Decisión nº 1C-12.915-10 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 10 de Junio de 2010

Fecha de Resolución10 de Junio de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control
PonenteServio Tulio Hernandez Urdaneta
ProcedimientoSobreseimiento De La Causa

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE

TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San F. deA., 10 de Junio de 2010.-

200º y 151º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-12.915-10

IMPUTADO: FUNCIONARIOS DEL C.I.C.P.C.-

VICTIMA: .A.C.G.

DELITO: ABUSO DE ATORIDAD.

PROCEDENCIA: FISCALIA SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Visto que en fecha 18 de Enero de 2.010, el Fiscal Séptimo del Ministerio Público, Dr. J.J.M.M., quien solicita a este Tribunal Primero de Control, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-12.915-10 nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-F7-0668-04, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputados FUNCIONARIOS DEL C.I.C.P.C, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 285 numeral 3° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, artículos 37 ordinal 15° de la Ley Orgánica del Ministerio Publico, artículos 11,24,108 numeral 1° y 2°, 318 ordinal 3°, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan determinar quien fue el autor del hecho. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se inicia la presente averiguación el día; 08 de Julio de 2.004, en virtud de de la Denuncia formulada ante la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico, por la ciudadana P.M. GOMEZ, en la cual manifiesta entre otras cosas lo siguiente:

El dia martes 29 de Junio aproximadamente a las 2:00 horas de la tarde, venia un caro rojo, con vidrios ahumados, el cual se detiene un poco en el local donde trabajo, salieron dos sujetos encapuchados con franela roja y pantalón azul corriendo hacia donde estaba mi concubino A.C.G. acompañado de la niña de 11 años de la señora P.M., quien estaba arreglando la moto, entonces callo al suelo cuando efectuaron un disparo y le dijo a los sujetos que se identificaran y sacaron a su concubino y se lo llevaron sin camisa hacia el vehiculo donde andaba, lo subieron en la maletera de tras y cargaban bolsos de color militar y se fueron llevándose a mi concubino, pero el vehiculo fue seguido por su hijo A.J.C....

Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por el Fiscal Séptimo del Ministerio Público, Dr. J.J.M.M., pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado la fiscal concluyo lo siguiente;…esta representación fiscal considera luego del estudio prudente y minucioso de todos y cada uno de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que nos encontramos en presencia de uno de los delitos Contra las Personas específicamente del delito de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en los artículos 184 del Codigo Penal Vigente …” Ahora bien se evidencia; que efectivamente han transcurrido: CINCO (05) AÑOS, ONCE (11) MESES y TRES (03) días, de la comisión del delito investigado y hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos a la investigación, no existiendo razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa y así se decide.-

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-12.915-10, seguida en contra FUNCIONARIOS DEL C.I.C.P.C, por la presunta comisión de uno de los delito: ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en los artículos 184 del Código Penal Vigente. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-

JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DR. S.T.H.

EL SECRETARIO,

ABG. ANGEL CAMPO

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO,

ABG. ANGEL CAMPO

Causa N° 1C-12.915-10

STH/AC/at.-

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