Decisión nº SN043-10 de Tribunal Cuarto de Juicio de Zulia (Extensión Maracaibo), de 5 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución 5 de Agosto de 2010
EmisorTribunal Cuarto de Juicio
PonenteRubi Gómez
ProcedimientoAbsolutoria

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, 05 DE AGOSTO 2010

200° y 151°

Sentencia No: 043-10

Causa No: 4U-662--09

JUEZ PROFESIONAL: Dra. RUBIS G.V..

SECRETARIA: VERONICA VALBUENA.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

ACUSADO: G.A.B.M..

DEFENSA: ABOG. J.C.

FISCALIA: ABOG. EDICTA QUIROGA Y ABOG. A.R..

DELITO: DISTRIBUCIÓN ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS ARTICULO 31 TERCERA PARTE DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE TRÁFICO ILÍCITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES PSICOTRÓPICAS

VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO.

ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS

OBJETO DEL PRESENTE JUICIO

Según la acusación formulada por el Ministerio Público, el día 14 de febrero del 2.009, siendo aproximadamente las 11:20 horas de la mañana, los oficiales STTE. CANIZALEZ FALCON ARNALDA, SM/1RA CANIZALEZ JOSÉ, SM/1RA. M.M.J., SM3RA. P.Y.A., adscritos a la Tercera Compañía del Destacamento Nº 35 del Comando Regional Nº 3, de la Guardia Nacional, se encontraban de patrullaje, cumpliendo funciones inherente al servicio de seguridad Ciudadana, específicamente por el barrio Cuatricentenario, de la parroquia F.E.B., del Municipio Maracaibo, según información suministrada por un ciudadano quien no quisieron ser identificado, manifestó que en una vivienda ubicada en el barrio Cuatricentenario avenida 66B, primera etapa, con las siguientes características; casa de color rosado, fachada frente de rejas blancas, presuntamente se distribuía droga los funcionarios se dirigieron al lugar antes mencionado con la finalidad corroborar dicha información, observando un inmueble con las características antes descrita, así mismo se constituyeron en presencia de los ciudadanos; Hower E.R.M., titular de la cédula de identidad Nro. V17.669.859, G.J.C.P., titular de la cédula de identidad Nro. V19.646.036, W.A.U.M., titular de la cédula de identidad Nro. V7.632.167 Y Herrera R.J.P., titular de la cédula de identidad Nro. V24.734.982, a quienes le solicitaron que colaboraran para que sirvieran de testigos, quienes no pusieron ninguna objeción, posteriormente se presento el ciudadano quien fue identificado como B.G.A., titular de la cédula de identidad Nro. 13.175.571, y este tomo una actitud grosera, en contra de los funcionarios, quien dijo que era el hijo de la dueña del inmueble, preguntándole a los oficiales que hacían ahí, así mismo los funcionarios le informaron al ciudadano antes descrito que se tranquilizara que este era un procedimiento legal, explicándole del motivo de la presencia de la Guardia Nacional, el ciudadano manifestó que si era de esa forma no había problema y que efectuaran inspección a la vivienda, los funcionarios lograron comunicación vía telefónica al comando de la Tercera Compañía del Destacamento Nro. 35, con sede en el aeropuerto internacional de la chinita, con la finalidad de informar que enviaría al sitio un Guardia Nacional Guía-Can, de la unidad de anti Droga, presentándose en el lugar el funcionario S/1RO. S.Á., en compañía del semoviente canino de nombre OTTO, el cual se procedió en compañía de los cuatro Testigos y el ciudadano B.G.A. a efectuar la inspección, constatando un sitio abierto, procediendo a comenzar por las áreas externas de la vivienda frente a la misma, patio lateral izquierdo, el fonda u patio trasero del inmueble y parte posterior al introducirse del lado derecho de la vivienda, en forma de un corredor estrecho entre la pared de la casa y el bajareque, en el piso el semoviente canino detecto procediendo a ladrar y rasgar con sus patas delantera un ladrillo, de color rojo, inclinándose el efectivo Guía-Can, levantando y donde pudo observa en el interior del ladrillo, ocho (08) envoltorios de material sintético transparente, en su interior se podía visualizar pequeños fragmentos de material sintético de los denominados pitillos, de color blanco, con rallados de diferentes colores, haciéndole del cocimiento a los testigos que los envoltorios incautados se presume su contenido sea droga, seguidamente al efectuar inspección al interior de la vivienda, constituido en un recinto cerrado de tres ambientes dos cuartos y una sala comedor, en la primera habitación los funcionarios observaron en un mueble en el interior de una gavetas se encontró la cantidad dos (02) libretas de Bancos perteneciente uno al Banco Industria de Venezuela signada con el numero 3413582, de cuenta Nro. 00030050110101472781, a nombre del ciudadano B.G. y el otro perteneciente al banco Banfo Andes, signada con el Nro. 0210724P, de cuenta Nro.70000000010017253 a nombre de B.E.J., cinco (05) teléfonos celulares, dos marca Motorola modelo C364, un celular Movistar modelo CC114, un celular marca Nokia modele C103B y un celular marca HUAWEI modele C2800, tres (03) batería, tres (03) cargadores de teléfono y una (01) cédula de identidad Nro. V-16.885.668, a nombre de Velásquez Urdaneta Yudairy Carolina, siendo trasladado posteriormente al ciudadano B.G.A., la presunta droga y material incautado, así como los testigos hasta el comando de la guardia nacional, con la finalidad de rendir entrevista, se le hizo del conocimiento al ciudadano B.G.A., de sus derechos de conformidad con lo establecido en el articulo 125 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, se deja constancia del procedimiento, tomada en video, y arrojando la cantidad de cuatrocientos setenta y nueve (479) mini envoltorios de material sintético envoltorio color blanco, con franjas de de diferentes colores, en su interior un polvo blanco de olor fuerte y penetrante que bajo análisis resulto ser COCAÍNA CLORHIDRATO con un peso neto de 21.77 gramos, ratificando en su exposición la acusación, así como las pruebas ofrecidas y admitidas en la Audiencia Preliminar.

Siendo la oportunidad procesal se realizo el debate oral y público durante los días 04-17 y 24-05-10, 02, 14,17 Y 28-06-2010 Y 08-07 Y 22-07- 2010, en el cual cada una de las partes hizo uso de las facultades conferidas por la constitución y las leyes y expusieron sus argumentos de cargos y descargos.

Por su parte la Defensa en la persona del Abogado J.C., manifestó en la audiencia que su defendido era inocente y que los hechos imputados por el Ministerio Publico son falsos, por cuanto no hay elementos para sustentar una sentencia condenatoria, exigiendo la absolución de sus defendidos.

Al momento de conceder la palabra al acusado, impuestos de las garantías constitucionales, manifestó su deseo de declarar.

DETERMINACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS.

Luego del debate contradictorio este Tribunal Unipersonal, valorando todas las pruebas ofrecidas y evacuadas conforme a la Ley durante el juicio, así como todos y cada uno de los alegatos de las partes, observando las reglas de la sana critica, de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia a que se contrae el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, aprecia que se encuentran acreditados los siguientes hechos con estos elementos probatorios:

  1. Con la declaración del funcionario A.E.P.Y., quien una vez juramentado y puesta de manifiesto el Acta Policial de fecha 14-02-2009 , expuso: Eso fue el 14-02 2-009 a las once y media por el sector Cuatricentenario, nos encontramos un sujeto que en una vivienda vendía drogas, procedimos con cuatro testigos a verificar la información una casa rosada, el portón estaba abierto antes de entrar llego el supuesto dueño de la vivienda le explicamos este nos abrió la puerta procedimos a revisar la casa y en un lugar conseguimos un ladrillo rojo la supuesta droga.- Diga el día la hora y fecha. Contesto: El 14-02-2009, a las once del día.- ¿Quien fue que le dijo de la droga? Un goajiro de piel morena.- El ciudadano los acompaño a verificar la información. No. Lo identificación.- Si no quiso dar su nombre por temor miedo. Luego que verifica que la vivienda existe que hicieron. La ver que la vivienda existía la revisamos por afuera al raro se presento el dueño de la vivienda, este se quiso molestar pero se le informo y este cedió y entramos a la vivienda.- Cuando ubica a los testigos antes o después de entrar a la vivienda.- Antes- Quienes los localiza.T.. Había alguna otras personas además de usted y los testigos.- No.- Cuantos funcionarios actuaron. 4 funcionarios el jefe de la comisión y tres funcionarios mas.- En algún momento después se unió alguien mas al procedimiento.- Si el capitán y envía el can. Donde encuentra la droga, en la parte posterior de la casa en un ladrillo rojo.- Se recibió alguna sugerencia para que trajera el can. Si el capitán.- Usted conocía al ciudadano que fue detenido.- No, Alguno de los funcionarios de la comisión lo conocían No.- Además de que el ciudadano que dijo que era el dueño de la casa otra persona fue detenido.- No.- Durante el procedimiento hubo alguna persona que quería entrar al inmueble.- No. LA DEFENSA INTERROGA.- 1.-Usted andaba en alguna comisión especial o de patrullaje.- De patrullaje normal.- 2.- Como fue que le llego la persona.- Llego una persona guajira informando que en una casa del sector cuatricentenario vendía droga.- el señor se bajo del vehiculo y le señalo la casas.-no se bajo.- que hora esta persona les ubico. No nos ubico nos abordo entre las once y media a doce.- los testigos era de allí del sector.- Contesto. Si.- esa ubicación de los testigos fue en la misma cuadra.- En la misma cuadra. Había bastantes personas allí. Si es mas los de la casa del frente salieron-. Cuanto usted visualiza la casa estaba el portón abierto. Si.- usted entrar con los testigos a la casa.- Que paso después.- Llego supuesto dueño de la casa.- Que labores especifica hace usted.- Labores ciudadanas.- Usted ha trabajado en caso de drogas. No.- Porque solicita el can.- Porque el perro busca es un sabueso tiene el olfato para oler y saber en donde esta la droga.- Cuando pide al can es porque lo hace normalmente o es lo hace a requerimiento de alguien.- De jefe de la comisión.- Cuantos envoltorios eran? Ocho.- sabia como era los envoltorios, tipo pitillo con rayita polvo de color blanco.- Que tiempo después que llega a la casa con los testigos llega la persona que resulto detenida.- No paso tiempo creo que ni un minuto.-- EL TRIBUNAL INTERROGA.- Descripción de la persona que le da la información.-, estatura alta ni baja ni delgada ni gorda.- quien hace el descubrimiento de la droga es el jefe de la comisión el can el sargento Maldonado y cañizales

  2. Con la Declaración del ciudadano J.H.M.M., sargento Mayor de Primera de la Guardia Nacional Bolivariana titular de la cedula de Identidad Nro 7.723.540 , quien una vez juramentado y puesta de manifiesto el acta Policial de Fecha 14-02-2009, expuso: El 14-02-2009 andábamos de comisión 4 efectivos pertenecientes a la tercera a compañía de aeropuerto seguridad ciudadana, cuando un ciudadano nos informo que en cuatricentenario en una casa vendían droga en la avenida 66B, en una casa de color rosado de cerca de hierro de color blanco procedimos a buscar 4 testigos para verificar si en verdad vendía droga a los cinco minutos se apersono un ciudadano quien nos dijo que porque íbamos a entrar a la casa si no tenia orden, llamamos al capitán para que trajera el can y este en un sitio en un callejón empezó a ladrar y para en un bloque un bloque rojo se aparta al perro y se saco el ladrillo había ocho envoltorios .- Es todo”.- .LA FISCALIA INTERROGA.- 1.- , LA DEFENSA NO INTERROGA.- EL TRIBUNAL INTERROGA -. Reconoce la firma y el sello que se le coloca de manifiesto. Contesto. Si. 2.- Recuerda la fecha del procedimiento 14-02-2009, como a las que labora se encuentra realizando Labores de patrullaje. Estaba solo o acompañado.- Por tres funcionarios. Cuando manifiesta que ingresa a la casa quien le da acceso a la vivienda,.- Se acerco un ciudadano y nos da acceso a la vivienda Este esta solo o acompañado.- Solo En la casa había gente.- Nadie.- Quien solicito la presencia del can al sitio,.- Nosotros mismo . En que momento ingresaron al inmueble.- Una vez que nos dieron acceso. En que parte de la vivienda ubicaron la droga, Un callejón.- Había persona de la comunidad. Si. Que lograron localizar dentro de la casa.5 cinco celulares unos cargadores una cedula unos billetes.- Que encontró el can. Unos envoltorios ocho con pitillos adentro.- LA DEFENSA INTERROGA.- 1.- usted dice que se le acerca una persona.- un joven.- Que le dice.- Que en una casa en cuatricentenario en una casa vendía droga.- Porque ustedes no identificar a la persona que le dio la información. Por su seguridad.- Esa persona le había dado información anteriormente.- No primera vez.- Como encuentra a los testigos.- Depende como sea el procedimiento y como nos dijeron que fueron que estaba vendiendo droga en la casa.- donde ubicaron los testigos.- En unos apartamento por atrás.- Cuando llega a la dirección la casa esta abierta o cerrada.- El portón estaba abierto y la puerta estaba cerrada. En ningún momento hubo oposición por parte del señor G.B..- No.- Cuando llega y esperar al can en donde exactamente estaba los envoltorio.- Un callejón pared de la cerca y pared de la casa.- en la mitad.- La pared de la casa es alta La parte de la casa que la parte es bajita es fácil de saltarse tenia obstáculos.- No es fácil saltarse- Exactamente en donde localizaron los envoltorios.- En un bloqué rojo adentro cubierto con arena.- Esta enterrado los bloques. No cubierto con arena pero no enterrado.- Alguno hablo con las personas que estaba alrededor. No EL TRIBUNAL INTERROGA. 1: ¿Como es el material de la cerca de la casa? De bloque con reja. A que hora fue el procedimiento.- Como a las once y media de la mañana.- Quienes era los funcionarios que lo acompañaba.-Un sub. teniente y dos sargentos mas.- Encuentra otra evidencia dentro de la casa.- Unos teléfonos, cedulas, unos cargadores de teléfonos y dos libretas.-

  3. Con la declaración del ciudadano W.A.U.M., quien una vez juramentado y expuso : Yo estoy en mi casa viendo televisión mi esposa me avisa y me llama que a mi hijo lo habían detenido para hacer un allanamiento entonces en vista que el es estudiante, me dirigí al sitio en donde estaba el allanamiento hable con los guardias le dije que me cambiara en vez de mi hijo para que el se fuera a trabajar entonces me quede cuando entro a la casa estaba un grupo de guardias nacionales estaba Genaro sentado en una silla el hijo mío me comento que Genaro se enojo con los guardia luego se calmo y se sentó una silla el decía que no tenia nada que ver que porque estaba allí los guardias le informaron que iba hacer un allanamiento de la casa por presunta droga Genaro dijo a los guardia que buscara un perro para que buscara en la casa la gente de la Guardia Nacional fueron a buscar a un perro entonces comenzamos a buscar el lado izquierdo de la casa buscando luego detrás y luego por el lado derecho y cuando pasa el perro ladra , consiguieron los guardias las bolsitas llenas y bolsas vacías en los pitillos de colores luego registraron la casa por dentro todo esto había sido filmado por los guardia nacionales revisaron todo en el techo la nevera debajo de la cama y consiguieron en el cuarto de adelante unos celulares, una cedula todo fueron filmados por unos Guardia luego de allí nos llevaron al comando del aeropuerto.- es Todo”. LA FISCALIA INTERROGA.- 1.- Además del señor Genaro había otra persona en el inmueble. Contesto: Tres testigos mas y yo.- 2.- Las personas que habían estaba en el inmueble.- Contesto: solo Genaro. 3.- Su hijo le manifestó en que lugar fue abordado.-Contesto: Saliendo de la casa le solicitaron la cedula para que sirviera de testigos.- 4.- Cuantos funcionarios hicieron revisión del inmueble. Contesto: Dos vehiculo jeep una camioneta creo que seis y los funcionarios uniformados.- 5.- Donde se encontraba los otros testigos.-Contesto: Todos estábamos pendiente.- 6.- En el momento en que el perro consigue la droga estaba los testigos presente.- Contesto: Si todos.- 7.- Usted estaba en el inmueble cuando llegan los funcionarios con el can; Contesto: Si.- La Defensa Privada Interroga.- 1.- Hora en que llega para hacer el allanamiento.- Contesto: Doce del mediodía. 2.- Al momento que llega Genaro ya estaba en la casa.- estaba sentado en la silla en el porche.- 3.-La casa estaba abierta o cerrada. Cuando llegue estaba abierta.- Cuantos funcionarios iban con usted cuando entraron a la casa a revisar. Como seis.- Cuantos funcionarios iban con usted y los testigos a revisar la casa.- Como cuatro.- Había quedado algún funcionario fuera de la casa.- No todos adentro. Usted iba de primero con la parte del fondo. Donde se consigue la droga del lado lateral.- Que oyó usted que dijo Genaro cerca del perro. El decía que no vivía allí que estaba de visita a que su mama y le dijo a los guardias que revisara y que buscaran a un perro y que revisaran.- EL TRIBUNAL INTERROGA 1.- Luego que llegan allí llegan personas vecinas. La guardia no dejaba que llegaran 2.- Ya los funcionarios cuando usted llega estaban adentro. Si

  4. Con la declaración del ciudadano HOWER E.R.M. quien una vez juramentado expuso: ese día iba saliendo de casa de mi abuela a eso de las once de la mañana cuado iba caminando un vehiculo militar me pide la cedula y me montan en un vehiculo que iban tres personas empezaron a buscar a otro y al encontrarlos nos llevaron a una casa, cuando estábamos en la casa estaban los efectivos afuera de la casa, un funcionario nos dice que no nos asustemos que vamos a ser testigos de un procedimiento y nos dice que entremos nos metimos en la casa revisaron la casa adentro luego afuera de la casa y luego nos fuimos para el lado izquierdo y no había. De repente llega el señor un poco altanero y lo calmaron y los efectivos siguieron luego dice que era un asunto de droga dijo que buscara un perro y cuando llego el perro comenzaron a buscar por el lado derecho de una tanquilla el perro ladro en un bloque lo quitaron y había una bolsa llena y otra vacía en la llena habían pitillos.- es todo.- Donde vive su abuela.- Sector cuatricentenario por la parada de carritos.- 2.- Donde ubicaron al otro.- Allí mismo al otro que faltaba.- Cuando llegan al inmueble ya habían funcionarios en la casa. Afuera y en el porche.- Cuantos habitantes de la casa habían.- Ninguno. Con quien entran los funcionarios? Con nosotros.- Cuado la revisión con el perro cuantos testigos estaban? Los cuarto.- cuando el perro hace el hallazgo donde estaba usted.- Allí,- usted conocía al señor que estaba en la casa,. No.- algún familiar del señor.- No. Conocía algún funcionario. NO. LA DEFENSA INTERROGA. Hora cuando los funcionarios de la guardia lo ubicaron. En el Transcurso entre once y media a doce.- quienes estaban dentro de la casa.- Un efectivo de la guardia en el porche y otro afuera todavía no había entrado a la casa. Cual fue el último testigo que llego. El señor por el hijo.- Cuando ingresaron a la casa el señor Genaro estaba presente.- No había nadie en la casa. Cuando estaba revisando la casa que llega el perro cuantos funcionarios habían.- No se con exactitud.-En donde localizan la droga? Al lado derecho del garaje. Por esta separado de la otra casa. Por el bajareque.- Habían vecinos del sector. Llegaron vecinos al frente.- EL TRIBUNAL INTERROGA.- 1.- Cuando usted refiere adentro, que puestas estaban abiertas. La del portón.

  5. Con la declaración del ciudadano E.D.J.Z.V. , quien una vez juramentado expuso: El día 14 de febrero del 2009 , regrese a la diez del mañana me toco un funcionario que sirviera como testigo a los días me entero de los hechos que yo había declarado en la Fiscalía.- LA FISCALIA INTERROGA.- 1:- Usted conoce al señor G.B..- Contesto: Si desde niño 2.- Que distancia hay entre su casa y de la Genaro. Contesto: Una calle diagonal al fondo de mi casa.- 3.- El funcionario que ingreso a su casa iba en un vehículo.-Contesto: Iba a pie,- 4.- Que fue de lo que se entero.- Contesto: De que habían allanado.- 5.- Mantiene contacto con los vecinos.- Contesto: Lo común cuando salgo y cuando entro.- 6.- Porque usted fue a declarar a la fiscalia.- Contesto: Porque me citaron.- 7.- Usted sabe porque esta detenido el Genaro. Contesto: Si lo que se comentaba en esos días porque había droga.- 8.-Que casa supo usted habían allanado.-Contesto: La casa del señor Genaro.- LA DEFENSA INTERROGA.- 1.- Que hora eran cuando el funcionario le pidió permiso para entrar a su casa.-Contesto: Como de once a once y media.- 2.- Que le manifiesta el funcionario que le dice para entrar a su casa.- Contesto: Que venia persiguiendo un delincuente.- 3.- Quien vive en la casa de señor Genaro. Contesto: Su mama el señor Genaro y su hermano.- 4.- El señor Genaro trabaja en su casa o en otro lado. Contesto: Solo se que trabaja que es un hombre trabajador.- EL TRIBUNAL INTERROGA. 1.-Quien vive en la casa.- Contesto: Su mama el señor Genaro y su hermano.

  6. Con la declaración del ciudadano I.J.A.M., quien una vez juramentado expuso: Sobre lo que paso el 14-02-2009, sobre un asunto de droga encontrado en su casa.- Cuando llegue al centro en donde nos íbamos a reunir nos dijeron que el señor Genaro se había ido para su casa porque había allanado su casa nos fuimos para allá entonces nos dijeron que nos alejáramos. Trajeron los perros antidroga y encontraron droga, quiero decir que el señor Genaro no vive allí el vive en lagunillas.- Es todo.”- LA FISCALÍA INTERROGA.- 1.- Que hace usted al tener conocimiento de lo que sucede al señor Genaro.- Contesto. Nos fuimos hacia la casa de Genaro.-,2.- Que distancia hay entre el sitio de donde usted estaba al de la casa de Genaro. Contesto. Como unos 500 mts- 3.- Cuando llego a la casa de Genaro en donde estaba. Contesto: En su casa en el porche.-4.- Había alguna persona de civil .-Contesto: Si e el porche y otros funcionarios.- 5.- Cuando llegaron los perros antidroga nos mandaron a retirar a todos del sitio.-Contesto: Pero yo me quede en la casa del lado pero allí no se ve nada.- 6.- Que dijeron.- Contesto: Que consiguieron droga en la casa de Genaro.- 7.- Usted conoce los ciudadanos Hower E.R.M. ,W.M. , J.P.H.R. ,. Contesto. No los conozco.- 8.- Usted conoce al civil que estaba del lado afuera.- Contesto: No, una señora le explicaba que se quedara tranquilo.- LA DEFENSA INTERROGA. 1. Cuando usted se acerco a la casa de Genaro había algún perro antidroga.- Contesto: Cuando yo me acerque no había llegado los perros antidroga, los vi cuando me mandaron a retira del sitio.- 2.- Cuado usted se acerco había funcionarios. Contesto: Si.- 3.- Los funcionario estaba uniformados o había alguna persona de civil.- Contesto: Con Genaro en el porche había tres adentro había otros pero no se cuantos.- 4.-Aparte de el quien se encontraba en el sitio. Contesto: Carolina, D.R. y otros no recuerdo los nombres estaba en la reunión con Genaro.- 5.-El señor Genaro tiene algún trabajo fijo.-Contesto: Dirigente del PSUV Solo se dedica como coordinador de deporte a ayudar.- EL TRIBUNAL INTERROGA.- 1.- El señor Genaro vive allí.- Contesto: Cuando yo lo conocí el vive en lagunilla.- 2.-Donde le entrega las cosas a Genaro. Contesto: Allí en Cuatricentenario.

  7. Con la Declaración de BEXIELY CHIQUINQUIRA N.L., quien una vez juramentada expuso: La casa estaba vacía no había nadie llegaron los Guardia y entonces fui a buscar a Genaro en una reunión del partido de Un nuevo Tiempo, Allá también había detenido a mi esposo por averiguaciones. Un guardia se introdujo con un maletín negro en la casa luego salio.- Se metió con un perro como una hora.- Es todo”. LA DEFENSA INTERROGA.- 1:-Diga el día la hora en que ocurrió el hecho.- Contesto.- Eso fue 14-02-2010, como a las once de la mañana. 2.- Usted vio a los guardia Nacionales persiguiendo a una persona.- Contesto: Si a un muchacho moreno delgado estaba vestido como de jeans con un suéter beige.- 3,- Usted exactamente donde estaba que vio todo.- Contesto: En frente de mi casa en donde tengo un centro de comunicaciones.-4.- Los funcionarios de la Guardia estaba uniformados o de civiles.- Contesto: Como seis o siete con uniformes.- 5.- Cuando regresa venia con algo saliendo de la casa.- Contesto. Llegaron se metieron abrieron la casa y empezaron a buscar en la casa los guardias nos sacaron de la casa con Genaro dentro de la casa. .- 6. Usted vio cuando se metieron en la casa o le dijeron. Contesto: Yo vi.- 7.- Estaba la puerta abierta.- Contesto: Si.- 8.- El señor Genaro se encontraba allí cuando llegaron los guardias.- Contesto: No.- 9.- Quien además de Genaro vive en esa casa.-Contesto: Su mama y dos hermanos.-10.- Quien le informa a Genaro.-Contesto: Yo misma.- 11.- Usted llego a ver que sacaron algo de la casa.- Contesto: No.- 12.- usted dice que vio que un funcionario saco algo que fue lo que saco. Contesto: Si un maletín negro.- 13.-Usted no llego a ver que contenía el maletín negro. Contesto: No. 14.-Esa casa tiene alguna cerca.- Contesto: No.- 15.- Llego a ver algún perro, Contesto. Si. 16.- El perro llego antes o posterior al hecho.- Contesto: Después.- 17.- Desde cuando conoce al señor Genaro.- Contesto: Desde hace muchos años.- 18.- Sabe a que se dedica el señor Genaro. Contesto: Es costurero y trabaja en la política. LA FISCALIA INTERROGA.- 1.- Que distancia existe entre su casa y la de Genaro.- Contesto: Seis casa de la misma vereda.- 2.-Desde que usted vive puede ver desde el fondo de casa de Genaro.- Contesto: No. 3.-Usted dice que la Guardia venia persiguiendo alguien. Contesto: Si 4.- Desde donde estaba logro a ver hacia donde agarro el muchacho.- Contesto: No. 5.- Usted vive en casa o vereda.- Contesto: en avenida.- 6.-Cuantos guardia se metieron en la casa.- Contesto: Dos.- 7.- Quien vive en inmueble donde pidieron permiso .-Contesto: Dos Guardia uniformados.- 8.-Ese sector donde vive es seguro.- Contesto: Por lo normal es tranquilo.- 9.-Además de los funcionarios e la guardia usted vio personas distintas como civiles.- Contesto: Si cuatro muchachos de civiles bajaron de un camión de la guardia.10.- Cuanto tiempo ocurrió de donde vive Genaro y el momento cuando Genaro llego. Contesto: Como cuarenta minutos.- 11.- Que distancia existe del sitio en donde estaba G.B. y donde estaba Genaro en la reunión.- Contesto: Cuatro cuadras.- 12.- Cuando usted venia de allá regresa con Genaro.- Contesto: Si yo venia atrás y me tarde 10 minutos en llegar.- 13.- Usted tiene conocimiento si Genaro su esposo tiene problema con algunos de los funcionarios que llegaron.- Contesto: No.- - EL TRIBUNAL INTERROGA. 1.- Porque usted dice que había siete funcionarios y dos después.- Contesto: Los dos fueron dos los que se introdujeron en la otra casa

  8. Con la declaración del ciudadano J.J.V.C., quien una vez juramentado expuso ; Yo iba bajando de casa de mi abuelo para que mi esposa vi que una camioneta cruzo por esa calle me para en toda esquina vi un movimiento en casa de la mama de Genaro salio mi esposa y le dije a mi esposa quien estaba embarazada entonces ella se fue avisarle a Genaro en esos llego un jeep se metió en casa de Genaro al rato viene un guardia se acerco a la esquina en donde estábamos nosotros se acerco a donde estábamos nosotros y nos dijo tu y tu se viene para acá en eso llego Genaro nos sacaron de allí y se quedaron con Genaro. Yo le pregunte porque nosotros nos dijeron que era averiguaciones.- Ella vino desesperada y fue a buscar a mi papa entonces mi papa llego allí y pregunto que, que pasaba que solo era averiguaciones.- Al rato como el guardia escucho que yo trabajaba con un coronel me soltó y se llevo a Genaro. Luego escuche al teniente que por teléfono dijo que le mandara un perro.- Luego llego un jeep todo cerrado con el perro introdujeron con el perro en casa de Genaro y uno de los guardia saco un maletín del jeep y lo metieron en la casa de Genaro salio con el maletín, lo metieron en el jeep otra vez.--LA DEFENSA INTERROGA. 1.- Podría decir como se llama su esposa. Contesto. BEXIELY - 2.-A cuantas casa vive usted de Genaro. Contesto: Como a cinco casa,-3.- Que distancia había.- Contesto: Dos cuadras.- Vio alguna otra persona en la calle.- Cuando llegue a la esquina la camioneta el carro del vecino y los carros de la guardia,. Alguna persona en la calle. Nadie.- Para llegar a su casa tenia que pasar por enfrente de casa de Genaro. No diagonal.- Usted pudo precisar cuando el guardia se introdujo a casa de Genaro. Contesto: No.- En que momento se dio cuenta su esposa que estaba allanando la casa de Genaro.- Al rato. Cuanto se tardo su esposa para avisarle a Genaro.- Como cuarenta minutos.- Que distancia había de casa de Genaro a donde estaba Genaro.- Como ocho cuadras.- Su esposa también se pudo meter a casa de Genaro.- Si.- LA DEFENSA INTERROGA.- Que hora era .- No recuerdo.- De donde usted esta como vio.- DE frente.- Porque usted se para y sigue,- por averiguar.- usted vio cuando los guardias se metieron en la casa,. Si.- Que tiempo paso para cuado llega el perro. Dos horas.- Quienes entrar a la casa de Genaro.- un poco de guardias.- Entraron algún familiares, usted vio entrar a Genaro a su casa?- Contesto. Usted oyó cuando mandaron a pedir el perro.- Si como se entera usted que el funcionario iba persiguiendo al muchacho.- El guardia. Usted logro llegar a la casa de su suegro.- No. Usted vio que entraron alguna persona de civil. No. cuantos funcionarios habían Como seis usted sabe a que se dedica Genaro.- Hace aporte pinta colegio la mama trabaja con la costura.- Cuanto tiempo tiene conociendo a Genaro. Desde que nací desde que estoy viviendo allí

  9. Con la declaración del ciudadano G.S.R.J., y expuso: Bueno estaba parado en la esquina, vi un guardia nacional que estaba a persiguiendo a un muchacho, al rato llego otro me pidió la cedula y me dijo que lo acompañara y me encerraron en el jeep, luego trajeron cinco mas al rato agarraron a los testigos. El señor Genaro estaba en el partido llego entro y lo agarro y lo presionaron allí adentro paso lo que paso los llevaron al comando a mi soltaron. Es Todo. LA FISCALIA INTERROGA.- 1.- En que lugar se encontraba usted cuando vio a los funcionarios.- En la calle,- Usted vio cuando ingresan a la casa de Genaro,- No. En esa calle que ve Genaro había alguna persona.- Solo yo. Al muchacho lo detuvieron después.- Allí mismo. En donde estaba ese muchacho.- Iba saliendo de su casa.- Estaba solo.- Yo lo vi solo.- usted estaba el jeep cuando trajeron a los testigos.- Si ya lo había soltado.- Donde estaba cuando llego a su casa.- Si.- Genaro llego solo o acompañado cuando llegaron a la casa.- Hombres y dos mujeres. Alguna que estuviera embarazada.- No Desde cuando conoce usted a Genaro. Desde hace años.- Cuantos testigos trajo la guardia nacional.- Cinco hombres. Alguno que conociera.- No. sabe porque detuvieron a Genaro.- Supuestamente por droga.- Usted podría ver adentro de la casa de Genaro.- Estaba en el frente de la casa pero alejado de donde estaban pasando los hecho. Alguna vez a pasado al interior de la casa.- No.- LA DEFENSA INTERROGA. Día y hora de los hechos.- 14-02-2009 diez y pico .- 2.- De que lado viene usted.- Yo estaba haciendo un trabajo en la esquina y vi que venia un carro demasiado duro y me asome.- Dentro del jeep en donde usted estaba que podría ver.- Dentro de la casa nada- Alguien acompaño a Genaro.- trataron de ingresar pero no la dejaron.- Cuanta personas había con el.- Como seis.- Como sabe que no consiguieron nada.- Porque sacan el bolsito del jeep y lo llevan para adentro .- A Genaro lo montaron con usted dentro del jeep,- Nada.- Esas personas que iba con usted eran civiles.. Si civiles.- porque se lo lleva a usted al comando.- Por cedula.- Desde cuando conoce a usted a Genaro.- Desde hace años.- además de Genaro quien mas vive en esa casa.- Su mama y su hermana.- EL TRIBUNAL INTERROGA.- 1:- Observo alguna persona que venían persiguiendo.- No la vi el guardia decía que venia persiguiendo alguien

  10. Con la Declaración de la ciudadana B.M.H.S., quien luego de ser juramentada y haberle sido puesta de manifiesto la experticia 06-03-2009, expuso: son 479 porciones de color blanco envoltorio tipo pitillo.- Se toma el peso se toma alícuota para realizar la experticia. Para ver si estamos en presencia de alcaloide el cual dio positivo para cocaína presencia de cocaína e forma de clorhidrato. Certifico que es mí firma y e sello del despacho.

  11. Con la declaración del acusado G.A.B., quien expuso: El 14-02-2010 hubo un allanamiento en la casa de mi mama yo iba llegando de la costa oriental en S.r. parcelamiento Tierra Bendita ese día llegue a las 8:30am me fui a la reunión del partido, yo soy inocente de todo lo que se me acusa quisiera que se hiciera un seguimiento. Yo estuve en Cuba para el frente F.d.M. entonces cuando veo todo esto que me sucede que son prueba de dios, Cuando llego la guardia a la casa me fue a buscar la señora Navarro y me dijo que en la casa de mi mama estaba haciendo un allanamiento.- Me fui para allá le pregunto al funcionario que al mando de quien estaba ese allanamiento que donde esta la orden me dijo que el no tenia nada de eso que venia en una persecución.- Entonces el funcionario de apellido Castillo le dije que trajeron los perros antidroga empezaron a buscar en la casa y por un ladrillo en un pasillo que une la casa de mi mama con la del vecino encontraron la droga, luego empezaron a buscar dentro de la casa encontrados dos celulares uno mío y otro que era de una señora que fue mi esposa revisaron toda la casa la guardia destrozo la nevera la lavadora autonómica e la parte posterior del fondo fue que encontraron eso. Es todo. LA FISCALIA INTERROGA.- 1.- Sr. cuantos funcionarios había. Contesto: Mas de diez un carro blanco en una camioneta 4Runner.- 2.-Dentro de la casa cuantos había.- Contesto: siete.- 3.- Y Funcionario civiles.- Contesto. No.- 4.- La revisión de la casa la hicieron con cuantos testigos.,- Contesto: Cuatro testigos, todos civiles.- 5.- Que otra persona de su familia estaba allí. Contesto. No había nadie.- 6.- 7.- Su sueldo.- Contesto: Sueldo minino. 8.- Cuantas personas depende de usted.- Contesto: Mi mama mi hermana y mi papa.- 9.-Usted estaba casado.- Contesto: Estuve casado.- 10.- Usted padece alguna enfermedad.- Contesto: Diabético hipertenso.- 11.- Eso le genera un gasto.- Contesto: Como de doscientos bolívares.- 12.-Su mama padece de enfermedad.- Contesto: Hipertensa. 13.-Cuantas personas vive en su casa.- Contesto: Mi mama y mi hermanita que sufre del corazón y un hermano que vive de lunes a viernes. 14.-Usted tiene cuentas bancarias-. Contesto: Banco Industrial de Venezuela.- 15.- Que tipo de cuenta es.- Contesto: Debe ser de ahorro.- 16.-La inspección lo hace cuantos perros.- Contesto: Un solo perro.- 17.- Que cantidad de droga consiguieron.- Contesto: La cantidad no lo se.- LA DEFENSA INTERROGA. 1.-Cuantos funcionarios llegaron con el perro.-Contesto: Uno con el perro.- 2.-Usted vio algo que tenía el perro. Contesto: No vi nada.- 3.- Alguna persona le dijo que había conseguido.- Contesto: El capitán dijo hay conseguimos droga.- 4.- Esa persona andaba uniformada-Contesto: sI.-5.-Usted percibía otra sueldo además de la beca. Contesto: Si por eso renuncie a la beca.- 6.-Usted paga alquiler en la casa de su papa. No, En la casa de su mama paga alquiler.- No. 7.-Su hermano ayuda a su mama.-Contesto: Si.- 8.-Usted en alguna oportunidad ha estado detenido. Contesto: Nunca.- 9.- Como es la cerca en donde encontraron los ladrillos.- Contesto: Esa cerca lo hicimos como a la mitad. 10.-Quien fue el funcionario de la guardia.- Contesto: Si el capitán Castillo.

    La representación Fiscal renuncia a las siguientes testimoniales a lo cual no presento objeción la defensa:

    -Testimonio de la funcionaria LIC. Rainelda Fuenmayor, experta adscrita al laboratorio de Toxicológico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, toda vez que ya fue escuchada la Dra. B.H.

    - A las testimoniales de los ciudadanos M.J.C., Jhoena E.R.R., I.C.S.T., K.G.P., D.P.d.R., A.J.U., M.d.J.Q.R., J.R.L., R.A.N.T., A.J.P., los cuales fueron promovidos en la fase preparatorio por la defensa y e virtud de la buena fe que la asiste al Ministerio Publico ordeno la practica de las actuaciones y en atención a la obligación de búsqueda de la verdad jurídica como lo establece el articulo 3 del COPP, fueron ofrecidos por la fiscalia, los cuales no han sido posible ubicarlos para rendir declaración ante el tribunal y sus testimonios no son imprescindible a los efectos de la decisión judicial todas vez que son testigos referenciales.

    - A los testimonios de los ciudadanos G.C.P. y J.P.H.R. testigos del procedimiento realizando por los funcionarios de la Guardia Nacional, toda vez que se han agotado todas las vías posibles para su ubicación sin que ellos sea posible, aunado a que fueron escuchados los ciudadanos W.A.U. y Hower E.R.M. testigo del procedimiento.

    De igual modo siendo la oportunidad procesal se procedió a la incorporación de las pruebas documentales admitidas y en tal sentido se agregaron a las actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal.

  12. - Resultado de la experticia Química, de fecha 06-03-2009, signada con el Nro 9700-135-DT-544, suscrita por la experto Profesional IV LIc. Rainelda Fuenmayor y Experto Profesional II Dra. B.H., constante de un folio útil,

  13. - Acta Policial signada con el Nro CR3-D35-3RA.CIA-SIP: 007, de fecha 14-02-2009, suscrita por lo funcionarios STTE CAÑIZALES F.A., SM1RA CAÑIZALES JOSE, SM1RA M.M.J., SM3 P.Y.A., adscrito a la tercera Compañía del destacamento Nro 35 del Comando Regional de la guardia Nacional Bolivariana

    FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

    Del análisis realizado por este Tribunal Unipersonal con relación a las pruebas practicadas durante el debate oral, actuando de conformidad a las reglas contenidas en los artículos 197,198 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, y teniendo por norte el articulo 13 ejusdem, precisa establecer la corporeidad del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS ARTICULO 31 TERCERA PARTE DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE TRÁFICO ILÍCITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES PSICOTRÓPICAS, así como la autoría material y consecuente responsabilidad penal del acusado G.B., en tal imputación.

    Las pruebas incorporadas durante el juicio oral y público lleva a esta juzgadora a:

    De la declaración del funcionario A.E.P.Y., quien en forma clara manifestó que el día 14-02-2009 aproximadamente las once y media por el sector Cuatricentenario, encontraron un sujeto quien les manifestó que en una vivienda vendía drogas, procediendo con cuatro testigos a verificar la información en una casa rosada, el portón estaba abierto antes de entrar a la vivienda llego el supuesto dueño de la vivienda y le explicaron este nos abrió la puerta procedimos a revisar la casa y en un lugar en la parte de afuera de la casa consiguieron ladrillo rojo con la supuesta droga. Y a preguntas formuladas entre otras contesto: cuando ubica a los testigos antes o después de entrar a la vivienda.- Antes. Cuantos funcionarios actuaron. 4 Funcionarios el jefe de la comisión y tres funcionarios mas.- En algún momento después se unió alguien mas al procedimiento.- Si el capitán y envía el can Donde encuentra la droga, en la parte posterior de la casa en un ladrillo rojo.-- 2.- Como fue que le llego la persona.- Llego una persona guajira informando que en una casa del sector cuatricentenario vendía droga.- el señor se bajo del vehiculo y le señalo la casas.-no se bajo.- los testigos era de allí del sector.- Contesto. Si.-.- ¿Cuantos envoltorios eran? Ocho.- ¡Como eran los envoltorios? tipo pitillo con rayita polvo de color blanco.- Que tiempo después que llega a la casa con los testigos llega la persona que resulto detenida.- No paso tiempo creo que ni un minuto.-- - Descripción de la persona que le da la información. Estatura alta ni baja ni delgada ni gorda. Testimonio que es valorado por se claro y por ser corroborado por el testimonio del funcionario J.H.M.M., al manifestar que el día 14-02-2009, se encontraban de comisión 4 efectivos pertenecientes a la tercera a compañía de aeropuerto seguridad ciudadana, cuando un ciudadano les informo que en cuatricentenario en una casa vendían droga en la avenida 66B, en una casa de color rosado de cerca de hierro de color blanco, procedieron a buscar 4 testigos para verificar si en verdad vendía droga a los cinco minutos se apersono un ciudadano quien les dijo que porque iban a entrar a la casa si no tenían orden, llamaron al capitán para que trajera el can y este en un sitio en un callejón empezó a ladrar y para en un bloque un bloque rojo se aparta al perro y se saco el ladrillo habían ocho envoltorios, y a preguntas formuladas entre otras contesto: Quien solicito la presencia del can al sitio,.- Nosotros mismo . En que momento ingresaron al inmueble.- Que lograron localizar dentro de la casa. 5 cinco celulares unos cargadores una cedula unos billetes.- Que encontró el can. Unos envoltorios ocho con pitillos adentro.- usted dice que se le acerca una persona.- un joven.- Que le dice, donde ubicaron los testigos.- En unos apto por atrás.- Cuando llega a la dirección la casa esta abierta o cerrada.- El portón estaba abierto y la puerta estaba cerrada. Cuando llega y esperan al can en donde exactamente estaba los envoltorio.- Un callejón entre la pared de la cerca y la pared de la casa.-Como a las once y media de la mañana.- Quienes era los funcionarios que lo acompañaba.-Un sub. Teniente y dos sargentos más.- Encuentra otra evidencia dentro de la casa.- Unos teléfonos, cedulas, unos cargadores de teléfonos y dos libretas.

    De la declaración del ciudadano HOWER E.R.M., quien manifestó que ese día iba saliendo de casa de su abuela a eso de las once de la mañana cuado iba caminando un vehiculo militar le pide la cedula y lo montan en un vehiculo, en el que iban tres personas empezaron a buscar a otro y al encontrarlos los llevaron a una casa, cuando estaban en la casa estaban los efectivos afuera de la casa, un funcionario les dice que no se asusten que van a ser testigos de un procedimiento y les dice que entren se metieron en la casa revisaron la casa adentro luego afuera de la casa y luego se fueron para el lado izquierdo y no había. De repente llega el señor un poco altanero y lo calmaron y los efectivos siguieron luego dice que era un asunto de droga dijo que buscara un perro y cuando llego el perro comenzaron a buscar por el lado derecho de una tanquilla el perro ladro en un bloque lo quitaron y había una bolsa llena y otra vacía en la llena habían pitillos.- A preguntas formuladas entre otras contesto: Donde ubicaron al otro.- Allí mismo al otro que faltaba.- Cuando llegan al inmueble ya habían funcionarios en la casa. Afuera y en el porche.- Cuantos habitantes de la casa habían.- Ninguno. Con quien entran los funcionarios? Con nosotros.- Cuado la revisión con el perro cuantos testigos estaban? Los cuarto.- cuando el perro hace el hallazgo donde estaba usted.- Allí,- ¿quienes estaban dentro de la casa? Un efectivo de la guardia en el porche y otro afuera todavía no había entrado a la casa. Cual fue el último testigo que llego. El señor por el hijo. ¿En donde localizan la droga? Testimonio que es valorado por el tribunal por ser claro y no caer en contradicciones, corroborando lo manifestado por los funcionarios actuantes en el procedimiento A.E.P.Y. y J.H.M.M., en cuanto al sitio donde fue encontrada la droga.

    De la declaración del ciudadano W.A.U.M. , quien manifestó, que se encontraba en su casa viendo televisión cuando su esposa le avisa que a su hijo lo habían detenido para hacer un allanamiento entonces en vista que el es estudiante, se dirigió al sitio en donde estaba el allanamiento hablo con los guardias les dije que lo cambiara en el lugar de su hijo para que el se fuera a trabajar entonces se quedo, cuando entro a la casa estaba un grupo de guardias nacionales estaba Genaro sentado en una silla el hijo le comento que Genaro se enojo con los guardia luego se calmo y se sentó una silla y le decía que no tenia nada que ver porque estaba allí los guardias le informaron que iba hacer un allanamiento de la casa por presunta droga Genaro dijo a los guardia que buscaran un perro para que buscaran en la casa la gente de la Guardia Nacional fueron a buscar a un perro entonces comenzamos a buscar el lado izquierdo de la casa, buscando luego detrás y luego por el lado derecho y cuando pasa el perro ladra , consiguieron los guardias las bolsitas llenas y bolsas vacías en los pitillos de colores luego registraron la casa por dentro todo esto había sido filmado por los guardia nacionales, revisaron todo en el techo la nevera debajo de la cama y consiguieron en el cuarto de adelante unos celulares, una cedula todo fueron filmados por unos Guardia luego de allí nos llevaron al comando del aeropuerto.- es Todo”. Y a preguntas formuladas entre otras contesto: Además del señor Genaro había otra persona en el inmueble. Contesto: Tres testigos mas y yo.- 5.- Donde se encontraba los otros testigos.-Contesto: Todos estábamos pendiente.- 6.- En el momento en que el perro consigue la droga estaba los testigos presente.- Contesto: Si todos.- 7.- Usted estaba en el inmueble cuando llegan los funcionarios con el can; Contesto: Si.- Hora en que llega para hacer el allanamiento.- Contesto: Doce del mediodía. 2.- Al momento que llega Genaro ya estaba en la casa.- estaba sentado en la silla en el porche.- 3.-La casa estaba abierta o cerrada. Cuando llegue estaba abierta.- Cuantos funcionarios iban con usted y los testigos a revisar la casa.- Como cuatro.- Donde se consigue la droga del lado lateral.- Que oyó usted que dijo Genaro cerca del perro. El decía que no vivía allí que estaba de visita a que su mama y le dijo a los guardias que revisara y que buscaran a un perro y que revisaran. Ya los funcionarios cuando usted llega estaban adentro. Si. Testimonio al que se le asigna valor probatorio por ser claro, no contradictorio y por ser corroborado por lo manifestado por el otro testigo del allanamiento ciudadano HOWER E.R.M..

    De la declaración del ciudadano E.D.J.Z.V., quien una vez juramentado expuso: El día 14 de febrero del 2009, regreso a la diez del mañana, le toco un funcionario que sirviera como testigo a los días me entero de los hechos que yo había declarado en la Fiscalía.- LA FISCALIA INTERROGA.- 1:- Usted conoce al señor G.B..- Contesto: Si desde niño 2.- Que distancia hay entre su casa y de la Genaro. Contesto: Una calle diagonal al fondo de mi casa.- 3.- El funcionario que ingreso a su casa iba en un vehículo.-Contesto: Iba a pie,- 4.- Que fue de lo que se entero.- Contesto: De que habían allanado.- 5.- Mantiene contacto con los vecinos.- Contesto: Lo común cuando salgo y cuando entro.- 6.- Porque usted fue a declarar a la fiscalia.- Contesto: Porque me citaron.- 7.- Usted sabe porque esta detenido el Genaro. Contesto: Si lo que se comentaba en esos días porque había droga.- 8.-Que casa supo usted habían allanado.-Contesto: La casa del señor Genaro.- LA DEFENSA INTERROGA.- 1.- Que hora eran cuando el funcionario le pidió permiso para entrar a su casa.-Contesto: Como de once a once y media.- 2.- Que le manifiesta el funcionario que le dice para entrar a su casa.- Contesto: Que venia persiguiendo un delincuente.- 3.- Quien vive en la casa de señor Genaro. Contesto: Su mama el señor Genaro y su hermano.- 4.- El señor Genaro trabaja en su casa o en otro lado. Contesto: Solo se que trabaja que es un hombre trabajador.- EL TRIBUNAL INTERROGA. 1.-Quien vive en la casa.- Contesto: Su mama el señor Genaro y su hermano. Testimonio que no se le asigna valor probatorio por la contradicciones existente con lo manifestado por los funcionarios A.E.P.Y. y J.H.M.M. y los testigos presénciales en que cae el testigo con relación a los funcionarios actuantes W.U. Y HOWER E.R., e incluso con los testigos promovidos por la defensa I.J.A.M. BEXIELY CHIQUINQUIRA N.J.J.V.C., QUIENES NO REFIEREN NUNCA QUE LOS FUNCIONARIOS vinieran persiguiendo a un ciudadano cuando se introducen en la vivienda del acusado G.B., ya que los mismo hacen referencia a esto una vez que la defensa les pregunta y el único testigo G.S.R.J., quien en su relato refiere que observo un guardia nacional que estaba persiguiendo a un muchacho, al ser preguntado por el tribunal si observo alguna persona que venían persiguiendo, contesto, no la vi el guardia decía que venia persiguiendo alguien, razón por la cual a juicio de esta juzgadora el testimonio rendido por los ciudadanos I.J.A.M. BEXIELY CHIQUINQUIRA N.J.J.V.C. y G.S.R.J., fueron rendidos con el solo animo de exculpar al acusado llevados por la amistad que tiene con el acusado desde hace muchos años incluso algunos desde niños.

    De la declaración del ciudadano I.J.A.M., quien manifestó durante el debate oral y publico Sobre lo que paso el 14-02-2009 sobre un asunto de droga, el llego al centro en donde se iban a reunir, les dijeron que el señor Genaro se había ido para su casa porque había allanado su casa, se fueron para allá, y nos dijeron que nos alejáramos. Trajeron los perros antidroga y encontraron droga, quiero decir que el señor Genaro no vive allí el vive en lagunillas. A preguntas formuladas entre otras, contesto: Que hace usted al tener conocimiento de lo que sucede al señor Genaro.- Cuando llego a la casa de Genaro en donde estaba. Contesto: En su casa en el porche.-4.- Había alguna persona de civil .-Contesto: Si en el porche y otros funcionarios. Cuando llegaron los perros antidroga nos mandaron a retirar a todos del sitio, Pero yo me quede en la casa del lado pero allí no se ve nada.- Cuando usted se acerco a la casa de Genaro había algún perro antidroga.- Contesto: Cuando yo me acerque no habían llegado los perros antidroga, los vi cuando me mandaron a retira del sitio.- 2.- Cuado usted se acerco había funcionarios. Contesto: Si.Testimonio este que no le es asignado valor probatorio por cuanto el mismo cae en contradicción con los funcionarios actuantes en el procedimiento, con los testigo presénciales y con los testigos ofrecidos por la propia defensa, dado que en todo momento los restantes testigos hacen referencia a un perro y no a los perros como lo manifiesta el testigo I.A., así como también que el testigo no aporta nada en relación al hecho ya que el mismo no refiere haber observado cuando es encontrada la droga.

    De la declaración de la ciudadana BEXIELY CHIQUINQUIRA N.L., quien manifestó durante el debate oral y público, que casa estaba vacía no había nadie llegaron los Guardia y entonces fue a buscar a Genaro en una reunión del partido de Un nuevo Tiempo, que también había detenido a su esposo por averiguaciones. Un guardia se introdujo con un maletín negro en la casa luego salio.- Se metió con un perro como una hora.- Es todo”. Y a pregunta formulada por la defensa entre otras contesto, Usted vio a los guardia Nacionales persiguiendo a una persona.- Contesto: Si a un muchacho moreno delgado estaba vestido como de jeans con un suéter beige.- Usted exactamente donde estaba que vio todo.- Contesto: En frente de mi casa en donde tengo un centro de comunicaciones.-4. Que distancia existe entre su casa y la de Genaro.- Contesto: Seis casa de la misma vereda - Los funcionarios de la Guardia estaba uniformados o de civiles.- Contesto: Como seis o siete con uniformes.- Cuando regresa venia con algo saliendo de la casa.- Contesto. Llegaron se metieron abrieron la casa y empezaron a buscar en la casa los guardias nos sacaron nada dentro de la casa de Genaro. Usted vio cuando se metieron en la casa o le dijeron. Contesto: Yo vi.- El señor Genaro se encontraba allí cuando llegaron los guardias.- Contesto: No.- 9.- Quien además de Genaro vive en esa casa.-Contesto: Su mama y dos hermanos. Usted dice que vio que un funcionario saco algo que fue lo que saco. Contesto: Si un maletín negro.- 13.-Usted no llego a ver que contenía el maletín negro. Contesto: No. Desde cuando conoce al señor Genaro.- Contesto: Desde hace muchos años. Usted dice que la Guardia venia persiguiendo alguien. -Cuanto guardia se metieron en la casa.- Testimonio al cual esta juzgadora no le asigna valor probatorio por las contradicciones existentes, en primer lugar por que hace referencia a que los funcionarios iban persiguiendo a un joven, solo una vez que la defensa le hace la pregunta, al igual que el ciudadano J.V., quien es su esposo, quien igualmente hace referencia a que los funcionarios de la guardia venia persiguiendo a un muchacho al ser preguntado por la defensa, y en segundo lugar porque solo BEXIELY NAVARRO, J.V. Y G.R., son los que refieren los dos primero que los guardias bajan un maletín a la casa de Genaro y G.R. que sacan un bolso y lo introducen el la casa de Genaro, lo cual no es referido por los testigo del allanamiento ni por los restantes testigos, ofrecidos por la defensa E.D.J. ZAMBRANO E I.A., a los cuales el tribunal tampoco le asigna valor probatorio, por que a juicio de esta juzgadora los mismos fueron rendidos con el solo animo de exculpar al acusado llevados por la amistad que tiene con el acusado, por muchos años.

    De la declaración del ciudadano G.S.R.J., quien refirió durante su declaración que se encontraba parado en la esquina, observo un guardia nacional que estaba persiguiendo a un muchacho, al rato llego otro le pidió la cedula y le dijo que lo acompañara y le encerraron en el jeep, luego trajeron cinco mas al rato agarraron a los testigos. El señor Genaro estaba en el partido llego entro y lo agarro y lo presionaron allí adentro paso lo que paso los llevaron al comando a el lo soltaron. A preguntas formuladas entre otras contesto En que lugar se encontraba usted cuando vio a los funcionarios.- En la calle, En esa calle que ve Genaro había alguna persona.- Solo yo. Al muchacho lo detuvieron después.- Allí mismo. En donde estaba ese muchacho.- Iba saliendo de su casa.- Estaba solo.- Yo lo vi solo.- usted estaba el jeep cuando trajeron a los testigos.- Si ya lo habían soltado.- Genaro llego solo o acompañado cuando llegaron a la casa.- Hombres y dos mujeres. Alguna que estuviera embarazada.- No. Desde cuando conoce usted a Genaro. Desde hace años.- Cuantos testigos trajo la guardia nacional.- Cinco hombres. Alguno que conociera.- No. sabe porque detuvieron a Genaro.- Supuestamente por droga.- De que lado viene usted.- Yo estaba haciendo un trabajo en la esquina y vi que venia un carro demasiado duro y me asome.- Dentro del jeep en donde usted estaba que podría ver.- Dentro de la casa nada- Alguien acompaño a Genaro.- trataron de ingresar pero no la dejaron.- Cuanta personas había con el.- Como seis.- Como sabe que no consiguieron nada.- Porque sacan el bolsito del jeep y lo llevan para adentro Esas personas que iba con usted eran civiles.. Si civiles.- porque se lo lleva a usted al comando.- Por cedula.- Desde cuando conoce a usted a Genaro.- Desde hace años.- además de Genaro quien mas vive en esa casa.- Su mama y su hermana. Observo alguna persona que venían persiguiendo.- No la vi el guardia decía que venia persiguiendo alguien. Testimonio que es desechado por el tribunal por que el mismo es contradictorio ya que en su declaración refiere haber observado un guardia nacional que estaba persiguiendo a un muchacho, y a pregunta formulada contesto observo alguna persona que venían persiguiendo.- No la vi el guardia decía que venia persiguiendo alguien.

    De la Declaración de la ciudadana B.M.H.S. quien explico la experticia Química, de fecha 06-03-2009, signada con el Nro 9700-135-DT-544, suscrita por ella, en la que concluye son 479 porciones de color blanco envoltorio tipo pitillo, contentivo de cocaína forma de clorhidrato, con un peso de 21.77, GRAMOS, testimonio que es valorado por devenir de un experto facultado para la realización de la referida experticia, y por ser obtenida conforme a los artículos 197,198 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, así como el dictamen pericial por reunir los requisitos señalados en los articulo 238 y 239 Ejusdem, con lo cual quedo demostrada que la sustancia incautada en el procedimiento donde es detenido el acusado G.B., arrojo como resultado cocaína en forma de clorhidrato, con un peso de 21.77, GRAMOS

    De la declaración del ciudadano G.A.B., quien refirió que el día 14-02-2010 , hubo un allanamiento en la casa de su mama , ese día llegó a las 8:30am, se fue a la reunión del partido, que es inocente de todo lo que se le acusa por lo que quisiera que se hiciera un seguimiento, cuando llego la guardia a la casa lo fue a buscar la señora Navarro y le dijo que en la casa de su mama estaban haciendo un allanamiento, se fue para allá le pregunto al funcionario que al mando de quien estaba ese allanamiento que donde estaba la orden, y le dijo que el no tenia nada de eso que venia en una persecución.- Entonces le dijo al funcionario de apellido Castillo que trajeron los perros antidroga empezaron a buscar en la casa y por un ladrillo en un pasillo que une la casa de su mama con la del vecino encontraron la droga, luego empezaron a buscar dentro de la casa encontrados dos celulares uno de el y otro que era de una señora que fue su esposa revisaron toda la casa la guardia destrozo la nevera la lavadora autonómica e la parte posterior del fondo fue que encontraron eso. La revisión de la casa la hicieron con cuantos testigos.,- Contesto: Cuatro testigos, todos civiles.- Que otra persona de su familia estaba allí. Contesto. No había nadie.- Usted padece de alguna enfermedad.- Contesto: Diabético hipertenso.- 11.- Eso le genera un gasto.- Contesto: Como de doscientos bolívares.- 12.-Su mama padece de enfermedad.- Contesto: Hipertensa. 4.-Usted tiene cuentas bancarias-. Contesto: Banco Industrial de Venezuela.- La inspección lo hace cuantos perros.- Contesto: Un solo perro.- Alguna persona le dijo que había conseguido.- Contesto: El capitán dijo hay conseguimos droga.- 4.- Esa persona andaba uniformada-Contesto: si. Testimonio que es valorado por el tribunal por ser el mismo claro, y coincidir con lo manifestado por los testigos del allanamiento ciudadanos HOWER E.R. y W.U..

    Del Resultado de la experticia Química, de fecha 06-03-2009, signada con el Nro 9700-135-DT-544, suscrita por la experto Profesional IV LIc. Rainelda Fuenmayor y Experto Profesional II Dra. B.H., constante de un folio útil, la cual es valorada por este Tribunal en razón de que la misma es ratificada durante el debate oral y publico por la funcionaria que la suscribe Dra. B.H.

    Del acta Policial signada con el Nro CR3-D35-3RA.CIA-SIP :007, de fecha 14-02-2009, suscrita por lo funcionarios STTE CAÑIZALES F.A., SM1RA CAÑIZALES JOSE, SM1RA M.M.J., SM3 P.Y.A., adscrito a la tercera Compañía del destacamento Nro 35 del Comando Regional de la guardia Nacional Bolivariana, la cual es valorada por ser ratificada por los funcionarios que la suscriben P.Y.A. y M.M.J. durante el debate, y da fe del procedimiento realizado por ellos en una vivienda del Barrio Cuatricentenario,del estado Zulia, donde es detenido el acusado G.B..

    Todas las declaraciones adminiculadas entre si, conjuntamente con el acta policial y el resultado de la experticia Química, dan por comprobado que el día 14 de febrero del 2.009, funcionarios adscritos a la Tercera Compañía del Destacamento N° 35 del Comando Regional Nº 3, de la Guardia Nacional, allanaron una vivienda ubicada en el barrio Cuatricentenario avenida 66B, primera etapa, Maracaibo Estado Zulia, con las siguientes características; casa de color rosado, fachada frente de rejas blancas, en la cual es incautada en el patio de la misma 21.77 GRAMOS de COCAINA, siendo detenido el ciudadano quien fue identificado como B.G.A., con la declaración de los funcionarios A.E.P.Y. y J.H.M.M., adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana, funcionarios actuantes en el allanamiento de la vivienda donde es encontrada la droga, quienes afirman que encuentran la droga en la parte de afuera de la casa donde vive el ciudadano G.B., con la declaración de la funcionaria B.M.H.S., quien explico la experticia botánica realizada por su persona la cual arrojo que se trata de 21,77 GRAMOS de COCAINA CLORHIDRATO, no así la responsabilidad penal del acusado G.B., ya que si bien es cierto los ciudadanos W.A.U.M. y HOWER E.R.M., son claros en manifestar que fueron tomados por los funcionarios de la Guardia Nacional como testigos del allanamiento que realizarían en la residencia ubicada en el barrio Cuatricentenario avenida 66B, primera etapa, Maracaibo Estado Zulia, y que observaron como al traer el guía can , se logro encontrar cierta cantidad de droga contenida en empaques tipo pitillos, en un ladrillo en el patio de la casa del acusado del lado derecho, corroborando lo manifestado por los funcionarios actuantes, no es menos cierto que la cantidad de droga incautada, se encontró en la parte de afuera de la casa, en donde se encontraban los funcionarios de la guardia nacional antes que llegaran los testigo, ya que ambos refieren que al llegar a la residencia del acusado los guardia se encontraban en la casa en el porche, aunado a eso al ser revisada el interior de la residencia ya en presencia de los testigos no se encontró ningún tipo de instrumentos o materiales que hagan presumir la participación del acusado en el hecho imputado, tales como empaques plásticos (pitillos), peso, así como tampoco fue presentada relación de llamadas que vinculen al acusado con la actividad delictiva que le es imputada por el Ministerio Publico pese a que fueran incautado el teléfono celular del acusado, o cuentas bancarias en la que pueda apreciarse deposito de cantidades de dinero producto de una activada ilícita como lo es el trafico ilícito de sustancias estupefacientes, imputado por el Ministerio Publico, adminiculado a que el propio acusado solicita sea traído el guía Can, como se desprende del testimonio de los dos testigos presénciales del allanamiento, llamando la atención a esta Juzgadora que el acusado durante su declaración no niega que la droga fuese encontrada por el contrario afirma que fue encontrada en un pasillo que une la casa de su mama con la del vecino, existiendo por ende una carencia probatoria impidiéndole la búsqueda de la verdad , no existiendo por ende la certeza de que ciertamente la droga fuera del acusado, ni la responsabilidad del acusado G.B., en razón que los testigos presénciales ciudadanos HOWER RINCÓN MORALES y W.A.U.M., llegaron al allanamiento luego que los funcionarios se encontraran en el patio de la casa, en el porche, encontrándose la droga en el patio de la casa en el cual podía haber ingresado cualquier persona toda vez que del propio testimonio de los funcionarios actuantes en el procedimiento se desprende que al llegar al sitio el portón se encontraba abierto, y en virtud de que la Fiscalia no logro desvirtuar lo alegado por el acusado que no residía en la vivienda donde fuera encontrada la droga , alegato que el mismo a refirió desde el momento de su presentación, ante el tribunal de Control todo lo cual crea duda a esta juzgadora , siendo procedente la aplicación del principio del In dubio Pro reo.

    En este sentido, una vez valorado los medios de pruebas y todas las circunstancias de hecho y de derecho surgidas del debate, este Tribunal Unipersonal, concluye , que no existen medios de pruebas suficientes que permitan acreditar con certeza la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS ARTICULO 31 TERCERA PARTE DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE TRÁFICO ILÍCITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES PSICOTRÓPICAS, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO que origino la apertura del presente juicio, y mucho menos la responsabilidad del hoy acusado.

    Es doctrina que los medios de pruebas validos para desvirtuar la presunción de inocencia son las practicadas en juicio oral y publico, pues el procedimiento probatorio a de tener lugar en el debate contradictorio que en forma oral se desarrolla ante el mismo juez que ha de dictar la sentencia aunado a que no existe total claridad, en el procedimiento realizado por los funcionarios actuantes , toda vez que los testigos llegan a la residencia allanada posterior a los funcionarios de la guardia Nacional, quienes ya se encontraban en el patio de la casa, aunado a que no se encuentra durante el procedimiento instrumento que hagan presumir la participación del acusado en el hecho imputado, creando dudas a esta juzgadora el hecho que el acusado refiere que no residía en la vivienda donde es incautada la droga, lo cual no fue desvirtuado por la Fiscalia del Ministerio Publico, pese a que el acusado a manifestado no vivir en dicha vivienda desde la declaración rendida durante la presentación ante el juez de Control de este Circuito Judicial Penal, todo lo cual crea duda a esta juzgadora, quedando en la esfera de la suposición la conducta desplegada por el acusados lo que impide legalmente subsumirla en la referida norma penal.

    Examinado como ha sido el acerbo probatorio recibido y decantado en el proceso, se observa que respecto a la responsabilidad del acusado en el delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS ARTICULO 31 TERCERA PARTE DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE TRÁFICO ILÍCITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES PSICOTRÓPICAS, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, no existe indicios de su responsabilidad, resultando incongruente con los hechos debatidos; No presentándose pruebas contundentes para determinar la responsabilidad del acusado G.B..

    Ante lo expuesto , el acusados gozan de la garantía constitucional y legal de Presunción de Inocencia, previsto en el articulo 49.2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del articulo 8 del Código Orgánico Procesal Penal, de manera que el acusado no está llamado en el actual sistema acusatorio a demostrar su exculpación, sino por el contrario es al Ministerio Publico como titular de acción penal y autor del acto conclusivo de la Acusación, quien deberá demostrar mas allá de toda duda en una Audiencia Oral, los fundamentos de su imputación para lograr el convencimiento del Tribunal y concluir con una declaratoria de certeza consona con los medios de prueba aportados y debatidos.

    Del análisis de todos los medios de prueba debatidos en juicio para establecer la relación de causalidad entre el delito y los acusados y determinar su responsabilidad penal, queda acreditado en el juicio la imposibilidad por parte del Ministerio Publico de demostrar el sustento de su acusación, existiendo insuficiencia probatoria de la participación del acusado en los hechos, lo cual sembró dudas razonable.

    Siguiendo con lo expuesto considera este Tribunal Unipersonal, que si bien es cierto durante el debate se ventilaron situaciones que no quedaron claras, no es menos cierto que la presente decisión se toma en consideración a las pruebas traídas al juicio, para llegar de esta manera a una verdad procesal, por lo que, ante la imposibilidad de Ministerio Público de probar la relación de causalidad o vinculación del acusado con el delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS ARTICULO 31 TERCERA PARTE DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE TRÁFICO ILÍCITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES PSICOTRÓPICAS, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, por lo que fue presentada formal acusación, se produce la ausencia objetiva de la participación del acusado y persiste el principio de presunción de inocencia, y en consecuencia, este Tribunal UNIPERSONAL , considera que la presente sentencia debe ser ABSOLUTORIA, de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

    DISPOSITIVA

    Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como TRIBUNAL UNIPERSONAL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento ABSUELVE al acusado G.A.B.V., natural de Maracaibo Estado Zulia de 38 años de edad, estado civil SOLTERO fecha de Nacimiento 16-06-71, portador de la cedula de identidad No V-13.175.571, hijo de residenciado G.A.V. (v) y S.J.B. (v), residenciado en Municipio S.r. a dos casas de la manga de coleo al fondo de los bomberos Estado Zulia por el delito de DISTRIBUCCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 en su tercer aparte cometido en perjuicio del Estado Venezolano, quien se encontraba bajo arresto domiciliario, en consecuencia, se acordó la libertad inmediata y el retiro de la custodia policial impuesta por este Juzgado de Juicio.

    El tribunal se acogió al lapso previsto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, para la publicación del texto íntegro de la Sentencia, dado lo avanzado de la hora. La parte dispositiva de la anterior sentencia fue leída el día 22 de Julio 2010, en la Sala de Audiencias No. 05 del Palacio de Justicia de esta ciudad.

    Publíquese y Regístrese la presente sentencia, déjese copia certificada en los archivos de este Despacho

    Dada Firmada y Sellado en Maracaibo a los cinco días del mes de agosto de dos mil Diez. Años 200° de la Independencia y 151° de la federación.

    LA JUEZ CUARTA DE JUICIO,

    ABOG. RUBIS G.V.

    LA SECRETARIA

    ABOG. VERONICA VALBUENA

    En la misma fecha se publicó el fallo que antecede y se registró bajo el Nº. 043-10 en el libro de Sentencias Definitivas llevado por este Tribunal en el presente año.-

    LA SECRETARIA

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