Sentencia nº 469 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 17 de Junio de 2013

Fecha de Resolución17 de Junio de 2013
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto Solicitando Antecedentes e Informes

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de junio de 2013

203º y 154º

Visto el escrito presentado en fecha 13 de junio de 2013 por los abogados G.E.R.B. y O.R.C.H., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 123.147 y 153.405, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana M.D.L.M.D.F.S., titular de la cédula de identidad N° 5.886.913, Directora Ejecutiva de la Asociación Civil TRANSPARENCIA VENEZUELA, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral contra “la negativa tácita del C.N.E., al no dar respuesta al recurso Jerárquico interpuesto en fecha 15 de mayo de 2013, mediante el cual se solicitó el pronunciamiento sobre la denuncia introducida ante la Comisión de Participación Política y Financiamiento en fecha 10 de Abril del presente año, (…) relacionada con la publicidad y propaganda electoral indebida en diversas sedes de instituciones públicas”; en consecuencia, se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar al C.N.E. los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Remítase copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrese Oficio.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2013-000042

FRVT/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de junio de 2013

Oficio Nº 13-284

Ciudadana

T.L.

Presidenta del C.N.E. de la

República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Me dirijo a usted a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 13 de junio de 2013, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los abogados G.E.R.B. y O.R.C.H., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 123.147 y 153.405, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana M.D.L.M.D.F.S., titular de la cédula de identidad N° 5.886.913, Directora Ejecutiva de la Asociación Civil TRANSPARENCIA VENEZUELA, contra “la negativa tácita del C.N.E., al no dar respuesta al recurso Jerárquico interpuesto en fecha 15 de mayo de 2013, mediante el cual se solicitó el pronunciamiento sobre la denuncia introducida ante la Comisión de Participación Política y Financiamiento en fecha 10 de Abril del presente año, (…) relacionada con la publicidad y propaganda electoral indebida en diversas sedes de instituciones públicas”. Asimismo, se le informa que esta Sala Electoral en fecha 17 de junio de 2013 dictó auto en el cual acordó solicitar a usted los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, los cuales deberán ser remitidos en un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito libelar y del referido auto.

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2013-000042

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

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