Decisión de Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Lara (Extensión Barquisimeto), de 18 de Junio de 2012

Fecha de Resolución18 de Junio de 2012
EmisorJuzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteRosalux Galindez Mujica
ProcedimientoCobro De Pretaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO: KP02-L-2007-002072

PARTE ACTORA: GERANIO A.M., M.M.T., J.V.C.Y., J.B.C., R.M., H.A.G., J.R.A.C., J.F.G., J.C.C.C., J.G.T., R.O.D.L., J.J.C. y J.A.M.C., venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 2.597.388, 9.572.279, 1.762.176, 7.464.490, 2.593.725, 1.766.865, 7.450.029, 5.438.375, 10.122.438, 10.957.939, 1.768.722, 2.592.616, 10.127.366, 3.786.077, 4.410.755, 7.986.604, 3.784.355, 2.602.917, 1.768.197, 7.988.163, 7.457.602, 5.436.091, 1.763.613, 2.598.115 y 1.105.657, respectivamente.

ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: MAURIMAR A.M., I.C.A.M. y A.V.C., inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 89.283, 108.860 y 90.349, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: AGROPECUARIA BORO S.T., C.A. y solidariamente el ciudadano R.I.M.D.O..

APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: HEIMOLD A.S.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 48.126.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy 14 de Junio de 2012 siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil R.M., la parte la actora no compareció por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que por la parte demandada compareció el apoderado judicial, abogado HEIMOLD A.S.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 48.126, quien consigna original y copia simple de instrumento poder que acredita su representación a los fines de la certificación de la copia y de la posterior devolución del original. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.

La Juez Temporal

Abg. Rosalux Galíndez Mujica

La Secretaria

Abg. Marlyn Principal

Parte demandada El Alguacil

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