Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil de Monagas, de 1 de Octubre de 2008

Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2008
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
PonenteArturo Luces Tineo
ProcedimientoCumplimiento De Contrato

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, PRIMERO DE OCTUBRE DEL DOS MIL OCHO.-

198º Y 149º

Por cuanto de la revisión de las actas procesales se observa que en la fecha correspondiente no se DIJO VISTOS, por error involuntario del Tribunal, es por lo que este Juzgado de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece: “ Los Jueces procuraran la estabilidad de los juicios, evitando o corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal, REPONE la causa al estado de decir “VISTOS” y lo hace en el presente auto. Vencido como se encuentra el lapso para que las partes presenten sus informes, no compareciendo ninguna de ellas, el Tribunal dice “VISTOS” y se reserva el lapso legal para sentenciar.-

DR. A.J.L.T.

JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

LA SECRETARIA

YOHISKA MUJICA LUCES

EXP-30.216

TULA

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