Decisión nº PJ005-2015-000109 de Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Carabobo (Extensión Puerto Cabello), de 9 de Julio de 2015

Fecha de Resolución 9 de Julio de 2015
EmisorTribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteZurima del Carmen Escorihuela Paz
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JURISDICCIÓN LABORAL

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

SEDE PUERTO CABELLO

Puerto Cabello, 09 de julio de 2015

205º y 156º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

ASUNTO: GP21-L-2012-000040

Vista la incomparecencia del promovente de la prueba de inspección judicial el día que correspondía evacuar dicha prueba, se entiende que desiste de la misma, en consecuencia, este Tribunal le imprime la homologación respectiva a dicho desistimiento por no ser contrario a derecho. Y ASÍ SE DECIDE. Asimismo, a partir del despacho siguiente a este se celebrará la audiencia oral y publica de juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 150 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Jueza Titular Quinta de Juicio del Trabajo.

Abogada. ZURIMA ESCORIHUELA PAZ.

La Secretaria.

Abogada. DANILY EDUMMARY Á.M..

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 08:40 a.m. Se dejó copia para el archivo.

La Secretaria.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR