Decisión nº PJ0012008000004 de Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Carabobo (Extensión Valencia), de 15 de Enero de 2008

Fecha de Resolución15 de Enero de 2008
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteWilfredo German Gonzalez Sosa
ProcedimientoCalificación De Despido

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo.

Valencia, 15 de Enero de dos mil ocho

197º y 148º

ASUNTO: GP02-S-2007-000603.

Visto la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano alguacil de fecha 03-12-07 (folio 31), en la cual deja constancia de la notificación de la parte actora, en atención al despacho saneador ordenando en fecha 18-03-07 (folio 28). Este despacho observa que los ciudadanos L.R.R.G. Y A.R.Y.P., titulares de la cédulas de identidad N° 7.533.084 y 12.430.398, no corrigieron el libelo de la demanda incoada contra la sociedades de comercio PROAGRO, C.A. y PROTINAL, dentro del lapso de los dos (2) días hábiles indicados en el auto de fecha 18-03-07 (folio 28). En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA.

El Juez

Abg. WILFREDO GONZALEZ SOSA.

EL Secretario

Abg. ___________________

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