Decisión de Tribunal Superior Agrario de los Estados Aragua y Carabobo de Aragua, de 24 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución24 de Marzo de 2014
EmisorTribunal Superior Agrario de los Estados Aragua y Carabobo
PonenteHector Benitez
ProcedimientoEstimación E Intimación De Honorarios Profesionale

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES

DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

(203° y 154°)

Maracay, veinticuatro (24) de marzo del año (2014)

EXP.- JSAAC- 2014-0297

Oída la Apelación interpuesta por el abogado J.A.P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo Nº 7.802, actuando como Apoderado Judicial del ciudadano D.G.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 306.995, en la cual apeló la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua en fecha cinco (05) de octubre del año 2011, en el procedimiento de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales; este Juzgado Superior, fija un lapso de ocho (08) días de despacho para promover y evacuar las pruebas permitidas en esta Alzada. Precluido el lapso probatorio, se fijará una Audiencia Oral, en la misma se evacuaran las pruebas y se oirán los informes de las partes. Verificada esta Audiencia se dictara sentencia en audiencia oral dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a la preclusión de la misma. Todo esto de conformidad con la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en su artículo 229.

EL JUEZ

Abg. HECTOR BENITEZ CAÑAS

El SECRETARIO ACCIDENTAL

Abg. DANIEL SUAREZ SERRANO

EXP. - JSAAC- 2014-0297

HBC/dss/jb

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