Decisión nº 193 de Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de Lara, de 14 de Abril de 2010

Fecha de Resolución14 de Abril de 2010
EmisorJuzgado Segundo del Municipio Iribarren
PonenteMartin Enrique Bonilla Alvarado
ProcedimientoRectificacion De Acta De Defuncion

Se inicia la presente causa, mediante escrito presentado por la ciudadana H.J.C.E., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.722.462, y de este domicilio, asistido por la abogada en ejercicio M.A.B.B., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 127.511; en el cual solicita la rectificación del Acta de Defunción de su cónyuge, inserta en los libros llevados por ante el Registro Civil de Defunciones y la Jefatura Civil de la Parroquia S.R.d.M.I.d.E.L., bajo el N° 241, del año 2009; toda vez que en la misma se incurrió en los siguientes errores. PRIMERO: En asentar el estado civil de su cónyuge como SOLTERO siendo lo correcto CASADO, con la ciudadana H.J.C.E.. SEGUNDO: Aparece el nombre de su hija como ILINE ANGELIN, siendo lo correcto ANGELIN LLYNE. TERCERO: Aparece el nombre de su hija como ROSAURA siendo lo correcto A.R.. A tal efecto, acompaña a la solicitud, copias simples de las cédulas de identidad de la solicitante y de su cónyuge, copia certificada del acta de defunción de su cónyuge, copia certificada de su acta de matrimonio, copias certificadas de las partidas de nacimiento de sus hijas, copia simple de la cédula de identidad de su hija, copia simple de los datos filiatorios, fe de bautismo de la hija, Admitida la solicitud, se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público. Cumplidos los requisitos de Ley, para decidir el Tribunal observa:

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