Decisión nº WJ01-X-2006-000006 de Juzgado Cuarto de Juicio de Vargas, de 7 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2008
EmisorJuzgado Cuarto de Juicio
PonenteYolexsi Urbina
ProcedimientoSentencia Absolutoria Y Condenatoria.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO CUARTO UNIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA

EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS

Macuto, 07 de Marzo de 2008

197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : WJ01-X-2006-000006

ASUNTO : WJ01-X-2006-000006

4U-1310-07

JUEZ: ABG. YOLEXSI URBINA

FISCAL VIGESIMA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO A NIVEL NACIONAL: ABG. E.H.D.

FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE ESTADO VARGAS: ABG. L.R.

DEFENSOR PRIVADO: ABG. E.O.R.T.

ACUSADOS: J.R.F.C. Y G.E.S.

SECRETARIO: ABG. L.D.G.

Corresponde a este Tribunal Cuarto Unipersonal de Juicio, de conformidad con lo establecido en los artículos 364, 365, 366 y 367 del Código Orgánico Procesal Penal, fundamentar la sentencia dictada en la presente causa, seguida en contra del acusado ciudadano R.J.F.C., Venezolano, natural de la Guaira, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de A.C. y R.F., residenciado en Barrio San A.d.l.F., parte alta, casa Nro. 44, La Guaira y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.545.885, quien resultó Condenado por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407, del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, y Absuelto el acusado G.E.S.M., Venezolano, natural de La Guaira, nacido en fecha 22-09-1981, de 27 años de edad, de profesión u oficio obrero, hijo de Coromoto J.M. y G.E.S., estado civil soltero, residenciado en Barrio san A.d.l.f., parte alta frente al tanque, casa nro. 6, La Guaira y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.106.216, de la comisión del delito de ENCUBRIMIENTO en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 255 del código Penal, a tal efecto este Juzgado Unipersonal motiva y fundamenta el pronunciamiento de dicho fallo en los siguientes términos:

I

DE LOS HECHOS OBJETO DEL JUICIO ORAL Y PUBLICO

Y DESARROLLO DEL DEBATE

En la audiencia de apertura del Juicio Oral y Publico celebrada por este Juzgado Unipersonal de Juicio, el día 16 de Enero de 2008, la Dra. E.H., en su condición de Fiscal Octava del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, realizó su discurso de apertura indicando al Tribunal lo siguiente: “…corresponde al Ministerio Publico en esta oportunidad hacer un una breve exposición, concisa como lo establece el Código Orgánico Procesal Penal de lo que fue su acusación explanada durante el debate y que va a ser objeto del contradictorio, en primer lugar el ofrecimiento que puede hacer Ministerio Publico tanto a este Tribunal, como a las partes presente es la búsqueda de la verdad, porque esa es la importancia y significación que puede tener este juicio , alcanzar la verdad por las vías jurídicas, y ese es el compromiso fundamental que puede tener el Ministerio Público, dicho esto, de acuerdo a lo que arrojo la investigación en fecha 25 de Mayo de 2003, en una casa de habitación ubicada en el Barrio las Flores, casa nro. 15, parroquia Maiquetía del Estado Vargas, se realiza una fiesta en la casa del imputado C.L.P.P., este imputado tiene orden de aprehensión y todavía no ha sido capturado, y la casa era propiedad de su madre V.P.d.P., culminada esa fiesta a la cual asisten los dos acusados, se produce una discusión entre el acusado J.R.F.C. y la victima, eso fue aproximadamente a las tres de la mañana, en esa discusión la victima arremete al imputado con una botella y posteriormente la victima aparece fuera de la residencia donde se estaba realizando la fiesta sin signos vitales, la autopsia del cadáver determino que la heridas se produjeron en cuello y tórax y eso causo shock hipovolemico, previa a la muerte hubo una amenaza por parte del imputado J.R.F.C. apodado “PEPITO” en contra de la victima de que eso no se iba a quedar así, de que esas lesiones que le había ocasionado no se iban a quedar así y es cundo aparece en la vía publica fallecido la victima. La investigación arroja, que ese hecho que causa la muerte de la victima, no se produce en la vía publica que se produce justamente en la casa de la ciudadana V.A.P.d.P. y que los tres imputados, dos de los cuales están acusados aquí, participan en sacar a la victima de dentro de la residencia y arrojar a la vía publica haciendo parecer que el hecho ocurrió allí y no dentro de la casa, por eso el Ministerio Publico considera que los hechos se subsumen en el delito de HOMICIDO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 407 del Código penal que estaba vigente para el 25 de Mayo de 2003 en lo que respecta a la responsabilidad que pudiera tener el imputado J.F.C., apodado “PEPITO” y con respecto al ciudadano E.S., quien no participo en darle muerte a la victima, considera el Ministerio Publico que esta incurso en el delito de ENCUBRIMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 255 del Código penal vigente para la fecha de los hechos. El Ministerio Publico fundamento su acusación en los elementos de convicción que fueron recogidos durante la investigación, básicamente en primer lugar lo que determina la causa la muerte, que es la autopsia del cadáver, el levantamiento del mismo, las experticias que se realizaron durante la secuela de la investigación y que fueron ofrecidas como medios de prueba para esta audiencia, todas ellas determinan que hubo un hecho punible y que ese hecho punible es de los calificados en nuestro ordenamiento penal como delito de HOMICIDIO. Sustenta el Ministerio Público su acusación en contra de los acusados en las diferentes entrevistas que se tomaron durante la secuela de la investigación que obran en la obligación que tiene el Ministerio Publico, de que efectivamente este hecho fuera sometido a un contradictorio por esa razón estamos aquí, justamente para la determinar de que esas evidencias se conviertan en prueba ya sea para considerar que los acusados son culpables del hecho punible, sea para exculparlo porque es el espíritu y razón del Ministerio Publico y este Tribunal. En principio el Ministerio Publico cumpliendo con su deber constitucional y establecido en la Ley Orgánica de Ministerio Publico esta obligado a mantener esta acusación en la secuela del juicio y n este sentido la ratificamos en todas su partes y consideramos que lo pertinente es debatir, es todo”

Por su parte el DR. E.O.R., defensor Privado de los acusados en su en su discurso de apertura manifestó: “…quien aquí expone demostrará en el transcurso de este debate la inocencia de mis representados ciudadanos G.E.S.M. y J.R.F.C. y rechazo, niego y contradigo desde todo punto de vista lo alegado por la Fiscal del Ministerio Publico, manteniendo de que en fecha 25 de Mayo de 2003, mi representado ciudadano J.R.F.C., fue quien dio muerte al ciudadano E.J.V.C., alias “PICURE”, toda vez que demostraré en el transcurso del presente debate la inocencia, que en ningún momento G.E.S.M. y J.R.F.C. mantuvieron discusión alguna con el hoy occiso E.J.V.C., alias “PICURE”

Realizados los respectivos discursos de apertura de las partes e impuestos los acusados de autos del contenido del artículo 49 numeral 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los ciudadanos G.E.S.M. y R.J.F.C. manifestaron su deseo de declarar y de conformidad con lo establecido en el articulo 348 del Código Procesal Penal le fue tomada declaración en forma separada, dejándose en sala al acusado G.E.S.M., quien manifestó ser Venezolano, natural de La Guaira, nacido en fecha 22-09-1981, de 27 años de edad, de profesión u oficio obrero, hijo de Coromoto J.M. y G.E.S., estado civil soltero, residenciado en Barrio san A.d.l.f., parte alta frente al tanque, casa nro. 6, La Guaira y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.106.216 y expuso:

Yo me encontraba en la fiesta en la casa de C.P. hasta que termino la fiesta y en ningún momento yo vi ninguna discusión con el ciudadano que lo llamaban Picure con nadie ahí, y en un momento llego su mama fue a buscarlo y se lo llevo para su casa, y en ese momento yo me fui y nadie peleo con él, de ahí me fui para mi casa y en la mañana mi mama me dijo que habían matado a picure

Seguidamente fue interrogado por la Representante del Ministerio Publico de la siguiente manera: 1- Se encontraba en fecha 25 de Mayo de 2003, en la casa de C.L.P.? Si. 2.- Aproximadamente a qué hora se encontraba en esa casa? Hasta que termino la fiesta. 3.- De quién era esa casa? De A.P.. 4- La fiesta a qué hora termino? Como a las dos y media de la mañana. 5.- Usted estuvo hasta que termino la fiesta? Si, hasta que termino la fiesta. 6.- Quienes mas se encontraban en esa fiesta? R.F., C.P. y un compañero de C.P. que se llama A.P., la mamá de C.P., la hermana menor de C.P.. 7.- J.R.F.C., se encontraba en esa fiesta? Si. 8.- Cuando usted se refiere a la persona de J.R.F.C. es la persona que esta aquí como acusada? Si. 9.- Usted conoce J.R.F.C. con algún apodo? Yo lo conocía como Ricardo. 10.- Usted tiene algún apodo? No, yo me llamo G.E.S.M.. 11.- Le suena el apodo “EL CATANGA”? No a mi no me dicen así. 12.- Usted dice que no se produjo ninguna discusión? No, con nadie. 13.- Usted podría explicar las razones que tuvo para que el día 17 Diciembre de 2003, en presencia de su Defensor y ante un Juez de Control usted manifestó: “…me encontraba en una fiesta en la casa de C.P. a las tres de la mañana cuando empezó una discusión entre el ciudadano Villegas y Ricardo y fue cuando Villegas agarro una botella y le partió la cabeza a Ricardo y fue cuando a la mama de Carlos le estaba dando una broma y fue cuando le dije a Carlos que sacara Ricardo y dejara a Villegas dentro de en ese momento le digo a Villegas que dejara la pelea”? Yo la declaración la estoy haciendo en el juicio, yo nunca he declarado eso, niego esa declaración, la declaración la estoy haciendo en este momento.

A preguntas formuladas por la Defensa respondió: 1.- En la fiesta en la casa de la Sra. A.P.d.P., el ciudadano E.J.V.C. alias picure, tuvo alguna discusión con algunas de las personas que se encontraba en la fiesta? No. 2.- Qué lapso de tiempo estuvo el ciudadano E.J.V.C. alias picure, en la fiesta? Como quince minutos porque su mamá bajo a buscarlo para la casa de A.P.d.P. y se lo llevó.

A preguntas realizadas por el Tribunal respondió: 1.- Puede decir que grupo de personas se encontraban en la fiesta? Había mucha gente, pero cuando termino la fiesta lo que quedábamos era Carlos, la dueña de la casa, la hija menor y mi persona. 2- A que hora termino la fiesta? Como a las dos y media de la mañana termino la fiesta. 3.- Cuando termino la fiesta hacia donde se dirigió? Hacia mi casa.4.- Donde vive usted? Como a seis casas de la casa de A.P..

Seguidamente fue retirado de la sala el acusado E.E.S. y se hizo pasar al acusado R.J.F.C., venezolano, natural de la Guaira, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de A.C. y R.F., residenciado en Barrio San A.d.l.F., parte alta, casa Nro. 44, La Guaira y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.545.885 y expuso:

Yo cuando asistí a esa fiesta, estábamos un grupo de jóvenes, como aproximadamente como las tres de la mañana la mama del individuo lo fue a buscar como, nosotros nos fuimos y al día siguiente nos enteramos que estaba muerto, nosotros no éramos enemigos de él

Seguidamente fue interrogado por la Representación Fiscal de la siguiente manera: 1.- Donde se celebraba la fiesta? En la casa de mi madrina A.P.. 2.- Cual era el motivo de esa fiesta? Un Bautizo. 3.- A qué hora comenzó? No lo se, yo llegue como a las nueve de la noche- 4.- Que personas estaban cuando llega a las nueve de la noche? Los familiares. 5.-Que familiares? Los familiares de mi madrina, el papá del muchachito que iban a bautizar, estaba otro grupo de jóvenes. 6.- Pudiera indicar si en esa fiesta se encontraba C.P., G.S. y la victima de este juicio? Si. 7.-E.J.V.C. se encontraba en esa fiesta? Si, por cierto la mamá lo vino a busca a eso de las tres de la mañana. 8.- Hasta que hora duro la fiesta? No lo se porque me fui como de tres a tres y media y al día siguiente me entero que la victima había muerto. 9.- Usted tuvo alguna discusión con alguna personas de las que estuvo en la fiesta? No. 10.- Tuvo alguna discusión con la victima? No ninguna. 11.- Pudiera aclarar al Tribunal los motivos por los cuales ante el Tribunal de Control en presencia de su defensa en fecha 10 de Febrero de 2004 y manifestó: “…Se estaba haciendo una parrillada en la casa del muchacho, estábamos jugando dominó el mucho cruzo unas palabras conmigo a el muchacho no le gusto las palabras que yo le dije se paro de la mesa, me agredió con una botella en la cabeza parte dos botellas y me sale persiguiendo desde arriba los muchachos lo trataron de agarrar yo bajé por la escalera para salirme de la casa el muchos afuera agarra una botellas de las mías el muchacho me esta lanzando me separan después el muchacho se suelta otra vez y me vuelve agredir y yo le agredí en la parte del pulmón…” a la pregunta Nro. 7 usted responde “Usted fue lesionado por Villegas. Responde: el me lesiono por la cabeza y yo lo lesiono por las costillas…”? Eso es negativo, nunca tuve discusión con el ciudadano.

A preguntas realizadas por la Defensa respondió: 1.- El ciudadano E.J.V.C. alias picure, se encontraba en la fiesta que se celebraba en la casa de la ciudadana A.P.d.P.? Si. 2.- Qué lapso de tiempo estuvo en la fiesta? Su mama lo busco a eso de las tres de la mañana, estuvo un lapso de una o dos horas en fiesta. 3.- En ese lapso de tiempo tuvo alguna discusión con algún ciudadano? No.

El Tribunal no interrogo al acusado.

Acto seguido se ordenó la apertura del debate conforme a lo previsto en el artículo 344 del Código Adjetivo Penal, así como la apertura del lapso de recepción de los medios probatorios, y en consecuencia rindieron declaración de conformidad con lo establecido en el artículo 353 del Código Orgánico Procesal Penal, en el orden de comparencia a la Sala de Juicio, siendo llamado al estrado a la ciudadana L.Y.C.P., titular de la cédula de identidad Nº V-, 5.090.235, quien fue debidamente juramentada e impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

Ese eso fue un día sábado 24 de mayo, mi hijo salio de mi casa y se fue rumbo a una plaza que hay ahí como a las siete de la noche, había una fiesta en la casa de C.P., pero mi hijo no iba para la fiesta porque no trataba a C.P., yo baje como a las 10 de la noche a buscarlo, porque yo siempre lo buscaba, cuando bajé estaba en la fiesta y le pregunte que hacia en la fiesta y me dijo que lo habían invitado que entrara y que acababan los rencores, como a las once de la noche yo baje otra vez y el estaba en esa fiesta, como a las doce de la noche el sube para que yo viera que el estaba bien y me dice mamá es verdad había terminado los rencores porque no esperan que se termine el vaso de anís cuando se lo vuelven a llenar, yo no sospeche nada raro, eran como a las tres de la mañana, porque yo no dormí hasta que el no llegara, era mi único hijo, yo baje a buscarlo a la fiesta y ellos se asomaron en la platabanda y me dijeron que me fuera a dormir tranquila, que el estaba tranquilo jugando domino y ahí nada la iba a pasar, sin embargo mi hijo cuando escucho mi voz pidió bajar, le abrieron la puerta por la puerta no tenia manilla se abría y se cerraba con una llave, le abrieron la puerta y mi hijo salio y hablo conmigo de lo mas tranquilo y me dijo sube negra que yo subo ahorita, yo todavía espere que él llamara para que le tiraran la llave de la platabanda, el abrió la puerta y entro, cuando yo vi que entro yo empecé a caminar y me pare en un murito mas arriba y yo vi quienes estaban en la platabanda, en esa platabanda e.R.F., G.S., C.P. y E.R. junto con mi hijo, yo lo vi, seguí para a mi casa, llegue a mi casa no me había terminado de fumarme un cigarro cuando llego C.P., dándome gritos que mi hijo se había caído, se había cortado y se estaba desangrando frente a su casa, yo no lo podía creer, no había pasado diez minutos, corrí desesperada buscando con la mirada quien me ayudara a llevar a mi hijo a un centro asistencial porque yo no podía creer y cuando llegue al callejón vi a alguien que se me pareció a R.F. corriendo, vi hacia arriba y vi a R.G. o E.G., no especificarle cual era, estaba la señora Aurelia sentada frente a su casa, yo corro hacia mi hijo y lo abrazo y cuando lo abrace m mi hijo tenia un puñalada el pico de botella lo tenia dentro de la espalada, una herida como de dos centímetros, le cerré los ojos y le empecé a implorara a mi hija fallecida porque su mama se había quedado sola, entonces le dije a la señora Aurelia que me dijera la verdad, porque yo había dejado a mi hijo encerrado en esa casa, y ella me confirmo lo que yo había visto, me dijo que había sido R.F.C. lo había matado porque ella lo había visto, si era él que yo había visto que llevaba sangre, me senté en el pozo de sangre que había en esa puerta de esa casa y espere que llegara la PTJ, después de ahí me fue la PTJ con el cadáver y de ahí empezó la tortura, no me dejaban en paz, me amenazaban, que yo no tenia real, que yo no los iba a mandar preso, la familia de G.S. junto con su familia también me amenazaba, me pusieron protección, eso no lo respetaban para nada, hasta que tuve que ir a Caracas, el la Dra. Elda los llamo y ahí cesaron las amenaza, a mi hijo una sola persona no lo mata, mi hijo se sabia defender, yo no quiero que inocentes estén presos ni que culpables estén en la calle, es todo

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Acto seguido fue interrogado por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- Usted señalo al tribunal que su hijo estuvo en una fiesta, díganos donde quedaba la casa donde ocurrió esa fiesta? se encontraba la casa? Eso es como a cien metro de mi casa, cerca de una plaza, un callejón. 2.- Cuanto tiempo caminando normalmente demora usted, de esa casa donde se celebraba la fiesta a su casa? Como 5 minutos caminando rápido, pero yo iba lento, porque yo estaba viendo con quien se quedaba mi hijo. 3.- Que edad tenia su hijo? 27. 4.- Usted podría indicarnos porque a su hijo le decían Picure? Por que cuando nació parecía un picurito, y su abuela le puso así porque era muy feito. 5.- Como era la conducta de su hijo? El era tranquilo mientras no tomaba, cuando tomaba peleaba, aunque nunca llego a cortar a nadie. 6- Su hijo estaba en esa fiesta y usted fue a las diez de la noche a esa casa? Fui a las diez, a las once y a las tres de la mañana, fui en varias oportunidades. 7.- En algún momento desde las 10 de la noche hasta las tres de la mañana aproximadamente que le avisan que su hijo estaba muerto llego su hijo a irse con usted a su casa? No, se quedó adentro de esa casa. 8.- Su hijo la llego a acompañar para que usted no se fuera sola? No, yo baje y subí, yo siempre lo bajaba a buscar solita, yo siempre le decía que no saliera del barrio nosotros nos criamos en ese barrio, porque ahí nunca le iba a pasar nada 9.- Por qué ese día 24 de Mayo usted estaba pendiente desde las diez hasta las tres de la mañana de su hijo, teniendo 24 años de edad, porque usted tenia esa actitud? Yo tuve dos hijos a los cuales crié sola y tres años antes mi hija piso una alcantarilla que tenia corriente y la mato y de ahí me quedaron los nervios, y todos los que están aquí saben que desde allí no me quedaba tranquila hasta que mi hijo no llegara a la casa. 10- Podría señalar al Tribunal cuando usted llega a buscar a su hija a la fiesta quienes estaban allí? Si, e.R.F., C.P., G.S., E.R., estaban varias personas, estaba Milagros y la misma señora Aurelia. 11.- Si usted fue a buscar a su hijo como es que usted se da cuenta que estaban todas esas personas en la fiesta? Yo hable con G.S.. Usted entrar a la fiesta? No, yo me pare en el callejón y de ahí reconocí a todo el mundo. 12.- Como desde el callejón usted vio a todas esas personas? Es un callejón, fuera de la casa se ven las personas. Es fue a las diez de la noche? Si. 13.- En la otra oportunidad que usted fue eran las once de la noche? Si. A las once de la noche a quienes observo usted cuando usted fue nuevamente a buscar a su hijo? Las mismas personas estaban, pero a las tres de la mañana estaban ellos nada más. 14- Quienes ellos? Estaba Yolfrank Vásquez, que fue que me dijo que él estaba ahí con ellos, cuando mi hijo bajó hablar conmigo, Yolfrank Vásquez se fue en mi presencia, y entonces él me llama y me dije que me espere que él va hablar conmigo, mi hijo, bajo, le abrieron la puerta él se estuvo conmigo y llamo para que le tiraran la llave, él abrió el mismo, y después yo me pare en el murito y vi con quienes estaba mi hijo en esa platabanda. 15.- Encima de la platabanda cuando usted vio a las tres de la mañana quienes estaban? R.F., G.S., E.R. y C.P.. 16.- Cuando usted vio a esas personas que estaban reunidas con su hijo a las tres de la mañana, usted llego a observar alguna discusión parte de los que estaban allí? No, dicen que media hora antes mi hijo había discutió, ellos mismo me dijeron que mi hijo estaba tranquilo jugando domino, eso paso cuando yo iba en el camino. 17.- Usted vio cuando su hijo bajo hablar con usted a las tres de la mañana, lo llego a ver con alguna herida o con sangre? No, estaba tranquilo, estaba sano, estaba normal. 18.- Usted percibió en ese momento que hablo con su hijo a las tres de la mañana que su hijo estaba oliendo a que estaba tomando? Si estaba tomando. 19.- Usted dijo al principio que su hijo se alteraba, peleaba? Discutía, pero no golpeaba a nadie ni cortaba a nadie. 20.- Cuando usted señala las personas que estaban con su hijo, tanto a las diez de la noche, como a las once de la noche y a la tres de la mañana se refiere entre otras personas a los dos acusados que están en este juicio? Si. 21.- Su hijo tenía alguna enemistad con alguna persona en el barrio? No, le voy a decir que lo adoraban pero tampoco le tenía rabia, era un muchacho normal como lo son ellos. 22.- Usted manifestó que una persona la había ido a buscar, quién era esa persona? C.P.. 23.- Ese señor C.P. era donde se estaba celebrando la fiesta? Si. 34. Que le dijo exactamente C.P. cuando la fue a buscar? Corre Yaya, que Picure se cayo, se corto y se esta desangrando frente a mi casa, esta muerto. 35.- Cuando usted se refiere al C.P. se refiere al padre o al hijo? Al hijo. 36.- Esa es la persona que tiene orden de aprehensión? Si. 37. Usted sabe si a los acusados J.R.C.F. y G.E.S.M. tenían algún apodo? A Sojo le dicen “CATANGA” a Ricardo le dicen “PEPITO”. 38.- Saben por que le dicen así? Yo lo conocí como G.S. y de repente todos le empezaron a decir CATANGA. 38.- Cunado usted C.P. le aviso que su hijo se había caído y se había cortado que tiempo demoro en llegar? No lo se, yo corrí tan rápido, que no le se decir. 39.- Que tiempo tarde en llegar desde el momento que hablo con su hijo a las tres de la mañana, hasta que le avisan que esta muerto? Ocho a diez minutos máximos, más de ahí no fue, acababa de abrir mi puerta y tardo cinco minutos en llegar. 40.- Cuando usted llega al lugar donde su hijo sueltamente se cayo, nos puede decir donde exactamente consigue a su hijo? En todo el frente de la casa donde era la fiesta. 41.- Que información obtuvo usted y de que persona acerca de lo que había pasado? La señora A.P., cuando le dije que me dijera la verdad porque yo había dejado a mi hijo encerrado en esa casa ella me dijo que había sido R.F. y es que yo vi a alguien corriendo, ella confirmo lo que yo vi. 42.- Y que le dijo la señora acerca de lo que había hecho R.F.? Que le había dado una puñalada en la espalda. 43.- Y le dio alguna otra información donde había ocurrido esa puñalada? Me dijo que en el callejón, pero lo que pasa es que en esa casa había sangre. 44.-Háblenos acerca de eso? Esa es una reja que tiene dos escalones, en toda la entrada había un charco de sangre y me senté ahí. 45.- Cuando usted se entera de la noticia que se había caído usted lo llego a ver con vida? Mi hijo no se cayó, me acorralaron en esa casa como un animal. 46.- Tiene alguna duda de que haya sido el ciudadano Figueroa? Estoy segura de que fue conjuntamente con G.S. y C.P.. Porque habla de complicidad? Mi hijo se sabia defender es mentira que Ricardo solo le haya podido dar una puñalada si a mi hijo no me lo agarran. 47.- Por que usted habla con tanta certeza de que fueron los ciudadano R.F. y G.S., cuando había otras personas? Con ellos yo deje a mi hijo, no había mas nadie. 48.- Cabe la posibilidad que su hijo haya salido de ahí y le hayan causado una lesión? No existe esa posibilidad, por la paredes de esa casa estaban salpicadas de sangre, yo me senté en el pozo de sangre, a mi hijo lo sacan herido de ahí, yo no quiere que inocentes estén presos y que culpables estén en la calle.

A preguntas realizadas por la defensa respondió: “1.- Usted manifestó que observo a los ciudadanos J.R.F., C.P., G.S. y E.R. desde un murito? Desde el muro se ve claro la platabanda y a ellos los conozco desde que nacieron. 2.- Ese muro esta ubicado en que casa? Es el camino de la casa de un vecino, muy cerca a platabanda. 3.- Donde esta ubicado el muro? En el camino que va a mi casa. 4.- A que distancia estaba el muro de la casa donde se estaba realizando la fiesta? Como unos 20 metros. 5.- Usted observo a los ciudadano desde el muro o desde el frente? Desde ambos punto de vista, a las tres de la mañana me cerciore con quien estaba mi hijo, yo no vine a mentir aquí. 6.- Usted vio a R.F.C. quitarle la visa a su hijo? Yo no lo vi, pero la Señora A.P., confirmo lo que yo vi, y ella confirmo que era R.F..

A preguntas realizadas por el Tribunal respondió: 1.- Usted manifestó que converso con el ciudadano G.S., a que hora lo hizo? Yo converse como a las nueve de la noche, antes de bajar a la fiesta a buscar a mi hijo, el pregunto por mi hijo y yo le dije que estaba en la fiesta, me pregunto esta tomado y yo le dice si y respondí ese ahorita se mete en problemas y me lo dijo en actitud cínica, eso fuera de mi casa que el me pidió un vaso de agua, por eso se que lo vi después porque ya yo había hablado con él. 2.- El ciudadano G.S. se encontraba en la reunión? Si. 3.- Se encontraba R.F. en la fiesta? Si. 4.- Quien le aviso de la muerte de su hijo? C.p., yo no había terminado de cerrar la puerta cuando el venia gritando que mi hijo se había caído y se había cortado, esta muerto, me lo repitió dos veces. 5.-Cuando usted fue al lugar donde yacía su hijo que personas se encontraban allí? Vi a una persona correr que se me parecía mucho a Ricardo, porque lo había visto, arriba en el balcón estaba no se si E.G. o J.G., estaba también fuera de su casa cerca de mi hijo la Señora V.A.P.d.P., estaba contemplando a mi hijo. 6.- La persona que usted manifiesta que estaba en el balcón era de la casa de la fiesta? No era la casa del frente, eso es un callejón que tiene casa a los lados.

En ese estado, se ordenó ingresar a la sala de audiencias al ciudadano G.O.E.A., titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.044599, residenciado en el Barrio San A.d.l.F. casa Nro. 1 Maiquetía, de profesión u oficio comerciante, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

Me encontraba durmiendo en la parte de atrás, en el cuarto de mi mamá, mi hermano me llamo y me pare como a las cuatro y media y me dijo que habían matado al muchacho, lo vi tirado en el piso, su mama que estaba llorando, creo que había una hermana de ella, y la hija de la señora del frente, es todo

Acto seguido fue interrogado por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- A que se dedica usted? A comerciante de pescado. 2.- El día 25 de Mayo del 2003, fecha en que ocurrieron los hechos a que hora aproximadamente usted se percato que había una persona muerta? A las cuatro y media mas o menos y me dijo que habían matado al muchacho. 3.- Como se llama su hermano? R.G.. 4.- Usted llego a observarle a la persona que estaba tirada en el piso alguna herida? El estaba boca arriba o boca abajo, no recuerdo, eso fue casi al frente de la puerta de mi casa. 5.- Llego a observarle alguna herida? Vi un chorro de sangre pero como era de noche yo lo que hice fue asomarme al balcón y no había más nadie sino su mama, su hermana y otra muchacha más. 6.- Usted llego a bajar para enterarse mas de la situación? No. 7.- Usted observo en el lugar donde estaba esa persona tirada en el piso alguna botella, algún cuchillo, que hiciera pensar que ese había sido al arma utilizada? No. 8.- Había una fiesta en el lugar? Como a la diez de la noche, salí y había una fiesta yo ni me percate que había una fiesta ahí. 9.- El lugar donde había la fiesta era al lado o al frente de su casa? Era al frente. 10.- El Lugar donde aparece la persona fallecida era al frente de su casa? Al frente. 11.- Mas Cercano a su casa o la casa de la fiesta? La casa donde había la fiesta queda al frente de mi casa, el estaba abajo, la casa es de tres piso él estaba abajo frente a la casa. 12.- Pudo enterarse quienes estaban en esa fiesta? A esa gente no los trato. 13.- Por que no los trata? Nunca los trate. 14.- Usted conoce a los acusados que están en este juicio? No, no los he tratado. 15.- Conoce de sus apodos? No. 16.- Conoce las circunstancias de cómo ocurrió el hecho? No. 17.- Conocía a la persona que falleció? Si. 18.- Sabe como le decían? A él le decían EL PICURE. 19.- Sabe por que le decían PIUCURE? No. 20.- Cuantos años llevaba conociendo a la victima? Mucho tiempo, pero no de trato solo de vista. 21.- Sabia si esa persona era agresiva? No era agresivo. 21.- Tuvo alguna queja personal o de algún vecino de esta persona que llamaba PICURE? No. 22.- Tuvo alguna queja personal o de algún vecino de las personas que están acusados en este juicio? Nunca los trate a ellos. 23.- De la persona que vive frente a su casa tiene algo que decir de ellos? No. 24.- Tiene algo que aportar para llegar a la verdad? No.

A preguntas formuladas por el Defensor Privado, contestó: 1.- usted conoce de vista trato y comunicación a los dos ciudadanos (señalando a los acusados)? No. 2.- Usted observo quien le quito la vida a E.J.V.C.? No

El Tribunal no interrogo al testigo.

En ese estado, se ordenó ingresar a la sala de audiencias al ciudadano G.O.R.A., titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.644.104, residenciado en Colinas de San A.d.L.f. casa Nro. 1, de profesión u oficio Agente de Seguridad, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

Mi persona como a eso de las tres, tres y media de la madrugada, estaba durmiendo a en mi cuarto salí, escuche ciertos botellazos, ciertos ruidos, pero no le di importancia, seguí durmiendo a eso de las cinco, cinco y media de la mañana baje a la cocina y veo por la ventana y consigo a ese individuo muerto, moribundo ya, desangrado por del derramamiento de sangre, por lo que le había pasado a ese señor, porque supuestamente lo habían cortado con una botella, comenzaron a asomarse las personas, hasta que transcurrió el día a eso de las nueve de la mañana llego la PTJ, hoy el CICPC, hicieron las pesquisas e interrogaron a las personas del frente

Acto seguido fue interrogado por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- A qué se dedica? Agente de Seguridad de Aeropostal Alas de Venezuela. 2.- Que hacia usted para la fecha de los hechos? Seguía en la misma empresa. 3.- Eso fue un día sábado usted trabaja la semana completa, por guardias? Si mal no recuerdo creo, que estaba libre. 4.- Usted asistió a la casa de los vecinos donde se estaba celebrando la reunión? No. 5.- Por que? Antes de la siete de la noche yo veía cierto grupo, ya yo presentía que iba a pasar algo, por las mismas personas que estaban ahí y como a las ocho y media procedí a cerrar todo, como hasta las diez vi televisión y como a las once y media de la noche me acosté a dormir. 6.- Usted recuerda las personas que estaban allí? Estaba el hijo que se llama Carlitos, que por cierto no le he visto mas, estaba Picure el fallecido que se llamaba E.V., estaban otras personas ahí, estaba E.R.P., estaba la señora Aurelia no recuerdo quién mas estaba pero si recuerdo que estaban estas cuatro personas. 7.- Recuerda si estas personas que están aquí como acusados en la fiesta? No recuerdo haberlos visto. 8.- Lo que paso con respecto a esa persona que resulto muerta usted llego a saber que paso? No, realmente si escuche un botellazo, pero como estaba durmiendo no le di mayor importancia y seguí durmiendo, me pare a eso de las cinco, cinco y media para bajar a la cocina a tomar agua y cuando baje y me asomo por la ventana me consigo con el individuo ya muerto. 9.- Cuando escucho los botellazos no le llamo la atención de asomarse a ver que estaba pasando? No en lo absoluto. 10.-Por que? No le di esa importancia, porque ahí siempre hacen fiesta y la costumbre es no tanto ahí sino en los alrededores del barrio, los botellazos es algo normal, porque están pasados de tragos o se cae una botella accidentalmente, escuche ese ruido y no le di importancia a ese asunto. 11.- Sabe a que hora termino la fiesta? No tengo seguridad pero creo que termino de dos a dos y media de la mañana. 12.- Después que termino la fiesta es que usted escucho las botellas partiéndose? Ellos apagaron la música como de dos a dos y media de la madrugada, y a eso de las tres de la mañana más o menos sucedió lo del botellazo. 13.- Cuando escucho los ruidos de las botellas además llego a observar alguna conversación o gritos de personas? Si escuche cierta conversación, pero no recuerdo bien, como a las siete y media de la noche ellos si estaban jugando domino. 14.- Ese juego de domino se hizo en el mismo lugar de la fiesta? Si en el mismo lugar de la fiesta. 15.- En ese juego de domino se encontraba la victima? Si. 16.- Hasta que momento logra saber que la victima se encontraba allí? En el momento que yo abrí la puerta por que mi casa queda frente a la casa de ellos, entonces se veía una vista ya completa, ellos estaban jugando domino, todo normal y sus bebidas y todo, yo lo que hice fue ver y ya el ambiente se veía como tenso, oscuro, al yo saber eso procedí a cerrar mi casa, me baño, me vestí, comí, vi. Televisión y a eso como de las once, once y media fue que me acosté a dormir. 17.- Como a las tres de la mañana escucho ciertos ruidos? Si escuche cierto ruido. 18.- Usted llego a conocer la conducta que tenia la victima? Si yo conocí a la victima, en cierto modo era un muchacho sano, era un muchacho lleno de Vida, lo que pasa es que tomo el mal camino, al tomar ese mal camino yo simplemente deje de tratarlo hasta el día de su muerte. 19.- A que se refiere usted que tomo el mal camino? Mal camino referente de las drogas y eso. 20.- Usted estaba al tanto si la victima ingería bebidas alcohólicas? Si. 21.- Y cuando ingería bebidas alcohólicas, sabe si era una persona tendiente a buscar problemas? Si tenía problemas en la comunidad.

Seguidamente la defensa interrogo al testigo de la siguiente manera: 1.- Usted asistió a la fiesta de la ciudadana V.A.P.d.P.? No. 2.- Y como manifiesta al tribunal que desde su casa vio a persona alguna en la fiesta? Mi casa queda al frente, arriba hay una platabanda donde ellos juegan domino, cuando yo me asome, me di cuenta ellos estaban en su apogeo y demás, tomando y jugando domino y cuando vi el ambiente tenso, feo, vi a la victima jugando con otras personas y procedí a cerrar mi puerta como a las siete y media de la noche y había música también que es lo que nunca falta. 3.- Usted dije que la fiesta termino entre dos y dos y media de la mañana si usted estaba dormido? A esa hora dejo de escucharse la música, y el ruido de botellas se sintió a eso de las tres de la mañana, pero no le di importancia a eso y seguí durmiendo. 4.- Usted conoce a los dos ciudadanos que están aquí (señalando a los acusados) de vista otro y comunicación? De vista solamente. 5.- Usted observo quien le quito la vida a E.J.V.C. alias Picure? No.

A preguntas formuladas por el Tribunal contesto: 1.- Pudiera indicar que otras personas se encontraban en la fiesta? A parte de él, se encontraba el señor Carlitos que es el hijo de la Señora Aurelia, el señor E.P.R., había otra persona también que no recuerdo quien es, porque solo mire en cuestiones de segundo y cerré la puerta, había otras personas pero no distinguí realmente quienes eran. 2.- Desde donde observo eso? Desde mi casa, al lado. 3.- Se podía observar perfectamente el sitio donde estaba jugando? Si.

En ese estado, se ordenó ingresar a la sala de audiencias a la ciudadana A.D.V.C.A., titular de la cédula de identidad Nº V-6.920.681, quien fue debidamente juramentada e impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

Yo no se nada de este caso, yo no estaba ahí, yo solo se que soy la madre del imputado, como ocurrieron los hechos no lo se porque yo no estaba ahí, yo no participe en la fiesta, es todo

Las partes, ni el tribunal interrogaron a la testigo.

En virtud, que no comparecieron el resto de los testigos y expertos llamadas por el Tribunal, la representación del Ministerio Publio solicito la suspensión del Juicio Oral y Publico de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 335 del Código Orgánico Procesal Penal, solicitud de suspensión a la cual no se opuso la Defensa, razón por la cual de conformidad con los artículos 335 ordinal 2º, fijando para el día 25 de Enero de 2008, la continuación del Juicio

Durante la continuación de la audiencia oral y pública en fecha 14-05-2007, fue llamado al estrado al ciudadano VALLENILLA TOLOSA J.J., médico cirujano especialista en cirugía obstetricia y medicina legal, titular de la cédula de identidad Nº V-6.498.246, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y reconoció como suya la firma contenida en el Acta de levantamiento de cadáver que cursa en el folio (94) de la pieza denominada “anexo” y expuso:

En efecto no solo reconozco la firma y la identifico como mía, que corresponde cuando me desempañaba como médico forense en el Estado Vargas, sino lo descrito ahí corresponde tal como redacto y como hago las descripciones y los levantamientos de cadáveres, se trataba para ese momento del hoy occiso Villegas Carballo, quien fue evaluado por mi el día 25 de Mayo 2003, donde encuentro heridas como descritas acá, contuso cortantes en cuello, tórax y miembro superior derecho, y están ampliamente descritas de igual manera en el protocolo de autopsia y con las causas de muerte que se espera por las heridas escritas, shock hipovolémico, hemorragia interna por arma blanca, es todo

Acto seguido fue interrogado por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- Qué tiempo tiene de servicio en el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, específicamente en la división de medicina legal? Tengo Nueve años en la institución, como médico forense, actualmente soy experto profesional III, me desempeño en la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses de Bello Monte, en ese momento de estaba como médico Forense del Estado Vargas. 2.-Podría explicar la función de un médico forense en un examen de un cadáver? Primero actuamos en todos los casos violentos, que pueden originar o no la muerte, o que hayan lesión como tal, no solo estamos en los casos de muerte sino que estamos en todo lo que se denomina lesionología, lesiones traumáticas, que pueden ser de causa violentas, o accidentales, pero en los casos de muerte debemos evaluarlo externamente y describir todas las heridas o lesiones que encontremos de manera de ser y hacer como una planimetría para que el patólogo encuentre cada una de esas lesiones y pueda concordar con lo que encontremos internamente al momento de la autopsia, el medico forense es el primera línea de evaluación de un cadáver, para poder dar el diagnostico definitivo, por que el diagnostico definitivo lo da anatomía patológica, en todas las especialidades aún en medicina legal, el médico forense va a dar la impresión diagnóstica, vamos a describir las heridas, el tipo de herida que es, con el objeto que presumimos que es, o con el objeto que se utilizo para tal fin, y describimos bien y concienzuda y dedicadamente cada unas de las lesiones. 3.- Podría concluirse que ustedes son un binomio entre el patólogo y el medico forense para concluir acerca de la causa de muerte? Eso es correcto. 4.- Tiene que haber concordancia entre uno y otro profesional? Si definitivamente, si no la hay deberíamos reunirnos y hallar y no hacer conclusiones hasta que no encontremos los elementos propios del diagnostico. 5.- En el caso particular del examen que practico al cadáver de E.J.V.C., hubo esa concordancia? Si la hubo. 6.- Usted indica en su informe, que denomina acta de levantamiento de cadáver, características que están descritas en el protocolo de autopsia el cual pedimos a los fines de precisar la causa de la muerte, pudiera indicar al tribunal que quiso decir con esa expresión? Si, siempre colocamos eso, es casi un formato que tiene cada médico forense, en mi caso en particular siempre pido el protocolo de autopsia para buscar la relación de las heridas, el tamaño, la dimensión, la profundidad y la causa y qué fueron los elementos internos que no puedo precisar yo hasta que no sea aperturado, si coincide o no con el trayecto de las heridas que yo describí, lo pido y coinciden y concluimos y cerramos. 7.- En algunos casos presencia la autopsia? Si en muchos casos. 8.- En este caso? En este caso no lo recuerdo porque eran muchos los casos del Estado Vargas. 9.- Usted señala falleció el 25 de Mayo de 2003 aproximadamente a las 3 de la mañana, que significa esto, que elementos desde el punto de vista científico tomo usted para concluir que este cadáver falleció ese 25-05-2003, aproximadamente a las tres de la mañana? Si hay una serie de fenómenos cadavéricos, están bien descritos en la literatura, esos fenómenos son el enfriamiento, la rigidez y las livideces, donde nos va a indicar el tiempo, la data de muerte, hay otros fenómenos que son de descomposición que no vienen al caso, esos tres elementos son características de muerte de poco tiempo como es este caso, si el cadáver tuviese una rigidez cadavérica acentuada y ahí va a influir también el fenómeno ambiente, en el Estado Vargas hay mas calor, acá no había rigidez cadavérica y la rigidez se presenta después de las doce horas, la livideces son livideces móviles que las describí también, y el enfriamiento cadavérico es propio de una muerte de poca data, no es característico de muerte de mas de doce horas, que este en un promedio en tres, cinco u ocho horas, si encontramos el enfriamiento cadavérico, sin rigidez pero con lividez colocamos en tiempo promedio que son cinco o seis horas, ahí está a las nueve y media evaluado a las tres me pareció a mi la hora de la muerte, en definitiva son menos de doce horas de la muerte. 10.- Esa fecha y hora a la que usted llega pudiera considerarse una prueba de certeza? No, definitivamente, por que son datos que dan presunción, los otros datos como son la interna, como lo es la del patólogo y los otros datos de investigación propia es la que nos va a dar datos de certeza, nosotros para no involucrarnos nunca le preguntamos a los familiares, cuando lo vieron por ultima vez, etc, por que no es parte de la investigación y alteramos un poquito parte de nuestro propio diagnostico, nosotros colocamos en base a los fenómenos cadavéricos colocamos el tiempo y si coincide con la investigación, excelente. 11.- En ese resultado del 25-05-2003 es producto de su ciencia? Si, por eso colocamos aproximadamente porque es un promedio y de acuerdo a la literatura se estila que son dos horas más o menos. 12.- Usted señala heridas contuso cortante? Las heridas por arma blanca se pueden clasificar, entre ellas están las contusos, las cortantes, las contuso cortantes y las penetrantes; las contuso cortantes es la combinación de las utilizan un objeto que si bien es arma blanca, y es filoso, puede también maltratar la piel, por lo tanto golpea y también corta, si nosotros vemos elementos alrededor que no son borden netos, hablamos de contuso cortante, si hablamos de objeto cortante los bordes son lisos menos anfractuosa. 13.- Esas heridas fueron superficiales? No necesariamente, lo que quiere decir es que fueron realizadas con un objeto que no solo cortaba, sino que también maltrataba. 14.- Usted refiere de gran extensión? Cuando hablamos de gran extensión, hablamos de una superficie determinada en este caso cuello, hablamos que abarca tres partes del mismo, entonces hablamos de gran extensión, en este caso cuello y brazo, la zona infra escapular izquierda, la escapula es lo que llaman paleta, queda debajo del omoplato, o sea el tórax posterior. 15.- Con relación a esa herida contuso cortante en el cuello, una herida de esa magnitud puede ser una lesión que se haya producido sin intención? La herida en cuello de esa extensión muy poco probable puede ser inofensiva, porque en el cuello descansa muchos paquetes vasculares nerviosos, por allí pasan los nervios, pasa la carótida y la yugular, al tocar eso ya es por si sola una lesión de importancia, que si no conduce a la muerte pudiera salvarse pero es bastante mal el pronostico; esa intención de matar no es mi punto, pero ciertamente una lesión en cuello es muy dañina y muy probable por las situaciones anatómicas que conduzcan a la muerte. 16. Una lesión en cuello como las que describió en su informe es una herida de carácter defensivo? No. 17.- Señala usted en el punto uno: Herida cortante de bordes irregulares de 10 por 8 por 3 centímetros cara latero –externa derecha de cuello con exposición de plano muscular y paquete vasculo nervioso, pudiera decir de acuerdo a e esa apreciación en posición se encontraba la persona? Estaba muy probablemente de lado, dándole el lado derecho a la persona que le estaba haciendo la lesión, por que fue muy tajante directo hacia el lado lateral derecho. 18.- Que es exposición de plano muscular? Cuando ya se supera la piel, hay varios planos en el cuerpo humano, esta la piel, la parte de aponeurosis que es una capa que cubre el músculo y luego el músculo, este plano muscular, por detrás de este es que descansan los paquetes nervios y vasos, es decir que abrió mucho mas de piel, paso la aponeurosis y llego al músculo ya de allí los que quedan son los planos vasculares y si es abdominal serian los órganos viscerales y si es cuello hasta allí llega, por que llega hasta el plano profundo. 19.- Eso se debe a la intensidad de la herida? Se debe profundidad de la herida. 20.- Después nos dice en un segundo punto herida de cinco por cinco centímetros en la cara latero externa y media de brazo derecho? La herida fue más superficial, con menos profundidad, pero que abarca gran parte del brazo. 21.-Donde queda esa zona? ( explicó señalando en su cuerpo la zona). 22.- Esta herida de cortante de 5 centímetros es una herida superficial? Si fue superficial, igual cortante pero superficial. 23.- Nos habla en un tercer punto herida cortante de ocho por nueve centímetros, irregular en región infraescapular izquierda, donde queda esta región? Ubicada debajo en el omoplato. 24.- Nos habla de irregular que significa eso? El objeto en cuestión que se utilizo, en la herida cortante el objeto hace una solución continuidad con bordes netos, corta filosamente cualquier estructura, llámese piel, cuero, madera, cuando es anfractuosa no es neto, el objeto golpea y corta, hace efecto de contusión al objeto, ese tipo de herida es irregular. 25.- Eso nos puede dar algún tipo de noción del tipo de arma que se pudo haber utilizado? Si los clasificamos como objetos contusos cortantes y son aquellos que pueden ser inclusive armas blancas, por lo general son armas blancas no muy afiladas, provocan trauma antes de penetrar, provocan contusión. 26.-Nos puede decir cual fue la causa de la muerte en este caso? Shock Hipovolemico, hemorragia interna, heridas cortantes por arma blanca al cuello y tórax 27.- Que es el shock hipovolemico? El shock es la perdida de conocimiento, que ocurre por hipo es poco y volemia es de circulatorio, el volumen circulatorio, el volumen de sangre en el cuerpo humano de una persona promedio es de 5 litros y cuando se pierde mas de tres litros y medio de sangre de su volemia, lo consideramos que esta en shock, y que tiene poco volumen sanguíneo, eso compromete el hemodinámia del paciente y puede causar la muerte, la causa de la muerte fue un shock hipovolemico, el perdió el conocimiento por poca volemia y perdió la volemia por una hemorragia interna, porque fue perdiendo sangre y externa por que afectos grandes vasos hasta que perdió la volemia, debido a un arma blanca, a cuello y sitio nobles como el tórax, que fue la zona infraescapular, tórax posterior. 28.- No le cabe ninguna duda que la causa de la muerte fue esa? No. Fue algún tipo de enfermedad que la haya causado esa muerte? No, antes de dar la autopsia nosotros damos un diagnostico presuntivo un pronostico de muerte.

A preguntas formuladas por el Defensor Privado, contestó: 1.- Según su estudio en el acta de levantamiento de cadáver, puede determinar que persona o personas le causaron la muerte al hoy occiso? No es imposible.

A preguntas formuladas por el Tribunal contesto: 1.-Ratifica en todo su contenido el escrito que le fue puesto de manifiesto? No solo ratifico todo su contenido sino que reconozco la firma. 2.- Se trata del mismo protocolo de autopsia al cual hace referencia en su acta de levantamiento? Si, es el mismo y reposa en las actas.

En ese estado, se ordenó ingresar a la sala de audiencias a la ciudadana VASQUEZ MORA EUCARIS DESIREE, Inspector del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas; titular de la cédula de identidad Nº V-12.962.912, quien fue debidamente juramentada e impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y reconoció como suya la firma contenida en la inspección ocular que cursa a los folios (45) a (45) y expuso:

Se trata de una inspección ocular de un cadáver y un sitio del suceso donde se colectaron unas evidencias, es todo

Acto seguido fue interrogada por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.-Cuales eran las características del sitio del suceso? Era un sitio de suceso abierto, en el año 2003, se toma como punto de referencia la casa de la familia Paca, casa sin número, se consiguió un cadáver. 2.- Tomo este punto de referencia por la cercanía al cadáver? Si, siempre se toma un poste, una acera o cualquier otro de referencia, donde se tiene acceso por medio de unas escaleras, un callejón en la mitad del pasillo se consiguió el cadáver de una persona. 3.- Se consiguió alguna evidencia? Colecte el tercio superior de un recipiente de vidrio transparente de los denominados picos de botella, con aristas agudas producto de una fractura, sobre el piso y adjunto a la extremidad inferior izquierda, las aristas son la parte inferior de la botella, se colecto sangre, la ropa. 4.- Como se vio la sangre, en el inspección refiere alguna cantidad? Nosotros no colocamos cantidad, solamente se dejo constancia que debajo del cadáver se observo una sustancia acumulada de color pardo rojizo, acumulada quiere decir, que permaneció allí por un cierto tiempo, el cadáver esta allí y acumulo esa sustancia, cuando hablamos de mecanismo de formación por contacto quiere decir que el cadáver inmediatamente que se le causa la muerte u otro herida hace inmediatamente contacto con la superficie, no se acumula, cuando hablamos de charco es que nos referimos a gran cantidad, referimos a acumulada por ejemplo tomamos un objeto impregnado de sangre lo colocamos allí y se acumula la sangre, como coagulada, bien sea por el tiempo, por lo hayan dejando allí, no podemos hablar de que porque este acumulada sea un sitio de liberación, pero mayormente cuando hablamos de acumulada, es que desde aquí, dejo un objeto acá; hay morfologías de la sangre como escurrimiento, salpicadura, por contacto, caída libre, impregnación, cuando hablamos de acumulada es que se coagulo puede ser por el tiempo o por lo trasladaron a otro lugar. 5.-De acuerdo a las característica de la mancha acumulada, es la característica sine cuanon para establecer que el sitio que usted inspecciono de un sitio de liberación o del un sitio del sucedo? Para hablar de un sitio de liberación se tendría que ver otros elementos, mas sin embargo cuando se habla de sangre acumulada puede surgir como una hipótesis a nosotros como investigadores e inspectores que se trata de un sitio de liberación. 6.- Usted realizo la inspección del cadáver que tipo de heridas observo? Tres heridas incisas, ubicadas en el área de proyección en las regiones anatómicas siguientes, cuando hablamos de aéreas de proyección se habla de aéreas que se proyectan en el cuerpo humano; una herida con bordes lisos y anfractuosa en la cara anterior del brazo derecho, como de forma de rosa, la carne se abre, no tiene ninguna forma. 7.- Esa herida es defensa? Si, a veces. 8.- Cual era la otra lesión? Un herida con bordes lisos en la cara lateral derecha del cuello, con exposición de los órganos internos de esa región desde la región tiroidea hasta la laringe, la otra era el la región escapular izquierda con bordes lisos y de forma anfractuosa y con desprendimiento parcial de la piel, sin forma. 9.- Presentaba el cadáver alguna otra lesión? Únicamente las tres heridas descritas, no se coloca lo que no se ve. 10.- A que hora llego al sitio a realizar la inspección? A las 6: 45 horas de la mañana. 11.- Cuando dice que es un sitio de suceso abierto a que se refiere? Nosotros hablamos de sitio de suceso abierto o cerrado, un sitio de suceso cerrado no esta al aire libre. 12.- El día 25-05-2003 que tiempo tenia adscrita al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas? Tendría como siete años. 13.- que rango tenia? Detective. 14.-Para ser detective que se requería? Ser T.S.U en Criminalísticas. 15.- Dentro de los estudios que usted recibe esta algún estudio con medicina forense y nociones de derecho penal? Si. 16.-En su inspección manifiesta que consiguen un cadáver en posición de cubito dorsal, que significa de cubito dorsal? La parte del torso pegado al suelo, en el suelo boca arriba. 17.- Usted indica que observo tres heridas, una en el brazo, cuello y región escapular izquierda, nos puede explicar que se refiere de naturaleza hemática? Que emana de las heridas, la sustancia hemática es sangre. 18.- Usted refiere que el cadáver tenía las extremidades superiores extendidas hacia el sentido norte e superiores la derecha extendida y la izquierda semi flexionada, que significa eso? Cuando hacemos una inspección nos ubicamos en tiempo y espacio, sus extremidades inferiores, o sea las piernas estaban en sentido hacia la playa, hacia el norte y las extremidades superiores una estaba semi flexionada. 19.- Es esta inspección usted se encontraba como funcionarios investigador? Me encontraba como inspector técnica, cuando hay un suceso hay un investigador y un experto, en este caso el experto soy yo. 20.-Colaboro con la investigación en este caso? Hice actuaciones, pero como enviar las evidencias al laboratorio, actuaciones de investigación no. 21.- Con respecto a las evidencias recolectaron un recipiente de vidrio transparente con las aristas agudas, como se hace para que ese recipiente le queden las aristas agudas? Se fracciona, se parte y quedan las aristas, se llaman agudas porque hay unas más grandes que otras y son puntiagudas. 22.- Usted podría por su experiencia indicarnos si es posible que ese pico de botella que se colecto en el sitio haya sido el arma que causo las heridas? No se lo podría decir. 23.- Por la naturaleza de las heridas pudiera indicar si ese objeto pudiera causar esas herida? Por la naturaleza de las heridas y ese tipo de arma si, por lo bordes lisos. 24.- Usted toma como punto de referencia del sitio donde se encontró el cadáver la casa de la Familia Paca, como supo usted que se trataba de la familia Paca? Al conseguir el cadáver, como no había un punto mas cercano al cadáver y como el punto era la esa vivienda y no tenia numero, preguntamos de quien era la casa, si el numero es visible no preguntamos. 25.- De acuerdo a la ubicación usted pudiera indicar la distancia que hay desde el sitio donde consiguió el cadáver y la casa de la familia Paca? Como tres pasos aproximados. 26.- De las tres heridas que observo y refiere en la inspección cual aparentemente era la mas grave? La de la cara anterior del cuello. 27.- De acuerdo a su conocimiento policial como es el sangramiento que se desprende de esas heridas? Votaría un aproximado de 500 cc o 7000 cc del cuerpo. 28.- Esa cantidad que usted menciona es la misma cantidad que vio en el sitio? Era una sustancia totalmente acumulada. 29.- Que es acumulada? La sangre esta acumulada, no hizo salpicadura, no hubo escurrimiento. 30.- De acuerdo a su experiencia policial, al producirse un herida por arma blanca en el cuello, que pasa con esa sangre, se escurre, salpica? Todas las morfologías, salpicadura, caída libre, escurrimiento, charco. 31.- Usted observo en ese sitio que inspecciono cerca de la casa de la familia Paca salpicaduras, charco, observo esas morfologías de la sangre? No, porque nos dijeron que alguien había limpiado para que los niños no vieran.

A preguntas formuladas por la Defensora Privada, contestó: 1.- Que distancia tiene el callejón de ancho? (la funcionaria realiza señalamientos gráficamente). 2.- Por que tomaron como referencia la casa de la Familia Paca y no otra casa? Porque el cadáver estaba mas cerca de la acera de la casa de la familia Paca. 3.- De acuerdo a la inspección que realizo se puede determinar quien o quienes le causaron la muerte al hoy occiso? La inspección es un aporte para determinar los autores del hechos para eso se hacen una serie de investigaciones, pero con la simple inspección ocular no se puede determinar quien fue, esas son las primeras diligencias necesarias para una investigación.

El tribunal no interrogo al testigo.

En ese estado, se ordenó ingresar a la sala de audiencias a la ciudadana DELGADO G.L.D.C., titular de la cédula de identidad Nº V-11.059.762, quien fue debidamente juramentada e impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

Yo estaba en la casa, estaba durmiendo, solo oí una botellas que se quebraron, me quede en la cama tranquila, no escuche pelea, no escuche ruido, no escuche escándalo, solamente como alrededor de 10 minutos es que escuche a la señora Yaya, Yomaira, que le mataron a su hijo, no sabía nada y fue cuando me vestí y baje, cuando baje como eso es como una vereda, cunado llego a la esquina la consigo a ella con su hijo abrazada y me dijo Lilimar mira lo que le hicieron a mi hijo, le volteo el cuello y veo que estaba cortado, ya estaba muerto, luego me senté en los escalones del frente de la casa de la señora Paca donde estaba un pozo de sangre ahí, y le decía a la Señora Paca que me dejara usar el teléfono para llamar a la hermana de la señora Yomaira y ella me decía que no podía usar el teléfono porque no tenia teléfono casero, como alrededor de las cinco y media seis de de la mañana ellos se fueron hacer café, yo entre a la casa y en esa época había escasez de agua en el sector y había un espacio hacia donde se bajan a la platabanda lavado, entonces yo salí, es todo

Acto seguido fue interrogada por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- Que relación tenia usted con la persona que resulto muerta? Era mi vecino, hijo de una amiga mía, era conocido. 2.- A qué se dedicaba esa persona y puede decir su nombre? En realizada lo conozco por su apodo, le decían PICURE, el se dedicaba a cualquier cosa, no tenia un trabajo estable, el trabajaba anteriormente pero por problemas tuvo que retirarse del trabajo. 3.- Cuantos años tenia usted conociendo a esa persona que usted señala que llamaban PICURE? Toda la vida. 4.- Usted sabia como era el comportamiento de esa persona que apodaban PICURE? El era bastante escandaloso y bastante bullero, por eso jamás pensé que el problema era con él, el siempre se vivía haciendo bulla por todos lodos cuando discutía se escuchaba la voz a lo lejos, y como no lo oía me sorprendí cuando escuche la voz de su mama. 5.- Conocía también a las personas que resultaron involucradas en este caso? Si las conocí, uno era R.F., cabe destacar que yo no sabía que ahí había una fiesta, yo no supe nunca que había una fiesta, ni los ví en la fiesta, R.F., más que todo los conozco por apodos. 6.- El día de los hechos, donde se encontraba aproximadamente a las nueve de la noche? En mi casa. 7.- Donde se encontraba aproximadamente a las dos de la mañana? En mi casa. 8.- Donde se encontraba aproximadamente a las tres de la mañana? Yo creo que a las dos y media fue que sucedió eso, en realidad no recuerdo bien la hora, pro creo que fue a esa hora cuando baje. 9.- Que fue lo que vio? Cuando baje vi a la señora Yomaira con su hijo en brazos. 10.- Usted pudo apreciar alguna o algunas heridas en el cadáver? Yo solamente le ví la del cuello. 11.- Como era esa herida del cuello? Era grande, para cualquier persona era impresionante ver cualquier hecho así de sangre. 12.- A parte de las heridas llego a observar algo mas que le llamara la atención en ese lugar? Por supuesto la sangre que estaba donde estábamos sentadas en los escalones de esa casa, la sangre que estaba al frente que era un pozo de sangre, la sangre estaba un poquito mas arriba de donde estaba él y la de los escalones, del frente de donde era la fiesta según. 13.- Y que familia vivía en esa casa? La familia Penzo, la mamá de Carlitos, Aurelia. 14.- En esa casa de la señora A.P.d.P. fue que usted vio la sangre? Si en los escalones de afuera, inclusive también en la sala había salpicadura, es un porchecito. 15.- Usted llego a relacionar esa salpicaduras de sangre con lo que paso? Por supuesto por que si en frente esta un cadáver, y hay suficiente sangre afuera y hay sangre donde estoy sentada. 16.- Usted pregunto por que esa sangre estaba allí? No, en ese momento todo el mundo estaba como consternado y no había muchas preguntas que hacer. 17.- Usted observo si en esa casa donde había salpicaduras de sangre estaban limpiando? No vi que estaban limpiando, pero si me pareció un poquito extraño que con la escasez de agua que había no me quisieron prestar el baño porque no había agua, eso estaba mojado. 18. Sabe usted quien limpio eso? No. 19.- Usted llevo a observar, a oír alguna discusión? No. 19.- Llego usted a escuchar que se partiera algún objeto? Si, unas botellas. 20.- Usted llego a observar algunos gritos? No. 21.- Llego usted a entrar al baño de esa casa? No. 22.- Donde específicamente vio usted la sangre? En el escalón que sale de puesta hacia afuera y en la pared del porchecito. 23.- Ese porchecito donde está ubicado dentro o fura de la casa? Después que hay una puerta ya es dentro de la casa. 24.- Como eran esas manchas de sangre que usted vio en ese porchecito? Esas eran salpicaduras, como unas góticas, pero las que estaban afuera en el escalón si eran unas gotas más grandes. 25.- Usted escucho o alguien le dijo quien era la persona que había herido a PICURE? En realidad fueron muchos los comentarios. 26.- Cuales eran esos comentarios? Los comentarios eran que nadie sabia, que nadie había visto nada, que él se cayo, total que nadie sabia. 27.- Alguien le dijo que había habido una pele allí? No, ahí nadie decía nada, todo el mundo estaba mudo. 28.- Con respecto a los dueños de esa casa tuvo usted alguna conversación con ellos? Esas personas estaban totalmente herméticas, no decían nada. 29.- Llego usted a observar a los acusados ese día 25 cuando sucedieron los hechos? No. 30.- Donde había un fiesta? Yo no me percate que había una fiesta. 31.- Donde usted observo la sangre habían algunas botellas? No. 32. – Esa sangre que describe en ese escalón tenia alguna trayectoria? En realidad eran gotas de sangre, no eran de ninguna parte. 33.- Indicaban alguna dirección esas gotas? Las gotas indicaban el cruce a la acera del frente donde estaba el pozo grande de sangre. 34.- Se podían seguir esas gotas? No me percate de eso.

A preguntas formuladas por la Defensora Privada, contestó 1.- Cuando usted escucho esas botellas donde se encontraba? En mi casa. 2.- Usted pudo determinar si las varias las botellas que usted escucho era en el callejón o dentro de la casa de la familia Paca? En realizada no puedo determinar eso, porque yo vivo es alto, la bulla es abajo. 3.- A que hora entro a la casa de la señora Paca? Con a las cinco y media a seis de la mañana. 4.- Usted puede determinar con certeza quien le quito la vida al ciudadano que conocía como PICURE? No, como dije antes cuando yo llegue el ya estaba ahí.

A preguntas formuladas por el Tribunal, contestó: 1.- Que distancia existe desde su casa a la casa de la familia Paca? Relativamente tres cuadras, pero como mi casa queda en un tercer piso, desde mi casa se puede ver a la platabanda.

Por cuanto el Tribunal tenia otras actuaciones que cumplir aplazo la continuación del juicio para el día 30-01-2008.

Durante la continuación de la audiencia oral y pública en fecha 30-01-2008, fue llamada al estrado la ciudadana M.N., médico medico anatomopatólogo, quien fue debidamente juramentada e impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y reconoció como suya la firma contenida en el Acta de levantamiento de cadáver que cursa en el folio (95) de la pieza denominada “anexo” y expuso:

Con relación a este caso, ocurrió en el año 2003, yo realice esta autopsia, por lo descrito aquí, la muerte ocasionada por herida por arma blanca, la conclusión fue bastante clara, aunque describo varias heridas, la herida mas importante, la que ocasionó la muerte fue una herida de 25 c.m., contuso cortante en el cuello del lado derecho, que lesiona la arteria yugular interna y eso produce una hemorragia masiva, hay shock hipovolemico y por ende la muerte, aunque yo describo aquí otras heridas contuso cortantes, hay heridas cortantes en el brazo derecho, en la región infra escapular izquierda, pero no refiere ningún órgano lesionado en esa área que no sean planos musculares que no son capaces de ocasionar la muerte y hubo un herida anfractuosa de 15 cm. con exposición de planos musculares en la cavidad toráxica y en brazo derecho, en este caso, estaría desde el punto de vista médico la muerte, toda vez que en cuello igual que en la cabeza en una zona donde hay órganos vitales que son fácilmente vulnerables ante una herida, que debido a su profundidad, que se lleva a los planos musculares y el plano nervioso y arteria yugular interna esto ocasiona la muerte bastante rápido, es todo

Acto seguido fue interrogada por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- Que tiempo estuvo al servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas como medico anatomopatólogo-forense? 16 años. 2.- Que tiempo tiene graduada como médico? 24 años. 3.- Podría manifestarnos la identificación del cadáver al cual le practicó la autopsia? De acuerdo al protocolo fue el 25/05/2003, E.J.V.C., de 27 años de edad, raza mezclada, procedente del cerro “Los Cachos”. 4.- Cual es el requerimiento previo que se hace para que usted practique la autopsia? El medico forense es el encargado de ir al sitio y efectuar el levantamiento del cadáver y el patólogo realiza la autopsia en el recinto que existe en la morgue, el medico forense es el encargado de describir las lesiones externas del cadáver, el patólogo hace también un examen externo del cadáver y luego procede a realizar la autopsia, las lesiones internas las hace el patólogo, que debe haber estudiado patología clínica tres años de post grado y la patología forense se aprende con un curso, para desempeñar esa labor. 5.- En relación a la causa de la muerte, debe coincidir la que da el medico forense con la que de usted? El medico forense no da causa de muerte, solo hace el levantamiento del cadáver describir las lesiones externas, el que dictamina la causa de la muerte es el patólogo, que es el calificado para decir la causa de la muerte. 6.- Podría indicar con su propio cuerpo la ubicación de las heridas para aclarar su exposición? Si (procedió a indicar con su propio cuerpo la ubicación de las heridas) hay una herida que se define contuso cortante de gran extensión en el cuello, del lado derecho de 23 centímetros de longitud, cuando hablamos de esta zona y que hay exposición de paquete vascular, arterias y venas y el nervio, cuando eso esta seccionado, en este caso con un arma blanca, produce la muerte, porque una persona con una herida de esa naturaleza, mortal, la muerte ocurre aproximadamente en diez minutos, en realidad para llegar a un hospital calificado con una herida de esa magnitud, es casi imposible, las otras heridas se trata de herida cinco centímetros en la cara latero externa y media de brazo derecho, lo que lesione de plano musculares superficiales, en esa zona no planos vasculares que puedan ocasionar la muerte, luego hay otra herida que esta en tórax anfractuosa, que quiere decir irregular en región infraescapular izquierda, con exposición de plano musculares no entro a cavidad toráxica, por lo tanto no secciono ningún órgano vital en el tórax, cuando hace se viceración del cadáver y hace la autopsia, pues describen como están los órganos, obviamente describo que hay una palidez hepática y una palidez pulmonar , porque si la persona perdió mucha sangre, tiene que estar pálido y los órganos están pálidos, porque ha perdido mas del 50% de sangre por una herida de esa magnitud en el cuello, la del lado derecho en el cuello es la que le causa la muerte a la persona. 7.- Usted podría indicarnos si ese cadáver presentaba alguna enfermedad que pudiese contribuir a que muriese en virtud de la herida presentada? No, en ese caso uno hace una autopsia y sobretodo cuando se trata de un homicidio, uno revisa los órganos y fácilmente ve si la persona tiene un tumor, o una enfermedad crónica que pueda ayudar a que ocurra la muerte, en este caso yo pongo que hay palidez hepática y describo palidez de ambos pulmones, esto me indica que perdió mas del 50% de sangre, digamos que un 70%, por lo menos. 8.- En la mayoría de los casos por muertes violentas el patólogo toma muestras para hacer estudios toxicológicos, ¿por qué no está en su protocolo esa toma de muestras? En todas las muertes violentas es obligatorio tomar muestras de sangre, pero luego nosotros no chequeamos eso, eso llega al departamento, a la delegación y llega nuevamente a la medicatura, pero ya el patólogo hace su trabajo, eso no lo vemos si la persona tenía intoxicación por algo, pero a todos los casos le tomamos muestra de sangre. 9.- Que significa contuso cortante? Una herida cortante que pudo haber tenido bordes irregulares, bordes contusos, en este caso la palabra más adecuada sería una herida penetrante, el término mas apropiada es este caso fue herida cortante y penetrante, se coloca contuso cortante y se trata de aclarar hasta donde llego la herida. 10.- La herida que usted describe en el cuello podría ser una herida defensiva? No, no puede ser una herida defensiva, una herida defensiva es distinta, es una herida más pequeña, más superficial, esa tuvo que haber sido una herida hecha deliberadamente ya que es una herida grande y profunda, el termino acorde es penetrante, porque penetra en la cavidad del cuello, una herida de dos centímetros de profundidad en el cuello ya es bastante grave, en este caso afecto la yugular interna, es decir de mas de tres centímetros de profundidad, de ahí el torrente de sangre que sale es bastante rápido y mucha cantidad. 11.- Los bordes irregulares podrían ayudarnos a determinar que tipo de arma con la cual pudo haberse producido la herida? Si, podría ser un cuchillo o algo dentado, que ocasione un borde irregular, una botella, un cuchillo dentado. 12 ¿La herida del tórax podría considerarse una herida defensiva? No, una herida por la espalda no puede ser una herida defensiva. 13.- La herida del brazo derecho podría considerarse una herida defensiva? La autopsia no revela signos defensivos, la persona pudo haber sido tomada por sorpresa, inclusive pudo haberse realizado esas tres heridas por sorpresa sin haber habido tiempo de ningún tipo de defensa por parte de la persona que falleció. 14.- Usted no deja constancia de cómo observó las manos del cadáver, si había alguna lesión? Cuando yo hablo de extremidades tenemos que describir lo que hay en brazos, piernas, pies y manos, si no está descrito no había algo de gran importancia a no ser palidez. 15.- Observo cortadas como mecanismos defensa? No, sino estuviera descrito en el protocolo. 16.- Usted no tiene ninguna duda que la causa de la muerte es la que usted describe en el protocolo? Ninguna duda.

Por su parte la defensa no interrogo a la medico anatomopatólogo, por considerar que se estaba violación al debido proceso , por cuanto la misma no presento su Cédula de Identidad, sin embargo, la ciudadana compareciente enseño en audiencia distintos documentos entre los cuales se encontraba certificado medico y credencial emanada del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, documentos estos publico, que acreditaron la identidad de la ciudadana, por lo que el pedimento de la Defensa fue declarado sin lugar.

A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: 1.- Ratifica en todos u contenido el escrito que le fue puesto de manifiesto? Si lo ratifico en su totalidad.

Siendo que el tribunal tenia otras actuaciones que cumplir aplazo la continuación del juicio para el día 06-02-2008.

Durante la continuación de la audiencia oral y pública en fecha 06-02-2008, la Representante del Ministerio Publico solicito la palabra y expuso:

Usted le hizo entrega de un oficio al Ministerio, en base de ese oficio se hicieron las diligencias pertinentes para ubicar los testigos de este Juicio, la Representación Fiscal se dirigió a la sede de Defensa Civil a ubicar al ciudadano E.R., quien manifestó que su vida corre peligro, en el día de hoy se realizaron gestiones pertinentes ante la Fiscalía Superior a los fines de resguarda su integridad, en el día de hoy se presentaron dos funcionarios de la consultora jurídica del organismo al cual esta adscrito y manifestaron que el estaba en un procedimiento y que iban a tratar la cambiar la guardia para que pudiera acudir, pero que el le había adelantado que había sido presionado y de que no iba a ratificar la versión que había venido dando en el transcurso de la investigación, con relación a ese testigo, como no ha comparecido a sabiendas que tiene que acudir al Tribunal, solicito sea conducido por la Fuerza Publica, también se realizaron gestiones para que comparecencia del ciudadano Yolfrank G.V., este testigo aparentemente se mudo, pero no hay una constancia de un funcionario policial de haber levantado un acta que diga que en efecto se mudo, con respecto a la testigo a la Lixci Curiel no tenemos constancia de que haya sido citada formalmente y con respecto a la ciudadana V.A.P.d.P., se fue a su labor de trabajo manifestando que se encontraba de reposo, se fue su domicilio y se comunico con una hija de ella quien manifestó que en razón que el hijo de ella esta huyendo de la justicia por este caso, tampoco iba a comparecer, por lo en ese sentido pido con respecto a ese testigo también se acuerde un mandato de conducción y se insista en la citación de Lixci C.R., que no consta que efectivamente se haya citado y solicitamos sea el Cuerpo de Investigaciones, Científicas y Criminalísticas así como el Instituto Autónomo de policía y Circulación quienes practiquen el mandato de conducción efectivamente, es todo

.

Seguidamente le fue cedida la palabra a la Defensa Privada quien se opuso al pedimento de la Represtación Fiscal, realizándosele un recuento de las actuaciones anteriores a la audiencia y declarándose sin lugar la objeción de la Defensa y con lugar el pedimento de la Representación Fiscal.

Durante la continuación de la audiencia oral y pública en fecha 08-02-2008 fue llamado al estrado el ciudadano E.W.R.P., de profesión u oficio Paramédico de Protección Civil y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 16.509.823, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal expuso:

Nos encontrábamos en una fiesta, termino la fiesta, éramos un grupo de personas, estábamos seis, me fui a mi casa, me acosté a dormir, cuando salgo, ya el cuerpo estaba fuera de la casa, estaba el muchacho abajo en la esquina, cerca del poste insultando al cuerpo el chamo estaba vivo, posteriormente acompaño a otro muchacho de la casa a avisarle a la mamá, bajo y el muchacho le da la vuelta a la manzana, se para ahí porque hace esquina mi casa, le doy su camisa al chamo y de ahí me fui a mi casa y nos se mas nada

Acto seguido fue interrogada por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.-Indíquele al tribunal la dirección exacta en donde se realizaba la fiesta a la que usted se refirió en su exposición? Barrio San A.L.F., callejón sin número, en la casa de la Sra. A.P., en ese momento creo que vivía alquilada.2.-Indique la dirección de la casa que usted habitaba para el momento en que ocurrieron los hechos? Es Mismo callejón, frente a la casa de la sra. N.V.. 3.-Que distancia hay aproximada entre su casa y la casa de la Sra. A.d.P. que usted señaló que se estaba celebrando al fiesta? Unos 6 metros, de puerta a puerta, por que la casa mía queda al frente de una pared de esa casa. 4.- Tiene usted visibilidad a esa casa? Si. 5.- Es fácil escuchar lo que sucede allí? No porque yo duermo arriba. 6.- A que hora llegó usted a las casa de la sra. A.P.? No recuerdo, era de noche. 7.- Por qué razón usted va a esa casa en horas de la noche? Porque había una fiesta y me invitaron 8.- En que parte de la casa se celebraba la fiesta y el motivo? El motivo no lo recuerdo, pero era arriba en la platabanda y abajo se bailaba también. 9.-Indique quienes se encontraban en la fiesta? Estaban ellos dos, el hijo de la señora de la casa, la señora de la casa, la yerna. 10.- Cuando usted señala que estaban ellos dos, usted se refiere a los acusados R.C. apodado Pepito y G.S.A.C.? Si. 11.- Son estas dos personas que están aquí? Si. 12.- E.V. se encontraba en esa fiesta? Si, se encontraba en la fiesta. 13.-Que ocurrió en esa celebración? Lo que ocurrió no se, estábamos jugando domino 14.- Donde se celebraba esa partida de domino? En la platabanda. 15.- Quienes participaban del juego de domino? Edgar, Ricardo, Carlos y otra persona que era la primera vez que la veía y yo. 16.- Solía visitar esa casa? Si. 17.- Era amigos de las personas que Vivian ahí? Si. 18.- Conocía usted a E.V.? Si, tenia dieciocho años conociéndolo. 19.- Cual era el comportamiento de E.V.? El era mala conducta, el consumía su droga. 20.-Que relación tiene con R.C.? Era conocido. 21.- Que relación tiene con G.S.? Yo antes lo trataba, pero después no fue mas al barrio. 22.- R.C. vivía en el barrio? No, en otro barrio. 23.- G.S.a.C. vivía en el Barrio? No. 24.- Ustedes ese día estaban ingiriendo licor, estaban borrachos? Si. 25.- Ese día la victima E.V. estaba ingiriendo licor, estaba borracho? Si. 26.- Ese día el ciudadano R.C. estaba ingiriendo licor, estaba borracho? Todos estábamos ingiriendo bebidas alcohólicas. 27.- Que significa para usted borracho? No estar en sentido común, no estar en los cabales. 28.- Que hora era mientras jugaban domino? 2:30 a 3:00 de la mañana. 29.- A esa hora sucedió algún incidente mientras jugaba dominó? En mi presencia no vi ninguna discusión. 30.- A que hora se retira a su casa? No recuerdo, lo que recuerdo es que perdí el juego y me fui. 31.-Que momento transcurrió desde el momento que perdió la partida y se retira a su casa? Como cinco a diez minutos. 32.- Que escuchó usted desde que transcurrieron esos diez minutos luego de las dos y media de la mañana? Yo estaba acostado, escuché unas botellas, abro la puerta de mi casa y cuando salgo el muchacho ya estaba tirado en el suelo? 33.- Cuando se refiere al muchacho se refiere a la victima conocida como Picure? Si. 34.- Como usted puede decir que lo que escucho fue partirse una botella? Todo el mundo conoce el sonido de una botella al quebrase. 35.- Y que hizo usted cuando escucho partirse la botella? Me quede viendo el cuerpo del muchacho y Ricardo estaba abajo. 36.- Escuchó algún tipo de discusión? Si. 37-.- En que consistía esa discusión, eran insultos que dirigía R.C. a la victima E.V.? Si. 38.-Por que consideró que eran insultos? Eran groserías. 39.- Y cuando usted vio el cuerpo y escucho esos insultos que le estaba dirigiendo R.C. a E.V., esa victima E.V. estaba herido? Si. 40.- En ese momento la victima estaba en el piso? Si. 41.- En ese momento observo alguna herida en el cuerpo de E.V.? Por la sangre tenia una herida. 42.- Cuando observo la sangre que tenia E.V. como era la iluminación del lugar? Ahí hay un poste como el de las avenidas, eso es todo lo que hay ahí, las casa esa noche no tenia las luces encendidas. 43.- Podría indicar si esos insultos por medio de groserías que hacia R.C. a E.V. lo hacia en presencia de otras personas? Las personas que estaban fuera de la casa. 44.- Quienes eran esas personas que estaba fuera de la casa? La señora de la casa, el hijo de la señora, la yerna y creo que la hija. 45.- Y esos insultos que hizo R.C. los hizo en presencia del acusado G.S.? No. 46.-Donde estaba G.S. en ese momento? Cuando yo salí ya no estaba. 47.-En que momento salió usted? Inmediatamente luego que escuché que rompieron la botella, salí. 48.- Usted además de ser llamada por este Tribunal ha citado por otros organismos? Si, a la PTJ y a la Fiscalía que queda en la Atlántida. 49.- Puede explicar si la victima le partiera una botella en la cabeza a R.C. apodado Pepito? No vi eso. 50.- Usted llegó a observar que la victima se estuviera defendiendo de las agresiones que le estaba haciendo R.F.C.? No. 51.- Llego a observar si la pelea se produjo dentro de la casa? No. 52.- Donde observó las heridas en el cuerpo de la victima? En el cuello.

A preguntas formuladas por la Defensora Privada, contestó: 1.-Usted le ha manifestado a la Fiscal del Ministerio Público en el alguna oportunidad que ha sido amenazado por el hecho de asistir a esta sala de audiencias? Nunca he sido amenazado.2.- Usted escuchó el botellazo fuera de la casa o dentro de la casa? No se decirle si fue adentro a fuera de la casa, solo escuche el ruido. 3.- Usted llego a observar dentro de la fiesta donde se celebraba la fiesta alguna discusión? No. 4.-Alguna pelea? No. 5.- Cuando usted salió usted Observo a E.V. peleando con alguien? No el estaba tirado en el piso. 6.-Indique al Tribunal si observo a la o las personas que le quitaron la vida la ciudadano E.V.? No observe a nadie, yo salí y ya estaba tirado en el piso. 7.- Usted observo al ciudadano J.R.F.C. cerca del cadáver? En el poste gris que hace esquina, como de 10 a 15 metros. 8.- Habían otras personas ahí? La dueña de la casa. 9.- Usted cuando baja observo al ciudadano J.R.F.C., usted le observó algún objeto, arma de fuego, botella? No. 10.- Usted pudo observar en ese momento al ciudadano G.S. en el lugar? No estaba.

El tribunal no interrogo al testigo.

En ese estado, se ordenó ingresar a la sala de audiencias a la ciudadana V.A.P.D.P., titular de la Cédula de Identidad Nro. 4039837, quien fue debidamente juramentada e impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

Yo estaba durmiendo, me levanté porque escuche un golpe, me asome por la ventana del cuarto, me asome y vi a picure afuera cerca de un poste, bajo y lo veo arrodillado en la acera del frente de la señora ecuatoriana, busco la llave y salgo lo llamo y no contestaba y llamé a la señora, ella llego y estiro el cuerpo y sale una cosa así ovalada que el tenia en la mano de botella, yo le dije a ella, yaya no lo puedes tocar hasta que no venga la PTJ, ella me dije ni tu ni nadie me dije que no agarre a mi hijo, yo me senté con ella a esperar a que llegara la gente, es todo

Acto seguido fue interrogada por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- Es usted la madre de C.P.? Si. 2.- Su hijo esta huyendo de la justicia por este caso? Si. 3.- Donde queda ubicada su casa? Yo vivía en el Cerro Los Cachos, en la parte baja del callejón.4.- Fue allí donde ocurrieron los hechos? Si.- 5.-Ese día había una celebración? En mi casa temprano a mi nieto lo habían bautizado ese día, de hecho no fui a la iglesia porque me toco trabajar, como yo estaba amanecida porque venia de guardia, cuando regrese como a las siete y media de la noche ellos estaban celebrando, se fueron para arriba para hacer un parrilla, ya en mi casa no había fiesta, bueno eso no era fiesta eso era una reunión familiar, estaba mi hermana, mi sobrina, como me dio mucho sueño le dije a mi hermana que me iba a dormir. 6.- Como a que hora se fue a dormir? Como a las diez y media a once, quedaba mi hermana, mi sobrina, pero no había más nadie, iban a esperar que estuviera la carne para comérsela. 7.- Como a que hora llego a su casa? Como a las siete y media de la noche porque yo entregue guardia a las siete de la noche. 8.- Cuando usted se fue a dormir quienes estaban en la platabanda? Nilson, Militza, Milagros, Carlitos y el que estaba haciendo la carne, picure no estaba dentro de mi casa, cuando yo me fui a acostar él estaba afuera, Ricardo no lo vi en mi casa, miento si le digo que lo vi, cuando me fui a acostar solo estaba la familia, Ricardo tampoco estaba en mi casa, solo estaba la familia, a Picure lo vi, yo estaba hablando con él afuera al frente de Francisca y el me dice “yo hoy me contente con mi mamá, porque yo estaba bravo con mi mamá”, le dije que se portara bien para que no le diera mas preocupaciones a su mamá. 9.- Eso fue donde? Al frente de la casa de Francisca, que yo estaba sentada en los escalones ahí con Francisca y el se quedo afuera y no se si entro porque yo me fui a acostar. 10.- Alguien le manifestó si el entro a su casa? No lo pregunte. 11.- En que momento se percató que ese muchacho apodado picure estaba herido? A mi me levantó un golpe, porque yo estaba dormida, me pare me asome por la ventana del cuarto y lo vi a él cercar del poste de la Sra. Miriam sin camisa y yo temprano lo había visto con su camisa y salgo del cuarto para la sala, cando abro la puerto y voy hacia el poste lo veo arrodillado en la acera y así lo encontró su mamá. 12.- Que tenia el en la mano? No vi, cuando su mamá viene, porque yo la mande a llamar lo extendió, ella llego y me pregunto que pasó y yo le dije no se. 13.- Usted llego a ver que tenia en la mano? Cuando ella lo levanta en la mano tenia un pedazo de botella y ella lo agarro. 14.- Usted observó las heridas que tenia? Cuando ella lo extendió, fue cuando vi la herida que tenia en el cuello. 15.- Fue la única herida que observo? No, cuando yo lo vi en el poste que el estaba de espalda tenia otra herida en el brazo en la espalda, no se. 16.- Cuando su mamá lo agarro, usted le llego a ver alguna herida en la mano a la victima? No. 17.- Usted llegó a ver al ciudadano G.S.? No, yo no subí a la platabanda porque estaba cansada. 18.- Usted hizo una declaración? No me hable de esa declaración, eso fue un abuso a mi me maltrataron física y verbalmente.

A preguntas formuladas por la Defensora Privada, contestó: 1.- Usted observó que el ciudadano E.V., alias picure, sostuviera alguna discusión con alguna de las personas que asistieron a su fiesta? Cuando yo me acosté picure no estaba en mi casa él estaba afuera, no puedo decir si discutió o no con alguien porque yo estaba durmiendo. 2.-Observó a alguna persona quitarle la vida al ciudadano E.J.V.C.? A nadie.

El Tribunal no interrogo a la testigo.

En ese estado, se ordenó ingresar a la sala de audiencias al ciudadano LIXIE M.C.R., titular de la Cédula de Identidad Nro. 14071024, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

No puedo exponer nada, porque yo no me encontraba en el sitio, estuve en la fiesta hasta cierta hora y como tenia que trabajar temprano me fui temprano, no tengo nada que decir, es todo

Acto seguido fue interrogada por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1- Que relación tiene usted con el ciudadano C.P.? Soy su prima. 2.- Que relación tiene usted con la ciudadana A.P.? Soy su sobrina. 3.- Usted tenia conocimiento que en la casa de la ciudadana V.A. se estaba celebrando una fiesta? Fue un bautizo de mis dos sobrinos, yo me fui temprano como a las 10:00 pm. 4.- Quienes se encontraban a esa hora? Muchas personas. 5.- Conocía usted a un ciudadano que le apodaban picure? Si, yo era amiga de su hermana. 6.- Sabe usted que esta persona resultó victima el día de la fiesta? Me entere por el periódico 7.- Sabe como y en donde murió esa persona? No. 8.-Sabe si estaban el día de la fiesta los ciudadanos J.R.F.C. y G.S.? No los vi. 9.- Sabe si había un juego de domino? No, yo me fui temprano. 10.- Ha rendido declaraciones en otra oportunidad? No. 11.- Niega usted haber rendido declaración en el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas? Si, me comentaron que en PTJ había una declaración mía, si aparece una firma como aparece en la cedula la acepto, pero no fui hacer ningún declaración. 12.- Usted esta dispuesta a someterse a una prueba grafotécnica? Si.

La Defensa Privada, ni el tribunal interrogaron a la testigo.

En ese estado, se ordenó ingresar a la sala de audiencias al ciudadano R.Y.V., titular de la Cédula de Identidad Nro. 12161132, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

Estaba en una fiesta yo era el padrino, estuve en una parrilla, estaba el hijo de la señora cuando yo me iba estaba su mama buscándolo, hasta cuando yo supe no hubo pelea, no hubo nada, yo me fui temprano, hasta el día siguiente que me entere que lo habían matado, es todo

Acto seguido fue interrogado por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto:

  1. - En que lugar se celebro la fiesta? En el Barrio de la Flores. 2.- Quien vivía en esa casa? La señora V.A.P.. 3.- Que relación tiene con esa familia? Éramos vecinos, amigos. 4.- Que se celebraba? El bautizo del nieto de la Señora Paca? 5.- Como se llama el hijo de la señora Paca? C.P.. 6.- A que hora llegó a la reunión? Como a las 9:00 pm venia de otra fiesta. 7.- A que hora se retiro de esa fiesta? Como a las 2:00 am. 8.- Estaba ingiriendo bebidas alcohólicas? Si. 9.- Usted estaba participando en algún juego de dominó? No, yo estaba como cocinero en la parte de abajo. 10.-Quienes se encontraban en la parte de abajo? La señora V.P., la hija, todos estaban en la parte de arriba. 11.- A que hora usted estaba cocinando? Yo termine temprano, cocine y me iba, cuando me iba vi hablando a ellos dos. 12.- Sabe usted si la victima se fue con su mama? No sabría decirle porque yo me fui a mi casa. 13.-Cuando usted se retiro quienes quedaban en la casa? No sabría decirle. 14.- Usted se llegó a despedir de la señora V.P.? No. 15.- Por que? Me fui porque iba para otra fiesta. 16.- Cuando usted se fue donde estaba la señora Paca? Adentro. 17.- Entre las personas que estaban en esa fiesta se encontraba C.P.? Si. 18.- Se encontraba J.R.C.F.? No sabría decirle, yo me fui y yo estaba abajo, yo casi no fui a la parte de arriba. 19.- Cuando se fue se despidió de C.P.? No. 20.- Se despidió de G.S. en la fiesta? No. 21.- Quienes estaban en esa fiesta? Carlos, su papá, su tío, eso era familiar. 22.- Usted recuerda haberle dicho a la Señora Luisa haberle dicho que su hijo estaba tranquilo jugando domino? Si estaba arriba, incluso yo le dije que se quedara tranquila que a él no le iba a pasar nada.23.- A la Señora Luisa la conocían por cual sobrenombre? Por Yaya. 24.- Hubo alguna discusión? Mientras yo estaba no hubo discusión. 25.- Con respecto a la herida y muerte de la víctima sabe algo? No.

    La Defensa Privada, ni el tribunal interrogaron a la testigo.

    Siendo que el tribunal tenia otros actos que cumplir aplazo la continuación del juicio para el día 12-02-2009

    Durante la continuación de la audiencia oral y pública en fecha 12-02-2008, se declaro concluido el lapso de recepción de los testimoniales y se procedió a la incorporación de las prueba documentales conforme al contenido del articulo 339 del Código Orgánico Procesal Penal, incorporadas de forma parcial previa acuerdo de las partes:, siendo las documentales las siguientes: 1.- Inspección Ocular Nro. 684, de fecha 25 de Mayo de 2005, inserta al folio (43) al (45) de la pieza denominada anexo; 2.- Acta de levantamiento de cadáver, de fecha 03 de Julio de 2003, inserta al folio (94) de la pieza denominada anexo; 3.- Protocolo de Autopsia, inserto al folio (95) de la pieza denominada anexo.

    Una vez culminada la recepción de las pruebas, la Representación Fiscal en su discurso de conclusiones manifestó: “Este asunto comenzó el 25 de Mayo de 2003, fecha en la cual la ciudadana L.C., perdiera a u hijo, ha transcurrido un tiempo bastante largo para que la justicia haga la propio, la Fiscalía ha luchado para ilustrar a los distintos tribunales a los cuales ha correspondido la misión de ser el Dios en la tierra, yo quisiera pedirle en este acto como Dios en la tierra que le devolviera la vida al hijo del la señora Carvallo, pero eso no es posible, pero eso para usted es imposible, porque el Dios que pudiera hacerlo esta en el cielo, pero lo que si le puedo pedirle, que la persona que le cegó la vida, no salga de esta sala de justicia como si nada hubiera pasado, por que se impartirá justicia y se la dará lo que le corresponda; quedó determinado en este debate oral y publico que el 25/05/2003, aproximadamente a las 3:00 am, la victima E.J.V.C. muere, quedo determinado a través del testimonio rendido experto J.V., medico forense que efectuó el levantamiento del cadáver, que esa muere ocurrió aproximadamente a esa del 25-05-2003, 3:00 de la mañana, quedo determinado por ese mismo experto y a través de la declaración rendida por la Dra. M.N., medico anatomopatólogo que practico la autopsia del cadáver, esas heridas fueron causadas por arma blanca de bordes irregulares, que esas heridas se dirigieron a sitios específicos de su humanidad dirigidos a causarle la muerte, porque se comprometieron órganos vitales, se determinó sólidamente que hubo una intención en causarle la muerte a través de esas heridas que le fueron proferidas, fueron tres heridas como lo explico la anatomopatólogo forense y el mismo Dr. Vallenilla en el Hemitorax, vale decir, en la espalda a la altura del tórax, esa fue una herida violentamente causada, imposible que la victima ciudadano E.J.V.C. se las hubiese inferido, se le causo una herida en el brazo, y la médico forense, al igual que el médico forense establecieron que esa no eran heridas defensivas, no habían signos de lucha, fueron heridas intencionales con animo de herir. La ultima herida, la que efectivamente causo la muerte fue una herida en la yugular, de derecha a izquierda la victima era diestro, es imposible que la victima así misma se hubiese causado esa lesión como pretendió ver una de las personas que después nos vamos a referir, destruyó la arteria yugular, era un órgano vital. La herida estaba dirigida a matarlo, de tal manera que por el sitio anatómico comprometido, por la fuerza imprimida por el culpable de este hecho, efectivamente el ciudadano E.J.V.C. pierde la vida, porque esa era la intención y así sucedió cuando muere a las 3:00 am. como lo certifico el médico anatomopatólogo forense, quedó demostrado que este hecho sucedió en el barrio las f.d.M., la referencia fue la casa de la Familia Paca, por la cercanía en relación al cadáver, lo que quedo demostrado por la inspectora D.V., que el cadáver del ciudadano E.J.V.C., fue localizado en ese sitio en un charco de sangre, adyacente muy cercano a la vivienda de la familia Paca, esa misma inspectora D.V. dejo constancia de las lesiones que le había inferido al cadáver y de haber recolectado en el sitio del suceso un pico de botella con aristas, esto es importante porque si comparamos la declaración de los expertos en medicina y la declaración rendida por la inspectora D.V., quien hizo la inspección ocular del sitio del suceso nos vamos a dar cuenta que hay una relación directa entre la naturaleza de la lesión que no fue una herida limpia que evidentemente se pudo haber causado con un arma blanca, y es arma blanca no era completamente lisa y guarda relación con el piso de botella hallado en el sitio del suceso; Por que la importancia de donde fue localizado el cadáver de la victima? Porque todos los testigos que vinieron a esta sala de justicia, familiares involucradas en este hecho a los cuales no se le pidió lo que en derecho correspondía cual era el delito en audiencia por su condición de familiares, que la ley los exceptúa de una serie de obligaciones que si la tiene otros testigos, todos coincidieron que hubo una reunión en la casa de la familia Paca, la casa que sirvió de referencia y no otra la experto en inspecciones oculares porque adyacente a esa vivienda, muy cerca de esa vivienda estaba el cadáver de la victima; quedo demostrado que en al vivienda de la Sra. A.P. se estaba celebrando una fiesta, la sra. Aurelia es la madre de C.P. quien se encuentra huyendo de la justicia por este hecho, en esa casa se estaba celebrando un bautizo, después hubo una celebración y un juego de domino, eso quedo establecido de las declaraciones de una serie de testigos, la victima L.C. también señaló que su hijo estaba en esa fiesta, que ella comprobó que su hijo estaba en esa vivienda y estaban los ciudadanos G.S. y R.F.C., que el lo fue a buscar en tres oportunidades y la ultima oportunidad fue cerca de las tres de la mañana y una persona llamada Yolfrank le dijo “quédese tranquila yaya que su hijo esta arriba, esta tranquilo”, ese testigo concurrió a la sala y admite que le dice yaya y que su hijo estaba tranquilo allí, de tal manera que hay una relación directa entre las horas que ocurrieron los hechos y efectivamente quedo demostrado que la victima estaba en la casa la Señora Paca, donde estaba los acusados y estaba compartiendo con esas personas que se encontraban allí. La ciudadana A.P. admite que se hizo una fiesta, pero que ella se acostó temprano y posteriormente vio a la victima arrodillado cerca de su casa con un pico de botella en la mano, haciéndonos creer que la victima se dio muerte así misma, cuando tenemos tres heridas que fueron hechas con animo de matar; el señor R.G.O. no indique que vio a la victima en la fiesta, oyó la ruptura de botellas, que estaban jugando domino y que el ambiente estaba tenso, luego nos vio mas nada, es un vecino de un barrio donde sentarse en esta sala y decirle al tribunal señalando con un dedo a un acusado puede estar en un futuro donde esta la señora Luisa; Lilimar González dice que no vio los hechos, pero escucho desde su casa el sonar de las botellas, que luego que escucho las botellas se acerco a la casa de la señora Paca cerca de las 5:00 am y vio en el escalón sangre, y vio dentro de la casa y vio limpiar la casa a pesar que para ese entonces faltaba agua en ese barrio; testimonio del E.R., quien asistió por un mandato de conducción y que la Fiscalía tiene acta donde intento poner a disposición del Tribunal y consta lo difícil que fue traerlo a esta sala y dio que si había que protegerlo había que protegerlo toda la vida, sin embargo dijo que había ido a la fiesta, que estaban jugando domino en la casa de la sra. Aurelia y que estaba la victima y los acusados G.S. y R.F.C., que después se fue para su casa, escuchó romperse las botellas y lo mas importante es que él vio a J.R.C. sin camisa, insultando a la victima que yacía herida. Entonces aquí hemos superado conceptos arcaicos en la administración de justicia donde se refiere y se necesita una prueba tarifada contar y sumar para imponer una condena, precisamente por eso es que ahora nuestros jueces deben tener mayor preparación, mayores exigencias, en el sistema de administración de justicia participa la colectividad para darse cuenta de lo que es bueno o es malo, porque lo que es bueno o es malo no necesita conocimiento científico sino solamente máximas de experiencias, sin embargo al juez le esta dado que cuando no tenga la posibilidad de contar con unas pruebas directas deba hacer mano a la prueba indiciaria, que llamamos también indirecta, circunstancial, conjetural que es aquella que lleva a demostrar la certeza de unos hechos que se llaman indicios que no son constitutivos delitos, objeto de la acusación, pero que atreves de la lógica y los conocimientos científicos, las máximas de experiencia pueden inferirse los hechos delictivos y la participación del acusado. El Ministerio Público cumpliendo con su deber constitucional por el ser titular del ejercicio de la acción penal debe informarle a este Tribunal como ha sido el norte, que durante el proceso, durante el juicio, a pesar de que esa persona estaba allí en el lugar de los hechos, G.S., no logró demostrar la culpabilidad, no logró demostrar el delito que le atribuyó que era el encubrimiento, nadie afirmó que el colaborara para evitar que quedaran rastros del delito, por lo cual el Ministerio Público pide sentencia absolutoria para G.S., pero esta misma Fiscal convencida de la culpabilidad del acusado J.F.C., pide la condena por Homicidio Intencional en la persona de E.J.V.C., invoco el articulo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, establecido como fue la verdad es esta sala de Justicia y los elementos indiciarios que obran contra un acusado, que era el único que en esa fiesta se encontraba sin camisa ofendiendo a la victima y que durante todo el proceso se evadió, porque en dos oportunidades la justicia tuvo que recurrir a emitir una orden de aprehensión en su contra, esos son indicios de oportunidad física porque estaba allí, indicios de actividad sospechosa porque insulto a la victima y estaba sin camisa adyacente al lugar donde fue encontrado el cadáver, indicios de la mala justificación porque no pudo justificar R.C., con todo los familiares que transitaron por aquí, con toda su intención de engañar al tribunal que es la única persona que debe ser castigado por ese hecho y solicito que de a cada cual lo que le corresponde, eso es justicia, es todo, ceso”

    Por su parte la defensa en sus conclusiones manifestó: “Lo único que quedo demostrado en el transcurso del presente debate, fue el sitio donde perdiera la vida el hoy occiso E.J.V.C., por cuanto todos y cada uno de los testigos de forma contundente dijeron todos y cada uno de los testigos que no tenían conocimiento de quien o quienes le habían quitado la vida al ciudadano E.J.V.C.. En la declaración de R.A.G.O., el manifestó entre otras cosas que en el Sector Barrio San A.d.L.F., donde perdiera la vida el ciudadano E.J.V.C., el quebrarse una botella era un sonido normal, es algo cotidiano, nadie le hace caso al sonido de la ruptura de una botella en el sector, y nunca se pudo determinar si la o las botellas que se quebró sonó dentro de la casa donde se realizaba la fiesta o fuera en el callejón que conduce a otras casa vecinas, y ningún testigo observo discusión dentro de la casa donde se realizaba la fiesta ni fuera de la casa, únicamente el dicho del ciudadano Yolfrank Vásquez que la sra. Subió a buscar a su hijo y que el le entrego a su hijo a la Sra. L.Y.C. y ellos se retiraron, ella recibe a su hijo de manos del ciudadano Yolfran J.R. y se lo lleva, ella recibe a su hijo con vida, el hoy occiso perdió la vida fuera de la casa, mis representados estaban dentro de la fiesta, no hubo riña. La ciudadana fiscal nunca habló de quien causo las heridas al hoy occiso E.J.V.C.. Todas las pruebas demostraron la inocencia de mis representados. Quien aquí expone solicita la absolutoria a mis representados G.E.S.M. y J.R.F. Cardozo”

    Las partes no ejercieron el Derecho a Replica y Contra replica.

    Se le concedió la palabra a la victima, quien manifestó: “Es mentira lo que dice la defensa, mi hijo no se fue conmigo, yo deje a mi hijo dentro en esa casa, y es un murito vi en la platabanda con quien estaba mi hijo, tengo copia del expediente donde esta la declaración de J.R.F.C. y reconoce haberle dado puñalada a mi hijo, desde el primer dio esta huyendo, aquí cuando me senté allí, pensé que todas las personas venían a decir la verdad, pero le han mentido descaradamente, ahí esta la versión de E.R. que el día 6 de febrero se entrevisto con la doctora y le dijo que tenía miedo, pero se comprometió a declarar aquí, lo que no sabia que al salir de aquí fuera de trabajo lo iba a estar esperando la familia de Pepito con el abogado defensor, ahí no lo consiguieron, lo consiguieron en la panadería y hablaron con él, la mama de Pepito le imploraba que no acusada a su hijo, sin embargo he luchado cinco años No querer agregar nada, es todo”

    Por ultimo se le cedió la palabra al ciudadano G.E.S.M., quien manifestó al tribunal: “Soy inocente de los cargos que se me acusan, yo era amigo de Picure”.

    Se le cedió la palabra al ciudadano J.R.F.C., quien manifestó al tribunal: “Yo soy inocente de lo que se me acusa no he matado a nadie”

    II

    HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMO ACREDITADOS

    Luego de las exposiciones realizadas por la Fiscal del Ministerio Publico, La Defensa, y las pruebas que fueron evacuadas durante el Juicio Oral y Publico, este Tribunal Unipersonal considera plenamente comprobados el siguiente hecho:

    Que el día 23-05-2003, aproximadamente a las 3:00 horas de la mañana, en el Cerro los Cachos, Barrio Las F.d.M., frente a la vivienda de la Familia Paca, al momento de celebrase una fiesta en la mencionada vivienda, el ciudadano J.R.F.C., utilizando un pico de botella le causo tres heridas al hoy occiso E.V.C., siendo la mas importante, la herida contuso cortante en cuello, de veintitrés centímetros de longitud, que secciono planos musculares y arteria yugular interna, produciendo shock hipovolemico que ocasiono finalmente la muerte y una vez que la victima yacía en el suelo el acusado sin camisa lo ofendía con palabras.

    III

    FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

    Los hechos que el Tribunal Unipersonal da por probados quedaron plenamente acreditados en el juicio oral con los siguientes medios probatorios:

    Con la declaración de la ciudadana L.Y.C.P., titular de la cédula de identidad Nº V-, 5.090.235, quien fue debidamente juramentada e impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

    Ese eso fue un día sábado 24 de mayo, mi hijo salio de mi casa y se fue rumbo a una plaza que hay ahí como a las siete de la noche, había una fiesta en la casa de C.P., pero mi hijo no iba para la fiesta porque no trataba a C.P., yo baje como a las 10 de la noche a buscarlo, porque yo siempre lo buscaba, cuando bajé estaba en la fiesta y le pregunte que hacia en la fiesta y me dijo que lo habían invitado que entrara y que acababan los rencores, como a las once de la noche yo baje otra vez y el estaba en esa fiesta, como a las doce de la noche el sube para que yo viera que el estaba bien y me dice mamá es verdad había terminado los rencores porque no esperan que se termine el vaso de anís cuando se lo vuelven a llenar, yo no sospeche nada raro, eran como a las tres de la mañana, porque yo no dormí hasta que el no llegara, era mi único hijo, yo baje a buscarlo a la fiesta y ellos se asomaron en la platabanda y me dijeron que me fuera a dormir tranquila, que el estaba tranquilo jugando domino y ahí nada la iba a pasar, sin embargo mi hijo cuando escucho mi voz pidió bajar, le abrieron la puerta por la puerta no tenia manilla se abría y se cerraba con una llave, le abrieron la puerta y mi hijo salio y hablo conmigo de lo mas tranquilo y me dijo sube negra que yo subo ahorita, yo todavía espere que él llamara para que le tiraran la llave de la platabanda, el abrió la puerta y entro, cuando yo vi que entro yo empecé a caminar y me pare en un murito mas arriba y yo vi quienes estaban en la platabanda, en esa platabanda e.R.F., G.S., C.P. y E.R. junto con mi hijo, yo lo vi, seguí para a mi casa, llegue a mi casa no me había terminado de fumarme un cigarro cuando llego C.P., dándome gritos que mi hijo se había caído, se había cortado y se estaba desangrando frente a su casa, yo no lo podía creer, no había pasado diez minutos, corrí desesperada buscando con la mirada quien me ayudara a llevar a mi hijo a un centro asistencial porque yo no podía creer y cuando llegue al callejón vi a alguien que se me pareció a R.F. corriendo, vi hacia arriba y vi a R.G. o E.G., no se especificarle cual era, estaba la señora Aurelia sentada frente a su casa, yo corro hacia mi hijo y lo abrazo y cuando lo abrace mi hijo tenia un puñalada, el pico de botella lo tenia dentro de la espalada, una herida como de dos centímetros, le cerré los ojos y le empecé a implorara a mi hija fallecida porque su mama se había quedado sola, entonces le dije a la señora Aurelia que me dijera la verdad, porque yo había dejado a mi hijo encerrado en esa casa, y ella me confirmo lo que yo había visto, me dijo que había sido R.F.C. lo había matado porque ella lo había visto, si era él que yo había que llevaba sangre, me senté en el pozo de sangre que había en esa puerta de esa casa y espere que llegara la PTJ, después de ahí me fue la PTJ con el cadáver y de ahí empezó la tortura, no me dejaban en paz, me amenazaban, que yo no tenia real, que yo no los iba a mandar preso, la familia de G.S. junto con su familia también me amenazaba, me pusieron protección, eso no lo respetaban para nada, hasta que tuve que ir a Caracas, el la Dra. Elda los llamo y ahí cesaron las amenaza, a mi hijo una sola persona no lo mata, mi hijo se sabia defender, yo no quiero que inocentes estén presos ni que culpables estén en la calle, es todo

    .

    Acto seguido fue interrogado por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- Usted señalo al tribunal que su hijo estuvo en una fiesta, díganos donde quedaba la casa donde ocurrió esa fiesta? se encontraba la casa? Eso es como a cien metro de mi casa, cerca de una plaza, un callejón. 2.- Cuanto tiempo caminando normalmente demora usted, de esa casa donde se celebraba la fiesta a su casa? Como 5 minutos caminando rápido, pero yo iba lento, porque yo estaba viendo con quien se quedaba mi hijo. 3.- Que edad tenia su hijo? 27. 4.- Usted podría indicarnos porque a su hijo le decían Picure? Por que cuando nació parecía un picurito, y su abuela le puso así porque era muy feito. 5.- Como era la conducta de su hijo? El era tranquilo mientras no tomaba, cuando tomaba peleaba, aunque nunca llego a cortar a nadie. 6- Su hijo estaba en esa fiesta y usted fue a las diez de la noche a esa casa? Fui a las diez, a las once y a las tres de la mañana, fui en varias oportunidades. 7.- En algún momento desde las 10 de la noche hasta las tres de la mañana aproximadamente que le avisan que su hijo estaba muerto llego su hijo a irse con usted a su casa? No, se quedó adentro de esa casa. 8.- Su hijo la llego a acompañar para que usted no se fuera sola? No, yo baje y subí, yo siempre lo bajaba a buscar solita, yo siempre le decía que no saliera del barrio nosotros nos criamos en ese barrio, porque ahí nunca le iba a pasar nada 9.- Por qué ese día 24 de Mayo usted estaba pendiente desde las diez hasta las tres de la mañana de su hijo, teniendo 24 años de edad, porque usted tenia esa actitud? Yo tuve dos hijos a los cuales crié sola y tres años antes mi hija piso una alcantarilla que tenia corriente y la mato y de ahí me quedaron los nervios, y todos los que están aquí saben que desde allí no me quedaba tranquila hasta que mi hijo no llegara a la casa. 10- Podría señalar al Tribunal cuando usted llega a buscar a su hija a la fiesta quienes estaban allí? Si, e.R.F., C.P., G.S., E.R., estaban varias personas, estaba Milagros y la misma señora Aurelia. 11.- Si usted fue a buscar a su hijo como es que usted se da cuenta que estaban todas esas personas en la fiesta? Yo hable con G.S.. Usted entrar a la fiesta? No, yo me pare en el callejón y de ahí reconocí a todo el mundo. 12.- Como desde el callejón usted vio a todas esas personas? Es un callejón, fuera de la casa se ven las personas. Es fue a las diez de la noche? Si. 13.- En la otra oportunidad que usted fue eran las once de la noche? Si. A las once de la noche a quienes observo usted cuando usted fue nuevamente a buscar a su hijo? Las mismas personas estaban, pero a las tres de la mañana estaban ellos nada más. 14- Quienes ellos? Estaba Yolfrank Vásquez, que fue que me dijo que él estaba ahí con ellos, cuando mi hijo bajó hablar conmigo, Yolfrank Vásquez se fue en mi presencia, y entonces él me llama y me dije que me espere que él va hablar conmigo, mi hijo, bajo, le abrieron la puerta él se estuvo conmigo y llamo para que le tiraran la llave, él abrió el mismo, y después yo me pare en el murito y vi con quienes estaba mi hijo en esa platabanda. 15.- Encima de la platabanda cuando usted vio a las tres de la mañana quienes estaban? R.F., G.S., E.R. y C.P.. 16.- Cuando usted vio a esas personas que estaban reunidas con su hijo a las tres de la mañana, usted llego a observar alguna discusión parte de los que estaban allí? No, dicen que media hora antes mi hijo había discutió, ellos mismo me dijeron que mi hijo estaba tranquilo jugando domino, eso paso cuando yo iba en el camino. 17.- Usted vio cuando su hijo bajo hablar con usted a las tres de la mañana, lo llego a ver con alguna herida o con sangre? No, estaba tranquilo, estaba sano, estaba normal. 18.- Usted percibió en ese momento que hablo con su hijo a las tres de la mañana que su hijo estaba oliendo a que estaba tomando? Si estaba tomando. 19.- Usted dijo al principio que su hijo se alteraba, peleaba? Discutía, pero no golpeaba a nadie ni cortaba a nadie. 20.- Cuando usted señala las personas que estaban con su hijo, tanto a las diez de la noche, como a las once de la noche y a la tres de la mañana se refiere entre otras personas a los dos acusados que están en este juicio? Si. 21.- Su hijo tenía alguna enemistad con alguna persona en el barrio? No, le voy a decir que lo adoraban pero tampoco le tenía rabia, era un muchacho normal como lo son ellos. 22.- Usted manifestó que una persona la había ido a buscar, quién era esa persona? C.P.. 23.- Ese señor C.P. era donde se estaba celebrando la fiesta? Si. 34. Que le dijo exactamente C.P. cuando la fue a buscar? Corre Yaya, que Picure se cayo, se corto y se esta desangrando frente a mi casa, esta muerto. 35.- Cuando usted se refiere al C.P. se refiere al padre o al hijo? Al hijo. 36.- Esa es la persona que tiene orden de aprehensión? Si. 37. Usted sabe si a los acusados J.R.C.F. y G.E.S.M. tenían algún apodo? A Sojo le dicen “CATANGA” a Ricardo le dicen “PEPITO”. 38.- Saben por que le dicen así? Yo lo conocí como G.S. y de repente todos le empezaron a decir CATANGA. 38.- Cunado usted C.P. le aviso que su hijo se había caído y se había cortado que tiempo demoro en llegar? No lo se, yo corrí tan rápido, que no le se decir. 39.- Que tiempo tarde en llegar desde el momento que hablo con su hijo a las tres de la mañana, hasta que le avisan que esta muerto? Ocho a diez minutos máximos, más de ahí no fue, acababa de abrir mi puerta y tardo cinco minutos en llegar. 40.- Cuando usted llega al lugar donde su hijo sueltamente se cayo, nos puede decir donde exactamente consigue a su hijo? En todo el frente de la casa donde era la fiesta. 41.- Que información obtuvo usted y de que persona acerca de lo que había pasado? La señora A.P., cuando le dije que me dijera la verdad porque yo había dejado a mi hijo encerrado en esa casa ella me dijo que había sido R.F. y es que yo vi a alguien corriendo, ella confirmo lo que yo vi. 42.- Y que le dijo la señora acerca de lo que había hecho R.F.? Que le había dado una puñalada en la espalda. 43.- Y le dio alguna otra información donde había ocurrido esa puñalada? Me dijo que en el callejón, pero lo que pasa es que en esa casa había sangre. 44.-Háblenos acerca de eso? Esa es una reja que tiene dos escalones, en toda la entrada había un charco de sangre y me senté ahí. 45.- Cuando usted se entera de la noticia que se había caído usted lo llego a ver con vida? Mi hijo no se cayó, me acorralaron en esa casa como un animal. 46.- Tiene alguna duda de que haya sido el ciudadano Figueroa? Estoy segura de que fue conjuntamente con G.S. y C.P.. 47.- Porque habla de complicidad? Mi hijo se sabia defender es mentira que Ricardo solo le haya podido dar una puñalada si a mi hijo no me lo agarran. 48.- Por que usted habla con tanta certeza de que fueron los ciudadano R.F. y G.S., cuando había otras personas? Con ellos yo deje a mi hijo, no había mas nadie. 49.- Cabe la posibilidad que su hijo haya salido de ahí y le hayan causado una lesión? No existe esa posibilidad, por la paredes de esa casa estaban salpicadas de sangre, yo me senté en el pozo de sangre, a mi hijo lo sacan herido de ahí, yo no quiere que inocentes estén presos y que culpables estén en la calle.

    A preguntas realizadas por la defensa respondió: “1.- Usted manifestó que observo a los ciudadanos J.R.F., C.P., G.S. y E.R. desde un murito? Desde el muro se ve claro la platabanda y a ellos los conozco desde que nacieron. 2.- Ese muro esta ubicado en que casa? Es el camino de la casa de un vecino, muy cerca a platabanda. 3.- Donde esta ubicado el muro? En el camino que va a mi casa. 4.- A que distancia estaba el muro de la casa donde se estaba realizando la fiesta? Como unos 20 metros. 5.- Usted observo a los ciudadano desde el muro o desde el frente? Desde ambos punto de vista, a las tres de la mañana me cerciore con quien estaba mi hijo, yo no vine a mentir aquí. 6.- Usted vio a R.F.C. quitarle la vida a su hijo? Yo no lo vi, pero la Señora A.P., confirmo lo que yo vi, y ella confirmo que era R.F.

    A preguntas realizadas por el Tribunal respondió: 1.- Usted manifestó que converso con el ciudadano G.S., a que hora lo hizo? Yo converse como a las nueve de la noche, antes de bajar a la fiesta a buscar a mi hijo, el pregunto por mi hijo y yo le dije que estaba en la fiesta, me pregunto esta tomado y yo le dice si y respondí ese ahorita se mete en problemas y me lo dijo en actitud cínica, eso fuera de mi casa que el me pidió un vaso de agua, por eso se que lo vi después porque ya yo había hablado con él. 2.- El ciudadano G.S. se encontraba en la reunión? Si. 3.- Se encontraba R.F. en la fiesta? Si. 4.- Quien le aviso de la muerte de su hijo? C.p., yo no había terminado de cerrar la puerta cuando el venia gritando que mi hijo se había caído y se había cortado, esta muerto, me lo repitió dos veces. 5.-Cuando usted fue al lugar donde yacía su hijo que personas se encontraban allí? Vi a una persona correr que se me parecía mucho a Ricardo, porque lo había visto, arriba en el balcón estaba no se si E.G. o J.G., estaba también fuera de su casa cerca de mi hijo la Señora V.A.P.d.P., estaba contemplando a mi hijo. 6.- La persona que usted manifiesta que estaba en el balcón era de la casa de la fiesta? No era la casa del frente, eso es un callejón que tiene casa a los lados.

    Con la declaración de la ciudadana L.Y.C.P., titular de la cédula de identidad Nº V-, 5.090.235, en su condición de madre de la victima, se establece que la misma se traslado en tres oportunidades hasta la vivienda de la ciudadana V.A.P., lugar donde se estaba celebrando la fiesta a verificar a su hijo, en la ultima oportunidad aproximadamente a las tres de la mañana, el ciudadano Yolfrank Vásquez, quien se encontraba en la fiesta y se disponía a retirase le manifiesta que su hijo se encontraba jugando domino, y su hijo al escuchar su voz bajo de la platabanda donde se encontraban jugando domino, le abrieron la puerta, su hijo salio y hablaron, ella espero a que su hijo entrara y se dirigió a su vivienda y desde un muro que se encuentra camino a su casa pudo observa a su hijo en la platabanda de la vivienda de la señora A.P. donde se celebraba la fiesta que en la misma se encontraban los acusados R.F., G.S. y los ciudadanos C.P. y E.R., y al cabo de unos minutos fue avisada por el ciudadano C.P., que su hijo se encontraba herido, y cuando llega al lugar ve a alguien corriendo parecido a R.F.C. y observa a su hijo en el suelo herido en el cuello y en la espalda, pregunto a la señora Aurelia quien había sido y esta la manifestó que había sido R.F.C.. Se establece de su declaración que los hechos ocurrieron aproximadamente a las tres horas de la madrugada el día 25 de mayo de 2003, que tenía una herida en el cuello, y que la muerte de su hijo se produce frente a la casa de la señora V.A.P.d.P., lugar donde se estaba celebrando la fiesta y su hijo se encontraba jugando domino. Tal declaración es de manera referencial en cuanto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos en los que resulto muerto su hijo E.J.V.C., es valorada como indicio para acreditar la autoría material del acusado en las heridas por arma blanca que ocasionaron la muerte de la victima.

    Con la declaración del ciudadano G.O.E.A., titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.044599, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

    Me encontraba durmiendo en la parte de atrás, en el cuarto de mi mamá, mi hermano me llamo y me pare como a las cuatro y media y me dijo que habían matado al muchacho, lo vi tirado en el piso, su mama que estaba llorando, creo que había una hermana de ella, y la hija de la señora del frente, es todo

    Acto seguido fue interrogado por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- A que se dedica usted? A comerciante de pescado. 2.- El día 25 de Mayo del 2003, fecha en que ocurrieron los hechos a que hora aproximadamente usted se percato que había una persona muerta? A las cuatro y media mas o menos y me dijo que habían matado al muchacho. 3.- Como se llama su hermano? R.G.. 4.- Usted llego a observarle a la persona que estaba tirada en el piso alguna herida? El estaba boca arriba o boca abajo, no recuerdo, eso fue casi al frente de la puerta de mi casa. 5.- Llego a observarle alguna herida? Vi un chorro de sangre pero como era de noche yo lo que hice fue asomarme al balcón y no había más nadie sino su mama, su hermana y otra muchacha más. 6.- Usted llego a bajar para enterarse mas de la situación? No. 7.- Usted observo en el lugar donde estaba esa persona tirada en el piso alguna botella, algún cuchillo, que hiciera pensar que ese había sido al arma utilizada? No. 8.- Había una fiesta en el lugar? Como a la diez de la noche, salí y había una fiesta yo ni me percate que había una fiesta ahí. 9.- El lugar donde había la fiesta era al lado o al frente de su casa? Era al frente. 10.- El Lugar donde aparece la persona fallecida era al frente de su casa? Al frente. 11.- Mas Cercano a su casa o la casa de la fiesta? La casa donde había la fiesta queda al frente de mi casa, el estaba abajo, la casa es de tres piso él estaba abajo frente a la casa. 12.- Pudo enterarse quienes estaban en esa fiesta? A esa gente no los trato. 13.- Por que no los trata? Nunca los trate. 14.- Usted conoce a los acusados que están en este juicio? No, no los he tratado. 15.- Conoce de sus apodos? No. 16.- Conoce las circunstancias de cómo ocurrió el hecho? No. 17.- Conocía a la persona que falleció? Si. 18.- Sabe como le decían? A él le decían EL PICURE. 19.- Sabe por que le decían PIUCURE? No. 20.- Cuantos años llevaba conociendo a la victima? Mucho tiempo, pero no de trato solo de vista. 21.- Sabia si esa persona era agresiva? No era agresivo. 21.- Tuvo alguna queja personal o de algún vecino de esta persona que llamaba PICURE? No. 22.- Tuvo alguna queja personal o de algún vecino de las personas que están acusados en este juicio? Nunca los trate a ellos. 23.- De la persona que vive frente a su casa tiene algo que decir de ellos? No. 24.- Tiene algo que aportar para llegar a la verdad? No.

    A preguntas formuladas por el Defensor Privado, contestó: 1.- usted conoce de vista trato y comunicación a los dos ciudadanos (señalando a los acusados)? No. 2.- Usted observo quien le quito la vida a E.J.V.C.? No

    El Tribunal no interrogo al testigo.

    Con la declaración del ciudadano G.O.E.A., titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.044599, se establece que la victima yacía muerta frente a la vivienda donde se celebraba la fiesta.

    Con la Declaración del ciudadano G.O.R.A., titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.644.104, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

    Mi persona como a eso de las tres, tres y media de la madrugada, estaba durmiendo a en mi cuarto salí, escuche ciertos botellazos, ciertos ruidos, pero no le di importancia, seguí durmiendo a eso de las cinco, cinco y media de la mañana baje a la cocina y veo por la ventana y consigo a ese individuo muerto, moribundo ya, desangrado por del derramamiento de sangre, por lo que le había pasado a ese señor, porque supuestamente lo habían cortado con una botella, comenzaron a asomarse las personas, hasta que transcurrió el día a eso de las nueve de la mañana llego la PTJ, hoy el CICPC, hicieron las pesquisas e interrogaron a las personas del frente

    Acto seguido fue interrogado por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- A qué se dedica? Agente de Seguridad de Aeropostal Alas de Venezuela. 2.- Que hacia usted para la fecha de los hechos? Seguía en la misma empresa. 3.- Eso fue un día sábado usted trabaja la semana completa, por guardias? Si mal no recuerdo creo, que estaba libre. 4.- Usted asistió a la casa de los vecinos donde se estaba celebrando la reunión? No. 5.- Por que? Antes de la siete de la noche yo veía cierto grupo, ya yo presentía que iba a pasar algo, por las mismas personas que estaban ahí y como a las ocho y media procedí a cerrar todo, como hasta las diez vi televisión y como a las once y media de la noche me acosté a dormir. 6.- Usted recuerda las personas que estaban allí? Estaba el hijo que se llama Carlitos, que por cierto no le he visto mas, estaba Picure el fallecido que se llamaba E.V., estaban otras personas ahí, estaba E.R.P., estaba la señora Aurelia no recuerdo quién mas estaba pero si recuerdo que estaban estas cuatro personas. 7.- Recuerda si estas personas que están aquí como acusados en la fiesta? No recuerdo haberlos visto. 8.- Lo que paso con respecto a esa persona que resulto muerta usted llego a saber que paso? No, realmente si escuche un botellazo, pero como estaba durmiendo no le di mayor importancia y seguí durmiendo, me pare a eso de las cinco, cinco y media para bajar a la cocina a tomar agua y cuando baje y me asomo por la ventana me consigo con el individuo ya muerto. 9.- Cuando escucho los botellazos no le llamo la atención de asomarse a ver que estaba pasando? No en lo absoluto. 10.-Por que? No le di esa importancia, porque ahí siempre hacen fiesta y la costumbre es no tanto ahí sino en los alrededores del barrio, los botellazos es algo normal, porque están pasados de tragos o se cae una botella accidentalmente, escuche ese ruido y no le di importancia a ese asunto. 11.- Sabe a que hora termino la fiesta? No tengo seguridad pero creo que termino de dos a dos y media de la mañana. 12.- Después que termino la fiesta es que usted escucho las botellas partiéndose? Ellos apagaron la música como de dos a dos y media de la madrugada, y a eso de las tres de la mañana más o menos sucedió lo del botellazo. 13.- Cuando escucho los ruidos de las botellas además llego a observar alguna conversación o gritos de personas? Si escuche cierta conversación, pero no recuerdo bien, como a las siete y media de la noche ellos si estaban jugando domino. 14.- Ese juego de domino se hizo en el mismo lugar de la fiesta? Si en el mismo lugar de la fiesta. 15.- En ese juego de domino se encontraba la victima? Si. 16.- Hasta que momento logra saber que la victima se encontraba allí? En el momento que yo abrí la puerta por que mi casa queda frente a la casa de ellos, entonces se veía una vista ya completa, ellos estaban jugando domino, todo normal y sus bebidas y todo, yo lo que hice fue ver y ya el ambiente se veía como tenso, oscuro, al yo saber eso procedí a cerrar mi casa, me baño, me vestí, comí, vi. Televisión y a eso como de las once, once y media fue que me acosté a dormir. 17.- Como a las tres de la mañana escucho ciertos ruidos? Si escuche cierto ruido. 18.- Usted llego a conocer la conducta que tenia la victima? Si yo conocí a la victima, en cierto modo era un muchacho sano, era un muchacho lleno de Vida, lo que pasa es que tomo el mal camino, al tomar ese mal camino yo simplemente deje de tratarlo hasta el día de su muerte. 19.- A que se refiere usted que tomo el mal camino? Mal camino referente de las drogas y eso. 20.- Usted estaba al tanto si la victima ingería bebidas alcohólicas? Si. 21.- Y cuando ingería bebidas alcohólicas, sabe si era una persona tendiente a buscar problemas? Si tenía problemas en la comunidad.

    Seguidamente la defensa interrogo al testigo de la siguiente manera: 1.- Usted asistió a la fiesta de la ciudadana V.A.P.d.P.? No. 2.- Y como manifiesta al tribunal que desde su casa vio a persona alguna en la fiesta? Mi casa queda al frente, arriba hay una platabanda donde ellos juegan domino, cuando yo me asome, me di cuenta ellos estaban en su apogeo y demás, tomando y jugando domino y cuando vi el ambiente tenso, feo, vi a la victima jugando con otras personas y procedí a cerrar mi puerta como a las siete y media de la noche y había música también que es lo que nunca falta. 3.- Usted dije que la fiesta termino entre dos y dos y media de la mañana si usted estaba dormido? A esa hora dejo de escucharse la música, y el ruido de botellas se sintió a eso de las tres de la mañana, pero no le di importancia a eso y seguí durmiendo. 4.- Usted conoce a los dos ciudadanos que están aquí (señalando a los acusados) de vista otro y comunicación? De vista solamente. 5.- Usted observo quien le quito la vida a E.J.V.C. alias Picure? No.

    A preguntas formuladas por el Tribunal contesto: 1.- Pudiera indicar que otras personas se encontraban en la fiesta? A parte de él, se encontraba el señor Carlitos que es el hijo de la Señora Aurelia, el señor E.P.R., había otra persona también que no recuerdo quien es, porque solo mire en cuestiones de segundo y cerré la puerta, había otras personas pero no distinguí realmente quienes eran. 2.- Desde donde observo eso? Desde mi casa, al lado. 3.- Se podía observar perfectamente el sitio donde estaba jugando? Si.

    Con la Declaración del ciudadano G.O.R.A., titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.644.104, la declaración del ciudadano es de manera referencial en cuanto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos en los que resulto muerto la victima E.J.V.C., se valorada como indicio para acreditar que el cuerpo de la victima, se encontraba frente a su casa, específicamente en la vivienda de la señora A.P.d.P., que vio a la victima con vida en la platabanda de dicha vivienda y como a las tres de la mañana aproximadamente escucho cierta conversación y unas botellas partirse, sin embargo no le dio importancia y posteriormente aproximadamente de cinco a cinco y media de la mañana bajó a la cocina y ve por la ventana al ciudadano E.V. muerto

    Con la declaración del ciudadano VALLENILLA TOLOSA J.J., médico cirujano especialista en cirugía obstetricia y medicina legal, titular de la cédula de identidad Nº V-6.498.246, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

    En efecto no solo reconozco la firma y la identifico como mía, que corresponde cuando me desempañaba como médico forense en el Estado Vargas, sino lo descrito ahí corresponde tal como redacto y como hago las descripciones y los levantamientos de cadáveres, se trataba para ese momento del hoy occiso Villegas Carballo, quien fue evaluado por mi el día 25 de Mayo 2003, donde encuentro heridas como descritas acá, contuso cortantes en cuello, tórax y miembro superior derecho, y están ampliamente descritas de igual manera en el protocolo de autopsia y con las causas de muerte que se espera por las heridas escritas, shock hipovolémico, hemorragia interna por arma blanca, es todo

    Acto seguido fue interrogado por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- Qué tiempo tiene de servicio en el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, específicamente en la división de medicina legal? Tengo Nueve años en la institución, como médico forense, actualmente soy experto profesional III, me desempeño en la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses de Bello Monte, en ese momento de estaba como médico Forense del Estado Vargas. 2.-Podría explicar la función de un médico forense en un examen de un cadáver? Primero actuamos en todos los casos violentos, que pueden originar o no la muerte, o que hayan lesión como tal, no solo estamos en los casos de muerte sino que estamos en todo lo que se denomina lesionología, lesiones traumáticas, que pueden ser de causa violentas, o accidentales, pero en los casos de muerte debemos evaluarlo externamente y describir todas las heridas o lesiones que encontremos de manera de ser y hacer como una planimetría para que el patólogo encuentre cada una de esas lesiones y pueda concordar con lo que encontremos internamente al momento de la autopsia, el medico forense es el primera línea de evaluación de un cadáver, para poder dar el diagnostico definitivo, por que el diagnostico definitivo lo da anatomía patológica, en todas las especialidades aún en medicina legal, el médico forense va a dar la impresión diagnóstica, vamos a describir las heridas, el tipo de herida que es, con el objeto que presumimos que es, o con el objeto que se utilizo para tal fin, y describimos bien y concienzuda y dedicadamente cada unas de las lesiones. 3.- Podría concluirse que ustedes son un binomio entre el patólogo y el medico forense para concluir acerca de la causa de muerte? Eso es correcto. 4.- Tiene que haber concordancia entre uno y otro profesional? Si definitivamente, si no la hay deberíamos reunirnos y hallar y no hacer conclusiones hasta que no encontremos los elementos propios del diagnostico. 5.- En el caso particular del examen que practico al cadáver de E.J.V.C., hubo esa concordancia? Si la hubo. 6.- Usted indica en su informe, que denomina acta de levantamiento de cadáver, características que están descritas en el protocolo de autopsia el cual pedimos a los fines de precisar la causa de la muerte, pudiera indicar al tribunal que quiso decir con esa expresión? Si, siempre colocamos eso, es casi un formato que tiene cada médico forense, en mi caso en particular siempre pido el protocolo de autopsia para buscar la relación de las heridas, el tamaño, la dimensión, la profundidad y la causa y qué fueron los elementos internos que no puedo precisar yo hasta que no sea aperturado, si coincide o no con el trayecto de las heridas que yo describí, lo pido y coinciden y concluimos y cerramos. 7.- En algunos casos presencia la autopsia? Si en muchos casos. 8.- En este caso? En este caso no lo recuerdo porque eran muchos los casos del Estado Vargas. 9.- Usted señala falleció el 25 de Mayo de 2003 aproximadamente a las 3 de la mañana, que significa esto, que elementos desde el punto de vista científico tomo usted para concluir que este cadáver falleció ese 25-05-2003, aproximadamente a las tres de la mañana? Si hay una serie de fenómenos cadavéricos, están bien descritos en la literatura, esos fenómenos son el enfriamiento, la rigidez y las livideces, donde nos va a indicar el tiempo, la data de muerte, hay otros fenómenos que son de descomposición que no vienen al caso, esos tres elementos son características de muerte de poco tiempo como es este caso, si el cadáver tuviese una rigidez cadavérica acentuada y ahí va a influir también el fenómeno ambiente, en el Estado Vargas hay mas calor, acá no había rigidez cadavérica y la rigidez se presenta después de las doce horas, la livideces son livideces móviles que las describí también, y el enfriamiento cadavérico es propio de una muerte de poca data, no es característico de muerte de mas de doce horas, que este en un promedio en tres, cinco u ocho horas, si encontramos el enfriamiento cadavérico, sin rigidez pero con lividez colocamos en tiempo promedio que son cinco o seis horas, ahí está a las nueve y media evaluado a las tres me pareció a mi la hora de la muerte, en definitiva son menos de doce horas de la muerte. 10.- Esa fecha y hora a la que usted llega pudiera considerarse una prueba de certeza? No, definitivamente, por que son datos que dan presunción, los otros datos como son la interna, como lo es la del patólogo y los otros datos de investigación propia es la que nos va a dar datos de certeza, nosotros para no involucrarnos nunca le preguntamos a los familiares, cuando lo vieron por ultima vez, etc, por que no es parte de la investigación y alteramos un poquito parte de nuestro propio diagnostico, nosotros colocamos en base a los fenómenos cadavéricos colocamos el tiempo y si coincide con la investigación, excelente. 11.- En ese resultado del 25-05-2003 es producto de su ciencia? Si, por eso colocamos aproximadamente porque es un promedio y de acuerdo a la literatura se estila que son dos horas más o menos. 12.- Usted señala heridas contuso cortante? Las heridas por arma blanca se pueden clasificar, entre ellas están las contusos, las cortantes, las contuso cortantes y las penetrantes; las contuso cortantes es la combinación de las utilizan un objeto que si bien es arma blanca, y es filoso, puede también maltratar la piel, por lo tanto golpea y también corta, si nosotros vemos elementos alrededor que no son borden netos, hablamos de contuso cortante, si hablamos de objeto cortante los bordes son lisos menos anfractuosa. 13.- Esas heridas fueron superficiales? No necesariamente, lo que quiere decir es que fueron realizadas con un objeto que no solo cortaba, sino que también maltrataba. 14.- Usted refiere de gran extensión? Cuando hablamos de gran extensión, hablamos de una superficie determinada en este caso cuello, hablamos que abarca tres partes del mismo, entonces hablamos de gran extensión, en este caso cuello y brazo, la zona infra escapular izquierda, la escapula es lo que llaman paleta, queda debajo del omoplato, o sea el tórax posterior. 15.- Con relación a esa herida contuso cortante en el cuello, una herida de esa magnitud puede ser una lesión que se haya producido sin intención? La herida en cuello de esa extensión muy poco probable puede ser inofensiva, porque en el cuello descansa muchos paquetes vasculares nerviosos, por allí pasan los nervios, pasa la carótida y la yugular, al tocar eso ya es por si sola una lesión de importancia, que si no conduce a la muerte pudiera salvarse pero es bastante mal el pronostico; esa intención de matar no es mi punto, pero ciertamente una lesión en cuello es muy dañina y muy probable por las situaciones anatómicas que conduzcan a la muerte. 16. Una lesión en cuello como las que describió en su informe es una herida de carácter defensivo? No. 17.- Señala usted en el punto uno: Herida cortante de bordes irregulares de 10 por 8 por 3 centímetros cara latero –externa derecha de cuello con exposición de plano muscular y paquete vasculo nervioso, pudiera decir de acuerdo a e esa apreciación en posición se encontraba la persona? Estaba muy probablemente de lado, dándole el lado derecho a la persona que le estaba haciendo la lesión, por que fue muy tajante directo hacia el lado lateral derecho. 18.- Que es exposición de plano muscular? Cuando ya se supera la piel, hay varios planos en el cuerpo humano, esta la piel, la parte de aponeurosis que es una capa que cubre el músculo y luego el músculo, este plano muscular, por detrás de este es que descansan los paquetes nervios y vasos, es decir que abrió mucho mas de piel, paso la aponeurosis y llego al músculo ya de allí los que quedan son los planos vasculares y si es abdominal serian los órganos viscerales y si es cuello hasta allí llega, por que llega hasta el plano profundo. 19.- Eso se debe a la intensidad de la herida? Se debe profundidad de la herida. 20.- Después nos dice en un segundo punto herida de cinco por cinco centímetros en la cara latero externa y media de brazo derecho? La herida fue más superficial, con menos profundidad, pero que abarca gran parte del brazo. 21.-Donde queda esa zona? ( explicó señalando en su cuerpo la zona). 22.- Esta herida de cortante de 5 centímetros es una herida superficial? Si fue superficial, igual cortante pero superficial. 23.- Nos habla en un tercer punto herida cortante de ocho por nueve centímetros, irregular en región infraescapular izquierda, donde queda esta región? Ubicada debajo en el omoplato. 24.- Nos habla de irregular que significa eso? El objeto en cuestión que se utilizo, en la herida cortante el objeto hace una solución continuidad con bordes netos, corta filosamente cualquier estructura, llámese piel, cuero, madera, cuando es anfractuosa no es neto, el objeto golpea y corta, hace efecto de contusión al objeto, ese tipo de herida es irregular. 25.- Eso nos puede dar algún tipo de noción del tipo de arma que se pudo haber utilizado? Si los clasificamos como objetos contusos cortantes y son aquellos que pueden ser inclusive armas blancas, por lo general son armas blancas no muy afiladas, provocan trauma antes de penetrar, provocan contusión. 26.-Nos puede decir cual fue la causa de la muerte en este caso? Shock Hipovolemico, hemorragia interna, heridas cortantes por arma blanca al cuello y tórax 27.- Que es el shock hipovolemico? El shock es la perdida de conocimiento, que ocurre por hipo es poco y volemia es de circulatorio, el volumen circulatorio, el volumen de sangre en el cuerpo humano de una persona promedio es de 5 litros y cuando se pierde mas de tres litros y medio de sangre de su volemia, lo consideramos que esta en shock, y que tiene poco volumen sanguíneo, eso compromete el hemodinámia del paciente y puede causar la muerte, la causa de la muerte fue un shock hipovolemico, el perdió el conocimiento por poca volemia y perdió la volemia por una hemorragia interna, porque fue perdiendo sangre y externa por que afectos grandes vasos hasta que perdió la volemia, debido a un arma blanca, a cuello y sitio nobles como el tórax, que fue la zona infraescapular, tórax posterior. 28.- No le cabe ninguna duda que la causa de la muerte fue esa? No. Fue algún tipo de enfermedad que la haya causado esa muerte? No, antes de dar la autopsia nosotros damos un diagnostico presuntivo un pronostico de muerte.

    A preguntas formuladas por el Defensor Privado, contestó: 1.- Según su estudio en el acta de levantamiento de cadáver, puede determinar que persona o personas le causaron la muerte al hoy occiso? No es imposible.

    A preguntas formuladas por el Tribunal contesto: 1.-Ratifica en todo su contenido el escrito que le fue puesto de manifiesto? No solo ratifico todo su contenido sino que reconozco la firma. 2.- Se trata del mismo protocolo de autopsia al cual hace referencia en su acta de levantamiento? Si, es el mismo y reposa en las actas.

    Con la declaración del ciudadano Dr. VALLENILLA TOLOSA J.J., medico forense adscrito a la Medicatura Forense de la Delegación Vargas del Cuerpo de investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas para la fecha de los hechos, se desprende que el mismo ratifico en su contenido y firma el Acta de Levantamiento de cadáver , de quien en vida respondiera al nombre de E.J.V.C., actuación que se llevo a cabo a las 9:30 horas de la mañana en la medicatura forense de Vargas, del día 25-05-2003, estableciendo como hora oficial de la muerte 3:00 horas de la madrugada aproximadamente, de ese mismo día , que del examen y revisión del cadáver se observa Heridas contuso cortantes, de gran extensión en cuello, brazo derecho, tórax posterior izquierdo (región infraescapular izquierda); 1.- herida cortante de bordes irregulares de diez por ocho centímetros en cara latero externa derecho del cuello, con exposición de plano muscular y paquete vasculo nervioso; 2.- herida cortante de cinco por cinco centímetros en cara latero externa y media de brazo derecho; 3.- herida cortante de ocho por nueve centímetros, irregular en región infraescapular izquierda. Descripción de las lesiones que son coincidentes con las expresadas en el protocolo de autopsia y que concatenado con este sirve para determinar que la causa de la muerte del ciudadano E.J.V.C., fue shock Hipovolemico, hemorragia interna por heridas cortantes por arma blanca al cuello y tórax. Testimonial que este Tribunal aprecia y valora en virtud de los conocimientos científicos que aporta el mismo, a los fines de la determinación de la causa de la muerte.

    Con la declaración de la ciudadana VASQUEZ MORA EUCARIS DESIREE, Inspector del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas; titular de la cédula de identidad Nº V-12.962.912, quien fue debidamente juramentada e impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y reconoció como suya la firma contenida en la inspección ocular que cursa a los folios (45) a (45) y expuso:

    Se trata de una inspección ocular de un cadáver y un sitio del suceso donde se colectaron unas evidencias, es todo

    Acto seguido fue interrogada por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.-Cuales eran las características del sitio del suceso? Era un sitio de suceso abierto, en el año 2003, se toma como punto de referencia la casa de la familia Paca, casa sin número, se consiguió un cadáver. 2.- Tomo este punto de referencia por la cercanía al cadáver? Si, siempre se toma un poste, una acera o cualquier otro de referencia, donde se tiene acceso por medio de unas escaleras, un callejón en la mitad del pasillo se consiguió el cadáver de una persona. 3.- Se consiguió alguna evidencia? Colecte el tercio superior de un recipiente de vidrio transparente de los denominados picos de botella, con aristas agudas producto de una fractura, sobre el piso y adjunto a la extremidad inferior izquierda, las aristas son la parte inferior de la botella, se colecto sangre, la ropa. 4.- Como se vio la sangre, en el inspección refiere alguna cantidad? Nosotros no colocamos cantidad, solamente se dejo constancia que debajo del cadáver se observo una sustancia acumulada de color pardo rojizo, acumulada quiere decir, que permaneció allí por un cierto tiempo, el cadáver esta allí y acumulo esa sustancia, cuando hablamos de mecanismo de formación por contacto quiere decir que el cadáver inmediatamente que se le causa la muerte u otro herida hace inmediatamente contacto con la superficie, no se acumula, cuando hablamos de charco es que nos referimos a gran cantidad, referimos a acumulada por ejemplo tomamos un objeto impregnado de sangre lo colocamos allí y se acumula la sangre, como coagulada, bien sea por el tiempo, por lo hayan dejando allí, no podemos hablar de que porque este acumulada sea un sitio de liberación, pero mayormente cuando hablamos de acumulada, es que desde aquí, dejo un objeto acá; hay morfologías de la sangre como escurrimiento, salpicadura, por contacto, caída libre, impregnación, cuando hablamos de acumulada es que se coagulo puede ser por el tiempo o por lo trasladaron a otro lugar. 5.-De acuerdo a las característica de la mancha acumulada, es la característica sine cuanon para establecer que el sitio que usted inspecciono de un sitio de liberación o del un sitio del sucedo? Para hablar de un sitio de liberación se tendría que ver otros elementos, mas sin embargo cuando se habla de sangre acumulada puede surgir como una hipótesis a nosotros como investigadores e inspectores que se trata de un sitio de liberación. 6.- Usted realizo la inspección del cadáver que tipo de heridas observo? Tres heridas incisas, ubicadas en el área de proyección en las regiones anatómicas siguientes, cuando hablamos de aéreas de proyección se habla de aéreas que se proyectan en el cuerpo humano; una herida con bordes lisos y anfractuosa en la cara anterior del brazo derecho, como de forma de rosa, la carne se abre, no tiene ninguna forma. 7.- Esa herida es defensa? Si, a veces. 8.- Cual era la otra lesión? Un herida con bordes lisos en la cara lateral derecha del cuello, con exposición de los órganos internos de esa región desde la región tiroidea hasta la laringe, la otra era el la región escapular izquierda con bordes lisos y de forma anfractuosa y con desprendimiento parcial de la piel, sin forma. 9.- Presentaba el cadáver alguna otra lesión? Únicamente las tres heridas descritas, no se coloca lo que no se ve. 10.- A que hora llego al sitio a realizar la inspección? A las 6: 45 horas de la mañana. 11.- Cuando dice que es un sitio de suceso abierto a que se refiere? Nosotros hablamos de sitio de suceso abierto o cerrado, un sitio de suceso cerrado no esta al aire libre. 12.- El día 25-05-2003 que tiempo tenia adscrita al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas? Tendría como siete años. 13.- que rango tenia? Detective. 14.-Para ser detective que se requería? Ser T.S.U en Criminalísticas. 15.- Dentro de los estudios que usted recibe esta algún estudio con medicina forense y nociones de derecho penal? Si. 16.-En su inspección manifiesta que consiguen un cadáver en posición de cubito dorsal, que significa de cubito dorsal? La parte del torso pegado al suelo, en el suelo boca arriba. 17.- Usted indica que observo tres heridas, una en el brazo, cuello y región escapular izquierda, nos puede explicar que se refiere de naturaleza hemática? Que emana de las heridas, la sustancia hemática es sangre. 18.- Usted refiere que el cadáver tenía las extremidades superiores extendidas hacia el sentido norte e superiores la derecha extendida y la izquierda semi flexionada, que significa eso? Cuando hacemos una inspección nos ubicamos en tiempo y espacio, sus extremidades inferiores, o sea las piernas estaban en sentido hacia la playa, hacia el norte y las extremidades superiores una estaba semi flexionada. 19.- Es esta inspección usted se encontraba como funcionarios investigador? Me encontraba como inspector técnica, cuando hay un suceso hay un investigador y un experto, en este caso el experto soy yo. 20.-Colaboro con la investigación en este caso? Hice actuaciones, pero como enviar las evidencias al laboratorio, actuaciones de investigación no. 21.- Con respecto a las evidencias recolectaron un recipiente de vidrio transparente con las aristas agudas, como se hace para que ese recipiente le queden las aristas agudas? Se fracciona, se parte y quedan las aristas, se llaman agudas porque hay unas más grandes que otras y son puntiagudas. 22.- Usted podría por su experiencia indicarnos si es posible que ese pico de botella que se colecto en el sitio haya sido el arma que causo las heridas? No se lo podría decir. 23.- Por la naturaleza de las heridas pudiera indicar si ese objeto pudiera causar esas herida? Por la naturaleza de las heridas y ese tipo de arma si, por lo bordes lisos. 24.- Usted toma como punto de referencia del sitio donde se encontró el cadáver la casa de la Familia Paca, como supo usted que se trataba de la familia Paca? Al conseguir el cadáver, como no había un punto mas cercano al cadáver y como el punto era la esa vivienda y no tenia numero, preguntamos de quien era la casa, si el numero es visible no preguntamos. 25.- De acuerdo a la ubicación usted pudiera indicar la distancia que hay desde el sitio donde consiguió el cadáver y la casa de la familia Paca? Como tres pasos aproximados. 26.- De las tres heridas que observo y refiere en la inspección cual aparentemente era la mas grave? La de la cara anterior del cuello. 27.- De acuerdo a su conocimiento policial como es el sangramiento que se desprende de esas heridas? Votaría un aproximado de 500 cc o 7000 cc del cuerpo. 28.- Esa cantidad que usted menciona es la misma cantidad que vio en el sitio? Era una sustancia totalmente acumulada. 29.- Que es acumulada? La sangre esta acumulada, no hizo salpicadura, no hubo escurrimiento. 30.- De acuerdo a su experiencia policial, al producirse un herida por arma blanca en el cuello, que pasa con esa sangre, se escurre, salpica? Todas las morfologías, salpicadura, caída libre, escurrimiento, charco. 31.- Usted observo en ese sitio que inspecciono cerca de la casa de la familia Paca salpicaduras, charco, observo esas morfologías de la sangre? No, porque nos dijeron que alguien había limpiado para que los niños no vieran.

    A preguntas formuladas por la Defensora Privada, contestó: 1.- Que distancia tiene el callejón de ancho? (la funcionaria realiza señalamientos gráficamente). 2.- Por que tomaron como referencia la casa de la Familia Paca y no otra casa? Porque el cadáver estaba mas cerca de la acera de la casa de la familia Paca. 3.- De acuerdo a la inspección que realizo se puede determinar quien o quienes le causaron la muerte al hoy occiso? La inspección es un aporte para determinar los autores del hechos para eso se hacen una serie de investigaciones, pero con la simple inspección ocular no se puede determinar quien fue, esas son las primeras diligencias necesarias para una investigación.

    El tribunal no interrogo al testigo.

    Con la declaración de la funcionaria VASQUEZ MORA EUCARIS DESIREE, Inspector del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, se evidencias las características y condiciones donde ocurrieron los hechos, así como las características físicas y de las condiciones del cadáver de quien en vida respondiera al nombre de E.J.V.C., por haber el testigo realizado la inspección ocular en el procedimiento policial; así como de las evidencias halladas. Declaración que este Tribunal aprecia y valora a los fines de establecer de manera fehaciente que la victima se encontraba en el callejón del Cerro los cachos, parte media, frente a la entrada de la vivienda de la familia Paca y que el cadáver presentaba tres heridas incisas ubicadas en el área de proyección de las regiones anatómicas siguientes: 1.-herida con bordes lisos y anfractuosa, en la cada anterior del brazo derecho, herida con bordes lisos en la cara lateral derecha del cuello, con exposición de órganos internos de esa región, desde la región tiroidea hasta la laringe; herida en la región escapular izquierda, con bordes lisos y de forma anfractuosa y con desprendimiento parcial de la piel, descripción que son coincidentes con las expresadas en el acta de levantamiento de cadáver y el protocolo de autopsia y en el lugar de los hechos fue hallado y fragmento de vidrio transparente, denominados pico de botella, con aristas agudas, producto de una fractura, utilizado para causarle la muerte a la victima E.J.V.C..

    Con la declaración de la ciudadana DELGADO G.L.D.C., titular de la cédula de identidad Nº V-11.059.762, quien fue debidamente juramentada e impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

    Yo estaba en la casa, estaba durmiendo, solo oí una botellas que se quebraron, me quede en la cama tranquila, no escuche pelea, no escuche ruido, no escuche escándalo, solamente como alrededor de 10 minutos es que escuche a la señora Yaya, Yomaira, que le mataron a su hijo, no sabía nada y fue cuando me vestí y baje, cuando baje como eso es como una vereda, cunado llego a la esquina la consigo a ella con su hijo abrazada y me dijo Lilimar mira lo que le hicieron a mi hijo, le volteo el cuello y veo que estaba cortado, ya estaba muerto, luego me senté en los escalones del frente de la casa de la señora Paca donde estaba un pozo de sangre ahí, y le decía a la Señora Paca que me dejara usar el teléfono para llamar a la hermana de la señora Yomaira y ella me decía que no podía usar el teléfono porque no tenia teléfono casero, como alrededor de las cinco y media seis de de la mañana ellos se fueron hacer café, yo entre a la casa y en esa época había escasez de agua en el sector y había un espacio hacia donde se bajan a la platabanda lavado, entonces yo salí, es todo

    Acto seguido fue interrogada por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- Que relación tenia usted con la persona que resulto muerta? Era mi vecino, hijo de una amiga mía, era conocido. 2.- A qué se dedicaba esa persona y puede decir su nombre? En realizada lo conozco por su apodo, le decían PICURE, el se dedicaba a cualquier cosa, no tenia un trabajo estable, el trabajaba anteriormente pero por problemas tuvo que retirarse del trabajo. 3.- Cuantos años tenia usted conociendo a esa persona que usted señala que llamaban PICURE? Toda la vida. 4.- Usted sabia como era el comportamiento de esa persona que apodaban PICURE? El era bastante escandaloso y bastante bullero, por eso jamás pensé que el problema era con él, el siempre se vivía haciendo bulla por todos lodos cuando discutía se escuchaba la voz a lo lejos, y como no lo oía me sorprendí cuando escuche la voz de su mama. 5.- Conocía también a las personas que resultaron involucradas en este caso? Si las conocí, uno era R.F., cabe destacar que yo no sabía que ahí había una fiesta, yo no supe nunca que había una fiesta, ni los ví en la fiesta, R.F., más que todo los conozco por apodos. 6.- El día de los hechos, donde se encontraba aproximadamente a las nueve de la noche? En mi casa. 7.- Donde se encontraba aproximadamente a las dos de la mañana? En mi casa. 8.- Donde se encontraba aproximadamente a las tres de la mañana? Yo creo que a las dos y media fue que sucedió eso, en realidad no recuerdo bien la hora, pero creo que fue a esa hora cuando baje. 9.- Que fue lo que vió? Cuando baje vi a la señora Yomaira con su hijo en brazos. 10.- Usted pudo apreciar alguna o algunas heridas en el cadáver? Yo solamente le ví la del cuello. 11.- Como era esa herida del cuello? Era grande, para cualquier persona era impresionante ver cualquier hecho así de sangre. 12.- A parte de las heridas llego a observar algo mas que le llamara la atención en ese lugar? Por supuesto la sangre que estaba donde estábamos sentadas en los escalones de esa casa, la sangre que estaba al frente que era un pozo de sangre, la sangre estaba un poquito mas arriba de donde estaba él y la de los escalones, del frente de donde era la fiesta según. 13.- Y que familia vivía en esa casa? La familia Penzo, la mamá de Carlitos, Aurelia. 14.- En esa casa de la señora A.P.d.P. fue que usted vio la sangre? Si en los escalones de afuera, inclusive también en la sala había salpicadura, es un porchecito. 15.- Usted llego a relacionar esa salpicaduras de sangre con lo que paso? Por supuesto por que si en frente esta un cadáver, y hay suficiente sangre afuera y hay sangre donde estoy sentada. 16.- Usted pregunto por que esa sangre estaba allí? No, en ese momento todo el mundo estaba como consternado y no había muchas preguntas que hacer. 17.- Usted observo si en esa casa donde había salpicaduras de sangre estaban limpiando? No vi que estaban limpiando, pero si me pareció un poquito extraño que con la escasez de agua que había no me quisieron prestar el baño porque no había agua, eso estaba mojado. 18. Sabe usted quien limpio eso? No. 19.- Usted llevo a observar, a oír alguna discusión? No. 19.- Llego usted a escuchar que se partiera algún objeto? Si, unas botellas. 20.- Usted llego a observar algunos gritos? No. 21.- Llego usted a entrar al baño de esa casa? No. 22.- Donde específicamente vio usted la sangre? En el escalón que sale de puesta hacia afuera y en la pared del porchecito. 23.- Ese porchecito donde está ubicado dentro o fura de la casa? Después que hay una puerta ya es dentro de la casa. 24.- Como eran esas manchas de sangre que usted vio en ese porchecito? Esas eran salpicaduras, como unas góticas, pero las que estaban afuera en el escalón si eran unas gotas más grandes. 25.- Usted escucho o alguien le dijo quien era la persona que había herido a PICURE? En realidad fueron muchos los comentarios. 26.- Cuales eran esos comentarios? Los comentarios eran que nadie sabia, que nadie había visto nada, que él se cayo, total que nadie sabia. 27.- Alguien le dijo que había habido una pele allí? No, ahí nadie decía nada, todo el mundo estaba mudo. 28.- Con respecto a los dueños de esa casa tuvo usted alguna conversación con ellos? Esas personas estaban totalmente herméticas, no decían nada. 29.- Llego usted a observar a los acusados ese día 25 cuando sucedieron los hechos? No. 30.- Donde había un fiesta? Yo no me percate que había una fiesta. 31.- Donde usted observo la sangre habían algunas botellas? No. 32. – Esa sangre que describe en ese escalón tenia alguna trayectoria? En realidad eran gotas de sangre, no eran de ninguna parte. 33.- Indicaban alguna dirección esas gotas? Las gotas indicaban el cruce a la acera del frente donde estaba el pozo grande de sangre. 34.- Se podían seguir esas gotas? No me percate de eso.

    A preguntas formuladas por la Defensora Privada, contestó 1.- Cuando usted escucho esas botellas donde se encontraba? En mi casa. 2.- Usted pudo determinar si las varias las botellas que usted escucho era en el callejón o dentro de la casa de la familia Paca? En realizada no puedo determinar eso, porque yo vivo es alto, la bulla es abajo. 3.- A que hora entro a la casa de la señora Paca? Con a las cinco y media a seis de la mañana. 4.- Usted puede determinar con certeza quien le quito la vida al ciudadano que conocía como PICURE? No, como dije antes cuando yo llegue el ya estaba ahí.

    A preguntas formuladas por el Tribunal, contestó: 1.- Que distancia existe desde su casa a la casa de la familia Paca? Relativamente tres cuadras, pero como mi casa queda en un tercer piso, desde mi casa se puede ver a la platabanda

    Con la declaración de la ciudadana DELGADO G.L.D.C., titular de la cédula de identidad Nº V-11.059.762, se establece de su declaración que los hechos ocurrieron aproximadamente a las tres horas de la madrugada el día 25 de mayo de 2003, que escucho partirse unas botellas aproximadamente a esa hora, declaración que coincide lo relativo a la hora en que se escucharon partir botellas, que coincide con la declaración del ciudadano G.O.A..

    Con la declaración de la ciudadana M.N., medico anatomopatólogo, quien fue debidamente juramentada e impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y reconoció como suya la firma contenida en el Acta de levantamiento de cadáver que cursa en el folio (95) de la pieza denominada “anexo” y expuso:

    Con relación a este caso, ocurrió en el año 2003, yo realice esta autopsia, por lo descrito aquí, la muerte ocasionada por herida por arma blanca, la conclusión fue bastante clara, aunque describo varias heridas, la herida mas importante, la que ocasionó la muerte fue una herida de 25 c.m., contuso cortante en el cuello del lado derecho, que lesiona la arteria yugular interna y eso produce una hemorragia masiva, hay shock hipovolemico y por ende la muerte, aunque yo describo aquí otras heridas contuso cortantes, hay heridas cortantes en el brazo derecho, en la región infra escapular izquierda, pero no refiere ningún órgano lesionado en esa área que no sean planos musculares que no son capaces de ocasionar la muerte y hubo un herida anfractuosa de 15 cm. con exposición de planos musculares en la cavidad toráxica y en brazo derecho, en este caso, estaría desde el punto de vista médico la muerte, toda vez que en cuello igual que en la cabeza en una zona donde hay órganos vitales que son fácilmente vulnerables ante una herida, que debido a su profundidad, que se lleva a los planos musculares y el plano nervioso y arteria yugular interna esto ocasiona la muerte bastante rápido, es todo

    Acto seguido fue interrogada por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- Que tiempo estuvo al servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas como medico anatomopatólogo-forense? 16 años. 2.- Que tiempo tiene graduada como médico? 24 años. 3.- Podría manifestarnos la identificación del cadáver al cual le practicó la autopsia? De acuerdo al protocolo fue el 25/05/2003, E.J.V.C., de 27 años de edad, raza mezclada, procedente del cerro “Los Cachos”. 4.- Cual es el requerimiento previo que se hace para que usted practique la autopsia? El medico forense es el encargado de ir al sitio y efectuar el levantamiento del cadáver y el patólogo realiza la autopsia en el recinto que existe en la morgue, el medico forense es el encargado de describir las lesiones externas del cadáver, el patólogo hace también un examen externo del cadáver y luego procede a realizar la autopsia, las lesiones internas las hace el patólogo, que debe haber estudiado patología clínica tres años de post grado y la patología forense se aprende con un curso, para desempeñar esa labor. 5.- En relación a la causa de la muerte, debe coincidir la que da el medico forense con la que de usted? El medico forense no da causa de muerte, solo hace el levantamiento del cadáver describir las lesiones externas, el que dictamina la causa de la muerte es el patólogo, que es el calificado para decir la causa de la muerte. 6.- Podría indicar con su propio cuerpo la ubicación de las heridas para aclarar su exposición? Si (procedió a indicar con su propio cuerpo la ubicación de las heridas) hay una herida que se define contuso cortante de gran extensión en el cuello, del lado derecho de 23 centímetros de longitud, cuando hablamos de esta zona y que hay exposición de paquete vascular, arterias y venas y el nervio, cuando eso esta seccionado, en este caso con un arma blanca, produce la muerte, porque una persona con una herida de esa naturaleza, mortal, la muerte ocurre aproximadamente en diez minutos, en realidad para llegar a un hospital calificado con una herida de esa magnitud, es casi imposible, las otras heridas se trata de herida cinco centímetros en la cara latero externa y media de brazo derecho, lo que lesione de plano musculares superficiales, en esa zona no planos vasculares que puedan ocasionar la muerte, luego hay otra herida que esta en tórax anfractuosa, que quiere decir irregular en región infraescapular izquierda, con exposición de plano musculares no entro a cavidad toráxica, por lo tanto no secciono ningún órgano vital en el tórax, cuando hace se viceración del cadáver y hace la autopsia, pues describen como están los órganos, obviamente describo que hay una palidez hepática y una palidez pulmonar , porque si la persona perdió mucha sangre, tiene que estar pálido y los órganos están pálidos, porque ha perdido mas del 50% de sangre por una herida de esa magnitud en el cuello, la del lado derecho en el cuello es la que le causa la muerte a la persona. 7.- Usted podría indicarnos si ese cadáver presentaba alguna enfermedad que pudiese contribuir a que muriese en virtud de la herida presentada? No, en ese caso uno hace una autopsia y sobretodo cuando se trata de un homicidio, uno revisa los órganos y fácilmente ve si la persona tiene un tumor, o una enfermedad crónica que pueda ayudar a que ocurra la muerte, en este caso yo pongo que hay palidez hepática y describo palidez de ambos pulmones, esto me indica que perdió mas del 50% de sangre, digamos que un 70%, por lo menos. 8.- En la mayoría de los casos por muertes violentas el patólogo toma muestras para hacer estudios toxicológicos, ¿por qué no está en su protocolo esa toma de muestras? En todas las muertes violentas es obligatorio tomar muestras de sangre, pero luego nosotros no chequeamos eso, eso llega al departamento, a la delegación y llega nuevamente a la medicatura, pero ya el patólogo hace su trabajo, eso no lo vemos si la persona tenía intoxicación por algo, pero a todos los casos le tomamos muestra de sangre. 9.- Que significa contuso cortante? Una herida cortante que pudo haber tenido bordes irregulares, bordes contusos, en este caso la palabra más adecuada sería una herida penetrante, el término mas apropiada es este caso fue herida cortante y penetrante, se coloca contuso cortante y se trata de aclarar hasta donde llego la herida. 10.- La herida que usted describe en el cuello podría ser una herida defensiva? No, no puede ser una herida defensiva, una herida defensiva es distinta, es una herida más pequeña, más superficial, esa tuvo que haber sido una herida hecha deliberadamente ya que es una herida grande y profunda, el termino acorde es penetrante, porque penetra en la cavidad del cuello, una herida de dos centímetros de profundidad en el cuello ya es bastante grave, en este caso afecto la yugular interna, es decir de mas de tres centímetros de profundidad, de ahí el torrente de sangre que sale es bastante rápido y mucha cantidad. 11.- Los bordes irregulares podrían ayudarnos a determinar que tipo de arma con la cual pudo haberse producido la herida? Si, podría ser un cuchillo o algo dentado, que ocasione un borde irregular, una botella, un cuchillo dentado. 12 ¿La herida del tórax podría considerarse una herida defensiva? No, una herida por la espalda no puede ser una herida defensiva. 13.- La herida del brazo derecho podría considerarse una herida defensiva? La autopsia no revela signos defensivos, la persona pudo haber sido tomada por sorpresa, inclusive pudo haberse realizado esas tres heridas por sorpresa sin haber habido tiempo de ningún tipo de defensa por parte de la persona que falleció. 14.- Usted no deja constancia de cómo observó las manos del cadáver, si había alguna lesión? Cuando yo hablo de extremidades tenemos que describir lo que hay en brazos, piernas, pies y manos, si no está descrito no había algo de gran importancia a no ser palidez. 15.- Observo cortadas como mecanismos defensa? No, sino estuviera descrito en el protocolo. 16.- Usted no tiene ninguna duda que la causa de la muerte es la que usted describe en el protocolo? Ninguna duda.

    Por su parte la defensa no interrogo a la medico anatomopatólogo.

    A preguntas formuladas por el Tribunal respondió: 1.- Ratifica en todos u contenido el escrito que le fue puesto de manifiesto? Si lo ratifico en su totalidad.

    Con la declaración de la Dra. M.N., medico anatomopatólogo, quien para el momento de los hechos se encontraba adscrita al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, quien con su deposición ratifico el contenido del protocolo de autopsia practicado al ciudadano EDAGR J.V.C., inserto al folio (95) de la pieza denominada Anexo, estableció de manera clara y sin que quedara lugar a dudas que la causa de la muerte del referido ciudadano, se debió a herida de veinticinco centímetros contuso cortante en el cuello (lado derecho) sección de planos musculares y arteria yugular interna, shock hipovolemico por herida de arma blanca. El tribunal aprecia su declaración y la valora en virtud de los conocimientos científicos que aporta la misma, a los fines de determinar las causas de la muerte en la presente causa.

    Con la declaración del ciudadano E.W.R.P., de profesión u oficio Paramédico de Protección Civil y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 16.509.823, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal expuso:

    Nos encontrábamos en una fiesta, termino la fiesta, éramos un grupo de personas, estábamos seis, me fui a mi casa, me acosté a dormir, cuando salgo, ya el cuerpo estaba fuera de la casa, estaba el muchacho abajo en la esquina, cerca del poste insultando al cuerpo el chamo estaba vivo, posteriormente acompaño a otro muchacho de la casa a avisarle a la mamá, bajo y el muchacho le da la vuelta a la manzana, se para ahí porque hace esquina con mi casa, le doy su camisa al chamo y de ahí me fui a mi casa y nos se mas nada

    Acto seguido fue interrogada por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.-Indíquele al tribunal la dirección exacta en donde se realizaba la fiesta a la que usted se refirió en su exposición? Barrio San A.L.F., callejón sin número, en la casa de la Sra. A.P., en ese momento creo que vivía alquilada.2.-Indique la dirección de la casa que usted habitaba para el momento en que ocurrieron los hechos? Es Mismo callejón, frente a la casa de la sra. N.V.. 3.-Que distancia hay aproximada entre su casa y la casa de la Sra. A.d.P. que usted señaló que se estaba celebrando al fiesta? Unos 6 metros, de puerta a puerta, por que la casa mía queda al frente de una pared de esa casa. 4.- Tiene usted visibilidad a esa casa? Si. 5.- Es fácil escuchar lo que sucede allí? No porque yo duermo arriba. 6.- A que hora llegó usted a las casa de la sra. A.P.? No recuerdo, era de noche. 7.- Por qué razón usted va a esa casa en horas de la noche? Porque había una fiesta y me invitaron 8.- En que parte de la casa se celebraba la fiesta y el motivo? El motivo no lo recuerdo, pero era arriba en la platabanda y abajo se bailaba también. 9.-Indique quienes se encontraban en la fiesta? Estaban ellos dos, el hijo de la señora de la casa, la señora de la casa, la yerna. 10.- Cuando usted señala que estaban ellos dos, usted se refiere a los acusados R.C. apodado Pepito y G.S.A.C.? Si. 11.- Son estas dos personas que están aquí? Si. 12.- E.V. se encontraba en esa fiesta? Si, se encontraba en la fiesta. 13.-Que ocurrió en esa celebración? Lo que ocurrió no se, estábamos jugando domino 14.- Donde se celebraba esa partida de domino? En la platabanda. 15.- Quienes participaban del juego de domino? Edgar, Ricardo, Carlos y otra persona que era la primera vez que la veía y yo. 16.- Solía visitar esa casa? Si. 17.- Era amigos de las personas que Vivian ahí? Si. 18.- Conocía usted a E.V.? Si, tenia dieciocho años conociéndolo. 19.- Cual era el comportamiento de E.V.? El era mala conducta, el consumía su droga. 20.-Que relación tiene con R.C.? Era conocido. 21.- Que relación tiene con G.S.? Yo antes lo trataba, pero después no fue mas al barrio. 22.- R.C. vivía en el barrio? No, en otro barrio. 23.- G.S.a.C. vivía en el Barrio? No. 24.- Ustedes ese día estaban ingiriendo licor, estaban borrachos? Si. 25.- Ese día la victima E.V. estaba ingiriendo licor, estaba borracho? Si. 26.- Ese día el ciudadano R.C. estaba ingiriendo licor, estaba borracho? Todos estábamos ingiriendo bebidas alcohólicas. 27.- Que significa para usted borracho? No estar en sentido común, no estar en los cabales. 28.- Que hora era mientras jugaban domino? 2:30 a 3:00 de la mañana. 29.- A esa hora sucedió algún incidente mientras jugaba dominó? En mi presencia no vi ninguna discusión. 30.- A que hora se retira a su casa? No recuerdo, lo que recuerdo es que perdí el juego y me fui. 31.-Que momento transcurrió desde el momento que perdió la partida y se retira a su casa? Como cinco a diez minutos. 32.- Que escuchó usted desde que transcurrieron esos diez minutos luego de las dos y media de la mañana? Yo estaba acostado, escuché unas botellas, abro la puerta de mi casa y cuando salgo el muchacho ya estaba tirado en el suelo? 33.- Cuando se refiere al muchacho se refiere a la victima conocida como Picure? Si. 34.- Como usted puede decir que lo que escucho fue partirse una botella? Todo el mundo conoce el sonido de una botella al quebrase. 35.- Y que hizo usted cuando escucho partirse la botella? Me quede viendo el cuerpo del muchacho y Ricardo estaba abajo. 36.- Escuchó algún tipo de discusión? Si. 37.- En que consistía esa discusión, eran insultos que dirigía R.C. a la victima E.V.? Si. 38.-Por que consideró que eran insultos? Eran groserías. 39.- Y cuando usted vio el cuerpo y escucho esos insultos que le estaba dirigiendo R.C. a E.V., esa victima E.V. estaba herido? Si. 40.- En ese momento la victima estaba en el piso? Si. 41.- En ese momento observo alguna herida en el cuerpo de E.V.? Por la sangre tenia una herida. 42.- Cuando observo la sangre que tenia E.V. como era la iluminación del lugar? Ahí hay un poste como el de las avenidas, eso es todo lo que hay ahí, las casa esa noche no tenia las luces encendidas. 43.- Podría indicar si esos insultos por medio de groserías que hacia R.C. a E.V. lo hacia en presencia de otras personas? Las personas que estaban fuera de la casa. 44.- Quienes eran esas personas que estaba fuera de la casa? La señora de la casa, el hijo de la señora, la yerna y creo que la hija. 45.- Y esos insultos que hizo R.C. los hizo en presencia del acusado G.S.? No. 46.-Donde estaba G.S. en ese momento? Cuando yo salí ya no estaba. 47.-En que momento salió usted? Inmediatamente luego que escuché que rompieron la botella, salí. 48.- Usted además de ser llamada por este Tribunal ha citado por otros organismos? Si, a la PTJ y a la Fiscalía que queda en la Atlántida. 49.- Puede explicar si la victima le partiera una botella en la cabeza a R.C. apodado Pepito? No vi eso. 50.- Usted llegó a observar que la victima se estuviera defendiendo de las agresiones que le estaba haciendo R.F.C.? No. 51.- Llego a observar si la pelea se produjo dentro de la casa? No. 52.- Donde observó las heridas en el cuerpo de la victima? En el cuello.

    A preguntas formuladas por la Defensora Privada, contestó: 1.-Usted le ha manifestado a la Fiscal del Ministerio Público en el alguna oportunidad que ha sido amenazado por el hecho de asistir a esta sala de audiencias? Nunca he sido amenazado.2.- Usted escuchó el botellazo fuera de la casa o dentro de la casa? No se decirle si fue adentro a fuera de la casa, solo escuche el ruido. 3.- Usted llego a observar dentro de la fiesta donde se celebraba la fiesta alguna discusión? No. 4.-Alguna pelea? No. 5.- Cuando usted salió usted Observo a E.V. peleando con alguien? No el estaba tirado en el piso. 6.-Indique al Tribunal si observo a la o las personas que le quitaron la vida la ciudadano E.V.? No observe a nadie, yo salí y ya estaba tirado en el piso. 7.- Usted observo al ciudadano J.R.F.C. cerca del cadáver? En el poste que hace esquina, como de 10 a 15 metros. 8.- Habían otras personas ahí? La dueña de la casa. 9.- Usted cuando baja observo al ciudadano J.R.F.C., usted le observó algún objeto, arma de fuego, botella? No. 10.- Usted pudo observar en ese momento al ciudadano G.S. en el lugar? No estaba.

    El tribunal no interrogo al testigo.

    Con la declaración del ciudadano E.W.R.P., titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 16.509.823, se establece que una vez que se retira de la jugada de domino, que se estaba celebrando en la casa de la señora Aurelia, en la cual se encontraban la victima, los acusados y otras personas, éste mismo presenció cuando el acusado R.F.C., en la esquina del callejón, aproximadamente a diez metros de la victima, propinara insultos y groserías, al hoy acusado cuando yacía en el suelo herido, aproximadamente a las tres de la mañana, y que posteriormente se dirigió con Carlos avisarle a la mama de la victima, y cuando bajo le da la camisa a R.F.C., para posteriormente irse a su casa, que aun cuando se encontraban varias personas cerca del cuerpo, el ciudadano R.F.C., era el único que le propinaba insultos a la victima, este dicho corrobora lo manifestado por la madre del hoy occiso, ciudadana L.Y.C., en cuanto que observo a pocos metros del lugar donde yacía su hijo al R.F.C..

    Con la declaración de la ciudadana V.A.P.D.P., titular de la Cédula de Identidad Nro. 4039837, quien fue debidamente juramentada e impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

    Yo estaba durmiendo, me levanté porque escuche un golpe, me asome por la ventana del cuarto, me asome y vi a picure afuera cerca de un poste, bajo y lo veo arrodillado en la acera del frente de la señora ecuatoriana, busco la llave y salgo lo llamo y no contestaba y llamé a la señora, ella llego y estiro el cuerpo y sale una cosa así ovalada que el tenia en la mano de botella, yo le dije a ella, yaya no lo puedes tocar hasta que no venga la PTJ, ella me dije ni tu ni nadie me dije que no agarre a mi hijo, yo me senté con ella a esperar a que llegara la gente, es todo

    Acto seguido fue interrogada por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1.- Es usted la madre de C.P.? Si. 2.- Su hijo esta huyendo de la justicia por este caso? Si. 3.- Donde queda ubicada su casa? Yo vivía en el Cerro Los Cachos, en la parte baja del callejón.4.- Fue allí donde ocurrieron los hechos? Si.- 5.-Ese día había una celebración? En mi casa temprano a mi nieto lo habían bautizado ese día, de hecho no fui a la iglesia porque me toco trabajar, como yo estaba amanecida porque venia de guardia, cuando regrese como a las siete y media de la noche ellos estaban celebrando, se fueron para arriba para hacer un parrilla, ya en mi casa no había fiesta, bueno eso no era fiesta eso era una reunión familiar, estaba mi hermana, mi sobrina, como me dio mucho sueño le dije a mi hermana que me iba a dormir. 6.- Como a que hora se fue a dormir? Como a las diez y media a once, quedaba mi hermana, mi sobrina, pero no había más nadie, iban a esperar que estuviera la carne para comérsela. 7.- Como a que hora llego a su casa? Como a las siete y media de la noche porque yo entregue guardia a las siete de la noche. 8.- Cuando usted se fue a dormir quienes estaban en la platabanda? Nilson, Militza, Milagros, Carlitos y el que estaba haciendo la carne, picure no estaba dentro de mi casa, cuando yo me fui a acostar él estaba afuera, Ricardo no lo vi en mi casa, miento si le digo que lo vi, cuando me fui a acostar solo estaba la familia, Ricardo tampoco estaba en mi casa, solo estaba la familia, a Picure lo vi, yo estaba hablando con él afuera al frente de Francisca y el me dice “yo hoy me contente con mi mamá, porque yo estaba bravo con mi mamá”, le dije que se portara bien para que no le diera mas preocupaciones a su mamá. 9.- Eso fue donde? Al frente de la casa de Francisca, que yo estaba sentada en los escalones ahí con Francisca y el se quedo afuera y no se si entro porque yo me fui a acostar. 10.- Alguien le manifestó si el entro a su casa? No lo pregunte. 11.- En que momento se percató que ese muchacho apodado picure estaba herido? A mi me levantó un golpe, porque yo estaba dormida, me pare me asome por la ventana del cuarto y lo vi a él cerca del poste de la Sra. Miriam sin camisa y yo temprano lo había visto con su camisa y salgo del cuarto para la sala, cuando abro la puerta y voy hacia el poste lo veo arrodillado en la acera y así lo encontró su mamá. 12.- Que tenia el en la mano? No vi, cuando su mamá viene, porque yo la mande a llamar lo extendió, ella llego y me pregunto que pasó y yo le dije no se. 13.- Usted llego a ver que tenia en la mano? Cuando ella lo levanta en la mano tenia un pedazo de botella y ella lo agarro. 14.- Usted observó las heridas que tenia? Cuando ella lo extendió, fue cuando vi la herida que tenia en el cuello. 15.- Fue la única herida que observo? No, cuando yo lo vi en el poste que el estaba de espalda tenia otra herida en el brazo en la espalda, no se. 16.- Cuando su mamá lo agarro, usted le llego a ver alguna herida en la mano a la victima? No. 17.- Usted llegó a ver al ciudadano G.S.? No, yo no subí a la platabanda porque estaba cansada. 18.- Usted hizo una declaración? No me hable de esa declaración, eso fue un abuso a mi me maltrataron física y verbalmente.

    A preguntas formuladas por la Defensora Privada, contestó: 1.- Usted observó que el ciudadano E.V., alias picure, sostuviera alguna discusión con alguna de las personas que asistieron a su fiesta? Cuando yo me acosté picure no estaba en mi casa él estaba afuera, no puedo decir si discutió o no con alguien porque yo estaba durmiendo. 2.-Observó a alguna persona quitarle la vida al ciudadano E.J.V.C.? A nadie.

    El Tribunal no interrogo a la testigo.

    Con la declaración de la ciudadana V.A.P.D.P., titular de la Cédula de Identidad Nro. 4039837, quien con su testimonio dio fé, que en su vivienda había una celebración familiar y converso con la victima, y posteriormente escucho un ruido, se asomo a la ventana de su cuarto vio a la victima arrodillado cerca del poste de la casa de la señora Mirian, la deposición de la testigo se valora, a los fines de determinar que efectivamente se había una celebración en la vivienda de la ciudadana V.A.P.

    Con la declaración de la ciudadana LIXIE M.C.R., titular de la Cédula de Identidad Nro. 14071024, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

    No puedo exponer nada, porque yo no me encontraba en el sitio, estuve en la fiesta hasta cierta hora y como tenia que trabajar temprano me fui temprano, no tengo nada que decir, es todo

    Acto seguido fue interrogada por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto: 1- Que relación tiene usted con el ciudadano C.P.? Soy su prima. 2.- Que relación tiene usted con la ciudadana A.P.? Soy su sobrina. 3.- Usted tenia conocimiento que en la casa de la ciudadana V.A. se estaba celebrando una fiesta? Fue un bautizo de mis dos sobrinos, yo me fui temprano como a las 10:00 pm. 4.- Quienes se encontraban a esa hora? Muchas personas. 5.- Conocía usted a un ciudadano que le apodaban picure? Si, yo era amiga de su hermana. 6.- Sabe usted que esta persona resultó victima el día de la fiesta? Me entere por el periódico 7.- Sabe como y en donde murió esa persona? No. 8.-Sabe si estaban el día de la fiesta los ciudadanos J.R.F.C. y G.S.? No los vi. 9.- Sabe si había un juego de domino? No, yo me fui temprano. 10.- Ha rendido declaraciones en otra oportunidad? No. 11.- Niega usted haber rendido declaración en el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas? Si, me comentaron que en PTJ había una declaración mía, si aparece una firma como aparece en la cedula la acepto, pero no fui hacer ningún declaración. 12.- Usted esta dispuesta a someterse a una prueba grafotécnica? Si.

    La Defensa Privada, ni el tribunal interrogaron a la testigo.

    Con la declaración de la ciudadana LIXIE M.C.R., titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 14.071.024, quien con su exposición igualmente da fe que en la casa de la ciudadana V.A.P., había una celebración, por lo que este tribunal la valora por cuanto en fiesta se encontraban la victima y los hoy acusados.

    Con la declaración del ciudadano R.Y.V., titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.161.132, quien fue debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal y expuso:

    Estaba en una fiesta yo era el padrino, estuve en una parrilla, estaba el hijo de la señora cuando yo me iba estaba su mama buscándolo, hasta cuando yo supe no hubo pelea, no hubo nada, yo me fui temprano, hasta el día siguiente que me entere que lo habían matado, es todo

    Acto seguido fue interrogado por el Ministerio Publico, quien a preguntas formuladas entre otras cosas contesto:

  2. - En que lugar se celebro la fiesta? En el Barrio de la Flores. 2.- Quien vivía en esa casa? La señora V.A.P.. 3.- Que relación tiene con esa familia? Éramos vecinos, amigos. 4.- Que se celebraba? El bautizo del nieto de la Señora Paca? 5.- Como se llama el hijo de la señora Paca? C.P.. 6.- A que hora llegó a la reunión? Como a las 9:00 pm venia de otra fiesta. 7.- A que hora se retiro de esa fiesta? Como a las 2:00 am. 8.- Estaba ingiriendo bebidas alcohólicas? Si. 9.- Usted estaba participando en algún juego de dominó? No, yo estaba como cocinero en la parte de abajo. 10.-Quienes se encontraban en la parte de abajo? La señora V.P., la hija, todos estaban en la parte de arriba. 11.- A que hora usted estaba cocinando? Yo termine temprano, cocine y me iba, cuando me iba vi hablando a ellos dos. 12.- Sabe usted si la victima se fue con su mama? No sabría decirle porque yo me fui a mi casa. 13.-Cuando usted se retiro quienes quedaban en la casa? No sabría decirle. 14.- Usted se llegó a despedir de la señora V.P.? No. 15.- Por que? Me fui porque iba para otra fiesta. 16.- Cuando usted se fue donde estaba la señora Paca? Adentro. 17.- Entre las personas que estaban en esa fiesta se encontraba C.P.? Si. 18.- Se encontraba J.R.C.F.? No sabría decirle, yo me fui y yo estaba abajo, yo casi no fui a la parte de arriba. 19.- Cuando se fue se despidió de C.P.? No. 20.- Se despidió de G.S. en la fiesta? No. 21.- Quienes estaban en esa fiesta? Carlos, su papá, su tío, eso era familiar. 22.- Usted recuerda haberle dicho a la Señora Luisa haberle dicho que su hijo estaba tranquilo jugando domino? Si estaba arriba, incluso yo le dije que se quedara tranquila que a él no le iba a pasar nada.23.- A la Señora Luisa la conocían por cual sobrenombre? Por Yaya. 24.- Hubo alguna discusión? Mientras yo estaba no hubo discusión. 25.- Con respecto a la herida y muerte de la víctima sabe algo? No.

    La Defensa Privada, ni el tribunal interrogaron a la testigo

    Con la declaración del ciudadano R.Y.V., titular de la Cédula de Identidad Nro. 12161132, que se encontraba en la vivienda de la ciudadana V.A.P., donde se celebraba una fiesta y se encontraba la victima jugando domino, y se retiro de la misma aproximadamente a las dos y media de la mañana, lo que coincide con el dicho de la ciudadana L.Y.C., madre de la victima, quién fue a buscar a su hijo, cerca de las tres de la mañana y el ciudadano Yolfrank Vásquez le manifestó que se quedara tranquila, que el hoy occiso se encontraba jugando dominio. Declaración que se valora a los fines de dejar sentado que efectivamente había una celebración en la vivienda de la ciudadana V.A.P., y la relación entre las horas en que ocurrieron los hechos, con el dicho del ciudadano quedo sentado que la victima se encontraba en la vivienda de la ciudadana V.A.P., jugando domino.

    Así mismo, se adminicularon a las anteriores pruebas testimoniales las documentales indicadas por el Ministerio Publico en su acusación Fiscal, y que fueron ratificadas en su contenido y firma por los funcionarios y expertos que la realizaron y suscribieron, las cuales se les dio lectura en el debate oral en forma parcial previa anuencia de las partes, conforme al contenido del articulo 358 del Código Orgánico Procesal Vigente. Entre las cuales se cuentan:

    1- Inspección Ocular 684, cursante a los folios 43 al 45 de la pieza denominada anexo, la cual fue ratificada durante la celebración del Juicio oral y publico por la funcionaria VASQUEZ DESIRE, de la cual se evidencia las características y condiciones donde ocurrieron los hechos, así como las características físicas y de las condiciones del cadáver de quien en vida respondiera al nombre de E.J.V.C., por haber el testigo realizado la inspección ocular en el procedimiento policial; así como de las evidencias halladas. Declaración que este Tribunal aprecia y valora a los fines de establecer de manera fehaciente que la victima se encontraba en el callejón del Cerro los cachos, parte media, frente a la entrada de la vivienda de la familia Paca y que el cadáver presentaba tres heridas incisas ubicadas en el área de proyección de las regiones anatómicas siguientes: 1.-herida con bordes lisos y anfractuosa, en la cada anterior del brazo derecho, herida con bordes lisos en la cara lateral derecha del cuello, con exposición de órganos internos de esa región, desde la región tiroidea hasta la laringe; herida en la región escapular izquierda, con bordes lisos y de forma anfractuosa y con desprendimiento parcial de la piel, descripción que son coincidentes son coincidentes con las expresadas en el acta de levantamiento de cadáver y el protocolo de autopsia y en el lugar de los hechos fue hallado y fragmento de vidrio transparente, denominados pico de botella, con aristas agudas, producto de una fractura. Documental que concatenada con la declaración de la funcionaria actuante, este Tribunal aprecia y valora a los fines de establecer fehacientemente que el lugar de los hechos no fue otro que en el callejón del Cerro los cachos, parte media, frente a la entrada de la vivienda de la familia Paca y que el cadáver presentaba tres heridas incisas ubicadas en el área de proyección de las regiones anatómicas siguientes: 1.-herida con bordes lisos y anfractuosa, en la cada anterior del brazo derecho, herida con bordes lisos en la cara lateral derecha del cuello, con exposición de órganos internos de esa región, desde la región tiroidea hasta la laringe; herida en la región escapular izquierda, con bordes lisos y de forma anfractuosa y con desprendimiento parcial de la piel.

    2- Acta de levantamiento de cadáver Nro. 9700-138-1587, realizada en fecha 25 de Mayo 2003, de quien en vida respondiera al nombre de E.J.V.C., cursante al folio 94 de la pieza denominada anexo, suscrita y ratificada en el juicio por el Dr. J.J.V., quien para el momento se encontraba adscrito a la medicatura forense de la Delegación Vargas del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, de la cual se desprende que la actuación se llevo a cabo a las 9:30 horas de la mañana, en la sede de la medicatura de Vargas, del día 25 de Mayo de 2003, estableciendo como hora oficial aproximada de muerte las 3:00 horas de la mañana de ese mismo día, que del examen y revisión del cadáver se aprecia Heridas contuso cortantes, de gran extensión en cuello, brazo derecho, tórax posterior izquierdo (región infraescapular izquierda); 1.- herida cortante de bordes irregulares de diez por ocho centímetros en cara latero externa derecho del cuello, con exposición de plano muscular y paquete vasculo nervioso; 2.- herida cortante de cinco por cinco centímetros en cara latero externa y media de brazo derecho; 3.- herida cortante de ocho por nueve centímetros, irregular en región infraescapular izquierda. Descripción de las lesiones que son coincidentes con las expresadas en el protocolo de autopsia y que concatenado con este sirve para determinar que la causa de la muerte del ciudadano E.J.V.C., fue shock Hipovolemico, hemorragia interna por heridas cortantes por arma blanca al cuello y tórax. Descripciones que son coincidentes a las expresadas el protocolo de autopsia y la inspección ocular, que concatenadas con este sirven para determinar la causa de la muerte del ciudadano E.J.V.C., fue Shock hipovolemico, hemorragia interna, heridas cortantes por arma blanca al cuello y tórax. Documental que este Tribunal aprecia y valora en virtud de los conocimientos científicos que aporta el mismo, a los fines de la determinación de la causa de la muerte.

    3- Protocolo de Autopsia, practicado al ciudadano E.J.V.C., cursante al folio 95 de la pieza denominada anexo, practicado por la DRa. M.N., en fecha 25 de Mayo de 2003; en su condición de médico anatomopatólogo forense, para ese momento adscrita al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Vargas, quién en su declaración ratifico el contenido del mismo, y en él se estableció que la causa de la muerte del referido ciudadano, se debió a herida de veinticinco centímetros contuso cortante en el cuello (lado derecho) sección de planos musculares y arteria yugular interna, shock hipovolemico por herida de arma blanca. Documental que este Tribunal estima y valora en grado de certeza, a los fines de establecer la causa de la muerte de la victima, dado los conocimientos científicos que aporta al proceso dicha prueba.

    Siendo estimados por éste Juzgador las anteriores documentales como elementos de convicción probatoria de la corporeidad de los ilícitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, dada la concordancia de los mismos con los demás medios probatorios que fueron expuestos con anterioridad.

    Ahora bien, de conformidad con los principios de valoración establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, en su artículo 22, según los cuales el Juzgador debe fundamentarse en la sana crítica, que no son mas que reglas del correcto entendimiento humano, observando de igual forma las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, para apreciar las pruebas y fundamentar su fallo. Nuestro Sistema de apreciación de pruebas, exige al juzgador un análisis exhaustivo de los elementos probados y debatidos en el juicio, y es de esa ponderación donde el juez tendrá que explicar porque se adhiere al pedimento fiscal en caso de requerirse la condena del acusado, o en caso distinto los elementos que lo convencieron para exculparle. De tal forma, que considera quien hoy sentencia incluir en el texto de esta decisión lo que indicó nuestra Sala de Casación Penal, en Sentencia Nro. 086 del 11/03/03 a saber:

    " …De acuerdo al nuevo sistema, la valoración de las pruebas debe efectuarse con base en la sana crítica, tal como lo establece el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que resulta necesario que el juzgador efectúe un análisis y comparación de las pruebas que le fueron presentadas, para luego explicar en la sentencia las razones por las cuales tales pruebas y su comparación resultaron lógicas, verosímiles, concordantes o no, y de allí establecer los hechos que consideró acreditados y la base legal aplicable al caso concreto. "

    Nuestra normativa, señala que las pruebas se apreciarán por el tribunal según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, norma que debemos concatenarla con el artículo 198 ejúsdem, el cual señala que, salvo disposición expresa en contrario, se podrán probar todos lo hechos y circunstancias de interés para la correcta solución del caso y por cualquier medio de prueba, siempre que hayan sido incorporadas conforme a las disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal, y no estén expresamente prohibidas por la ley. En el presente, tenemos suficientes elementos de convicción procesal para determinar de manera plena que el acusado si perpetró el hecho punible imputado por el Ministerio Público, toda vez, que quedo plenamente demostrado que el acusado R.F.C., fue las persona, que en fecha 25-05-2003, aproximadamente a las 3:00 horas de la mañana, en callejón del Cerro los cachos, parte media, frente a la entrada de la vivienda de la familia Paca, donde se estaba realizando una fiesta, en la cual se encontraban entre otras personas el acusado R.F.C. y el hoy occiso, el acusado le ocasiono una lesión con un arma blanca (pico de botella), de veinticinco centímetros, contuso cortante en el cuello (lado derecho), que seccionó planos musculares y arteria yugular interna, produciendo shock hipovolemico que ocasiono la muerte de la victima E.J.V.C., y mientras yacía la victima en suelo, éste le propinaba insultos y groserías, para posteriormente salir huyendo, tal circunstancia de hecho encuadra perfectamente en el tipo penal previsto en el articulo 405 del Código Penal, relativo al delito de Homicidio Intencional.

    Ello quedó acreditado igualmente con la concatenación lógica las pruebas técnicas que fueron evacuadas en el juicio, tales como la inspección ocular, el acta de levantamiento de cadáver y el protocolo de autopsia del cual se evidencia que la causa de muerte una herida por arma blanca de veinticinco centímetros contuso cortante en el cuello (lado derecho), que secciono planos musculares y arteria yugular interna, produciendo shock hipovolemico, aunado al dicho del médico Forense Dr. J.J.V., al manifestar que la herida en cuello de esa extensión, descrita en el acta de levantamiento del cadáver, no es una herida defensiva, lo que coincide con lo manifestado por la médico anatomopatólogo Dra. M.N., en razón a las características que fueron descritas en el protocolo de autopsia y por su experiencia las heridas defensivas son distintas, son heridas más pequeña, más superficiales, características contrarias a las ocasionadas a la victima, donde es evidente que fueron hecha deliberadamente debido a la magnitud y profundidad de las mismas.

    Además de ello surgen de las declaraciones rendidas en el Tribunal la convicción que efectivamente se produjo la ruptura de unas botellas, aproximadamente a las tres de la madrugada y observan a la victima en el piso frente a la vivienda de la Familia Paca, donde se estaba celebrando una fiesta con una herida en el cuello.

    Además de las circunstancias anteriormente narradas y a los fines de determinar el animus necandi o dolo de matar del acusado como tradicionalmente en doctrina y jurisprudencia, es tribunal se fundamenta en el hecho cierto de que la intención del agente se corresponde con el resultado de su acción y para ello se observa que el acusado utilizo un arma blanca (fragmento de vidrio transparente, comúnmente denominados pico de botella), instrumento colectado en el sitio del suceso, tal como plasmado en la inspección ocular del lugar; instrumento perfectamente capaz de causar la muerte, así como la dirección de una las lesiones que en el presente caso nos indican la búsqueda de regiones donde descansan muchos paquetes vasculares nerviosos esenciales, es decir cuello, por allí pasan los nervios, la carótida y la yugular, y la otra herida en la en la región infraescapular izquierda, parte posterior del tórax, debajo de escapula, sin penetrar la cavidad toráxico, lo que determina la intención de matar del agente.

    Aunado a lo anterior debemos recordar el testimonio del ciudadano E.R.P., quien entre otras cosas señaló al Tribunal que, el acusado a pocos metros de la victima profería insultos y groserías cuando ésta yacía en el suelo, a parte de haber escuchado momentos antes las fracturas de las botellas, como lo indican las demás personas que depusieron en el debate oral y publico, lo cual descarta a su vez la posibilidad que la victima se haya ido con la ciudadana L.Y.C., de la vivienda de la señora V.A.P.d.P., donde se encontraba el hoy occiso jugando dominio, tal y como lo pretende referir la defensa, quedando fuera de toda apreciación los alegatos realizados en su discurso de conclusiones, relativos a la ausencia de participación del acusado R.F.C.. Por otra parte la concatenación lógica de las declaraciones rendidas en el presente juicio adminiculadas a las pruebas documentales producen el en animo de quien aquí decide, que el presente caso, tenemos suficientes elementos de convicción procesal para determinar de manera plena que el acusado sí perpetró el hecho punible imputado por el Ministerio Público. La convicción que nos lleva hasta la presente decisión es la marcha lógica de un examen racional de los hechos y de una apreciación crítica de los elementos de prueba.

    En nuestro nuevo proceso penal, el número de testigos nada tiene que ver en este punto de apreciación lógica, lo esencial está en que el testigo esté adornado de aquellas cualidades o dotes necesarias para que no surja ni la menor duda y que nazca tal convicción para dar certeza plena de lo que afirma, no importa que tengamos uno o mil testigos, no se tiene por ello una prueba mayor ni menor, se tiene la prueba. Tampoco se requiere que existan elementos de prueba sin importar el número ni la cantidad de ellas, sino su calidad, su significado y trascendencia para poder fundamentar un fallo y así se pueda desvirtuar la presunción de inocencia. En el caso que nos ocupa, este Tribunal basa su convicción en las declaraciones rendidas por los testigos presénciales y los expertos, adminiculadas dichas deposiciones con las documentales ofrecidas y valoradas. Es así que de conformidad con el contenido del artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal señala el proceso debe establecer la verdad de los hechos por la vías jurídicas, y la justicia en aplicación del derecho, en base a lo anteriormente narrado, en consecuencia al no aportar la defensa ningún elemento de convicción para demostrar sus alegatos ni desvirtuar los presentados por el Ministerio Público ampliamente apreciados en el presente fallo, en consecuencia, la presente sentencia debe ser CONDENATORIA, al acusado R.J.F.C. y se procede a aplicar la pena al acusado, vista su culpabilidad. Y ASI SE DECLARA.

    Por otra parte, la Representante del Ministerio Público al momento al exponer sus conclusiones, señalo que esa Representación Fiscal no pudo demostrar la participación del acusado G.E.S.M., en los hechos inicialmente imputados, ya que si bien dicha Fiscalía presentó en su oportunidad legal escrito de acusación en contra del mencionado ciudadano, para el momento de la celebración del juicio oral una vez evacuados todos y cada unos de los medios probatorios ofrecidos, se demostró su participación, solicitando en consecuencia el Ministerio Público como parte de buena fe, quien no solo está limitado al papel de acusador de cargo, sino que esta obligado a recabar todos aquellos elementos de prueba destinados a demostrar no sólo la culpabilidad de los acusados sino también su inculpabilidad, una SENTENCIA ABSOLUTORIA, de conformidad con el artículo 108 ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 366 ejusdem, concatenado con el artículo 34 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

    Razonamientos en virtud de los cuales, determinan que este Tribunal, al no haber quedado acreditada la autoría, responsabilidad y consecuencialmente la culpabilidad del hoy acusado G.E.S.M., en la comisión del delito imputado por la Representación Fiscal, decreta en este juicio SENTENCIA ABSOLUTORIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal y con ello, se decretó en la audiencia el cese de todas las medidas restrictivas de la libertad del acusado. Y ASÍ SE DECLARA

    IV

    PRUEBAS NO VALORADAS

    El Tribunal no valora la deposición de la ciudadana A.D.V.C.A., titular de la cédula de identidad Nº V-6.920.681, toda vez que la misma manifestó no haber estado presente en el lugar donde se suscitaron los hechos.

    V

    PENALIDAD

    En lo que respecta a la pena que ha de imponerse al acusado R.J.F.C., por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado del articulo 407 del Código Penal vigente para le fecha de los hechos, hoy articulo 405 del Código Penal, el cual contempla una pena de DOCE (12) A DIECIOCHO (18) AÑOS DE PRESIDIO, siendo aplicable normalmente el término medio conforme a lo previsto en el artículo 37 del Código Penal vigente, es decir QUINCE (15) AÑOS de PRESIDIO.

    Como quiera que en autos no existe constancia de antecedentes penales lo cual hace operar a favor del condenado la buena conducta predelictual, se hace merecedor de la atenuante prevista en el artículo 74 del Código Penal Vigente, sin embargo, por lo que este Tribunal haciendo uso de la potestad que le confiere la Ley impone en definitiva como pena a cumplir al acusado la de TRECE (13) AÑOS DE PRESIDIO.

    VI

    DISPOSITIVA

    Por las razones de hecho y de derecho expuestas precedentemente, este Tribunal Cuarto Unipersonal de Juicio Del Circuito Judicial Penal de La Circunscripción Judicial Del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO

ABSUELVE al ciudadano G.E.S.M., Venezolano, natural de La Guaira, nacido en fecha 22-09-1981, de 27 años de edad, de profesión u oficio obrero, hijo de Coromoto J.M. y G.E.S., estado civil soltero, residenciado en Barrio san A.d.l.f., parte alta frente al tanque, casa nro. 6, La Guaira y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.106.216, DE LOS CARGOS FISCALES FORMULADOS POR EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO Y QUE EN LA AUDIENCIA ORAL Y PUBLICA COMO PARTE DE BUENA FE SOLICITARA LA ABSOLUCIÓN DE DICHOS CARGOS, de conformidad con lo establecido en los artículos 366 en concordancia con el artículos 108 ordinal 7° ambos del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se ordena su libertad inmediata. Y ASÍ SE DECIDE.

SEGUNDO

Se condena al ciudadano R.J.F.C., Venezolano, natural de la Guaira, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de A.C. y R.F., residenciado en Barrio San A.d.l.F., parte alta, casa Nro. 44, La Guaira y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.545.885, a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado del articulo 407 del Código penal vigente para le fecha de los hechos, hoy articulo 405 del Código Penal, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos y, en virtud de la aplicación del artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Y ASI SE DECIDE.

SEGUNDO

CONDENA al ciudadano R.J.F.C., igualmente a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal vigente, relativas a la interdicción civil durante el tiempo de la pena, inhabilitación política y a la sujeción a la vigilancia. Y ASI SE DECIDE.

TERCERO

De conformidad con lo establecido en el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal, se exime del pago de las costas procesales, en virtud de la gratuidad de la justicia establecida por el artículo 254 de la Constitución Nacional. Y ASI SE DECIDE.

CUARTO

En base a la pena impuesta y al tiempo que tiene detenido el penado de autos, se fija provisionalmente el cumplimiento de la pena para el día 11 de Noviembre de 2019, ello de conformidad con lo previsto en el segundo aparte del artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

Publíquese, regístrese, déjese copia de la sentencia y remítase en su oportunidad legal la presente causa en su estado original al Juzgado de Ejecución respectivo.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Cuarto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas. En Macuto a los Siete (07) días del mes de Marzo de dos mil Ocho (2008). Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.

LA JUEZ DE JUICIO,

ABG. YOLEXSI K. U.M..

EL SECRETARIO

ABG. L.D.G.

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