Decisión de Corte de Apelaciones de Apure, de 17 de Junio de 2004

Fecha de Resolución17 de Junio de 2004
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteMariela Trinidad Casado Acero
ProcedimientoApelacion Por Decretarse Sobreseimiento

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE

CORTE DE APELACIONES

San F. deA., 17 de junio de 2004.-

194° y 145°

PONENTE: DRA. M.C.A.

CAUSA PENAL: N ° 1Aa-840-04

IMPUTADOS: F.J.I.P. y J.A.A.A..

VICTIMA: J.A.A.A. y

R.I..

ASUNTO: SOBRESEIMIENTO.

APODERADO JUDICIAL : DEL CIUDADANO: J.A.A., ABOGADA S.A..

DEFENSOR PRIVADO: ABOGADO A.R.M.L.

MINISTERIO PÚBLICO:

ABOGADA V.M.R.C..

PROCEDENCIA: TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE.

MOTIVO: APELACIÓN DE AUTO.

I

Corresponde a esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, conocer y resolver los Recursos de Apelación interpuestos por los abogados: A.R.M.L. en su condición de Defensor del ciudadano F.G.I.P., y S.A. como apoderada Judicial del ciudadano J.A.A.A., ambas partes debidamente identificadas en las actuaciones signadas con el N° 2C-952-04, procediendo contra el auto que se produjera en Audiencia Especial celebrada en fecha 10 de Mayo de 2.004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado, en la que, entre otras consideraciones declaró con lugar el Sobreseimiento de la presente causa contra las personas de: F.G.I.P. por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves, y de, J.A.A.A. por la presunta comisión del delito de Ultraje al Pudor Público en perjuicio de R.I..

DE LA DECISIÓN IMPUGNADA

Del folio 352 al folio 358 del legajo de actuaciones en copias certificadas, riela el escrito del Tribunal A quo, cuya dispositiva es del tenor siguiente:

(Omissis)… Declara:…

…(Omissis)…El Sobreseimiento de la causa seguida al Ciudadano F.J.I.P.,…por el delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser punible su acción de conformidad con lo establecido en el artículo 65 ejusdem,…en perjuicio de J.A.A.A.,… Todo ello conforme al artículo 318 numeral segundo del Código Orgánico Procesal Penal.

…(Omissis)… El sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano J.A.A. ACOSTA…por la presunta comisión del delito de ULTRAGE AL PUDOR PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 382 del Código Penal Venezolano, en prejuicio de la menor R.I. MÁRQUEZ, por no existir razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no haber bases sólidas para solicitar su enjuiciamiento; de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 4to.del Código Orgánico Procesal Penal.

…(Omissis)…Sin lugar la solicitud de la Defensa de J.A.A., de que se deseche la solicitud de sobreseimiento de F.I.P., debido a que no fueron señalados los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE TENTATIVA INACABADA y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO.

…(Omissis)… Innecesario pronunciarse sobre la solicitud de prescripción pedida por la defensa de F.I.P..

…(Omissis)…Remítanse las actuaciones al Archivo Judicial en la oportunidad de ley. …(Omissis)…

II

Ahora bien, en ejercicio legal de sus funciones, los abogados A.R.M.L. en su condición de Defensor del ciudadano F.G.I.P., y S.A. como apoderada Judicial del ciudadano J.A.A.A., presentan escrito recursivo, ambos dentro del lapso legal según se evidencia del computo practicado por secretaría en fecha 28-05-04, inserto al folio 354.

DEL PRIMER RECURSO DE APELACIÓN

En fecha 17-05-2.004, la abogada S.A. interpuso Recurso de Apelación a las 12:10 p.m. ante el Área de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, siendo recibido a las 2:20 p.m. del mismo día por ante el Tribunal Segundo de Control.

En su escrito de apelación aduce la recurrente, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 325, 439, ordinal 1 y 440 del Código Orgánico Procesal Penal acude ante el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure a fin de interponer Recurso de Apelación contra la decisión de fecha 10 de Mayo de 2.004, dictada en la causa 2C-952-02, en la que, se declaró el sobreseimiento solicitado tanto por la vindicta pública como por la defensa del ciudadano F.G.I.P.. Explana la recurrente en su escrito lo siguiente:

(Omissis)… acudimos ante su competente autoridad a los fines de interponer Recurso Apelación, contra la sentencia…de fecha 10 de mayo de 2.004…en la cual se declaró totalmente con lugar la petición de sobreseimiento intentada por la Fiscal….así como la solicitud de la defensa del ciudadano F.J.I. Pereira…y en la cual se desestimaron totalmente los alegatos y las peticiones realizadas por esta representación judicial, en el sentido de que se desechara parcialmente la petición de la Fiscal, dejando subsistir los hechos imputados al ciudadano F.I. Pereira….(omissis)…

… la parte que presumimos es el dispositivo del fallo impugnado…que…declara sobreseída la causa seguida al ciudadano F.G.I.P., por la comisión del delito de LESIONES LEVES,….por cuanto la acción de éste ciudadano está excusada por las causales de no punibilidad previstas en el artículo 65 ejusdem. …la recurrida no señala…cual de los cuatro supuestos establecidos en la precitada norma, es el que opera para dar justificación… (omissis)…

…en la motiva de la sentencia…señala en el punto 1, sexto aparte, que el ciudadano F.I., actúo de conformidad con lo previsto en el ordinal 1°, artículo 65 del Código penal, esto es, el cumplimiento de un deber o en ejercicio legitimo de un derecho, y dice…que la conducta del imputado se subsume perfectamente en dicha causal de justificación, pues actúo el imputado en cumplimiento del deber de padre…(omissis)…

…debemos impugnar este punto de la sentencia, por los motivos que expusimos en la audiencia llevada a cabo para decidir el sobreseimiento,… y que aquí reproducimos:…(omissis)…

…En primer lugar, señalamos en la audiencia y en escrito presentado ante el Tribunal…que…la conducta desplegada por el ciudadano F.G.I.P.,…se desprende la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA INACABADA; y en ningún caso, la comisión del delito de LESIONES LEVES, que pretendió hacer ver la representación Fiscal. …artículo 407 del Código Penal…concordado con el segundo párrafo del artículo 80 ejusdem, la primera de estas normas exige como requisito para la configuración del tipo penal la conducta voluntaria del agente encaminado a dar muerte al sujeto pasivo del delito;…A su vez, señala el párrafo 2° del artículo 80, los requisitos para la tentativa inacaba de cualquier delito de los que la admitan; así se exige, que el agente haya iniciado la ejecución del mismo y que no haya podido consumarlo por causas ajenas a su voluntad…pero además se debe tomar en cuenta, cosa que no se hizo en la recurrida, a efectos de determinar cuál era la verdadera intención del agente del delito, el número de las lesiones…la ubicación …la gravedad de la misma, los medios empleados y finalmente los comentarios manifestados por el agresor antes, durante y después de la comisión del hecho punible.

…riela a los folios 1 y 2… denuncia presentada por el ciudadano J.A.A., ante la División de Investigaciones Penales de la Guardia Nacional,…en la cual señala que fue agredido por el imputado, quien le golpeó salvajemente con sus manos y arma de fuego, diciéndole que le iba a matar.

… riela … del folio 7 al 10 la declaración testimonial del ciudadano P.J.R.C.,…quien señaló que vio a la victima en el suelo, mientras era golpeado por el imputado …(Omissis)…

Riela … folios 16 al 18 del expediente la testimonial rendida por el ciudadano J.G.C.A., quien presenció los hechos en los cuales el imputado intentó dar muerte al ciudadano J.A.A. y señaló que el mismo lo tenía apuntado con una pistola…(omissis)…

Riela … folios 22 al 24 del expediente la declaración rendida por el hermano de la víctima Ciudadano M.E.A.A., quien señala que en conversación posterior… F.I. Pereira… le señaló que no lo había matado de “vaina”.

…a los folios 25,26 y 27…la declaración del Ciudadano J.M.M. delM., …en conversación…posterior a los hechos… que… no había matado a nuestro defendido de “broma” y … les mostró el arma …(omissis)…

Consta en el folio 36 al 39 la declaración del Ciudadano N.C.B.H., quien señaló que vio cuando el imputado se bajo de su camioneta, tomó del cuello a J.A., comenzó a golpearlo…(omissis)…

Esto también…hace evidente…el uso del arma de fuego, que si bien no logró accionar, tuvo la intención y la disposición de hacerlo,… (omissis)…Es menester señalar que el imputado no logró accionar el arma, sólo porque fue interrumpido por su hija, quien se bajó de la camioneta a pedirle se calmara. Nos preguntamos, si la intención del imputado no era utilizar el arma…¿ Por qué la bajó del auto ? ¿ Por qué apuntó a la víctima ?...(omissis)…Estas consideraciones que hemos señalado, hacen creer a esta representación judicial, que la intención del Ciudadano Freddy …Ibáñez …. No era otra distinta a la de dar muerte a J.A., intención que no logró cristalizarse…(omissis) Imaginamos que actúo el imputado, valiéndose o pretendiendo valerse, de la impunidad que al parecer cree, le brinda el hecho de ser Alcalde de San F. deA.. …(omissis)…También señalamos en la audiencia que de la conducta desplegada por el ciudadano…no se desprende sólo la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE TENTATIVA INACABADA. …(omissis)… incurrió en el delito de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO.

Señala la sentencia impugnada,…estuvo justificada por lo previsto en el artículo 65 del Código Penal, sin señalar…cuál de sus supuestos previstos en esa norma se acoge. Sin embargo, en la motiva del fallo dice que la conducta desplegada por el imputado está justificada por la causal de no punibilidad prevista en el ordinal 1° de ese artículo. …(omissis)… En la… audiencia celebrada para decidir el sobreseimiento … dejó claro cuales son los límites para que opere esta causal de no punibilidad…(omissis)…señalamos … porque no procede la causal de justificación alegada por la Fiscalía y la defensa y ahora acogida por la sentencia impugnada; .... (omissis)… es el caso que exige el Código para que opere la no punibilidad que la conducta no supere o traspase los límites legales. …(omissis)…En el caso de autos, el padre supuestamente actúo en cumplimiento del deber de cuidado, repeliendo la supuesta agresión que había sufrido su menor hija…

Si analizamos los hechos, tal como son presentados por el imputado, su familia, su defensa, la representación fiscal y por la sentencia impugnada, . …(omissis)…que esa noche en el interior de la Farmacia “Don Villa” nuestro defendido J.A.A.A., supuestamente le dijo palabras obscenas a la menor…no habiendo testigos de esto, . …(omissis)… la niña se dirigió llorando… les contó lo que supuestamente sucedió…Luego,…el padre tomó su arma de fuego,…vemos claramente que la misma no se desprende la configuración de causal de justificación alguna. …pues, si… agredió a la menor R.I.-lo cual negamos de plano… la menor se encontraba a salvo de la acción del “agresor”, por encontrarse junto a sus padres….No se configura entonces, de ninguna forma la causal de no punibilidad prevista en el ordinal 1°, del artículo 65 del Código Penal, por cuanto la misma exige que la agresión a la que estaba supuestamente sometida la menor, fuera inminente…momento en que su padre quiso repelerla con su accionar… por lo anterior consideramos…causal de justificación…mucho menos ha debido la representación de la fiscalía pedir el sobreseimiento….por cuanto es imposible probar la comisión del delito que se le imputó. . …(omissis)…forzosamente, nos preguntamos: ¿que especie de sentencia es esta tan contradictoria? ¿ Cómo basarse la exención de la responsabilidad penal a un individuo, sobre hechos que no están demostrado en el expediente, tanto así que la fiscalía pidió su sobreseimiento por dicha causa y el Tribunal la acordó?... el ciudadano Freddy…Ibáñez… por cualquier motivo distinto al de vengar una agresión sufrida por su hija, cosa que no ocurrió; quién sabe si el motivo fue fútil, si lo hizo porque es un padre celoso, o movido porque la víctima es pariente de quien en el pasado, había tenido un noviazgo no consentido por él, con su hija mayor, o si actúo movido por la prepotencia … En tal sentido solicitamos: …se admita el presente recurso…se…revoque el sobreseimiento…Que acoja los señalamientos hechos por esta representación judicial en los cuales describimos los delitos cometidos por el ciudadano F.I. Pereira…. …(omissis)…

DEL SEGUNDO RECURSO DE APELACIÓN

En fecha 17-05-2.004, el abogado A.R.M.L. interpuso Recurso de Apelación a las 2:45 p.m. ante el Área de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, siendo recibido a las 3:15 p.m. del mismo día por ante el Tribunal Segundo de Control.

Aduce la defensa en su escrito de apelación, que ocurre ante el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure contra la decisión de fecha 10 de Mayo de 2.004, sólo contra el Punto Cuarto, en el que, el A quo consideró innecesario pronunciarse sobre la solicitud de prescripción solicitada por él, por lo que fundamenta su escrito de conformidad con lo establecido en el artículo 447 ordinales 2° y 5° del Código Orgánico Procesal Penal de manera clara y categórica lo siguiente:

“(Omissis)…

Por escrito del 9 de marzo de 2004, la Fiscalía Cuarta…solicitó…el sobreseimiento de la causa seguida contra mi defendido F.I., por el delio de lesiones leves …(omissis)…Por escrito de fecha 22 de marzo de 2004, pedía que este Juzgado acogiera de oficio la solicitud de sobreseimiento por prescripción, del delito imputado de lesiones leves…(omissis)… En el punto 4 del auto de sobreseimiento de fecha 10 de mayo de 2004, este Juzgado consideró innecesario pronunciarse sobre la prescripción solicitada, en virtud del sobreseimiento acordado.

Como hecho esencial a esta apelación alego el hecho que se le imputó a F.I.,…delito de lesiones leves …(omissis)… la Fiscalía dice, que existiendo lesiones con 8 días de incapacidad, el hecho se tipifica en el artículo 418 del Código Penal que consagra las lesiones leves; que sanciona como lesión la enfermedad o incapacidad que duren menos de 10 días, con una pena de arresto de 3 a 12 meses. …(omissis)…Por ello, se concluye que el hecho imputado es de lesiones leves…fundamento para solicitar el sobreseimiento de la causa por prescripción para que sea declarada de oficio; hecho no controvertido en juicio. …(omissis)… Existiendo lesiones con 8 días de incapacidad…con una pena de arresto de 3 a 6 meses, siendo el término medio 4 meses y 15 días. Por mandato del artículo 108, ordinal 6 del Código Penal, la prescripción de los hechos punibles, para la pena de arresto por un tiempo de 1 a 6 meses, es de un año; como es el caso de autos.

Desde el día 28 de Julio de 2001 a la presente fecha ha transcurrido un tiempo de 2 años, 7 meses y 22 días, consumándose la prescripción ordinaria de 1 año, y también la prescripción extraordinaria o judicial, que es la de un año más la mitad, es decir, 1 año y 6 meses, por mandato del artículo 110 primer aparte del Código Penal……(omissis)…este Tribunal de Control… certificó este lapso de la siguiente manera...han trascurrido en este Tribunal, DOS (2) AÑOS, OCHO (8) MESES y CATORCE (14) DÍAS CONTINUOS. …(omissis)…Por los fundamentos expuestos, lo procedente es solicitar la extinción de la acción penal por prescripción, por mandato del artículo 48, ordinal 8° del COPP, lo que es causal de sobreseimiento, por mandato del artículo 318, ordinal 3, primer supuesto ejusdem. …(omissis)…Por ello, es procedente que la Corte de oficio decrete el sobreseimiento de la causa por prescripción, por aplicación del artículo 321 del COPP.

Alego que cuando el a quo no declaró la existencia de la prescripción judicial o extraordinaria (tiempo de prescripción ordinaria y la mitad: 1 año y 6 meses), violó por falta de aplicación, el artículo 110 primer aparte,…de ahí el fundamento y motivo de la apelación.

También violó por falta de aplicación los artículos 48, ordinal 8; 318, ordinal 3 y 321 del COPP, que ordena al Tribunal decretar el sobreseimiento de oficio y de que la prescripción penal, solo la renuncia el imputado, …(omissis)…Pido sean desechados lo alegatos de la defensa de J.A., quien al momento de la audiencia especial, pretendió encuadrar los hechos de lesiones leves a Homicidio Intencional en Grado de Tentativa y Uso Indebido de Arma de Fuego; porque sencillamente la defensa técnica no tiene la potestad de calificar el delito, ya que es el Ministerio Público quien tiene el monopolio único y excluyente de tipificar y calificar los hechos, y en la presente causa…lo tipificó como lesiones leves … y el arma tenía porte lícito. Por ello, no procede tal calificación……(omissis)…

A los fines de esta apelación pido al Tribunal se acuerde certificar y compulsar por secretaría declaración de J.A.…denuncia de F.I.….Informe Medico Legal, practicado a J.A.,…solicitud del sobreseimiento de fecha 9 de marzo de 2004…actuaciones de certificación de computo…auto de sobreseimiento, publicado el 10 de mayo de 2004…(omissis)…

Con estas pruebas pretendo demostrar y demuestro que e hecho ocurrió el día 28 de julio de 2001 y que hasta el día 12 de abril de 2004, transcurrió un tiempo de 2 años, 8 meses y 14 días continuos; y que el hecho…lesiones leves, que tiene un lapso de prescripción judicial de un año y seis meses, por mandato del artículo 110, primer aparte del Código Penal.

Alego que el artículo 447, ordinales 2 y 5 del COPP, en que fundamento la apelación de autos, se aplica…en virtud de que el sobreseimiento por prescripción constituye una excepción que se puede alegar de oficio, …el no declarar la prescripción le causa …un gravamen irreparable……(omissis)…

Alego que el imputado F.I. ha sido diligente en esta causa al extremo de impulsar el proceso y pedir práctica de actuaciones….…(omissis)…Por todos los fundamentos expuestos, pido…Admita la presente apelación…Entre a conocer el fondo del Recurso de Apelación y decrete el sobreseimiento por prescripción, Declare con lugar la apelación…. (omissis)…

IV

En fecha 17-05-04, el Tribunal Segundo de Control acordó emplazar a las partes, Abogados: S.A., Fiscal Cuarta del Ministerio Público, Alexis Rafael Moreno, para que al recibo de la boleta de emplazamiento conforme al artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal diera contestación a los recursos de apelación interpuestos por la Apoderada Judicial S.A. y el Defensor A.M..

DEL PRIMER ESCRITO DE CONTESTACIÓN

En fecha 19-05-2.004, se dio por emplazado, el Abogado A.R.M.L., defensor del Ciudadano F.I.P., quien ejerciera contestación del Recurso en fecha 24-05-2.004, bajo las consideraciones siguientes:

…(Omissis)… INADMISIBILIDAD DE LA APELACIÓN …(omissis)… DÍA 17 DE MAYO DE 2004…POR ESTAR FUNDAMENTADA EN NORMAS DEROGADAS, PARA QUE SEAN DECIDIDAS COMO PUNTO PREVIO AL FONDO. El ciudadano J.A., apela de la decisión del 10 de mayo de 2004, que le sobreseyó la causa…(Omissis)…

La decisión de sobreseimiento de este Tribunal, obedece a que la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público…le pidió el sobreseimiento de la causa, conforme al artículo 318, ordinal 4° del COPP. …(Omissis)…

La apelación …es inadmisible, por cuanto los artículos 325, 439 ordinal 1° y 440 del COPP, están derogados y no corresponden a ninguna fundamentación legal de las establecidas en la reforma del Código Orgánico Procesal Penal…DE LA DECLARATORIA SIN LUGAR DE LA APELACIÓN EJERCIDA POR J.A., POR CUANTO LA SENTENCIA QUE PRETENDE APELAR LE ES FAVORABLE, AL DECRETÁRSELE EL SOBRESEMIENTO DE LA CAUSA QUE SE LE SIGUE, Y EN DERECHO NADIE PUEDE APELAR DE LA DECISIÓN QUE LE ES FAVORABLE. …(Omissis)… La Fiscalía solicitó a su favor dicho sobreseimiento…El artículo 49, ordinal 1° de la Constitución, en la parte final,… toda persona culpable tiene derecho a recurrir del fallo…el recurrente J.A., no se le declaró culpable,… por lo que no tiene fundamento ni hecho ni derecho para recurrir del fallo referido. …(omissis)…DE LOS HECHOS IMPUTADOS A F.I.…Está plenamente demostrado en autos que los hechos que se le imputan al ciudadano…es el de lesiones leves, contemplado en el artículo 418 del Código Penal,… expediente, donde claramente se establece un único informe sin secuelas, en donde el tiempo de incapacidad es de 8 días, es decir menos de 10 días, fuera de ello no existe ninguna otra prueba que desvirtúe tal calificación…(omissis)…Este criterio es acogido por el Fiscal del Ministerio Público, cuando también le pide el sobreseimiento de la causa a F.I., al decir que: “…consagra las lesiones leves; que sanciona como lesión la enfermedad o incapacidad que duren menos de 10 días, con una pena de arresto de 3 a 12 meses”…(omissis)…en materia penal el monopolio del ejercicio de la acción penal le corresponde al Ministerio Público…y sólo al Ministerio Público calificar el delito, y no le corresponde calificarlo por ningún motivo a los particuales…(omissis)…DE LA TOTAL Y ABSOLUTA INEXISTENCIA DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA INACABADA…Y EL DE USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO Y DE LA FALTA TITULARIDAD PARA CALIFICAR LOS DELITOS…(omissis)…Está demostrado en autos, que JESÚS AGUILERA…pretende que se le dé la calificación de homicidio intencional en grado de tentativa inacabada y uso indebido de arma de fuego, lo cual es total y absolutamente improcedente…(omissis)…el artículo 285 ordinal 4° de la Constitución Nacional, da el mopolio y la titularidad de la acción penal , única y exclusivamente al Fiscal del Ministerio Público, por lo que no pueden los particulares…dar calificación penal….(omissis)…DEL CRITERIO SOSTENIDO POR EL MINISTERIO PÚBLICO Y POR EL JUZGADO DE CONTROL, PARA DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO A FAVOR DE F.I. PEREIRA….(omissis)…En efecto, el padre F.I., actúo cumpliendo con su deber de padre …sino que también actúo en la legitima necesidad de salvar a su hija del ataque al pudor, de que en ese momento estaba siendo objeto, lo que en la sana ciencia penal y en estricta moral familiar el artículo 65, ordinales 1° y 4° del Código Penal, le quita el carácter punible…de ahí que está ajustado a los hechos y al derecho el criterio Fiscal y de este Tribunal, cuando solicitó y acordó el sobreseimiento de la causa a favor de F.I., conforme al artículo 318, ordinal del COPP…(omissis)…pretende el apelante J.A., que la Corte de Apelaciones …. Se le revoque el sobreseimiento al ciudadano F.I., es decir, sólo sea enjuiciado éste y no él…En sano criterio jurídico, el sobreseimiento de la causa se solicitó y decretó a favor, tanto de F.I. como de J.A.…(omissis)… DE LA RATIFICACIÓN DE LA SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN JUDICIAL O EXTRAORDINARIA. …(omissis)…en virtud de que desde el día en que ocurrieron los hechos el 28 de julio de 2.001, hasta la fecha en que se pidió la solicitud de prescripción, transcurrió un tiempo de 2 años, 7 meses y 22 días…consumándose la prescripción ordinaria de 1 año, y también…extraordinaria o judicial, que es la de un año mas la mitad… (omissis)…por todo lo antes expuesto...pido lo siguiente…se declare la INADMISIBILIDAD de la apelación, por estar fundamentada en normas derogadas…se declare sin lugar la apelación ejercida por JESÚS AGUILERA….Que se confirme la solicitud de sobreseimiento, solicitada por el Fiscal y decretada por este Tribunal…(omissis)…

DEL SEGUNDO ESCRITO DE CONTESTACIÓN

En fecha 20-05-2.004, se dio por emplazada, la abogada V.M.R.C., Fiscal cuarta del Ministerio Público, quien ejerciera contestación del Recurso en fecha 25-05-2.004, bajo las consideraciones siguientes:

…(omissis)..FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO EJERCIDO POR LA DEFENSA DEL CIUDADANO J.A.A.A.. …(omissis)…en relación a los puntos indicados en el desordenado escrito de “POBREZA JURIDICA” con el cual ataca de manera injusta la posición asumida por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público…así como la decisión adoptada por el …Tribunal de Control N° 2. …(omissis)… Antes de entrar a conocer el fondo del asunto…debemos de manera humilde…para que la respetable defensa se ilustre de manera concreta sobre la procedencia o requisitos de procedibilidad para ejercer el correspondiente Recurso de Apelación de autos consagrados…del Código Orgánico procesal Penal al establecernos el artículo 447 y no 440… como lo señala la recurrente …(omissis)… el mismo no señala cual o cuales son los fundamentos utilizados para atacar el fondo de la decisión adoptada por el Tribunal Segundo de Control en fecha 10 de Mayo de los corrientes, mediante el cual acogió en su totalidad el …SOBRESEIMIENTO DE LAS CAUSAS, seguidas en contra de los ciudadanos J.A.A.A. y F.I.P.; siendo necesario puntualizar que con base a ello, el Recurso debe ser declarado INADMISIBLE al carecer del contenido jurídico necesario…(omissis)…nos conseguimos con la dificultad de no poder entender cual es la pretensión de la defensa…indicando un sin numero de artículos que hacen presumir de manera especulativa que…invocó normas del Reformado Código Orgánico Procesal Penal, no entendiendo…cuales fueron los motivos que conllevaron a la utilización de los mismos…(omissis)… al pasar a tocar el fondo del asunto no conseguimos con que la distinguida defensa solicita se revoque el SOBRESEIMIENTO…seguido al ciudadano F.I.P.; pretendiendo en la audiencia especial, el cambio de la calificación jurídica dada por el Ministerio Público….por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA INACABADA y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO…(omissis)…antes tales señalamientos debe el Ministerio Público actuando de Buena Fé,…indicarle a la defensa que en ningún momento se le violentó a su patrocinado, derecho alguno en su condición de victima, pues es nuestra obligación…”velar por los intereses de ella en todas sus fases… y en función de ello…con la Buena Fé que deben litigar las partes quedando evidenciado a todas luz que se le respetaron los derechos de la victima…el cual no hizo objeción alguna cuando el Ministerio Público, le hizo la formal imputación al ciudadano F.I.P. del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal….habiendo trascurrido así un (01) año y ocho (08) días, desde el momento en que se realizó el acto de imputación… …(omissis)… FUNDAMENTOS DEL RECURSO EJERCIDO POR LA DEFENSA DEL CIUDADANO F.I. PEREIRA…(omissis)…manifiesta el recurrente que sin bien es cierto que han transcurrido “…desde el día 28 de julio del 2.001, a la presente fecha …un tiempo de 2 años, 7 meses y 22 días, consumándose la prescripción ordinaria de 1 año, y también la prescripción extraordinaria o judicial, que es la de un año más la mitad, es decir 1 año y 6 meses, por mandato del artículo 110 primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal…”…lo procedente es solicitar la extinción de la acción penal por prescripción… …(omissis)… tal como lo explana el recurrente. No es menos cierto que… la prescripción fue interrumpida por distintos actos del Tribunal y así ha quedado asentado en la jurisprudencia de la sala Constitucional de nuestro Máximo Tribunal…y en consecuencia debe declararse SIN LUGAR el recurso interpuesto por la defensa del ciudadano F.I.P. …(omissis)…Por lo antes expuestos solicito… En cuanto al Recurso… por la abogada S.A.…sea declarado INADMISIBLE…en cuanto al Recurso interpuesto por el abogado A.R.M.L.…que sea SIN LUGAR...solicito…ratifiquen …decisión de fecha 10 de Mayo del año en curso…(omissis)…”

DEL TERCER ESCRITO DE CONTESTACIÓN

En fecha 24-05-2.004, se dio por emplazada, la abogada S.A., Apoderada Judicial del ciudadano J.A.A.A., quien ejerciera contestación del Recurso en fecha 27-05-2.004, bajo las consideraciones siguientes:

…(omissis)…Solicito se desestime totalmente el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado A.M., actuando en representación del imputado;…la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público…calificó erróneamente los hechos cometidos por el imputado la noche del 28 de Julio de 2.001 en contra de mi defendido. …(omissis)… encuadró tales hechos en el tipo penal de lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, cuando lo correcto…era calificarlo como HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA INACABADA. …(omissis)… dejando de lado otro elemento que debió considerar, tal es la intención del agente del delito. …(omissis)… si se atiende sólo al resultado de la acción, claramente tendremos que se trata de la comisión del delito de lesiones leves, pero el legislador reprime…las formas de tentativa inacabada del delito de homicidio, punibilizando entonces algo que escapa del resultado, esto es la intención del agente activo del delito. …(omissis)…pido se deseche la petición de la defensa…porque no es posible solicitar la prescripción de un delito que no se cometió. …(omissis)…la defensa del imputado F.I. …creé que la defensa técnica no tiene la potestad de calificar el delito,…sino que es monopolio exclusivo del Ministerio Público y que si éste, no imputó, los delitos de Homicidio Intencional Simple En Grado De Tentativa Inacabada y Porte Ilícito de Fuego, es porque los mismos no proceden… Al respecto debo señalar,…que si bien el Código Orgánico Procesal Penal consagra que el Monopolio de la acción penal lo tiene el Ministerio Público, también consagra una amplia participación en el proceso…(omissis)…la posibilidad de tener el control de las actuaciones en el proceso…también consagra nuestra norma adjetiva penal que el mayor objetivo del proceso es el resarcimiento de los daños causados a la victima y su protección…si el fiscal por impericia, negligencia, falta de probidad e ignorancia, no calificó los hechos debidamente…no pueda la victima realizar esos señalamiento,…(omissis)…la Constitución …en su artículo 26 consagra la garantía de todo ciudadano a tener una tutela judicial efectiva de sus derechos. … Tal tutela…comprende la posibilidad a acceder a los órganos jurisdiccionales para pedir se protejan los derechos del ciudadano la garantía del debido proceso… (omissis)… En materia penal, dicha garantía…corresponde al Tribunal de Control hacer respetar las garantías procesales… (omissis)…

V

En fecha 31-05-04, Se recibió la causa en apelación N° 2C-952-02 con oficio N° 2C-1053-04, procedente del Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, se le dio entrada a esta Corte de Apelaciones, constante de (02) piezas y (356) folios útiles, correspondiéndole el N° de la causa N° 1Aa 840-04, con ponencia de la Dra. M.C.A..

En fecha 03-06-04, se Admite el Recurso de Apelación por cuanto el recurso satisface los requisitos de impugnación, legitimación y oportunidad exigidos por la Ley. Así mismo se reserva el lapso de ley para emitir su pronunciamiento conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal.

Luego de haberse efectuado el análisis respectivo a las actuaciones y estando dentro del lapso legal, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones, pasa a decidir en los términos siguientes:

Sobreseimiento significa desistir de la pretensión o empeño que se tenía. Cesar en una instrucción sumarial; dejar sin curso ulterior un procedimiento.

La naturaleza jurídica del sobreseimiento es la de ser una decisión que pone término al juicio, que extingue la acción penal y pasa en autoridad de cosa juzgada, al quedar firme.

El sobreseimiento es un pronunciamiento jurisdiccional que pone fin al proceso, extingue la acción y pasa en autoridad de cosa juzgada.

Aún cuando el sobreseimiento es una resolución que pone fin al procedimiento y en ocasiones de forma definitiva, reviste la forma de auto, en el caso que nos ocupa y no de sentencia. Esta forma no ha de impedir, sino, antes al contrario, y debido a que incide en el derecho a la tutela, o derecho a obtener una resolución definitiva fundada, ha de obligar a una minuciosa fundamentación por parte del órgano jurisdiccional, en la que habrán de plasmarse los elementos de convicción, en base a los cuales el juez o tribunal infiere la conclusión en torno a la ausencia del o los presupuestos que dan lugar a una acusación o que impidan la apertura a juicio.

El sobreseimiento procede cuando el hecho que motivó la apertura de la averiguación resulte ser inexistente, no aparezca suficientemente probado o resulte ser constitutivo de delito, o cuando no conste la participación de los imputados en ninguno de los supuestos de autoría, complicidad o encubrimiento previstos por la ley sustantiva, así como cuando se compruebe la existencia de causas que impidan sancionar, tales como excusas absolutorias, causales de justificación o eximentes de la responsabilidad penal.

El sobreseimiento en general, debe ser solicitado por el acusador cuando esté convencido que existen los motivos que lo justifiquen, pero, de no hacerlo éste, puede ser acordado de oficio por el tribunal competente o a instancia del acusado y su defensor, del tercero civilmente responsable, de la victima.

El titular de la acción penal solicita el sobreseimiento al juez de control, terminado el procedimiento preparatorio, como acto conclusivo, cuando estime que proceden una o varias de las causales que lo hagan procedente.

Los efectos del sobreseimiento son idénticos al de la sentencia absolutoria firme y lógicamente, la persona respecto a la cual ha operado el sobreseimiento no irá a juicio oral, por lo cual se dice que el sobreseimiento es una forma anormal de terminación del proceso penal.

Ahora bien, una vez analizados los recursos de apelación que nos ocupan, observa esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del estado Apure, de conformidad con lo establecido en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, un vicio no advertido por las partes en relación a la decisión de fecha 10 de mayo de 2004 emanada del Tribunal Segundo de Control de este mismo circuito judicial penal, donde se declara con lugar el sobreseimiento de la causa seguida a los ciudadanos F.J.I.P. y J.A.A.A. solicitado por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público, en términos distintos a la solicitud explanada por el titular de la acción penal; así como en evidente errónea aplicación de ley, vulnerando derechos fundamentales de las partes y del debido proceso.

Si bien el caso que nos ocupa se trata de un sobreseimiento solicitado como acto conclusivo, esta solicitud debe expresar en forma clara fundada y adecuada dentro de los tipos penales, las situaciones de hecho de que se trata, así como el análisis y comprobación del supuesto o causal que se adecue a los supuestos señalados en la norma procesal; para que en virtud de ella pueda el juez de control pronunciarse de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 323 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal.

En la decisión de fecha 10 de mayo del corriente año, el Juez Segundo de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, señala que el Ministerio Público pide se declare el sobreseimiento de la causa al Imputado F.I.P. por considerar que se encuentra amparado en una causal de justificación y por lo tanto su conducta es inimputable; sin embargo, en el primer punto de la dispositiva señala que declara el sobreseimiento al referido ciudadano por estar amparado en una causal de no punibilidad, tal y como lo señala en su escrito la Representante del Ministerio Público; Es decir, que la motiva y la dispositiva se presentan de forma incongruente.

Asimismo, en el punto segundo de la dispositiva declara el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano J.A.A.A. por la presunta comisión del delito de Ultraje al Pudor Público (sic), previsto y sancionado en el artículo 382 del Código Penal Venezolano, por no existir razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no haber bases para solicitar su enjuiciamiento. Sin embargo, al establecer la justificación en relación a la acción desplegada por el ciudadano F.J.I.P. el juzgador a quo, señala que “lo hizo constreñido por la necesidad de salvar a su hija de un inminente peligro que corría de un presunto abusador sexual que resultó ser el ciudadano J.A.”.

Ha pretendido el juzgador a quo describir hechos objeto de la investigación apartándose de los hechos descritos en la solicitud explanada por el titular de la acción penal; encuadrando el hecho imputado como conclusión por el ministerio público, al ciudadano F.I.P. dentro del tipo penal establecido en el artículo 415 del Código Penal indicando que consagra las Lesiones Leves, cuando el tipo señalado prevé las Lesiones Menos Graves. Señala el Juzgador, que “se infiere que lo apuntó con su pistola pero también se infiere que todo ello lo hizo constreñido por la necesidad de salvar a su hija de un inminente peligro que corría de un presunto abusador sexual que resultó ser el Ciudadano J.A.A.”. Es decir, establece un supuesto de hecho, lo señala y refiere la presunta responsabilidad penal del ciudadano J.A. en el mismo; cuando el titular de la acción penal en los hechos que como conclusión le imputa a J.A. no lo refiere, ni lo imputa por ello.

El a quo al referirse al hecho punible del Uso Indebido de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 282 del Código Penal, en relación al ciudadano F.I.P., señala: “En cuanto a que el ciudadano F.I.P. cometió el delito de uso indebido de arma de fuego, cabe destacar que si bien es cierto que el imputado F.I. utilizó el arma para amedrentar a J.A., no es menos cierto que al actuar estuvo constreñido por los mismos motivos que tuvo para causar las lesiones”. El titular de la acción penal en el texto de la solicitud de sobreseimiento, en el punto referido a “conclusiones en los hechos imputados por el Ministerio Público al ciudadano F.I.” señala: “en relación a las lesiones personales se observa… En relación a las cartas consignadas… y además actuó el ciudadano F.I. en estado de necesidad ante el clamor de su hija y refiere que su conducta no es punible, pero no dice cuál es o los tipos penales donde encuadra su acción y porqué no es punible la misma.” Refiriéndose el Juzgador a acciones y hechos no descritos ni adecuados dentro de un tipo penal por el titular de la acción penal, pero que sin embargo si fueron advertidos por él, debió ser señalado en la decisión, motivándola y fundamentándola.

En el petitorio, el Titular de la Acción Penal solicita el sobreseimiento de la causa seguida a F.I.P., venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N °4.138.309, como acto conclusivo de la presente investigación a tenor de lo pautado en el artículo 318 ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud “de la acción desplegada por el imputado ya que concurre una causa de no punibilidad”. Ahora bien cuál es la acción desplegada por el imputado; el Titular de la Acción Penal no menciona alguna y el Juzgador se refiere al delito de Lesiones Leves encuadrado en el artículo 415 del Código Penal en relación con el ciudadano F.J.I.P., y en relación con el ciudadano J.A.A.A., al delito de Ultraje al Pudor Público (sic), previsto y sancionado en el artículo 382 del Código Penal (sic). Es decir, se trata de una decisión incongruente y viciada de nulidad por errónea aplicación de la ley por parte del Juzgador, al referirse al tipo de lesiones leves como al establecido en el artículo 415 del Código Penal y por inobservancia del artículo 324 numerales 2 ° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal.

Asimismo, en relación al ciudadano J.A.A. solicitó el Titular de la Acción Penal el sobreseimiento de la causa, “en virtud que la acción desplegada por el imputado, ya que no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no haya bases sólidas para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado”. El juzgador se refiere a hecho distinto al referido por el titular de la acción penal, en suscrito en el punto de las conclusiones de los hechos imputados, más no referido en el capítulo del petitorio de su solicitud.

La norma del artículo 324 del Código Orgánico Procesal Penal establece los requisitos exigidos para el auto de sobreseimiento de la causa, en el caso que nos ocupa observa esta sala Única tal y como ha sido señalado ut supra, incongruencia en las razones de hecho y de derecho en que funda la decisión, así como errónea aplicación de norma jurídica.

En el mismo sentido, el establecimiento de hechos por parte del juzgador que no fueron señalados de manera precisa por el Titular de la Acción Penal; en cuanto al ciudadano F.J.I.P., el uso Indebido de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 282 del Código Penal y en relación al ciudadano J.A.A.A., el señalamiento del delito de Abuso Sexual que no fue encuadrado dentro del tipo penal.

Tal y como se advirtiera finalmente el dispositivo de la decisión no se corresponde con la motiva de la misma. Todo ello en virtud de la flagrante violación por inobservancia del dispositivo legal estatuído en la norma del artículo 324 numerales 2°, 3° y 4° del Código Orgánico Procesal. Razones por las cuales, de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, se anula la decisión emanada del Tribunal Segundo de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, de fecha 10 de mayo del corriente año y en consecuencia se repone la causa al estado de que otro Tribunal de Control conozca acerca de la solicitud de Sobreseimiento presentada por el Titular de la Acción Penal como Acto Conclusivo en la causa seguida a los ciudadanos F.I.P. y J.A.A. según lo dispuesto en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal y Así se decide.

Ahora bien, dada la declaratoria de nulidad de la decisión de fecha 10-05-2004, emanada del Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal recurrida en la presente causa, originada por la revisión que de oficio se hiciera, atendiendo a lo previsto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, considera necesario no entrar a conocer del fondo de los recursos planteados, advirtiéndoles a las partes, que sobre la decisión que se produzca con motivo de la celebración de la audiencia especial a que se refiere el artículo 323 en relación con el 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por parte de un Tribunal de Control distinto del que produjo la decisión anulada, podrán interponer los recursos correspondientes, y así se decide.

DISPOSITIVA:

Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: Se ANULA DE NULIDAD ABSOLUTA la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 10-05-2004. Todo ello con fundamento a lo previsto en los artículos: 257 de la Constitución Nacional y 13, 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se repone la causa al estado de que un Tribunal de Control de este Circuito Judicial Penal distinto al que produjo la decisión recurrida, resuelva sobre la solicitud de sobreseimiento presentada por el titular de la acción penal en la causa seguida a los ciudadanos F.J.I.P., venezolano, mayor de edad, nacido 09-08-49, profesión u oficio locutor, natural de esta ciudad de San F. deA., titular de la Cédula de Identidad N ° 4.138.309, residenciado en la Urbanización Llano Alto Calle Cunaviche Uribante, Casa N ° C-49 San F.E.A. y J.A.A.A., venezolano, mayor de edad, nacido el 16-06-76, comerciante, natural de esta ciudad de San F. deA., titular de la Cédula de Identidad N ° 12.321.901, residenciado en la Urbanización Llano Alto Calle Cunaviche, Casa N ° 17 San F.E.A..

Con motivo de lo antes decidido, bájese la presente causa al Tribunal Primero de Control y copia certificada de la presente decisión al Tribunal Segundo de Control, ambos de este Circuito Judicial Penal en su debida oportunidad, en virtud de existir en la ciudad de San F. deA. sólo dos Tribunales de Control. Así mismo, remítase copia certificada de la presente a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Apure.

Publíquese, regístrese y diarícese.

Dada, firmada y sellada en la Sede de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los diecisiete (17) días del mes de junio del año dos mil cuatro (17-06-04).

ALEXIS PARADA PRIETO.

JUEZ SUPERIOR PRESIDENTE DE

LA CORTE DE APELACIONES.

M.C.A.. ALBERTO TORREALBA LÓPEZ.

JUEZA SUPERIOR. JUEZ SUPERIOR.

(PONENTE.)

ZAIDA SAVERY OCHOA

SECRETARIA

CAUSA N ° 1Aa 840-04

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