Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de Sucre (Extensión Carupano), de 23 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2012
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteLourdes Salazar
ProcedimientoPrescindir De La Acción Penal

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

T. Penal de Control del Edo Sucre- Ext. Carúpano

Carúpano, 23 de Febrero de 2012

201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-004093

ASUNTO: RP11-P-2005-004093

AUTORIZACIÓN PARA PRESCINDIR DE LA ACCIÓN PENAL

Visto el escrito donde la Fiscalía Primera, solicita se le autorice la aplicación del Principio de Oportunidad, contemplado en el artículo 37 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano R.J.G.R., por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Leves, prevista y sancionada en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana DIONNY J.L.A..

Analizadas como han sido las actuaciones, en donde se evidencia que el hecho es insignificante, que no afecta gravemente el interés público y que la pena no excede de cuatro años y en el presente caso es de sólo de arresto de tres a seis meses; es por lo que éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Admite la aplicación del Principio de Oportunidad, solicitado por la representación Fiscal y en consecuencia autoriza al ciudadano fiscal a hacer uso del principio de oportunidad, declarando la extinción de la acción penal. Todo conforme con el artículo 38 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase las presentes actuaciones al Ministerio Publico a los fines legales y notifíquese a las partes.

Jueza Primera de Control

Abg. L.M.S.S.

La Secretaria

Abg. María Acosta.

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