Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Delta Amacuro, de 15 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2012
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
PonenteVilma Teresa Martorelli Betancourt
ProcedimientoObligación De Manutención

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado D.A.

Jueza Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del

Estado D.A..

Tucupita, quince de febrero de dos mil doce

201º y 152º

ASUNTO: YH11-X-2010-000340

Revisadas como han sido el presente asunto y visto el contenido de los escritos y anexos presentados en fechas 16-01-2012, 23-01-2012, 26-01-2012, y el contenido del acta de esta misma fecha siendo la oportunidad fijada por este despacho a los fines de conocer la opinión del joven adulto en el presente asunto, en donde el Joven Adulto, Ciudadano L.G.L.O., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.658.041, comparece por ante este despacho judicial a los fines de exponer en los siguientes términos; “Yo quiero el dinero, a los fines de terminar de arreglar mi casa, ya que vivo en concubinato con Karelis Arzolay, y tengo dos hijos de nombres: ( se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) L.A. y ( se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) L.A., de 01 y 04 años de edad respectivamente; además como ya soy mayor de edad, estoy en la capacidad de administrar mi dinero y aparte de ello laboro en el Materno Infantil L.R., dependiente de la Gobernación del Estado D.A. como contratado, y como no tengo recursos para arreglar mi casa es por lo que recurro a este Tribunal a solicitar se me haga entrega del mismo, el cual lo utilizaré para arreglar mi casa y ofrecer a mis hijos un hogar digno propio de ellos, por lo cual según proforma anexa se puede constatar la veracidad de lo alegado por el Joven y por cuanto esta evidenciada la necesidad de los requerimientos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado D.A., con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, 30, 177, 365 y siguientes y 383 literal B, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente, adquiriendo efectos de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada, en los siguientes términos:

PRIMERO

Se ordena la entrega de VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS

SETENTA CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 25.370,41), correspondiente al Joven Adulto L.G.L.O., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.658.041, garantizando así el bienestar del precitado Joven Adolescente.

SEGUNDO

Librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones (OCC) de este Circuito Judicial, a fin de que realicen la verificación para la entrega de VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 25.370,41), correspondiente al Joven Adulto L.G.L.O., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.658.041 y oficiar al Ministerio del Poder Popular para la Defensa, Instituto de Previsión Social de la Fuerzas Armadas, a los fines de informarle que las medidas acordadas en sentencia de fecha 20-05-2005 al ciudadano C.E.L., quedan sin efecto.

Así las cosas, líbrese lo conducente, y hágase la entrega inmediata de la suma señalada. Y así, se decide.

La Jueza Provisoria

Abg. V.M.

El Secretario

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

El Secretario

Hora de Emisión: 3:13 PM

Asistente que realizo la actuación: V.M.

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