Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo de Carabobo (Extensión Puerto Cabello), de 9 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2009
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo
PonenteClaudia Olavarria
ProcedimientoAbandono De Tramite

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Puerto Cabello, 09 de febrero de 2009.

198º y 149º

De la revisión de las actas procesales que integran el presente expediente se observa: que desde el día 10 de octubre de 2007, fecha de la admisión de la demanda; hasta la presente fecha, los solicitantes intervinientes en el Divorcio 185-A, no han realizado ningún acto de impulso procesal para la continuación de la causa, lo que denota un desinterés procesal debido a la inactividad en relación a lo que se pretende; razón por la cual este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el Desistimiento Tácito de la presente demanda, producido por el abandono de las partes interesadas.

La Juez Titular

Abogada C.O.

La Secretaria Titular

Abogada M.R.P.

En la misma fecha se hizo lo ordenado.

La Secretaria Titular

Expediente No.

2007/ 6669 (yuraima).

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