Decisión nº 2425 de Juzgado Superior Civil de Vargas, de 9 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2010
EmisorJuzgado Superior Civil
PonenteMaría Carolina Mariotto Ortíz
ProcedimientoDesalojo

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, nueve (09) de Agosto de 2010

Años 200° y 151°

Vista la diligencia que antecede suscrita por la abogada; G.M.G., inscrita en el Inpreabogado con el N° 12.289, actuando en su carácter de apoderada Judicial de la parte demandada reconviniente, mediante la cual solicita, se evacúen posiciones Juradas a su contraparte, asimismo, la promovente manifestó que su representada ciudanana; M.O., esta dispuesta a absolver recíprocamente las posiciones juradas que a bien tenga a formularle la parte actora reconvenida, conforme lo establece el artículo 406 eiusdem. Esta Superioridad, de conformidad con lo establecido en el artículo 520 del Código de Procedimiento Civil, la admite por no ser contraria a derecho, y en consecuencia ordena se libre la correspondiente boleta de citación a la ciudadana G.d.C.P.M.. Cúmplase.-

LA JUEZA PROVISORIA

DRA. M.C.M.O.

LA SECRETARIA

MARYSABEL BOCARANDA

MCMO/Mb/El.-

Exp. N° 2032.-

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