Decisión nº WP01-P-2007-001001 de Juzgado Primero de Control de Vargas, de 14 de Mayo de 2007

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2007
EmisorJuzgado Primero de Control
PonenteRosalba Muñoz
ProcedimientoMedida Cautelar Con Lugar

Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se le impone a los ciudadanos FREITES RADA L.V. Y URBANO GIRAUD CRUZ ampliamente identificado, las medidas cautelares establecidas en los ordinales 3° y 6º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo presentarse cada QUINCE (15) días ante la Sede del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y prohibición expresa de acercarse uno al otro, quienes fueron aprehendidos por la presunta comisión del delito de en relación al imputado FREITES RADA L.V. el delito de LESIONES PERSONALES GENERICAS y ACTOS LASCIVOS, establecido en el articulo 413 y 376 del Código Penal, ya que en relación al delito de Hurto no existe elemento de convicción alguno que establezca la responsabilidad penal del mencionado ciudadano en la autoriza de dicho delito y en cuanto al imputado URBANO GIRAUD C.A. el delito LESIONES PERSONALES GENERICAS, establecido en el articulo 413 del Código Penal. SEGUNDO: Se acuerda proseguir el presente proceso por la vía del procedimiento ORDINARIO, previsto en el artículo 280 y ultimo aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, requerido por el representante del Ministerio Público. Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones a la fiscalía de origen a los fines legales consiguientes.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR