Decisión de Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 14 de Febrero de 2008

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2008
EmisorJuzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteHumberto Angrisano
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA

METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 14 de febrero de 2008.

Años 196° y 147°

Tal y como fue ordenado en el auto de admisión proferido en esta misma fecha en el cuaderno principal de este expediente, se abre el presente Cuaderno de Medidas en la acción de Ejecución de Hipoteca, interpuesta por la FUNDACION PARA LA ASISTENCIA SOCIAL DE LA POLICIA METROPOLITANA (FUNDAPOL), contra la ciudadana N.M.M.D.G., titular de la cédula de identidad Nº V- 11.675.380. Ahora bien, con respecto a la medida de prohibición de enajenar y gravar, solicitada en el escrito libelar este juzgador se encuentra en la obligación de observar que de una minuciosa revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente se desprende que se encuentran llenos las condiciones exigidas en el articulo 661 del Código de procedimiento Civil, pues se evidencia claramente de los recaudos consignados por la parte actora los cuales son documento constitutivos de hipoteca y documento de certificación de gravamen del inmueble en copia certificada expedida por el registro respectivo, evidenciándose de esta manera el “fumus bonus iuris”, en consecuencia Decreta Medida de prohibición de enajenar y gravar, sobre el siguiente bien inmueble: “Un apartamento destinado a vivienda, distinguido con el numero y letra 1-D, que forma parte integrante del edificio Cinco-Seis (5-6), del conjunto parque residencial “Ciudad Casarapa”, parcela 5, situado en la parcela distinguida con el Nº 5, la cual forma parte de la URBANIZACION CIUDAD CASARAPA”, primera etapa, ubicada en la ciudad de Guarenas, Estado Miranda, el cual posee un área aproximada de SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS (73 Mts2), y se encuentra dentro de los siguientes linderos: NOROESTE: con fachada interna del edificio; NORESTE: con fachada dicha noreste del edificio; SURESTE: con fachada sureste del edificio y SUROESTE: con apartamento numero y letra 1-C, asimismo posee un puesto de estacionamiento distinguido con el Nº 50, ubicado en la planta bajo del mencionado edificio, y le corresponde un porcentaje equivalente al CERO ENTERO CON CUARENTA CENTESIMAS POR CIENTO (0,40%), sobre las cargas comunes y los derecho de la comunidad de propietarios, conforme al Documento de condominio, registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Plaza del Estado Miranda, en fecha 17 de noviembre de 1995, bajo el Nro. 16, tomo 15, protocolo primero. Perteneciendo a los ciudadanos N.M.M.D.G. Y A.J.G.B., según consta en documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Plaza del Estado Miranda, en fecha 9 de agosto de 2002, bajo el Nro. 38, tomo 8, del folio 299 al 310, protocolo primero. Líbrese Oficio al Registrador Público de la Oficina Inmobiliaria de Registro Público del Municipio Plaza del Estado Miranda, a los fines que estampe la correspondiente nota marginal.-

EL JUEZ,

H.A.S.

LA SECRETARIA,

L.G.G.

En esta misma fecha se libro oficio Nº _____________________.-

LA SECRETARIA,

HJAS/Lgg/ieca

EXP N°: 14519

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR