Decisión nº 1C-0039-06 de Tribunal Primero de Control Extensión Barlovento de Miranda, de 28 de Junio de 2006

Fecha de Resolución28 de Junio de 2006
EmisorTribunal Primero de Control Extensión Barlovento
PonenteJose Argenis Moreno
ProcedimientoMedida De Proteccion

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, DECRETA MEDIDA DE PROTECCIÓN la cual consiste en PATRULLAJE VEHICULAR en las siguiente dirección: Urbanización Nueva Casarapa, Residencial El Tablón Edificio 14-A, planta Baja , apartamento 14 Guarenas, Estado Miranda teléfono 0212-3610146,; Asimismo se acuerda levantar reporte diario de novedades sobre el estado y permanencia de dicho ciudadano en el referido sector, los cuales serán remitidos a la Fiscalía Superior del Ministerio Público; para asegurar el respaldo provisional a favor del mencionado ciudadano, para garantizar la vida y la integridad física del mismo y su grupo familiar. Dicha medida será cumplida por funcionarios adscritos a la POLICIA MUNICPAL DE PLAZA GUARENAS DEL ESTADO MIRANDA, para que de forma inmediata presten la Seguridad y Protección que hoy se invoca, a cuyo Director se le hace la debida participación en esta misma fecha, indicándoles que deberán acusar recibo de la diligencia encomendada; De igual forma se destaca que la medida se materialice bajo la absoluta reserva y preservación de la Identificación del ciudadano J.J.R.A. y sus familiares, así como se active los dispositivos de seguridad necesarios a los que se contrae el segundo aparte del articulo 25 de la Ley de Órganos de Policía Científica Penales y Criminalisticas, quedando entendido que el Ministerio Publico, a través del Fiscal Superior de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en los Teques, en orden a la funcionalidad del cuerpo de custodia, mantendrá la dirección funcional, como titular del ejercicio de la acción penal. Finalmente se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión a la Fiscal Superior, Copia del respectivo oficio dirigido a la Policía Municipal, Notificar a la Unidad de Atención a la victima de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de los Teques, de la Medida otorgada y notificar al solicitante. ASÍ SE DECIDE.

EL JUEZ PRIMERO (T) DE CONTROL

ABG. J.M.G.

EL SECRETARIO

ABG. JOSUE ZERPA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO

ABG. JOSUE ZERPA

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Expediente 1C-0039-06

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