo; R= No; 27.- Por donde usted estaba se salía a la vía Perija; R= Si; 28.- Cerca hay un deposito de licores; R= Hasta 3; 29.- El que estaba mas cerca; R= No lo se, algo así, como el Danny; CULMINA EL INTERROGATORIO.

  20. - Con la declaración testifical de J.B., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesto del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, J.B., de nacionalidad venezolana, soltera, titular de la Cédula de identidad N° V- 22.506.240, al responder a las generales sobre su identidad personal, expresando la misma en este acto lo siguiente: “Yo estaba parado frente a mi casa y venían cinco muchachos corriendo con unas pistolas en las manos, me metí y se montaron en un Renault gris y cruzaron hacia la calle 8 y se fueron. Es todo”. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa Privada, Abog. JUDITH, en su carácter de defensora del acusado D.R.S.U., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. P= Que fue lo que vio ese dia; R= Estaba parado frente a mi casa iba a trabajar, vi a los tipos que venían corriendo y había un carro Renault que los esperaba; P= De donde venían esas personas; R= Venían del deposito Carlitos buscando como hacia la pollera la parrillera; P= Como venían vestidos; R= Uno era flaco alto suéter de rayas rojas, venia otro gordito con una camisa blanca, los otros no los vi muy bien; P= Cuantas personas eran; R= 5 personas; P= Aproximadamente la hora; R= Eran como las 3 y 15, no llegaban a las 3 y 30; P= Describir el carro que vio diagonal a su casa; R= Renault gris, carro nuevo, con un gordito era el chofer, se veía blanco. P= Logro ver a las personas que detuvieron; R= A ellos dos fueron los únicos que detuvieron; mucho mas allá fue que los detuvieron; P= Estuvo en el sitio de donde salieron las personas; R= No, vi que venían y cuando vi la multitud fui a averiguar, P= Donde estaba el carro hasta donde se montaron estas personas que distancia había; R= Como media cuadra; P= Distancia de donde estaba el vehículo estacionado a donde los detuvieron a ellos; R= Como media cuadra, como en la triple a; P= Como son esas calles; R= El deposito queda a mano derecha de la casa; 30 metros donde los detuvieron a ellos, y a mano izquierda por la otra calle; P= A donde salen esas calles; R= Al silencio, a la vía perija, al kilómetro 4. Se dejaron constancia de las preguntas y respuestas. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensora Privada, ABOG. N.F., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. P= Dígame la fecha y si recuerda la hora que ocurrieron los hechos; R= El 20 de Abril del año 2.007, la hora 3 y 15 a 3 y 20; P= En donde reside usted; R= Avenida 49, Casa 164-62, Sector El Silencio. P= Usted vive en la calle que divide a los barrios; R= Si; P= Que observo usted ese día; R= Los 5 muchachos que veían corriendo y se montaron. P= Donde estaba; R= Frente a mi casa; P= Manifestó que ellos estaba armados; R= Todos estaban armados; P= Observo de donde se bajaron; R= Los vi que venían corriendo; en la esquina había un carro dorado. P= Observo usted cuando aprehendieron a mis defendidos; R= Si, la Policía Regional; P= Que observó, R= Los detiene la patrulla, estábamos averiguando, llego la policía, cuando llegan a la esquina llego la patrulla con ellos; estaba también la señora de los teléfonos; no me lo recuerdo; ella no vive por allí; P= A que distancia de tu casa están los teléfonos; R= A media cuadra; P= Cuando llegaste al vehículo que otro Cuerpo de seguridad fue; R= Polisur. P= Quien resguardo el vehículo; P= Creo que fue la Regional. P= Color del vehículo; R= Era dorado. P= Marca; R= No vi la marca porque había mucha gente. Seguidamente se le concede la palabra a la Representante del Ministerio Público, a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. P= Donde residía usted para la fecha; R= En la avenida 49, Casa N° 164-62. P= Cuanto tiempo tiene viviendo; R= 24 años. P= A quien conoce; R= A los dos a Franklin y a Dayan; a Franklin lo conozco como los panaderos; P= Que oficio tiene; R= Manejo un carro de tráfico. P= Para esa fecha trabajaba; R= Si, es carro propio. P= El Horario de trabajo; R= Salgo a las 8 hasta las 1 y salgo después de las 3. P= La fecha que ocurrieron los hechos; R= El 20 de Abril. P= Quien lo contacto. R= En la casa llego una boleta que tenia que ir a San Francisco. P= Quien lo contacto; R= Yo fui a avisarle a los familiares del panadero que se lo habían llevado. P= La ubicación de usted; R= Estaba parado como a media cuadra de la casa, en dirección como si fuera al deposito Calitos; P= Explique mejor; R= Mi casa queda en toda la vía prácticamente de tapón, el carro estaba a mano derecha, en sentido de mi casa hacia el deposito Carlitos; Objeción por parte de la defensa. Reformule el Fiscal del Ministerio Público; P= Desde que sentido venían; R= El carro cruzo y ellos se montaron. P= La Placa; R= No tenía placa. P= La señora donde esta ubicada; prácticamente en la esquina, cruzando, el carro esta en la derecha, el carro arranca y cruza, la señora de los teléfonos le pasaron por el frente a ella. P= Cuantas personas llegaron a hacerle la observación; R= Una sola persona que estaba en el pulilavado y les dijo que esos no eran. P= Usted sabia porque los estaban resguardando; R= No sabia. P= Usted vio cuando las personas detenidas las llevaron hacia el vehículo; R= Porque la patrulla pasa frente a mi casa y se los llevaron. P= Estaba presente; R= Si. P= Cuando los detuvieron; R= Ya se habían ido, la señora de los teléfonos fue la que dijo que ellos no eran; P= Vio como estaban vestidos; R= Flaco de suéter rojo y otro de suéter blanco. P= Tuvo conocimiento que ocurrió un homicidio o se entero después. R= Si al otro dia me di cuenta que habían matado a dos tipos vía la cañada. CULMINA EL INTERROGATORIO. De seguida el Juez Presidente procede a realizarle el interrogatorio. P= Iba saliendo a trabajar, R= Si. P= Cuando observo a las personas armadas; R= Porque estaba afuera, en mi camioneta para trabajar; P= Que vehículo; R= Ranchera, ruta la polar; P= Trabaja en la línea, R= No, soy pirata. P= Como se percata de las 5 personas; R= Venían corriendo de frente como acá donde estaba yo, venían corriendo, medio a medio de la carretera. Como estaban vestidas; R= A los dos que alcance a ver un suéter rojo de rayas; y una camisa blanca; solo vi a los dos de adelante; P= Detrás de ellos no vio nada en particular; R= No, solo vi cuando el carro los estaba esperando, mi vecina Yeili me dijo que tenia tiempo parado alli ese carro. P= No pudo detallar el carro; R= Un Renault gris, no tenia placa. P= Vio la calle completa algo que le llamara la atención; R= No, después que ellos se fueron la gente corrió al Deposito Carlitos; P= Cuando empezó la gente a correr; R= Cuando el otro carro se fue la gente fue. P= Usted antes de esa hora había visto a los acusados; R= No, los vi cuando venían de la pollera en dirección a la casa de ellos; P= Como andaban vestidos; Franklin un suéter rojo de rayas; el otro un suéter blanco. P= Los viste pasar para donde; R= Como para la panadería, para el pulilavado; P= No los vi cuando los detuvieron; P= Cuanto tiempo paso en el momento que las 5 personas se fueran y en el momento que ellos iban caminando; R= pasaron como 5 minutos; P= Que paso en esos 5 minutos cuando la gente fue a correr al deposito; P= Camine hacia la calle del pulilavado triple A que la vecina me llamo y veo cuando tenían detenidos a los muchachos; P= Que paso en ese tiempo; R= Paso un poquito mas de tiempo para que la gente se fuera a averiguar a la esquina; P= Quien era la persona que estaba en los teléfonos; R= Jenny, mi vecina, era la que atendía los teléfonos; a mi me llamo la vecina de la esquina; P= Te percataste que habían dejado el vehículo abandonado; R= Al tanto rato; no estaba lejos, estaba diagonal al deposito, orillado, me acerque solo se que el carro era nuevo de color dorado; no le vi la marca; P= Tu viste cuando a ellos los detuvieron; R= Si, porque la vecina me llama y es en la calle que sale al pulilavado Triple A; P= A que distancia esta; R= De mi casa a la esquina dos casas; en la otra calle a tres casas; P= Nadie comento; R= La señora del teléfono le dijo al oficial que las personas que se bajaron se fueron en un carro; yo también le dije al policía y el me dijo que me apartara; P= Estuviste todo el rato; R= Si; P= Se fueron ellos primero o tu; R= Si, se fueron ellos primero; P= Llego alguien al sitio que haya llorado; R= No, nadie; P= Cuando te enteraste; R= Al otro día; P= Y cuando le avisaste a los familiares; R= Como a las 3 y 40; P= A que distancia están de alli; R= A 3 cuadras; P= Que día de la semana; R= Creo que un viernes; P= Era un día nublado; R= No hacia mucho sol, en la mañana había llovido; P= Oíste disparos; R= No; P= Donde hubo los muertos a que distancia; R= Bastante retirado vía la cañada; P= A que distancia; R= 6 a 5 cuadras; P= Esa zona es segura; R= Segura segura no. CULMINA EL INTERROGATORIO. De seguida el Juez Presidente le indica al ciudadano Alguacil de sala que haga comparecer a la misma al ciudadano testigo promovido por la Defensa Privada, y se procede a hacer comparecer al ciudadano testigo

  21. - Con la declaración testifical del ciudadano D.E.L.G., quien después de ser juramentado por el Juez Presidente fue impuesta del motivo de su comparecencia, y quien dijo ser y llamarse como quedo escrito, D.E.L.G., de nacionalidad venezolana, soltera, titular de la Cédula de identidad N° V- 18.986.141, al responder a las generales sobre su identidad personal, expresando la misma en este acto lo siguiente: “Ese día venia de donde yo trabajo, iba hacer mercado, me detuve en el rincón de la parrilla, llegue a la parrillera, como 20 para las 3 a encontrarme con una muchacha; como a 10 para las 3 llegaron Franklin y Dayan, y le preguntaron si tenia parrillas preparadas, y fueron al lado a comprar unos collares y regresaron, duraron como 5 minutos al lado y regresaron y ellos le preguntaban al guajiro que si ya estaba lista la parrilla y el dijo ya son las tres, ellos regresaron con unos collares que habían comprado, y el guajiro les hizo burlas porque los collares eran iguales; al ver que no estaba la parrilla no esperaron y se fueron por donde mismo entraron; como a las 3 y 10, 3 y 13; me quede alli, me senté a comer; al ver que no llegaba la muchacha que estaba esperando, salí para el mercado mercal, a lo que llego al mercal había gente agrupada y pregunte y me dijeron que habían detenidos a dos muchachos, y me dijeron que fue a Dayan y a franklin, y le pregunte porque, y me quede alli en el merca a esperar que abrieran, como conozco a la madre y no la encontré, al otro dia le dije a la mama y le comente que los había visto, y redije que cualquier cosa yo podía ayudar. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa Privada, Abog. N.F., en su carácter de defensor del acusado D.R.S.U., a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. P= Fecha y año que ocurrieron los hechos; R= Eso fue un viernes, salí temprano, Salí a cobrar, a hacer mercado; el 20 de abril de 2007; P= Donde queda la parrilla; R= Avenida que separa el Silencio con el L.A.; P= Como se llama; R= El Rincón; P= A que distancia queda del deposito Carlitos; R= Como 4 a 5 cuadras; P= Como andaban vestidos los detenidos; R= Dayan tenia un suéter rojo con unas rayas celestes y Franklin tenia como un suéter beige con rayas de colores, P= Cuando te enteraste que estaban detenidos; R= Me di cuenta en el momento que comentaba la gente; a ellos que lo habían visto que habían dejado un carro abandonado y se habían embarcado en otro; P= Que se comentaba por el sector; R= No supe al ver la cuestión me fui a la casa. P= Viste el carro, R= No vi nada; P= Como se llama el señor que atiende la Parrillera, R= El guajiro, P= Por donde se fueron ellos; R= Se fueron por la Principal que separa el Silencio con el L.A.. CULMINA EL INTERROGATORIO. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa Privada J.P., quien expuso; No tengo preguntas ciudadano Juez. Seguidamente se le concede la palabra a la FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO, a lo fines de que realice el interrogatorio de ley. P= La Dirección de su habitación; R= Barrio R.U., Avenida 49B, Casa 48-51, P= Queda cerca de allí; R= Si, porque eso esta pegado con el Barrio el Silencio; P= A cual conoce, R= A los dos; P= Desde cuando, R= Desde que invadieron el Barrio, el barrio tiene como 20 años; P= Que oficio tenía usted para esa fecha; R= Operador de maquina; P= El horario; R= De 7 a 5 de la tarde; P= Que hacia usted a esa hora fuera de su trabajo; R= Pedí un permiso, iba a cobrar y hacer una compra; P= A que hora vio a Franklin y a Dayan; R= diez para las tres. P= Como estaba vestido usted; R= Pantalón azul, suéter beige con mangas rojas; P= Quien lo contactó; R= Nadie; P= Quien lo cito usted; R= Yo me le ofrecí a la mama de Dayan; P= Donde esta ubicada; R= En una esquina, a 3 locales, P= Esta en la misma cuadra de Licores Carlitos; R= Si, es una Avenida Principal, de alli de la parrillera como cinco cuadras mas atrás; P= Hacia donde se dirigieron; R= Hacia el pulilavado doble A; P= Ese pulilavado esta retirado o cerca del deposito; R= Como tres cuadras mas allá. CULMINA EL INTERROGATORIO. De seguida el Juez Presidente procede a realizarle el interrogatorio. P= Con que compañía trabajaba usted; R= Productos Galgo allí se hace queso y cheezz buiz; P= Que maquinaria trabaja; R= En la cocina que se trabajaba con vapor; P= Cuando dejo de trabajar; R= En enero de este año; P= A que hora llegaron los acusados; P= Diez para las 3, se fueron al lado, a una perfumería donde venden velones, P= Como eran los collares; R= De bolitas marrones, P= A que hora regresaron a buscar la parrilla; R= Como 5 minutos; P= Alguno de ellos cargaban algún objeto en particular; R= No, no les vi nada; P= Hablaron con usted; R= No, solo nos saludamos, suéter beige con mangas rojas; P= Usted usa uniforme; R= Uniforme blanco, mono suéter y gorro. P= No les permiten ellos salir con esa ropa; R= Que conversación; R= El puro saludo; P= Quien eran esas personas a quien esperaba; R= Maria, no se el apellido; P= Hasta que hora se fue; R= A las 3 y 30; P= Conoce el barrio el Silencio, R= Si; P= Y el Barrio L.A.; R= No; P= Como supo usted que los detuvieron; R= En la cuadra del pulilavado doble A; P= El deposito Carlitos esta cerca; R= Como a 3 cuadras mas abajo. P= Después del embarque, consigue el murmullo; R= Si; P= Después donde fue; R= A mi casa; P= En el camino no se consiguió con mas personas; R= En el momento pregunte y luego me fui y no me encontré a ningún familiar; P= Sabe donde viven los familiares de los acusados; R= Si; P= A que distancia viven; R= Como un kilómetro; P= Porque espero hasta el otro día; R= Porque no la pude hallar; P= Conoce a la mama de quien; R= De Dayan que vive en el Barrio R.U.; fui al mismo dia pero no la encontré, estaba su hierna; le hizo el comentario y me fui, P= En el pulilavado no le comentaron porque; R= Porque habían abandonado un carro. CULMINA EL INTERROGATORIO.

    De igual forma, durante el debate se incorporaron las siguientes pruebas documentales, las cuales fueron incorporadas por su lectura, siendo reconocidas en su contenido y firma en lo que refiere a los expertos y peritos que depusieron su exposición en audiencia oral y publica, tal cual es descrito en cada uno de los particulares a que hace referencia la presente sentencia, siendo otras incorporadas solo por su lectura:

  22. - Acta Policial de fecha 20 de Abril de 2007, suscrita por los Funcionarios R.C., A.G. Y R.U., se recibe constante de un (01) folio útil.

  23. - Acta de Investigación Criminal, de fecha 20 de Abril de 2007, suscrita por el Funcionario L.M., se recibe constante de un (01) folio útil.

  24. - Acta de Investigación Criminal de fecha 20 de Abril de 2007, suscrita por los funcionarios G.G., J.R., L.M., R.G., A.A., M.G. Y G.R., se recibe constante de dos (02) folios útiles.

  25. - Acta de Inspección Técnica de Sitio y cadáveres con fijaciones fotográficas N° 0417, suscrita por los funcionarios G.G., J.R., L.M., R.G., A.A., M.G. Y G.R., se recibe constante de seis (06) folios útiles.

  26. - Acta de Levantamiento de Cadáveres de fecha 20 de Abril de 2007, suscrita por los funcionarios G.G., J.R., L.M., R.G., A.A., M.G. Y G.R., se recibe constante de Un (01) folio útil.

  27. - Acta de Inspección Ocular N° 0418 de fecha 20 de Abril de 2007, suscrita por los funcionarios A.A. y M.G., se recibe constante de Un (01) folio útil.

  28. - Acta de Levantamiento de Cadáveres de fecha 20 de Abril de 2007, suscrita por los funcionarios G.G., J.R., L.M., R.G., A.A., M.G. Y G.R., se recibe constante de Un (01) folio útil.

  29. - Acta de Inspección Técnica N° 0419 de fecha 20 de Abril de 2007 suscrita por los funcionarios G.G., J.R., L.M., R.G., A.A., M.G. Y G.R., se recibe constante de un (01) folio útil.

  30. - Acta de Investigación Criminal de fecha 20 de Abril de 2007, suscrita por el funcionario L.M., se recibe constante de un (01) folio útil.

  31. - Experticia de Activación Especial y Barrido N° 9700-242-DEZ-DC-700, de fecha 23 de Abril de 2007, suscrita por los funcionarios JUAN PALACIOS Y H.V., se recibe constante de dos (02) folios útiles,

  32. - Experticia de Reconocimiento Legal N° 9700-135-SSFCO-AT-177, de fecha 24 de Abril de 2007, suscrita por el Funcionario J.A.M., se recibe constante de Un (01) folio útil;

  33. - Experticia de Reconocimiento Legal N° 9700-135-DCR-176, de fecha 25 de Abril de 2007, suscrita por la Funcionario K.B., se recibe constante de Un (01) folio útil,

  34. - Experticia de Ion Nitrato y Nitritos N° 9700-135-DT-0679, de fecha 30 de Abril de 2007, suscrita por los funcionarios F.M. y Yoralys Fernández, se recibe constante de Un (01) folio útil.

  35. - Experticia Hematológica Determinación de Especie y Determinación del Grupo sanguíneo N° 9700-135-DT-0680, de fecha 30 de Abril de 2007, suscrita por los funcionarios F.M. y Yoralys Fernández, se recibe constante de Un (01) folio útil.

  36. - Necroscopia de Ley N° 3237, de fecha 10 de Mayo de 2007, suscrita por el Dr. N.S., se recibe constante de tres (03) folios útiles.

  37. - Necroscopia de Ley N° 3306, de fecha 16 de Mayo de 2007, suscrita por el Dr. N.S., se recibe constante de tres (03) folios útiles.

  38. - Necroscopia de Ley N° 3206, de fecha 10 de Mayo de 2007, suscrita por la Dra. Yoleida Alemán, se recibe constante de tres (03) folios.

    ANALISIS DE LAS PRUEBAS EVACUADAS DURANTE EL DEBATE

    Luego de analizadas las probanzas debatidas en audiencia oral y publica, pasa este tribunal a dictar sentencia estableciendo en primer lugar si efectivamente se logro probar que en el presente caso estamos en presencia de la comisión de un hecho punible de acción publica, cuya persecución es de oficio sin que estuviese prescrita la acción el presente caso, siendo compatible el tipo penal con el contenido dentro del ordinal 1º del Articulo 406 del Código Penal, el cual en su contenido expresa:

    ART. 406.—En los casos que se enumeran a continuación se aplicarán las siguientes penas:

  39. Quince años a veinte años de prisión a quien cometa el homicidio por medio de veneno o de incendio, sumersión u otro de los delitos previstos en el Título VII de este libro, con alevosía o por motivos fútiles o innobles, o en el curso de la ejecución de los delitos previstos en los artículos 449, 450, 451, 453, 456 y 458 de este Código.

    ART. 83.—Cuando varias personas concurren a la ejecución de un hecho punible, cada uno de los perpetradores y de los cooperadores inmediatos queda sujeto a la pena correspondiente al hecho perpetrado. En la misma pena incurre el que ha determinado a otro a cometer el hecho.

    En el caso que nos ocupa, luego de analizar todas y cada una de las pruebas que han sido presentadas y debatidas durante el presente juicio, este juzgador ha concluido que no le asiste razón a la representación fiscal en cuanto a que efectivamente se logró demostrar durante el contradictorio la comisión del hecho punible imputado en la oportunidad de la audiencia preliminar, el cual se estableció en compatibilidad con el contenido de las normas sustantivas antes citadas, existiendo serias y fundadas dudas para concluir que los acusados F.J.S.P. y D.R.S.U. tuvieran participación en el mismo . Tal conclusión se establece a partir de los siguientes razonamientos:

  40. - En cuanto a las declaraciones rendidas por los ciudadanos N.S.F. y YOLEIDA ALEMAN FRANCO, expertos adscritos a la Medicatura Forense con sede en esta ciudad de Maracaibo, quienes practicaron examen medico legal a los cuerpos de quienes en vida se llamaron A.J.S.V., J.G.S. y J.G.H.R., victimas en la presente causa, cuyos resultados fueron ratificados en audiencia oral y pública al serles puestas de manifiesto las actas que los contenían, observa este tribunal que si bien sus dictámenes son suficientes para estimar acreditada la prueba del delito de HOMICIDIO, no es menos cierto que para extender a esta conclusión la presunción razonable de que los acusados fueron los autores materiales del mismo, es necesario comparar y adminicular esta probanza con otras generadas durante el presente juicio.

    Sobre este punto destaca el tribunal que si bien el resultado de la prueba realizada por los testigos de marras es de certeza, no es menos cierto que las mismas por si solas sean suficientes para establecer la culpabilidad de los acusados en la presente causa, pues del cúmulo de evidencias analizado en el presente fallo se genera una duda razonable en cuanto a la participación de los mismos en los hechos que dieron origen al presente juicio, debiendo en consecuencia desestimar sus declaraciones como prueba incriminatoria de la responsabilidad penal de los acusados en la presente causa. ASI SE DECLARA.

  41. - En cuanto a las declaraciones formuladas por los funcionarios A.A., J.A.M.P. y G.R.B., adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), quienes en su carácter de órgano instructor realizaron las primeras actuaciones tendientes a esclarecer las circunstancias de tiempo, lugar y modo en que ocurrieron los hechos, las cuales fueron plasmadas en actas policiales que al serles exhibidas en audiencia fueron ratificadas en su contenido y firmas, observa el tribunal que si bien los mimos plasmaron en sus exposiciones una serie de elementos de convicción que permiten en principio establecer la comisión del delito de HOMICIDIO en perjuicio de las personas identificadas como víctimas en la presente causa, no es menos cierto que las citadas declaraciones, al ser comparada con otros elementos de convicción generados durante el presente proceso son insuficientes para estimarlas como prueba de la responsabilidad penal de los acusados en la presente causa.

    Sobre esta conclusión estima el tribunal que si bien en el sitio de los hechos los funcionarios actuantes recabaron una serie de evidencias de índole criminalistico, no es menos cierto que las mismos resultaron insuficientes durante la investigación para lograr la identidad de los autores materiales del hecho, pues no se generó durante el proceso suficientes elementos de concatenación para concluir en forma lógica una relación directa de los mismos con la conducta atribuida por la representación fiscal a los acusados en su escrito acusatorio. Al no existir tal conjunción emanada de la aplicación de las reglas de la lógica y las máximas de experiencia, no puede el tribunal hacer otra cosa que desestimar las presentes declaraciones como elemento incriminatorio de la responsabilidad penal de los acusados sobre los hechos que les fueron atribuidos en autoría y que dieron origen a la celebración del presente juicio. ASI SE DECLARA.

    2.1.- Cabe destacar dentro de este mismo particular que los testigos R.U., R.C. y A.G., manifestaron al tribunal que su actuación en el caso fue en calidad de apoyo a la comisión designada para realizar las actuaciones de instrucción preliminar de la causa, estableciendo en sus dichos la delimitación en las funciones de cada integrante en los sitios donde se trasladaron, no generando en sus declaraciones ningún elemento que pudiere reforzar la tesis fiscal en cuanto a la presunta responsabilidad penal de los acusados sobre los hechos narrados en su libelo acusatorio.

    Como quiera que los funcionarios de marras nada aportan en sus dichos que pueda ser tomado como evidencia incriminatoria de la responsabilidad penal de los acusados frente a la imputación realizada en la oportunidad de ley por la representación fiscal, no queda otra alternativa a este juzgador que desestimar sus dichos como prueba en el presente caso, interpretando a favor de los encausados como favorable a sus intereses la duda razonable que tal conclusión genera en el animo del tribunal. ASI SE DECLARA.

    2.2.- Sobre las declaraciones de los funcionarios H.V. y K.B., quienes participaron en la fase preliminar de la presente causa en calidad el primero de experto encargado de practicar la prueba de barrido al vehiculo presuntamente relacionado con el hecho de marras y el segundo de los nombrados en lo referido a la experticia a los teléfonos celulares incautados a los acusados durante el procedimiento que dio origen a su aprehensión, observa el tribunal que l de las conclusiones vertidas por cada uno de los exponentes en las actas que les fueron puestas de manifiesto durante la audiencia oral y pública y que ratificaron en su contenido y firmas, no se desprende ningún elemento de juicio para poder adjudicar a los acusados la responsabilidad penal que les atribuye el Ministerio Público frente a los hechos que dieron origen al presente proceso.

    En tal sentido, observa este juzgador que ambos expertos concluyen en sus dictámenes que los elementos materiales sometidos a examen no arrojaron ningún resultado que pudiera vincular a los acusados en los hechos de marras pues en el citado vehiculo no se reactivó ningún rastro o evidencia que pudiese hacer concluir que los acusados tripularon el mismo al momento de los hechos. De igual forma se concluyó que de los teléfonos celulares incautados tampoco se pudo extraer alguna información que pudiese generar un elemento de culpabilidad atribuible a la actuación de sus poseedores frente al caso que nos ocupa.

    Como quiera que, al igual que el resto de los testigos examinados en el presente particular, los expertos de marras nada aportan en sus dichos que pueda ser tomado como evidencia incriminatoria de la responsabilidad penal de los acusados frente a la imputación realizada en la oportunidad de ley por la representación fiscal, no queda otra alternativa a este juzgador que desestimar sus dichos como prueba incriminatoria en el presente caso, interpretando a favor de los encausados como favorable a sus intereses la duda razonable que tal conclusión genera en el animo del tribunal. ASI SE DECLARA.

  42. - En cuanto a la declaración de la ciudadana L.M.V., quien fue promovida en calidad de testigo presencial de los hechos que dieron origen al presente juicio, observa este juzgador que si bien la misma reproduce en sus dichos una serie de circunstancias de tiempo, lugar y modo relacionadas con el caso investigado, dando a entender que efectivamente estuvo presente en el sitio de los hechos, no es menos cierto que en su declaración incurre en una serie de imprecisiones que generan en el animo de este juzgador una serie de dudas en cuanto a la credibilidad que se pudiera atribuir a sus dichos, muy especialmente en cuanto a la identidad de las personas que el día de los hechos se apersonaron en la vivienda donde esta vivía y dieron muerte a los ciudadanos A.J.S.V., J.G.S. y J.G.H.R..

    Observa el tribunal que la testigo de marras describe en su declaración haber observado salir a dos personas con características similares a las de los acusados de autos, procediendo en un momento a señalarles directamente como las personas que supuestamente le fueron puestas de manifiesto al momento de ser trasladada al sitio donde fueron detenidos para cambiar de parecer y negar en el mismo acto lo que había afirmado momentos antes, alegando en primer lugar no estar segura del señalamiento realizado para luego afirmar que sentía miedo por su integridad física y la de su familia.

    Estas imprecisiones atentan directamente contra la credibilidad de sus dichos ya que en vez de aportar elementos de juicio para esclarecer los hechos, mas bien tiende su declaración a sembrar dudas en el animo de este juzgador ya que la misma, si bien manifestó sentir temor durante su declaración, en ningún momento fue objeto de coacción o apremio al hacerlo, siendo por demás interrogada de forma holgada y suficiente por las partes y el tribunal sin que en algún momento sostuviera durante su declaración una postura lineal en cuanto a mantener firme sus dichos frente a la audiencia.

    El hecho ante descrito obliga al tribunal a recurrir a las máximas de experiencia generalmente aceptadas, debiendo concluir que para aceptar como valido el señalamiento realizado contra los acusados por ciudadana L.M.V. es menester suprimir la regla de objetividad que debe hacerse valer para apreciar como fidedignos sus dichos, lo cual es jurídicamente inaceptable. De igual forma observa el tribunal que sus dichos, al ser contrastados y concatenados con otras probanzas generadas durante el presente juicio, no arrojan como conclusión inmediata que los acusados de marras son los autores materiales de los hechos que han sido ventilados durante el presente proceso, debiendo el tribunal en consecuencia desestimar la presente declaración como prueba incriminatoria en la presente causa, interpretando favorablemente a los intereses de los acusados de marras la duda razonable que la misma ha generado. ASI SE DECLARA.

  43. - En cuanto a la declaración de los ciudadano R.U., R.C. y A.G., quienes participaron en la fase inicial de la investigación en calidad de funcionarios aprehensores, observa el tribunal que su declaración tiene relación directa con el contenido del acta policial descrita en el numeral primero relativo a las pruebas documentales que, al serles puestas de manifiesto en audiencia oral y pública, fueron reconocidas por todos los mencionados en su contenido y firmas.

    Sobre este punto considera el tribunal que si bien los deponentes exponen en su declaración todas las circunstancias de tiempo, lugar y modo en que fue practicada la detención de los acusados, no es menos cierto que su testimonio, al ser concatenado con otras evidencias generadas durante el proceso, las mismas generan una serie de dudas en cuanto a la responsabilidad penal de los acusados, ya que si bien la detención de los mismos se produjo presuntamente en una persecución en caliente, no es menos cierto que a la declaración de los funcionarios aprehensores no concurre otra evidencia testimonial de cómo ocurrieron los hechos que narran, mas aun cuando los mismos ocurrieron en una zona poblada y transitada por muchas personas, a una hora del día y en una fecha de la semana que hacia viable la posibilidad de que hubiese testigos que corroboraran sus dichos, lo cual no ocurrió durante el presente juicio.

    Observa de igual forma el tribunal que en el funcionario R.U. señala en su declaración que la detención de los acusados fue producto de las especificaciones recibidas vía radio de las características del vehiculo involucrado en el hecho, lo cual le permitió perseguirlo hasta el sitio donde fue dejado abandonado, y del clamor de moradores del sector quienes le indicaron hacia donde presuntamente se dirigían las personas que huían a pie del vehículo. Ante esta última afirmación, no entiende este juzgador como fue imposible identificar y asegurar los testigos que vieron descender a los acusados del vehiculo incriminado cuando eran moradores del sector que permanecieron hasta que llegó la testigo L.M.V. al sitio para presuntamente identificar a los acusados como las personas que momentos antes y en su casa de habitación, habían dado muerte a los ciudadanos A.J.S.V., J.G.S. y J.G.H.R.. Esta circunstancia narrada en su declaración es menester contrastarla con el hecho de que, al serle practicada la prueba de barrido al vehiculo abandonado cerca del sitio de detención de los acusados no fue encontrada ningún tipo de evidencia criminalística que los relacionara con el caso de marras, lo cual aumenta el margen de dudas en cuanto a la veracidad de las declaraciones aquí analizadas.

    Como quiera que las declaraciones analizadas, a la luz de las reglas de la lógica y las máximas de experiencia generalmente aceptadas, no pueden ser tomadas como evidencia incriminatoria de la responsabilidad penal de los acusados frente a la imputación realizada en la oportunidad de ley por la representación fiscal, no quedando otra alternativa a este juzgador que desestimar sus dichos como prueba en el presente caso, interpretando a favor de los encausados como favorable a sus intereses la duda razonable que tal conclusión genera en el animo del tribunal. ASI SE DECLARA.

  44. - En cuanto a la declaración de los ciudadanos Y.A., I.L.A., A.N. y J.B.C., quienes en calidad de testigos expusieron en audiencia oral y pública una serie de circunstancias de tiempo, lugar y modo relacionados con la presente causa, destacando el tribunal que todos en sus declaraciones describen el hecho de haber visto llegar al sitio donde estaban un vehículo dorado, bajándose del mismo cinco (05) personas armadas para montarse en otro vehiculo que previamente había llegado al sitio y estaba estacionado en forma sospechosa. Narran los testigos que después de abandonar este ultimo vehiculo el lugar vieron llegar la patrulla donde venían los acusados ya detenidos, manifestando todos que eran conocidos del sitio y que no eran las personas que bajaron del vehiculo que fue abandonado momentos antes del hecho.

    Ahora bien, observa el tribunal que los hechos narrados por los mencionados testigos no concuerdan en absoluto con la narrativa de los funcionarios aprehensores, mas aun cuando los testigos analizados en este particular manifestaron en audiencia tener la certeza de los acusados no formaban parte del grupo de personas que descendieron del vehiculo que fue dejado abandonado en el sitio, alegando incluso que los funcionarios actuantes no permitían a nadie acercarse al lugar donde estaban detenidos los acusados cuando, por el contrario, los funcionarios en sus dichos manifestaron no haber tenido colaboración de los moradores del sector. De igual forma, llama poderosamente la atención a este tribunal la circunstancia de que todos los testigos analizados en este particular no se conocían entre si, pero por el contrario todos manifestaron que si conocían a los acusados de marras.

    Antes estos hechos, considera el tribunal que los dichos contenidos en las exposiciones testifícales aquí analizadas, de acuerdo a las reglas de la lógica y las máximas de experiencia generalmente aceptadas, carecen de credibilidad y por ende no deben ser apreciadas como prueba en la presente causa, debiendo en consecuencia desecharlas a los efectos de motivar el fallo que es menester dictar en la presente causa. ASI SE DECLARA.

    5.1.- En cuanto a las declaraciones de los ciudadanos X.M.A. y D.L.G., observa el tribunal que sus dichos refieren a circunstancias de tiempo, lugar y modo disímiles, pues la primera manifiesta haber visto y atendido a los acusados en su casa en virtud de que fue requerida para un corte de cabello y el segundo de los nombrados refiere que vio momentos después del primer hecho a los acusados en un local de venta de comida donde los mismos fueron presuntamente a pedir una parrilla de pollo.

    Observa el tribunal que ambas exposiciones carecen de logicidad, ya que la ciudadana X.M. narra haberles manifestado que no los podía atender pues tenia que concurrir a una reunión de estudio, asegurando en su declaración que los dejó conversando con su hija a eso de las dos y media de la tarde, mientras que el ciudadano D.L.G., manifestó haberlos visto llegar al sitio cerca de las tres de la tarde, haciendo constar en su declaración que los acusados, mientras esperaban el pollo, entraron en un local donde venden artículos esotéricos a comprar un collar, regresando a eso de las tres de la tarde para después irse del sitio.

    Ambos testimonios, concatenados con otras evidencias ya analizadas en la presente sentencia, generan serias dudas en cuanto a su veracidad en el sentido de que no es posible, de acuerdo a las reglas de la experiencia que en tan poco tiempo y en sitios equidistantes se verifiquen tantos hechos de manera tan precisa, y que los mismos sean reproducidos en el juicio por personas que no se conocen entre si pero si conocen a los acusados. De tal manera que, a la luz del presente análisis, forzosamente debe el tribunal desestimar como prueba los testimonios aquí analizados pues a la luz de las reglas de la lógica y las máximas de experiencia generalmente aceptadas no generan la convicción moral requerida para ser estimadas como prueba. ASI SE DECLARA.

    DISPOSITIVA:

    De conformidad con lo establecido en el articulo 365 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, éste Tribunal Tercero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en forma Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: Se dicta SENTENCIA ABSOLUTORIA, a favor de los ciudadanos F.J.S.P., de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 25 años de edad, nacido el 02-09-83, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 17.415.428, hijo de M.E.P. y J.F.S., residenciado en el Barrio El Silencio, calle 162, avenida 49B, diagonal a la Iglesia Benaide, Municipio San F.d.E.Z. y a D.R.S.U., de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 25 años de edad, nacido el 21-12-83, de estado civil soltero, de profesión u oficio Técnico Medio en Hidrocarburos, titular de la Cédula de Identidad N° 16.426.452, hijo de D.S.F. y L.R.U., residenciado en el Barrio R.U., calle 162, avenida 49, Municipio San Francisco, Estado Zulia, por la presunta participación como COAUTORES EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, POR ALEVOSIA y POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, en concordancia con el artículo 83 eiusdem, ejecutado en perjuicio de los ciudadanos victimas quienes en vida respondiesen a los nombres de A.J.S.V., J.G.S. y J.G.H.R., por considerar que no existen pruebas contundentes debatidas en la Audiencia, Oral y Pública para determinar la responsabilidad penal de los acusados, determinando las circunstancias de modo, tiempo y lugar del hecho punible atribuido, en consecuencia se declaran a los mencionados ciudadanos INCULPABLES por los delitos antes mencionados, ordenando SU L.I., oficiando para tal fin a la Cárcel Nacional de Maracaibo y librarse la boleta de excarcelación, y, su condición de imputados, quedando en esta audiencia EN L.P.. No habiendo nada más que resolver, quedan las partes presentes notificadas de este fallo, siendo las Siete y Veinte de la tarde (7: 20 p.m.), en el entendido que el Tribunal se acoge a lapso de los diez (10) días hábiles para la publicación del fallo integro de la Sentencia, tal como lo establece en su texto el artículo 365 del Código Adjetivo Penal.

    EL JUEZ TERCERO DE JUICIO,

    Dr. J.D.M.L..

    LA SECRETARIA,

    ABOG. Y.P..

    En la misma fecha se publicó la presente sentencia, quedando registrada bajo el No.13-09

    LA SECRETARIA

    ABOG. Y.P.

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