Decisión nº INTERLOCUTORIA de Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 26 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2010
EmisorJuzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario
PonenteBeatriz González
ProcedimientoRecurso Contencioso Tributario

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 26 de Noviembre de 2010

200º y 151º

ASUNTO: AP41-U-2010-000406 SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de noviembre de 2010, por la ciudadana Y.L.N., titular de la cédula de identidad N° 10.535.882, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 60.448, actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente “P.G. AGENCIAMIENTO Y ESTIBA, C.A.”, y por cuanto las pruebas contenidas en el capítulo I, específicamente los puntos 1, 2, 3, 4; no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN salvo su apreciación en la definitiva; y SE INADMITE la relativa a los puntos 5, 6 y 7, respectivamente, del Capítulo I. La evacuación de las pruebas promovidas y admitidas se realizará de la siguiente manera:

CAPÍTULO I (DOCUMENTALES): Los documentos señalados en el escrito de promoción de pruebas ya se encuentran agregados a los autos.

NUMERALES:

  1. Resoluciones de Multa identificadas bajo los alfanuméricos SANT/INA/GAP/LGU/AAJ/2010/N° 019-01822 (folios 31 al 33) y SNAT/INA/GAP/LGU/AAJ/2010/N° 019-01825 (folios 34 al 36), emanadas de la Gerencia de la Aduana Principal de la Guaira del Seniat.

  2. Planillas de pago formas 99081, identificadas bajo los números 1094631342 (folio 37) y 1094631382 (folio 39).

  3. Oficio N° INA/GRA/DAA/URA/0156 de fecha 04-04-06 (folio 53), emanado de la Intendencia Nacional de Aduanas del Seniat

  4. Registro de Agentes Navieros del Institutos Nacional de los Espacios Acuáticos e Insulares (INEA) N° 459, oficio N° INEA/DP/N° 366 de fecha 15-03-06 (folio 42) y C.d.R.d.R.d.A.N. identificada bajo el alfanumérico INEA/DP/N° 0736 de fecha 16-03-2010 emanada de la Presidencia del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos e Insulares (INEA)

En relación al numeral 5 del Capítulo I (Documentales) respecto a las actas Nros. 0126 y 0130 de fechas 27-05-2010 y 31-05-2010, respectivamente, emanadas por la funcionaria A.M. adscrita a la Gerencia de Aduana Principal de la Guaira; se INADMITE por cuanto no consta en autos y no fue consignada por la promovente. Asimismo lo señalado en el numeral 6 del capítulo I el cual hace referencia a la sentencia N° 01866, de fecha 21-11-2007, Caso Sociedad Administradora de Concesiones Portuarias Sacoport, C.A.; y numeral 7 del capítulo I referente a las sentencias N° 817, de fecha 04-08-2010, Caso Logística Marítima “LOGIMAR” C.A., N° 000922 de fecha 29-09-2010, Caso “AGENCIAS GENERALES CONAVEN, C.A.”, N° 00957 de fecha 06-10-10, Caso Internacional Marítima, C.A. “INTERMARCA”, N° 01026 de fecha 21-10-2010, Caso “TRANSPORTADORA GENERAL VENEZOLANA, C.A. y N° 01128 de fecha 10-11-2010, Caso “AGENCIA SELINGER, C.A., se INADMITEN por cuanto no consta en autos y no fue consignada por la promovente.

CAPÍTULO Il (EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS Y SU OBJETO):

De conformidad con lo previsto en el artículo 436 del Código de Procedimiento Civil, la apoderada judicial de la contribuyente “P.G. AGENCIAMIENTO Y ESTIBA, C.A.”, solicitó la exhibición de los siguientes documentos:

  1. Oficio identificado bajo el alfanumérico INA/GRA/DAA/URA/0156 de fecha 04-04-2006 emanado de la Intendencia Nacional de Aduanas del SENIAT, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas.

    Este Tribunal, de conformidad con el artículo 436 del Código de Procedimiento Civil, acuerda oficiar a la Intendencia Nacional de Aduanas del Seniat, para que al octavo (8vo.) día siguiente contados a partir de la consignación de dicho oficio a las once de la mañana (11:00 a.m.), exhiba el documento señalado.

  2. Oficio identificado bajo el alfanumérico INEA/DP/N° 366 de fecha 15-03-2006 emanado del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos e Insulares (INEA) bajo el N° 459; y c.d.r.d.r.d.a.n. identificada bajo el alfanumérico INEA/DP/N° 0736 de fecha 16-03-2010, emanada de la Presidencia del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos e Insulares (INEA)

    Asimismo, se acuerda oficiar al Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos e Insulares (INEA), para al octavo (8vo.) día siguiente contados a partir de la consignación de dicho oficio a las once de la mañana (11:00 a.m.), exhiba el documento señalado.

    A tal fin se le remite copia simple del escrito de promoción de pruebas. Líbrense oficios.

    LA JUEZA,

    B.B.G..

    LA SECRETARIA,

    YANIBEL L.R..

    BBG/Dayana

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