Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A de Merida (Extensión Mérida), de 9 de Noviembre de 2005

Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2005
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A
PonenteMirna Egle Marquina
ProcedimientoEjecucion De Medida

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN NO. 01 DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA.

Mérida, nueve (09) de noviembre de dos mil cinco (2005)

Causa: E1-340-05

Asunto: EJECÚTESE DE SENTENCIA DEFINITIVA

Vistos: La sentencia definitivamente firme dictada por el Juez de Control Nº 01 de la Sección de Adolescentes extensión el Vigía, en fecha 03 de agosto de 2005, que corre inserta en las presentes actuaciones desde el folio ciento cinco (105) al ciento diez (110), ambos inclusive.

Este tribunal observa:

Obra a los folios (105 al 110), de la presente causa, la parte dispositiva de la sentencia de sobreseimiento DEFINITIVO dictada a favor de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, mediante el cual ordenó a) el decomiso de las armas BLANCA REFERIDOS A UN CUCHILLO Y UNA NAVAJA, DOS DESTORNILLADORES Y UN BOLSO DE COLOR NEGRO CON FRANJAS DE COLOR MARRON según experticia No.9700-230-465 de fecha 12-06-2002, cursante al folio (39) y planilla de remisión cursante a los folios (37).

Ahora bien, acatado lo dispuesto en la señalada sentencia y en los términos y condiciones en ella explanados, este Tribunal procede a ejecutar.

DISPOSITIVA

El tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nº 01 de la sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 173, 679 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 646 y 647 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda el EJECUTESE de la sentencia de sobreseimiento en tal sentido se ordena al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas subdelegación el Vigía Estado Mérida: El decomiso y la destrucción de ARMAS BLANCA REFERIDOS A UN CUCHILLO Y UNA NAVAJA, DOS DESTORNILLADORES Y UN BOLSO DE COLOR NEGRO CON FRANJAS DE COLOR MARRON según experticia No.9700-230-465 de fecha 12-06-2002, cursante al folio (39) y planilla de remisión cursante a los folios (37).

De todo lo acordado se levantará un acta que deberá ser remitida a este tribunal a fines de ser agregada al expediente. Ofíciese con copia del folio (37 Y 39) y su vuelto. Notifíquese. Diarícese, regístrese Cúmplase.

LA JUEZA PROFESIONAL DE EJECUCION N0. 01

M.E.M.

LA SECRETARIA

ANA ANDRADES

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Sria.

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