Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen de Yaracuy, de 23 de Abril de 2012

Fecha de Resolución23 de Abril de 2012
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
PonenteAna Matilde López
ProcedimientoColocación Familiar

ASUNTO: UP11-V-2011-000429

Parte Actora: Los ciudadanos J.G.A. y R.E.P.R., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro.3.259.128 y 7.905.170, respectivamente, asistidos por la Fiscal Séptima del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial.

Parte Demandado: Los ciudadanos M.S.A.M. y M.J.P.C., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.908.592, domiciliada en la calle 01, barrio El Béisbol, casa s/n, Urachiche, Municipio Urachiche, Estado Yaracuy.

NIÑO: Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR.

En fecha 23 de Septiembre de 2011, se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos al juicio de COLOCACION FAMILIAR interpuesto por los ciudadanos J.G.A. y R.E.P.R., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro.3.259.128 y 7.905.170, respectivamente, asistidos por la Fiscal Séptima del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, en contra de los ciudadanos M.S.A.M. y M.J.P.C., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.908.592, domiciliada en la calle 01, barrio El Béisbol, casa s/n, Urachiche, Municipio Urachiche, Estado Yaracuy

Revisadas las actas procesales que conforman a la presente causa, este Tribunal procede a resolverla, con base a las consideraciones siguientes:

En fecha 23 de Abril de 2012, siendo la oportunidad fijada para llevar a efecto la audiencia preliminar en su fase de mediación, se constituyó este Juzgado presidido por la jueza abogada A.M.L.M., por el secretario abogado D.G., y por el alguacil, ciudadano R.L.. Se dejó constancia se dejó constancia que se inició la celebración de la audiencia de la fase de sustanciación y vista la incomparecencia de las partes demandante y demandada quien aquí decide actuando de conformidad con el articulo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara desistido el presente procedimiento. En consecuencia; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara terminado el procedimiento de Obligación de Manutención, de conformidad con el articulo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se DECLARA TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO de Colocación familiar. Se ordena el archivo del expediente, devuélvase los originales de los instrumentos presentados a la parte que los produjo, y déjese copia certificada de éstos en el mismo.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada, de conformidad con la ley.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, veintitrés (23) días del mes de Abril de 2012. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.

La Jueza,

Abg. A.M.L.M..

El Secretario

Abg. D.G..

En esta misma fecha se publico la presente sentencia, siendo las 10:40 a.m.

El Secretario

Abg. D.G.

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