Decisión nº 12 de Juzgado Segundo de los Municipios San Cristobal y Torbes de Tachira, de 19 de Enero de 2012

Fecha de Resolución19 de Enero de 2012
EmisorJuzgado Segundo de los Municipios San Cristobal y Torbes
PonenteGregorio Edecio Perez
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

201° y 152°

Visto el contenido del escrito presentado en fecha 21/12/2011, suscrito por los ciudadanos DICXON ISLANDER RUIZ QUINTANA, ROSMIRA QUINTANA DE RUIZ y J.E.R.B., titulares de las cédulas de identidad números V-13.366.570, V-7.656.278 y 3.197.778 en su orden parte demandada en la presente causa, asistidos de la abogada O.P.R., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 69.421, por una parte y por la otra, la abogada F.G.G., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 22.956, quien actúa con el carácter de coapoderada especial la parte demandante, en la que deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los diecinueve días del mes de enero del año dos mil doce. (19/01/2012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.

Abg.M.Sc. G.E.P.A.

JUEZ TEMPORAL

Abg. D.M.B.

SECRETARIA TEMPORAL

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:00 a.m., quedando registrada bajo el N° 12 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

Abg. D.M.B.

SECRETARIA TEMPORAL

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