Decisión de Juzgado Superior Primero en lo Laboral de Miranda, de 18 de Julio de 2011

Fecha de Resolución18 de Julio de 2011
EmisorJuzgado Superior Primero en lo Laboral
PonenteAdolfo Hamdan Gonzalez
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy, lunes, dieciocho (18) de julio de 2011, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal que tenga lugar la audiencia oral y pública de apelación en la causa por cobro de PRESTACIONES SOCIALES seguida por el ciudadano GELVIS A.P.A., titular de la Cédula de Identidad N°.10.867.447 contra la empresa MERCANTIL MARSEN, C.A., en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada abogado J.R.C. inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 17.910 contra la sentencia de fecha 06 de junio de 2011, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1727-11 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia se deja expresa constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte accionada apelante, abogado J.R.C. inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°.17.910. Así mismo, se deja expresa constancia de la comparecencia del ciudadano GELVIS A.P.A., titular de la Cédula de Identidad N°.10.867.447 y de su apoderado judicial, abogado J.M.P. inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 51.146. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano A.H.G., Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, se le concedió la palabra al apoderado judicial de la parte demandada, abogado J.R.C. y cuyos alegatos quedó registrado en el material audiovisual. Acto seguido, se le concedió el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandante, abogado J.M.P., cuyos alegatos quedaron registrados en el material audiovisual. Acto seguido, se le otorgó el derecho a réplica al apoderado judicial de la parte demandada, lo cual quedo grabado en el material audiovisual. Acto seguido, se le concedió el derecho de contrarréplica al apoderado judicial de la parte accionante, quien no hizo uso del mismo. Concluida las exposiciones de la parte, el ciudadano Juez, conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejó expresa constancia que se acogería al lapso de sesenta (60) minutos, para dictar sentencia oral correspondiente a la presente causa.- De regreso a la Sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió, a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.c.S. en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada abogado J.R.C. inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 17.910 contra la sentencia de fecha 06 de junio de 2011, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de PRESTACIONES SOCIALES interpuesta por el ciudadano GELVIS A.P.A., titular de la Cédula de Identidad N°.10.867.447 contra la empresa MERCANTIL MARSEN, C.A. en consecuencia, se condena el pago de los conceptos por prestación de antigüedad, intereses sobre prestaciones, Diferencia de Vacaciones, Bono Nocturno, Días Feriados, y días Domingos y utilidades fraccionadas, montos que se discriminarán en el texto íntegro de la sentencia, así como, intereses moratorios e indexación, los cuales serán calculados por el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo competente. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 06 de junio de 2011, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques, en cuanto a los conceptos laborales, cuyos montos y cálculos aritméticos serán objeto de revisión por esta Alzada. CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber quedado totalmente vencido en esta instancia. Por la naturaleza del fallo. De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente al de hoy y será a partir de la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.c.S. en Los Teques, a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman

A.H.G.

EL JUEZ SUPERIOR

EDINET VIDES ZAPATA

LA SECRETARIA

APODERADO JUDICIAL

DE LA PARTE DEMANDADA

ACCIONANTE

APODERADO JUDICIAL

DE LA PARTE ACTORA

EXP. 1727-11

AHG/EVZ*

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