Decisión nº Auto de Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro de Monagas, de 28 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2015
EmisorJuzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro
PonenteLeonardo Jimenez Maldonado
ProcedimientoRecurso De Apelación

Maturín, 28 de Septiembre de 2.015.

205º y 156º

Vista la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 05/12/2012, (folios 57 al 67 pieza 03), mediante la cual ordena la notificación de las partes de la sentencia dictada por el hoy extinto Juzgado Superior Quinto Agrario, Civil, Bienes, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, en fecha 04/11/2010, (folios 78 al 92 pieza 02), motivada al recurso de apelación, interpuesto por el abogado A.M.C., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 22.094, actuando en su carácter de de apoderado judicial de la ciudadana DOLMEIDA PADILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V- 10.457.713, todo con ocasión a la Acción Posesoria, interpuesta por el ciudadano H.A.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.696.239, ante el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en contra de la ciudadana DOLMEIDA PADILLA supra identificada, en consecuencia, esta Instancia Superior Agraria ordena librar boletas de notificación de la referida notificación, a los fines de dar cumplimiento a la citada sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

El Juez,

L.J.M..

La Secretaria Temporal

E.G.A.

En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste.

La Secretaria Temporal

E.G.A.

Exp. Nº 0397-2015

LJM/EGA/fernando

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR