Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 27 de Febrero de 2015

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución
PonenteSuleima Perez
ProcedimientoDivorcio (Contencioso)

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona

Barcelona, veintisiete de febrero de dos mil quince

204º y 156º

ASUNTO: BH0C-X-2015-000013

MOTIVO: MEDIDA DE EMBARGO

ASUNTO: DIVORCIO CONTENCIOSO.

PARTES:

DEMANDANTE: GIOMARIS D.F.P., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.731.992.-

ABOGADA ASISTENTE: L.M.M.U., R.M.U. y YEFREN ROJAS COVA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nrosº 81.202, 190.199, 199.451.-

DEMANDADO: M.A.G.S., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.411.282.-

NIÑOS: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)

De conformidad con lo ordenado en auto de esta misma fecha, cursante al folio veinticinco (25) del cuaderno principal del presente procedimiento de DIVORCIO CONTENCIOSO, y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana GIOMARIS D.F.P., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.731.992, debidamente asistida por las Abogadas en ejercicio L.M.M.U., R.M.U. y YEFREN ROJAS COVA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nrosº 81.202, 190.199, 199.451, en contra del ciudadano M.A.G.S., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.411.282, domiciliado en Urbanización Boyacá III, Sector Nº 1, Calle 6, Nº 45, Barcelona, Estado Anzoátegui, donde se encuentra involucrado los niños: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) ; en consecuencia se dicta la presente interlocutoria y se abre el presente Cuaderno de Medidas, el cual formará parte del Expediente Nº BP02-V-2015-000322; en consecuencia éste Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, de conformidad con lo establecido en los artículos 465 Y 466 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niñas, Niñas y Adolescentes en concordancia con los Artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil: DECRETA DE MANERA PROVISIONAL LA SIGUIENTE MEDIDA: DE EMBARGO del 50% sobre las prestaciones Sociales y demás beneficios que devenga el ciudadano M.A.G.S., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.411.282 quien labora en la empresa PETROLERA SINOVENSA C.A. Y ASÍ SE DECIDE. Líbrese oficio al Departamento de Recursos Humanos de la empresa PETROLERA SINOVENSA C.A que se encuentra ubicada en el criogénico J.A.A., a fin de que se le estricto cumplimiento a lo ordenado por éste Tribunal.- Cúmplase lo ordenado.-

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.-

Dada, firmada y sellada en la sala de audiencia del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, a los veintisiete (27) días del mes de Febrero del año 2015.-

LA JUEZ PROVISORIO.

Abg. S.P.

LA SECRETARIA

Abg. ORLYMAR CARREÑO

En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia.-

LA SECRETARIA

Abg. ORLYMAR CARREÑO

SPG/PNML

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