Decisión de Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 19 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2007
EmisorJuzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Rosa Martínez
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, diecinueve (19) de diciembre del año 2007.

Años 197° y 148°

Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada a tal efecto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho tal como lo previene el artículo 937 del Código Procesal Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente sobre las bienhechurías realizadas, sobre un terreno de mayor extensión propiedad del Instituto Nacional de la Vivienda (I.N.A.V.I), el cual se encuentra protocolizado en la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Inmobiliario del Municipio Libertador, de fecha 22/02/1954, bajo el Nº 80, tomo 12, protocolo primero, ubicado en la Urbanización Las Torres, Los Mecedores, Calle Independencia, Callejón Juárez, Casa Nº 13, Código Catastral 11-05-09-12, Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito capital, según información suministrada por la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante oficio Nº 2710 Ext, sin fecha alguna, a favor del ciudadano G.J., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 2.110.137.-Déjese copias certificadas de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-Devuélvase la solicitud a los interesados, previo suministro de los fotostatos respectivo.-

LA JUEZ,

LA SECRETARIA,

M.R.M.C.

NORKA COBIS RAMIREZ.

MRMC/NCR/Rey/ Solic. Nº 12.281

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