Decisión de Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de Caracas, de 27 de Julio de 2012

Fecha de Resolución27 de Julio de 2012
EmisorTribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo
PonenteJosé Valentin Torres Ramírez
ProcedimientoDemanda

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Veintisiete (27) de J.d.D.M.D. (2012).

202° y 153°

Visto el oficio Nº 286-12, de fecha 16 de julio de 2012, emanado del Ilustre Colegio de Abogados de caracas, mediante el cual en respuesta al oficio Nº TS8CA/280, de fecha 20 de abril de 2012, suministra Terna de Abogados pertenecientes a esa Institución, elegibles como Defensores Ad-Litem a fin de que sea designado uno de ellos a la ciudadana C.T.D., parte demandada en la presente causa, de conformidad con lo establecido en los artículos 224 y 223 del Código de Procedimiento Civil, y por cuanto ha transcurrido con creces el lapso concedido a la parte demandada en los carteles de emplazamiento librados a los fines de que comparezca a conocer de la presente causa, en consecuencia en aras de salvaguardar las garantías constitucionales del juicio, o el incumplimiento de formalidades que produzcan indefensión de alguna de las partes, o desigualdades según la diversa condición que cada una tenga en el juicio es por lo que con fundamento y de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se nombra al abogado L.R.O.R., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 37.814, como defensor Ad-litem, de la ciudadana J.d.C.T.D., Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.181.530, en virtud de la Acción de Repetición por Pago de lo Indebido conjuntamente con Medida Cautelar de Embargo interpuesta en su contra por los abogados O.A.M.S. y F.A., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 66.393 y 112.138, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE). Asimismo, se fija para el Tercer (3er) día de despacho siguiente a las dos post meridiem (02:00 pm) para que el prenombrado abogado comparezca a su respectiva juramentación y aceptación del cargo.

EL JUEZ

Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES R.

LA SECRETARIA

Abg. LISBETH BASTARDO.

Exp.0935

JVTR/LB/mgr.-

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