Decisión nº 8060-07 de Segundo De Los Municipios Girardot Y Mario Briceño Iragorry de Aragua, de 19 de Febrero de 2008

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2008
EmisorSegundo De Los Municipios Girardot Y Mario Briceño Iragorry
PonenteRoque Enrique Duarte Montenegro
ProcedimientoResoluciòn Contrato Arrendamiento

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GIRADOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 19 de FEBRERO del 2.008.-

197º y 148º

EXP. N° 8060-07

DMTE: G.M.S.M., mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-7.592.910 ( a través de su apoderada judicial Abogado G.C.V., Inpreabogado N° 85.644)

DMDO: M.A.R.M., mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.432.616 (a través de su apoderado judicial Abogado J.R.R., Inpreabogado N° 45.624)

MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Que la presente acción se inició con libelo de demanda, presentada en fecha 02-03-07, y recibido en éste Tribunal en fecha 28-11-2007, por el Abogado G.C.V., mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14230.845, e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 85.644, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana G.M.S.M., mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.592.910, en contra de la ciudadana M.A.R.M., mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.432.616, por motivo de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.

Admitida la demanda en fecha 19 de Diciembre del 2.007, (folio 18 y Vto.) se emplazó a la ciudadana M.A.R.M., para que comparezca por ante éste Tribunal al segundo (2do) día de Despacho de Despacho siguiente a su citación, a dar contestación a la demanda.-

Al folio 21, aparece diligencia suscrita por el Alguacil del Tribunal mediante la cual consignó recibo de citación firmado por la ciudadana M.A.R.M. (folio 22).

A los folios 28 al 33, ambos inclusive, cursa inserto escrito de contestación a la demanda presentado por el ciudadano J.R.R., mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.765.044, e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 45.624, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadana M.A.R.M., mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.432.616, constante de Seis (06) folios útiles y sus anexos constante de Un (01) folio útil.

A los folio 39 al 41, ambos inclusive, aparece escrito de pruebas presentado por el Abogado G.C.V., en su carácter de autos, constante de Tres (03) folios útiles y sus anexos constante de Treinta y Dos (32) folios útiles, las cuales fueron admitidas mediante auto del Tribunal de fecha 30-01-2008.

A los folios 91 y 92, cursa inserto escrito presentado por los Abogados G.C.V., mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.230.845, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 85.644, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana G.M.S.M., mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.592.910, y J.R.R., Abogado en ejercicio, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.765.044, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 45.624, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana M.A.R.M., mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.432.616, parte actora y demandada,

respectivamente, mediante la cual deciden poner fin al presente juicio por medio de una Transacción.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR