Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 3 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2007
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoTitulo Supletorio

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL TRANSITO, Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 3 de Agosto de 2007

Años: 197° y 148°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la interesada, ciudadanos: T.J.J.D., venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-14.211.475 y G.A.E.P., venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-14.607.845 ambos domiciliados en el Estado Yaracuy, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre una extensión de terreno propiedad municipal, con una extensión de Doscientos Sesenta y dos coma cuarenta y siete metros cuadrados (262,47 M2), ubicadas en el Sector Oeste 1, Ricaurte Vuelta al Mundo, vereda al medio de la población de Guama Municipio Sucre del Estado Yaracuy, bienhechurias estas consistentes en paredes de bloques frisados, techo de acerolit, piso de cemento pulido, cuatro puertas de metal, una baño, con sus piezas sanitarias revestidas en cerámica, una sala – comedor, una cocina, dos habitaciones, dos ventanas de madera, con todos sus servicios, cuya área de construcción es de ochenta y tres metros cuadrados (83 M2) , aproximadamente, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Vereda al medio; SUR: Solar de C.C.; ESTE: Solar de A.R. y; OESTE: Casa y solar de D.S.; a favor de la Ciudadana GRIMAN MARLENE, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.278.701 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 702/2007.-

La Jueza,

Abg. M.d.L.C.d.A.,

La Secretaria,

Abg. K.M.L.R.

En esta misma fecha se devuelve Original con sus resultas, constante de ( ) folios útiles, a la parte interesada.

La Secretaria

Abg. K.M.L.R.

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