Sentencia nº 376 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 28 de Mayo de 2014
Fecha de Resolución | 28 de Mayo de 2014 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
Auto acordando las copias certificadas
G.J.R. y W.P., apoderados de la Junta Electoral Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA-ZULIA) y por el ciudadano GUALBERTO MÁS Y R.P., invocando el carácter de Presidente del Comité Directivo Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia, mediante el cual se oponen a la medida cautelar acordada por Sentencia N° 1 de fecha 06 de febrero de 2013.
Visto el escrito presentado en fecha 15-05-2014 por el abogado W.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Electoral Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA), mediante el cual solicitó copia certificada de los documentos que cursan a los folios 5.500 al 5.530, cinco mil 5.493 al 5.499 con su respectiva certificación, 5.732 al 5.933 del anexo 5 y 5.531 al 5.731 del anexo 6 del expediente, esta Sala ACORDÓ expedir su certificación por cursar en copia certificada.
Juzgado de Sustanciación ----VLEX----
Caracas, 28 de mayo de 2014
204º y 155º
Visto el escrito presentado en fecha 15 de mayo de 2014 por el abogado W.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Electoral Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA), mediante el cual solicitó copia certificada de los documentos que cursan a los folios cinco mil quinientos (5.500) al cinco mil quinientos treinta (5.530), cinco mil cuatrocientos noventa y tres (5.493) al cinco mil cuatrocientos noventa y nueve (5.499) con su respectiva certificación, cinco mil setecientos treinta y dos (5.732) al cinco mil novecientos treinta y tres (5.933) del anexo 5 y cinco mil quinientos treinta y uno (5.531) al cinco mil setecientos treinta y uno (5.731) del anexo 6 del expediente, esta Sala ACUERDA expedir su certificación por cursar en copia certificada.
Expídase por Secretaría las copias ordenadas con inserción de la solicitud y del presente auto; todo lo antes expresado se realiza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 numeral 16 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 112 del Código de Procedimiento Civil.
El Presidente,
F.R. VEGAS TORREALBA
La Secretaria,
P.C.G.
EXP. N°AA70-X-2013-000001
FRVT/pc