Decisión de Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de Lara (Extensión Barquisimeto), de 6 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2007
EmisorJuzgado de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteAlida Villasana de Andueza
ProcedimientoRectificación De Partida De Nacimiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, seis de noviembre de dos mil siete

197º y 148º

ASUNTO : KP02-V-2007-002021

Vista la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento y Determinación de Apellidos y sus anexos, presentada por la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público, de esta Circunscripción Judicial, a instancias de la ciudadana G.P.V., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.642.442 y este domicilio, mediante el cual solicita se conceda autorización para que su hija "(SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNA)" pueda usar los dos apellidos maternos, de conformidad con el artículo 238 del Código Civil; así mismo para que se corrija el error en el cual incurrió en la partida de nacimiento de la mencionada niña al señalar PRIMERO: El primer nombre de la madre como “CLAUDIA” siendo lo correcto señalarlo como “GLAUDYNA”; SEGUNDO: Omitieron el número de cédula de identidad de la madre, siendo lo correcto señalarlo como “16.642.442”; quien fue inscrita por ante Jefatura Civil de la Parroquia J.d.V.M.I.d.E., inserta bajo el N° 7117, del libro de Nacimiento llevados durante el año 2005.

Examinados los recaudos acompañados y las respectivas actas procesales, como son Partida de Nacimiento de la niña y la copia simple de la cédula de identidad de la madre y acta de nacimiento expedida por el centro hospitalario donde se evidencia que la referida niña usa solo un apellido materno y que la partida presente los errores señalados por la solicitante.

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 238 del Código Civil, el cual señala textualmente “Si la Filiación solo se ha determinado en relación con uno de los progenitores, el hijo tiene derecho a llevar los apellidos de éste.”, en concordancia con el artículo 177 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, y por cuanto lo solicitado es un punto de mero derecho ORDENA fijar la Determinación de Apellidos en la partida de nacimiento de la niña (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNA) , se ordena corregir en el sentido de que en lo sucesivo los apellidos de la mencionada niña deben aparecer como “VILLAMIZAR VILLAMIZAR”. Así mismo se corrija el error en la partida de nacimiento en el sentido de colocar correctamente, y en lo sucesivo; PRIMERO: El primer nombre de la madre como “GLAUDYNA”; SEGUNDO: El número de cédula de identidad de la madre, como “16.642.442; el cual aparece inserta por ante Jefatura Civil de la Parroquia J.d.V.M.I.d.E., inserta bajo el N° 7117, del libro de Nacimiento llevados durante el año 2005. A tal fin remítase a la Jefatura Civil y al Registro Civil Principal del Estado Lara copia de la Sentencia junto con Oficio. Una vez que la solicitante retire los oficios, se ordena la desincorporación del presente asunto del archivo ordinario del Tribunal, remitir al Archivo Judicial y dar por terminado el sistema Juris2000.

Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines legales consiguientes.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los seis ( 06 ) días del mes de Noviembre del año dos mil siete (2.007). Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.

La Juez de Juicio N 3

Abg. A.V.D.A. La Secretaria

AVdeAysm

Asunto: KP02-V-2007-002021

Rectificación de Partida

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