Decisión nº 2007-215 de Juzgado Septimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo. de Zulia (Extensión Maracaibo), de 4 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2007
EmisorJuzgado Septimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
PonenteFrank Guanipa
ProcedimientoCobro De Dif. De Prest. Soc. Y Otros Conceptos

ACTA

N° DE EXPEDIENTE:VP01-L-2007-001539

PARTE ACTORA: L.A.G.M.

APODERADA DE LA PARTE ACTORA: M.A.

PARTE DEMANDADA: MATADERO INDUSTRIAL MARACAIBO, C.A. MAIMCA

APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Mercelia Faria.

MOTIVO: Diferencias de prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,4 de Octubre de 2007, siendo la, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos L.A.G.M. y MATADERO INDUSTRIAL MARACAIBO, C.A. MAIMCA en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de diez millones de Bolívares (Bs. 10.000.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados al trabajador el día jueves 11 de Octubre de 2007 a las once (11:00 a.m.). En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.

El Juez

El Secretario

Abg. Frank Guanipa

Los Presentes

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