Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Lara (Extensión Barquisimeto), de 1 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2007
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteHarold Rafael Paredes Bracamonte
ProcedimientoUnicos Y Universales Herederos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, uno de noviembre de dos mil siete

197º y 148º

ASUNTO: KP02-S-2007-015023

Vista la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los ciudadanos G.G.A. y N.G.A., venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 3.913.969 y V-3.913.970, actuando en su condición de hijas legítimas de la ciudadana R.A.D.G., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.713.173; este tribunal observa que las solicitantes no tienen legitimidad para representar o ejercer poder en el presente juicio, por lo cual este Juzgado no tiene cualidad procesal para intentar la presente acción; en consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y T.d.E.L., Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de conformidad con el Artículo 16 del Código de Procedimiento Civil y 822 del Código Civil.-

El Juez., La Secretaria Acc,

Abg. H.R.P.B.A.. L.A. Agüero E.

HRPB/LAAE/jysp.-

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