Decisión nº 24-D de Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 21 de Julio de 2007

Fecha de Resolución21 de Julio de 2007
EmisorJuzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonentePedro Sánchez
ProcedimientoRectificacion De Partida De Nacimiento

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.

198º Y 149º

En escrito admitido en fecha 20 de Mayo de 2008, por el ciudadano C.A.G.I., venezolano, mayor de edad, sin cédula de identidad, domiciliado en el Municipio Torbes del Estado Táchira, asistido por el abogado en ejercicio C.G.M.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 86.758, solicitó la rectificación de su acta de nacimiento distinguida con el N° 20 de fecha 02 de febrero de 1987, inserta por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio J.d.N., Distrito Libertador del Estado Táchira hoy Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Táchira, por cuanto en la mencionada acta asentada en dicho Registro, no se especifico en la misma que su nacimiento se había llevado a cabo por medio de partera, recibido en nacimiento en fecha 17 de enero de 1987 por la ciudadana L.A. de MORENO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V.-13.891.070.

Acompañó con la solicitud los siguientes documentos:

Copia certificada del acta de nacimiento N° 20 expedida por el Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente al solicitante, constancia expedida por la ciudadana L.A. de Moreno, justificativo de testigo evacuado por ante el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Copia certificada expedida por el Ministerio del Interior y Justicia ONIDEX, San Cristóbal, Estado Táchira Comunicación expedida por la ciudadana L.A. de Moreno. Copias certificada del comprobante de vacunación y exámenes de laboratorios pertenecientes al solicitante, constancia expedida por la Diócesis de San Cristóbal, Parroquia San J.O., Municipio Torbes, Estado Táchira, copia simple de la partida de nacimiento N° 985 perteneciente a J.D., hermano del solicitante, copia simple del acta de nacimiento N° 130 perteneciente a R.A., hermano del solicitante.

En fecha 02 de junio de 2002, se libró boleta de notificación de notificación al fiscal XIII del Ministerio Público.

En fecha 12 de junio de 2008, el Alguacil de Tribunal consignó boleta de notificación firmada por el Fiscal XIII del Ministerio Público.

En fecha 18 de Junio de 2008, diligencia la abogado N.A.G., Fiscal XIII del Ministerio Público, diligenció instando al Tribunal a oficiar al Centro Hospitalario del Municipio Libertador, a fin de que informe si la ciudadana L.A. de moreno, es o fue partera inscrita y autorizada par la época por ese centro hospitalario y se oficiara al fiscal XIV del Ministerio Público especializado para la investigación y verificación de los resultados enviados por dicho centro hospitalario.

En fecha 27 de junio de 2008, diligencio la abogado N.A.G., en su carácter de Fiscal XIII, del Ministerio Público, mediante la cuales se opone a la presente solicitud en virtud del acta de verificación sobre la partera registrada, suscrita por el Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público, la trabajadora Social y la asistente Administrativo II, adscritas a ese Despacho Fiscal, a los efectos de verificar el nacimiento en el territorio nacional del ciudadano C.A.G.I.; mediante la cual se verificó no haberse encontrado algún registro sobre el nacimiento hospitalario ni extrahospitalario de dicho ciudadano.

EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:

En el presente caso, quien juzga considera que no están suficientemente demostrado la existencia del error, en la partida de nacimiento N° 20 de fecha 02 de febrero de 1987, inserta por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio J.d.N., Distrito Libertador del Estado Táchira hoy Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Táchira, tal como quedo demostrado de la revisión exhaustiva de los libros de registros de personas autorizadas por el Ministerio de salud, para la practica y certificación de nacimientos fuera de los Centros de Salud de los Municipios Libertador y F.F.d.E.T., no encontrándose registro alguno sobre la ciudadana L.A. de MORENO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V.-13.891.070, y quien supuestamente atendió el parto del ciudadano C.A.G.I., en fecha 02 de febrero de 1987 en el caserío Kilómetro 10, Aldea Coloradas, Distrito Libertador, hoy Municipio Libertador del Estado Táchira, tal como se evidencia del acta de verificación sobre partera registrada, suscrita por el Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, C.E.B.N., inserta al folio 46.. Así se decide.

Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la rectificación del acta de nacimiento N° 20 de fecha 02 de febrero de 1987, inserta por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio J.d.N., Distrito Libertador del Estado Táchira, Estado Táchira hoy Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Táchira, perteneciente al ciudadano C.A.G.I., inserta por ante inserta por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio J.d.N., Distrito Libertador del Estado Táchira, Estado Táchira hoy Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Táchira. Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.

Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los veintidós (22) días del mes de julio de dos mil ocho.- Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.

P.A.S.R.

Juez

GUILLERMO A. SANCHEZ MUÑOZ

Secretario

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