Decisión de Juzgado Décimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 25 de Octubre de 2006

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2006
EmisorJuzgado Décimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
PonenteJudith Gonzalez
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2005-000895

PARTE ACTORA: J.A.M.G.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: J.R.B.V.

PARTE DEMANDADA: TÉCNICA Y ELECTRÓNICA DEL CARONÍ S.A. (TELCASA)

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: R.M.G. y R.P.D.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy veinticinco (25) de octubre de dos mil seis (2006), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada TECNICA Y ELECTRONICA DEL CARONI S. A (TELCASA) a través de sus apoderados judiciales R.M.G. y R.P.D., abogados en ejercicio, titulares de las cédulas de identidad números 3.017.082 y 3.231.045 e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 8.398 y 9.298 respectivamente, carácter que consta de documentos poderes que se presentan en original y copias simples constantes de tres (03) y dos (02) folios útiles respectivamente, copias que se cotejan con su original y se ordenan agregar a los autos a los fines legales consiguientes, dejándose igualmente constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con la excepción establecida en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.

La Jueza Titular

El Secretario

Abg. Judith González

Abg. Sergio Alejandro García

Los apoderados judiciales de la parte demandada

En esta misma fecha se público y registro la presente decisión.

El Secretario

Abg. Sergio Alejandro García

2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO F.D.M. Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR

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