Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Merida (Extensión El Vigia), de 18 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2010
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteRosiri Del Vecchio Díaz
ProcedimientoEjecucion De Sentencia

ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2010-000885

ASUNTO : LP11-P-2010-000885

EJECÚTESE DE SENTENCIA

Por cuanto, se recibió la presente causa procedente del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, con oficio N° 7384, a los fines de ejecutar la decisión de fecha 11-05-2010, inserta a los folios 48 al 51, mediante la cual se dispuso que: “…En cuanto vehículo: Clase Camioneta, marca Ford, modelo Blazer 4.2, tipo Sport Wagon modelo Blazer año 1993, color verde, uso particular, placas YBT-206, el mismo fue solicitado ante Fiscal por el ciudadano LU JIA XING, el cual no es su propietario, ya que su propietario es ciudadano LU ZEN, de conformidad a lo previsto en el artículo 311 del COPP, el tribunal acuerda su entrega a quien el Tribunal de Ejecución considere con mejor derecho a poseerlo, y presenta la titularidad del mismo, quién tendrá un LAPSO DE RECUPERACIÓN DE CIENTO VEINTE DIAS, ( 120 DÍAS), a partir de la notificación con el fin de solicitarlo el vehiculo; en caso contrario se acuerda de conformidad a lo previsto en el artículo 15 de la Ley Sobre El Hurto y Robo Vehículos Automotores, como es a la orden del Fisco Nacional, vehiculo que se encuentra en el Estacionamiento González, ubicado en la Población de Tucaní, carretera Panamericana, Municipio Caracciolo Parra y O.d.E.M..”Este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones:De las actuaciones que conforman la causa, no consta que alguna persona natural o jurídica, haya presentado los documentos idóneos para acreditar la propiedad del vehículo al cual se hace referencia en la sentencia, a los fines de su entrega; sólo puede evidenciarse inserto al folio 13, un folio en copia simple del documento donde el ciudadano LU ZEN, con cédula de identidad Nº 14.471.055, hace la compra del vehículo a entregar, a la ciudadana M.B.S.; no pudiéndose igualmente localizar al supuesto comprador ciudadano LU ZEN. Sin embargo, a efecto de su localización para la correspondiente notificación a los fines de que consigne los documentos de propiedad para su entrega, pese a que no consta el lugar de ubicación del mismo, se ordena notificar al ciudadano G.A.P.B. quien para el momento de los hechos era el conductor del vehículo en cuestión, tal como se evidencia al folio 07 de las actuaciones que conforman la presente causa.En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, procede al EJECÚTESE DE LA SENTENCIA, en los siguientes términos:UNICO: Se ordena la entrega del vehículo automotor con las siguientes características: Clase: CAMIONETA, marca: FORD, modelo: BLAZER 4.2, tipo: SPORT WAGON, modelo: BLAZER, año: 1993, color: VERDE, uso: PARTICULAR, placas: YBT-206, serial de carrocería: SC1S6ZPV315889, serial de motor: ZPV315889; al ciudadano LU ZEN, cédula de identidad Nº 14.471.055; al ciudadano LU ZEN, cédula de identidad Nº 14.471.055, una vez presente los documentos de propiedad del automotor, para lo cual se ordena notificar al ciudadano G.A.P.B., cédula de identidad Nº 15.867.059, en la siguiente dirección: Avenida Bolívar con calle 16, Edificio El Trébol, apartamento 02, piso 01, El Vigía Estado Mérida, teléfono 0414-1575863; a los fines de que aporte la dirección u ubicación del propietario del mencionado vehículo, toda vez que para el momento de los hechos era el conductor.Así mismo, ofíciese al Gerente del Estacionamiento “González” de Tucaní, a los fines de que informe si efectivamente el vehículo antes mencionado se encuentra en depósito en dicho estacionamiento. Dicho vehículo automotor le fue practicado Experticia de Reconocimiento de Seriales de Identificación N° 9700-233.184, suscrito por el funcionario I.N.M., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Caja Seca. Expediente Fiscal N° 14-F6-0400-2007, y Expediente de Tránsito Nº 62-TUC-016-007.

JUEZA DE EJECUCIÓN Nº 02

ABG. ROSIRI DEL VECCHIO DIAZ

SECRETARIO

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