Decisión de Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito de Carabobo, de 11 de Julio de 2007

Fecha de Resolución11 de Julio de 2007
EmisorJuzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito
PonenteFrancisco Jimenez
ProcedimientoInterdicto

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRANSITO Y DE PROTECIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 11 de julio de 2.007

Exp. Nº 9.126.- 197º y 148º

Vista la diligencia de fecha 25 de junio de 2007, suscrita por el abogado ANGEL VILLAVERDE MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.872, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano H.J.D.G., parte actora en el presente juicio; en la cual anuncia recurso de casación contra la sentencia dictada por este Tribunal el 30 de abril de 2.007, que declaró sin lugar la apelación interpuesta por la representación judicial del actor, contra la sentencia interlocutoria dictada el 11 de agosto de 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circunscripción Judicial, que homologó el convenimiento celebrado entre las partes en el presente juicio, y acordó tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; la cual salió fuera del lapso legal, ordenándose la notificación de las partes, realizándose la primera de ellas, en la persona del mencionado abogado ANGEL VILLAVERDE MARTINEZ, en su carácter de apoderado actor, según consta de la diligencia suscrita por el Alguacil de este Tribunal de fecha 22 de mayo de 2007; y la segunda de ellas en la persona del ciudadano E.O.P.G., parte demandada en el presente juicio, según diligencia consta de la diligencia suscrita por el Alguacil del este Tribunal de fecha 19 de junio de 2007; y desde ese día, exclusive, hasta el día 10 de julio de 2.007, inclusive, transcurrieron los diez (10) días de despacho en este Tribunal, para anunciar el recurso de casación, y siendo hoy el primer día de despacho siguiente para pronunciarse sobre el mismo.

En sentido sentido, este Sentenciador trae a colación la sentencia dictada el 20 de abril de 1989, por la Sala de Casación Civil de la Antigua Corte Suprema de Justicia, con Ponencia del Magistrado Dr. A.F.C., juicio Banco de Desarrollo Agropecuario, S.A. Vs. Pascuales De Gugliermo Nardones, en la cual se lee:

…Ha establecido la Sala que los autos que dan por concluidos u homologan los actos unilaterales o bilaterales de autocomposición procesal (desistimiento, convenimiento y transacción)… tienen carácter de sentencias definitivas, y como tales, sin impugnables por vía… del Recurso Extraordinario de Casación…

En virtud de los antes expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal ADMITE el anuncio del presente Recurso de Casación, Y ASÍ SE DECIDE.

De conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 205 ejusdem, se conceden dos (2) días de término de distancia, contados a partir de la presente fecha.

Remítase el presente expediente a la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia.

Publíquese y déjese copia.

El Juez Titular,

Abog. F.J. DELGADO

La Secretaria,

M.G.M.

En la misma fecha, se remite constante de trescientos veintinueve (329) folios útiles, mediante Oficio N°_264/07.-

La Secretaria,

M.G.M.

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