Decisión nº 1 de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Merida (Extensión Mérida), de 25 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución25 de Mayo de 2010
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteGladys Yolanda Jaspe de Ocando
ProcedimientoSeparación De Cuerpos

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 02. MÉRIDA, VEINTICINCO DE M.D.D.M.D..------------------------------

199º Y 151º

Visto el escrito de Separación de Cuerpos, de los ciudadanos: J.G.V.P. y N.J.M.P., venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-15.296.093 y V.-15.921.659, en su orden, domiciliados en M.E.M., y el Juez después de haber hecho a los exponentes las advertencias y consideraciones necesarias para mantener el matrimonio, sin haberlo logrado, acuerda proceder con arreglo a lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código Civil y el Artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, y como los exponentes dicen que es su propósito es separarse de cuerpos, declara consumada dicha separación y suspendida entre ellos la vida en común, quedando en vigencia el Régimen Familiar y Económico que se han impuesto. Expídanse por secretaría sendas copias certificadas de la manifestación y del presente auto para ser entregados a cada uno de los interesados. CÚMPLASE.

LA JUEZA TITULAR Nº 02

ABOG. G.Y.J.

LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. YELIMAR V.M.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

Sria.

Jaa

Exp. 23740

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