Decisión nº C-1174-2010. de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez de Tachira, de 23 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2010
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

Siendo las ocho y treinta horas de la mañana (8:30 a.m.) del día de hoy, martes veintitrés de marzo de dos mil diez (2010), en horas de despacho y de conformidad con el auto inmediatamente anterior, se trasladó este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios G.d.H., Panamericano, S.D.M. y S.R.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y se constituyó en la Agencia del Banco Banfoandes, hoy Banco Bicentenario Sucursal La Fría, ubicada en la calle ¬¬5, con carrera 6 esquina, frente a la Plaza Bolívar, casco central de la población de La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T., lugar señalado por el ciudadano F.J.G.N., venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.866.518, debidamente asistido por el Abogado J.G.G.G., titular de la cédula de identidad N° V.- 2.456.360, Inpreabogado N° 28.063, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa; todo con el fin de dar cumplimiento al exhorto emanado del Juzgado del Municipio G.d.H. de esta Circunscripción Judicial, constante de Solicitud de Protesto, librada en el Expediente N° 13.971-2010, sobre el Cheque N° 27480058, correspondiente a la Cuenta Corriente N° 0007 0057 68 0000008219 emitido en contra del Banco Banfoandes Banco Universal. Constituido como se encuentra este Juzgado Ejecutor de Medidas, el ciudadano Juez Abg. Rafael M, Nieto R, procedió de conformidad con la Ley a notificar de la misión a cumplir a una ciudadana que dijo ser y llamarse M.R.B., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 11.302.804, en su condición de Sub-Gerente encargada del Banco Bicentenario, antes Banco Banfoandes Banco Universal, Agencia La Fría. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la parte actora ciudadano F.J.G.N., debidamente asistido por el Abogado J.G.G.G., ya identificados, quien expuso: “Solicito muy respetuosamente a este digno tribunal ejecutor proceda a dar estricto cumplimiento a la presente comisión conferida por el Juzgado de la causa, en consecuencia, solicito dejar constancia de los particulares solicitados.” Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas dando cumplimiento a la presente comisión conferida por el Tribunal de la causa, exhorta a la notificada ciudadana M.R.B., ya identificada, a dar respuesta a los particulares solicitados, lo cual realizó de la siguiente forma: PRIMERO: Con referencia a este particular, es de informar a este Juzgado Ejecutor que la Cuenta Corriente N° 0007 0057 68 0000008219, objeto del presente protesto pertenece al ciudadano W.B.B., venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-19.731.147, quien es la misma persona autorizada para movilizar dicha cuenta. SEGUNDO: Es de informar a este Juzgado Ejecutor que para el día 24 de Febrero del año 2010, la Cuenta Corriente N° 0007 0057 68 0000008219, NO PRESENTABA DISPONIBILIDAD DE FONDOS SUFUCIENTES para el pago del Cheque N° 27480058, por la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,oo). TERCERO: Es de señalar al Tribunal, que la entidad Bancaria a la cual represento, no realizo el pago del referido Cheque N° 27480058, por cuanto como lo señale anteriormente no existía suficiente provisión de fondos en dicha cuenta; en consecuencia le informo que para el día 24 de febrero de 2010 la Cuenta Corriente N° 0007 0057 68 0000008219, presentaba un saldo de CIENTO TRES BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 103,60) y para el día de de hoy presenta un saldo de CERO BOLIVARES (Bs. 00,00). CUARTO: Le informo al ciudadano Juez que según los registros llevados por esta Institución Bancaria, el titular de la Cuenta Corriente N° 0007 0057 68 0000008219, ciudadano W.B.B., señaló como domicilio el siguiente: Vía la Victoria, Kilometro 40, Sector La Palma, El Nula Estado Apure, indicando los siguientes números telefónicos: 0426-3268560 y 0426-3758634. Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas dando cumplimiento estricto a la Comisión conferida y de conformidad con la Ley procede a DECLARAR FORMALMENTE PROTESTADO EL Cheque N° 27480058, CORRESPONDIENTE A LA Cuenta Corriente N° 0007 0057 68 0000008219 EMITIDO EN CONTRA DEL BANCO BANFOANDES, hoy BANCO BICENTENARIO Y CUYO TITULAR ES EL CIUDADANO W.B.B., titular de la cédula de identidad N° V.- 19.731.147. Es todo. No siendo otro el objeto de este Tribunal Ejecutor, declara cumplido el exhorto ordenado por el Tribunal comitente, y acuerda regresar a la sede a las 09:00 de la mañana. Terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez Ejecutor

Abg. Rafael M, Nieto R

F.J.G.N.

Solicitante

J.G.G.G.

Abogado Asistente

M.R.B.

Por Banco Bicentenario

La Secretaria,

Abg. Trineima Y, Padilla C.

C-1174-2010.

Sol. N° 13.971-2010

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