Decisión nº WP01-R-2012-000680 de Corte de Apelaciones de Vargas, de 23 de Septiembre de 2013

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2013
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteRosa Jazmina Cadiz Rondon
ProcedimientoConfirma La Decisión Dictada

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES Y VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS

Macuto, 23 de Septiembre de 2013

203º y 154°

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2012-002308

ASUNTO : WP01-R-2012-000680

Corresponde a esta Corte resolver el recurso de apelación interpuesto por el abogado J.C.G., en su carácter de Defensor Público Séptimo Penal Ordinario del Estado Vargas del ciudadano HENDENSON J.L.B. titular de la cédula de identidad N° 23.565.604, en contra de la decisión dictada en fecha 25 de Octubre de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le decretó al precitado ciudadano la MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, por la comisión del presunto delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACION y ALEVOSIA EN GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, concatenado con el numeral 3 del artículo 84 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos que en vida respondieran a los nombres de U.M.A. y G.A.A.. A tal efecto se Observa:

DEL RECURSO DE APELACION

En el escrito recursivo el Defensor Público, alegó entre otras cosas que:

…Ciudadanos Magistrados, en el presente procedimiento quedo establecido que mi patrocinado no tuvo participación alguna en el hecho que se le imputa, pues tal y como lo señalan las personas que estaban con él en el momento en que ocurrieron los hechos, las cuales serán rendidas estas declaraciones ante el despacho de la Fiscalía Primera del Ministerio público y seran (sic) remitida a la Corte de Apelaciones a los fines de que sean valoradas por el magistrado a quien le corresponda el análisis y decisión, pues no es verdadera la versión dada por personas que manifestaron que el mismo se encontraba en compañía de su hermano cuando este presuntamente disparo contra la humanidad de los hoy occisos. Ciudadanos Magistrados de igual forma se puede evidenciar que mi patrocinado no tiene participación alguna en el hecho por el cual fue imputado por la representación fiscal ya que el mismo solicito al tribunal su deseo de someterse a un reconocimiento en rueda de individuos a los fines de coadyugar con la investigación y la búsqueda de la verdad evidenciándose de esta manera que si él tuviera participación en el hecho lo mas lógico seria que se negara a realizar cualquier acto que pusiera en evidencia su responsabilidad penal, pues lo cierto es que él se encontraba en su casa con algunas personas que d.f.d. esta situación, quienes quedaron sorprendidos cuando funcionarios de la Guardia Nacional del Pueblo de forma abrupta ingresan a su hogar y lo sacaron a la fuerza informándole que quedaría detenido por cuanto es autor de un hecho punible. Ciudadanos magistrados, si bien es cierto que estamos en presencia de un hecho abominable que merece el repudio y condena para el responsable, no es menos cierto que responsabilizar a mi patrocinado de este hecho seria injusto toda vez que tal y como esta establecido en las actas procesales, el fue victima de una represión policial ya que fue detenido sin ser autor de los hechos que se investigan. Es por lo que considera esta defensa que las argumentaciones arriba explanadas por la defensa la juez debió tomarlas en cuenta al momento de tomar su decisión por el contrario considero la Juez que existían suficientes elementos de convicción para responsabilizar a mi patrocinado de un hecho tan grave como el de marras a opinión de esta representación no podía el tribunal de control considerar que se daba por cumplida la exigencia del ordinal 8sic) 2 del artículo 250 (hoy derogado)del Código Orgánico Procesal Penal…PETITORIO…Por todos los razonamientos antes expuestos, solicito a los miembros de la sala de la Corte de Apelaciones que les corresponda conocer del presente recurso de apelación…lo declaren con lugar y en consecuencia le sea acordada a mi defendido HENDENSON J.L.B., una medida menos gravosa que la privativa de libertad, solicitud que hago de conformidad con lo dispuesto en el artículo 447 numeral 4 (hoy derogados) del Código Orgánico Procesal Penal, por no encontrarse llenos los extremos del artículo 250 (hoy derogado)ejusdem…

(Folios 1 al 10 de la incidencia).

DE LA DECISION RECURRIDA:

El Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, dictó la decisión impugnada el 25 de Octubre de 2012, donde dictaminó lo siguiente:

…PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público en cuanto a que el presente procedimiento se ventile por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 y 373 segundo aparte (hoy derogados)del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud realizada por el Fiscal del Ministerio Público, en cuanto a que se decrete MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano HENDENSON J.L.B., portador de la cédula de identidad N° 23.565.604. SE DECLARA LA L.S.R. al ciudadano K.E.M.M., conforme lo establece el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, toda vez que no se encuentran llenos los extremos legales establecidos en el artículo 250 numeral 2 (hoy derogados)del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: se admite parcialmente la precalificación Fiscal y en consecuencia se cambia el delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACION Y ALEVOSIA EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO a HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACION Y ALEVOSIA EN GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 8sic) 1 en concordancia con el artículo 84 numeral 3 del Código Penal Vigente, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de G.A.A.A., no se admiten los delitos de AGAVILLAMIENTO e INTIMIDACION PÚBLICA, toda vez que no existen suficientes elementos que nos hagan presumir que estemos en presencia de la presunta comisión de esos delitos. CUARTO: se declara SIN LUGAR la solicitud de Medida Menos Gravosa, solicitado por la defensa, por cuanto considera este Tribunal que se encuentran llenos los extremos de los artículos arriba citados. QUINTO: se acuerda la solicitud de la defensa, en consecuencia se fija el acto contemplado en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día 05 de Noviembre de 2012, a las 11:00 am. SEXTO: Se designa como centro de reclusión al imputado HEDENSON J.L.B., portador de la cédula de identidad N° 23.565.604, el Internado Judicial Capital El Rodeo I, estado Miranda…

(Folios 64 al 72 de la incidencia).

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR:

Al efectuar el análisis al escrito de apelación presentado, se evidencia que en criterio del recurrente los elementos de convicción en los que se funda la decisión emitida en contra de su defendido, no resultan suficientes para acreditar que su representado es autor o participe del hecho investigado en el presente caso, por lo cual solicita una medida menos gravosa a favor de su defendido.

Ahora bien en vista de la decisión impugnada, este Tribunal Colegiado estima oportuno señalar que la doctrina define a las medidas cautelares como “…aquellos actos procesales que consisten en una declaración de voluntad del órgano jurisdiccional dirigida contra una persona determinada sobre la que existen indicios racionales que le atribuyen la comisión de un hecho punible y concurren determinadas circunstancias que hace prever la posibilidad de su ocultamiento personal y/o patrimonial, las cuales restringen derechos de libertad y/o de disposición o administración de bienes para asegurar la eficacia del proceso y la sentencia…” Manual de Derecho Procesal Penal. Pág. 734. Autor. R.R.M..

En consonancia con lo antes expuesto, tenemos que nuestro ordenamiento jurídico autoriza al Juez a decretar medida de coerción personal privativas y restrictivas de libertad, y para lo cual exige se configuren los supuestos legales a los que se contrae el artículo 236 del texto adjetivo penal, los cuales deben sustentarse en elementos de convicción razonables, contentivos de informaciones recabadas en la fase preparatoria, fase en la que se encuentra el caso de marras que vienen a constituir los actos de investigación, que permiten al órgano jurisdiccional arribar al convencimiento, de sí estamos ante la presencia de la comisión de un hecho ilícito y la existencia de fundados elementos para establecer que el imputado ha sido autor o participe en la comisión del mismo, tal como lo indican los numerales 1 y 2 de dicha norma legal, debido a que el testado policial y las declaraciones realizadas durante la investigación, deben estar basados en hechos o informaciones adecuadas, que permitan estimar que la persona de que se trata ha cometido dicha infracción, es decir, que no se trata de la plena prueba de la autoría o de la participación del sujeto en el hecho, sino como señala el Código Orgánico Procesal Penal de fundados elementos de convicción, consistentes en la existencia de razones o elementos de juicio que tienen su fundamento en hechos aportados por la investigación que permiten concluir, de manera provisional, que el imputado ha sido autor o participe en él.

Es así como en vista de la impugnación intentada en el presente caso, corresponde a este Despacho Judicial, revisar si tal medida se encuentra adecuada al precepto jurídico contenido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal y para ello cabe destacar que el presente cuaderno de incidencia se encuentra conformado por:

  1. - Acta de investigación penal suscrita por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012 en la cual se dejó constancia de:

    …detective Jorge Nimlin…me trasladé en compañía de los funcionarios inspector jefe A.F., detective HECTOR APARICIO…hacia la siguiente dirección CALLE LA PLANADA, VIA PRINCIPAL, FRENTE AL LOCAL COMERCIAL LA PLANADA, VIA PUBLICA, PARROQUIA CARAYACA, ESTADO VARGAS…a fin de verificar el hecho indicado y las circunstancias que lo rodearon así como realizar las primeras pesquisas en procura de total esclarecimiento del mismo una vez allí plenamente identificados como funcionarios de este cuerpo detectivesco fuimos atendidos por el supervisor M.L., adscrito a la policía del estado Vargas a quien luego de manifestarle el motivo de nuestra presencia indicó que se encontraba resguardando uno de los cadáveres en compañía de varios uniformados seguidamente nos condujo el camino hacia el sitio exacto lugar en el cual el funcionario agente de investigación R.E. procedió a realizar la respectiva inspección técnica y fijación fotográfica de ley, logrando observar sobre el piso de cemento, el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, en decúbito dorsal, portando como vestimenta lo siguiente pantalón tipo jeans color azul franelilla color blanco y zapatos deportivos color marrón observándole las siguientes características físicas tez blanco, contextura regular, cabello color negro, tipo liso corto, de 1, 60 metros de estatura aproximadamente, de 22 años de edad aproximadamente del examen externo practicado al cadáver se le logro observar lo siguiente una (01) herida irregular en la región palmar izquierda, una (01) herida circular en la región de la muñeca izquierda…una (01) herida circular en la cara anterior del brazo izquierdo…presuntamente producidas por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego, acto seguido el agente de investigaciones R.E., realizo un arduo rastreo con la finalidad de ubicar, fijar, colectar, embalar y rotular algún elemento de interés criminalístico logrando hallas lo siguiente nueve (09) conchas de balas percutidas, cuatro (04) proyectiles blindados, un (01) núcleo de plomo deformado…todas las evidencias antes nombradas fueron fijadas, colectadas y embaladas para ser enviadas a su respectivo laboratorio…realizamos un recorrido con el propósito de ubicar identificar alguna persona que tenga conocimiento de los hechos que se investigan logrando sostener dialogo con un ciudadano quien dijo ser y llamarse F.A. a quien luego de manifestarle el motivo de nuestra presencia comunico ser el encargado de la licorería La Planada de igual modo nos indico que los hoy occisos estaban consumiendo licor frente al local comercial en cuestión, cuando de forma imprevista escuchó múltiples disparos los cuales lesionaron mortalmente a los interfectos antes mencionados, motivo por el cual procedimos a librarle boleta de citación con la finalidad de recibirle entrevista formal en la sede de este despacho…fuimos abordados por una ciudadana quien dijo ser y llamarse YORMARI CAMACHO…comunico ser la cuñada del hoy occiso quien en vida respondiera al nombre de U.M. ALVAREZ…nos manifestó que en el hospital E.G., ubicado en la parroquia Carayaca, estado Vargas, se encuentra el cuerpo sin v.d.p.d. su cuñado quien en vida respondía al nombre de G.A.A. ALEMAN…motivo por el cual sin dilación alguna nos trasladamos hacia nosocomio en cuestión, una vez allí logramos sostener dialogo con los galenos integrantes del grupo de guardia número cinco…exteriorizaron que en referido centro de salud a las 01:10 horas de la tarde del día 24-10-2012, ingreso una persona de sexo masculino presentando heridas presuntamente producidas por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego, seguidamente nos condujeron el camino hacia la morgue de referido nosocomio…se procedió a realizar la respectiva inspección técnica y fijación fotográfica de ley, logrando observar sobre una camilla metálica tipo rodante el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, en decúbito dorsal, sin vestimenta, observándole las siguientes características físicas tez blanco, contextura regular, cabello color negro tipo liso corto, de 1,75 metros de estatura aproximadamente, de 24 años de edad aproximadamente. Del examen externo…se le logró observar lo siguiente una herida circular en la región pectoral derecha…una herida circular en la región infraclavicular izquierda…una herida irregular en la cara posterior del brazo izquierdo, presuntamente producida por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego…en el sitio del suceso se presento comisión de medicatura forense…quien se encargo del levantamiento del ciudadano hoy occiso en ausencia del médico forense…con la finalidad de practicarle su respectiva autopsia de ley…

    (Folios 19 al 20 de la incidencia)

  2. - Inspección técnica N° 2209 suscrita por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual se dejó constancia de:

    …Calle La Planada, vía pública, parroquia Carayaca, estado Vargas…se trata de un sitio de suceso mixto, el cual se refiere a un tramo de la calle ubicada en la dirección antes mencionada construido por piso de cemento en su totalidad, temperatura ambiental calurosa, luz natural de buena intensidad…sobre la superficie del suelo el cuerpo de una persona sin vida, del sexo masculino de decúbito dorsal con la región cefálica orientada en sentido sur, su extremidad superior izquierda flexionada orientada en sentido este, su extremidad superior derecha flexionada orientada en sentido oeste y sus extremidades inferiores extendidas en su totalidad orientadas en sentido norte, así mismo se observa sobre la superficie del suelo a una distancia de treinta centímetros aproximadamente de la región superior izquierda de dicho cadáver un (01) proyectil blindado parcialmente deformado, continuando con el recorrido…se visualiza sobre la superficie del suelo a una distancia de cuarenta y cinco centímetros del cadáver aproximadamente una concha de bala que luego de ser removida de su sitio de origen se observa en la parte posterior de la misma unas inscripciones donde se puede leer CAVIM…continuando con la caminata a mano derecha …se observa sobre la superficie del suelo a una distancia de un metro cincuenta metros del cadáver aproximadamente una concha de bala que luego de ser removida de su sitio de origen se observa en la parte posterior de la misma unas inscripciones donde se puede leer CAVIM…en el mismo sentido se observa sobre la superficie del suelo a una distancia de dos metros del cadáver aproximadamente una concha de bala que luego de ser removida de su sitio de origen se observa en la parte posterior de la misma unas inscripciones donde se puede leer CAVIM…se logra observar debajo del cadáver luego de ser removido de su estado actual, se logra observar una sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hematica (sic) con mecanismo de formación por contacto y características de charco, el cual se procedió a colectar en un segmento de gasa el cual será enviado a su respectivo laboratorio para su análisis correspondiente, portando el cadáver la siguiente vestimenta una franelilla elaborada en fibras naturales de color blanco, un pantalón de color azul con un bordado en la parte interior de donde se puede leer punto 8 32

    , sin talla ni marca aparente, unos zapatos deportivos de color marrón, sin marca ni talla aparente…características físicas y fisonómicas, piel de tez morena, contextura regular, cabello corto, tipo crespo, color negro, de 1,70 mts de estatura aproximadamente. Examen externo presento múltiples heridas. Identidad del cadáver…U.M. ALVARES…se tomaron fotografías de carácter general, de detalle e identificativos en formato digital…se colecto como evidencia de interés criminalístico lo siguiente nueve (09) conchas de bala calibre 9 mm. Un segmento de gasa, un (01) núcleo de plomo, cuatro (04) proyectiles blindados parcialmente deformados. Dos (02) fragmentos de blindaje, dichas evidencias serán enviadas a su respectivo laboratorio correspondiente para su respectiva experticia de ley…”(Folio21 al 22 de la incidencia)

  3. - Inspección técnica N° 2211 suscrita por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual se dejó constancia de:

    …deposito de cadáveres perteneciente al hospital Dr. Euro González, parroquia Carayaca, estado Vargas…se halla sobre una camilla metálica del tipo rodante el cadáver de una persona del sexo masculino de decúbito dorsal desprovisto de su vestimenta con las siguientes características físicas y fisonómicas, piel de tez morena, contextura regular, cabello corto, tipo crespo, color negro, de 1,70 mts de estatura aproximadamente. Examen externo presento las siguientes heridas…una herida de forma circular ubicada en la región deltoidea lado izquierdo…una herida de forma circular ubicada en la región lumbar lado derecho…una herida de forma irregular ubicada en la región posterior del brazo lado izquierdo…una herida de forma irregular ubicada en la región mesogástrica…una herida de forma circular ubicada en la región lateral brazo izquierdo. Identidad del cadáver…G.A.A.A.…se procedió a realizar la respectiva necrodactilia de ley…se tomo una muestra de sangre del cadáver con un segmento de gasa…se tomaron fotografías de carácter general…se colecto como evidencia de interés criminalístico un segmento de gasa impregnado de sangre, muestra tomada del cadáver…

    (Folios 23 de la incidencia).

    4 Inspección técnica N° 2211 suscrita por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual se dejo constancia de:

    …deposito d cadáveres perteneciente al hospital Dr. J.R.M., ubicado en Pariata, parroquia C.S., Estado Vargas…se halla sobre una camilla metálica del tipo rodante el cadáver de una persona de sexo masculino de decúbito dorsal, desprovisto de su vestimenta con las siguientes características físicas y fisonómicas piel tez morena, contextura regular, cabello corto, tipo crepo, color negro, de 1, 70 mts de estatura aproximadamente. Examen externo presento las siguientes heridas, una herida de forma circular ubicada en la región costal lado izquierdo…una herida de forma circular ubicada en la región pectoral derecho…una herida de forma circular ubicada en la región axilar lado izquierdo…dos heridas de forma irregulares ubicada en la región del codo lado izquierdo…una herida de forma circulara ubicada en la muñeca lado izquierdo…identidad del cadáver…ULISE MIGUEL ALVARES…se tomo una muestra de sangre del cadáver con un segmento de gasa la cual será remitida para la división de laboratorio biológico con la finalidad de que le sea practicada su respectiva experticia. Se tomaron fotografías de carácter general…se colecto como evidencia…un segmento de gasa impregnado de sangre muestra tomada del cadáver…

    (Folio 24 de la incidencia).

  4. - Registro de cadena de custodia suscrita por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual se dejó constancia de:

    …una (01) tarjeta decodactilar, modelo R-17 (necrodactilia) con las impresiones de una persona sin vida de sexo masculino quien en vida respondiera al nombre de ULISE MIGUEL ALVARES…

    (Folio 31 de la incidencia).

  5. - Registro de cadena de custodia suscrita por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual se dejó constancia de:

    …nueve (09) conchas de balas, calibre 9 mm, marca CAVIM, cuatro (04) proyectiles blindados parcialmente deformados, un (01) núcleo de plomo, dos (02) fragmentos de blindaje…

    (Folio 33 de la incidencia).

  6. - Registro de cadena de custodia suscrita por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual se dejó constancia de:

    “…una (01) franelilla elaborado en material de fibras naturales de color blanco sin marca, ni talla aparente, impregnado de una sustancia de color pardo rojiza. Un (01) pantalón elaborado en fibras naturales de color azul con un bordado en la parte inferior donde se puede (sic) “PUNTO 8 32”, sin marca, ni talla aparente, impregnado de una sustancia de color pardo rojiza…” (Folio 35 de la incidencia)

  7. - Registro de cadena de custodia suscrita por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual se dejó constancia de:

    …un (01) segmento de gasa impregnado de sangre del hoy occiso, un (01) segmento de gasa impregnado de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hecmática, muestra tomada del sitio ubicado en la calle La Planada, vía pública, parroquia carayaca, estado Vargas…

    (Folio 37 de la incidencia).

  8. - Registro de cadena de custodia suscrita por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual se dejó constancia de:

    …una (01) tarjeta decadactilar modelo R-17 (necrodactilia) con las impresiones dactilares de una persona sin vida de sexo masculino quien en vida respondiera a nombre de G.A.A. ALEMAN…

    (Folio 39 de la incidencia).

  9. - Acta de entrevista del ciudadano A.J. ante funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual manifestó entre otras cosas que:

    …recibí una llamada telefónica de parte de una prima de nombre NAVARROS YAKELIN, quien me indicó que a mi hermano de nombre G.A.A.A. de 26 años de edad, le habían dado unos tiros y el mismo fue ingresado al hospital de Carayaca…PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha de los hechos antes narrados? CONTESTO: eso ocurrió en el Sector la Planada, calle El Almendrón (calle real de Carayaca), vía pública, parroquia Carayaca, estado Vargas, el día de hoy 24-10-2012, a la 01:00 horas de la tarde aproximadamente…SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, los datos filiatorios del hoy inerte? CONTESTO: G.A.A.A....QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que se encontraba haciendo el hoy inerte en el lugar de los hechos? CONTESTO: el estaba allí tomándose unas cervezas con su primo de nombre U.M. a quien también le quitaron la vida…DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento en que partes del cuerpo resulto lesionado mortalmente el hoy interfecto? CONTESTO: solo logre observar que tenía dos heridas en el pecho…DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, alguna otra persona resultó lesionada para el momento de los hechos? CONTESTO: si un primo de nombre U.M. quien resulto herido mortalmente…DECIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que alguna persona en particular se halla percatado del hecho que se investiga? CONTESTO: si una muchacha que andaba con mi hermano de nombre G.A.A.A. y mi primo de nombre U.A., pero desconozco su identidad y donde puede ser ubicada...

    (Folios 40 al 41 de la incidencia).

  10. - Acta de entrevista del ciudadano A.L. ante funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual manifestó entre otras cosas que:

    …recibí una llamada telefónica de parte de una cuñada de nombre YORMARI CAMACHO CEBILLA, quien me indicó que a mi hermano de nombre U.M.A., de 24 años de edad le habían dado unos tiros y estaba muerto en el sector La Planada, calle El Almendrón, vía Pública, Carayaca, estado Vargas… PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha de los hechos antes narrados? CONTESTO: eso ocurrió en el Sector la Planada, calle El Almendrón (calle real de Carayaca), vía pública, parroquia Carayaca, estado Vargas, el día de hoy 24-10-2012, a la 01:00 horas de la tarde aproximadamente…SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, los datos filiatorios del hoy inerte? CONTESTO: U.M. ALVAREZ… QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que se encontraba haciendo el hoy inerte en el lugar de los hechos? CONTESTO: el estaba allí tomándose unas cervezas con su primo de nombre G.A. a quien también le quitaron la vida y de una cuñada de nombre YORMARI CAMACHO CEBILLA…DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, alguna otra persona resultó lesionada para el momento de los hechos? CONTESTO: si un primo de nombre G.A.A. quien resultó herido mortalmente… DECIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que alguna persona en particular se halla percatado del hecho que se investiga? CONTESTO: si la cuñada de mi hermano ULISES de nombre YORMARI CAMACHO CEBILLA ya que ella andaba con mi hermano de nombre U.A. y mi primo de nombre G.A.…

    (Folios 42 al 43 de la incidencia).

  11. - Acta de entrevista de la ciudadana CAMACHO YORMARY ante funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual manifestó entre otras cosas que:

    …me encontraba tomándome unas cervezas y conversando en compañía de mi cuñado de nombre A.U. y un amigo de nombre A.A. cuando de pronto llegaron dos sujetos montados en una moto uno de ellos se bajo y compro una cerveza en la licorería y se marcho, en ese instante mi cuñado de nombre A.U. me comento que tuvo un problema con ese diablo de Anderson y el hermano Henderson que se fueron en esa moto, luego de varios minutos veo nuevamente Anderson y el hermano Henderson que estacionaron con una moto al frente donde estaba tomando con mi cuñado de nombre A.U. y a mi amigo de nombre A.A., seguidamente se bajo de la moto el muchacho que le dicen Anderson con un arma de fuego en la mano por lo que me asuste muchísimo en ese momento mi cuñado de nombre A.U. le dice que te pasa Anderson el sujeto sin mediar palabras comenzó a dispararle a mi cuñado de nombre Á.U. y a mi amigo de nombre A.A., por lo que agarre y salí corriendo gritando auxilio hacia un local comercial, para resguardar mi vida, luego de varios minutos salí a verificar que le había pasado a mi cuñado de nombre Á.U. y a mi amigo de nombre Á.A. lográndolos ver a los dos tirados en el suelo sobre un charcote sangre ya muerto, luego a mi amigo de nombre A.A. lo agarraron varias personas que no conozco y lo trasladaron hacia el hospital de Carayaca, donde ingreso sin vida…PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha de los hechos que narra? CONTESTO: eso sucedió en la calle La Planada, vía pública, frente al local comercial bodegón La Planada, parroquia Carayaca, estado Vargas, el día 24-10-2012, a las 12:30 horas de la tarde aproximadamente…SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, los datos de su cuñado de nombre Á.U. y su mi amigo de nombre Á.A. hoy occisos? CONTESTO: "Mi cuñado se llamaba Á.M.U. VENEZOLANO, NATURAL DE LA GUAIRA, ESTADO VARGAS, SOLTERO, DE 24 AÑOS DE EDAD, FECHA DE NACIMIENTO 14-11-1957, PROFESIÓN U OFICIO AGRICULTOR…y mi amigo se llamaba G.A.A.A., Venezolano, natural de La Guiara, estado Vargas, soltero, de 26 años de edad…TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del motivo por el cual pierden la vida su cuñado de nombre ALVARE ULISES y su amigo de nombre A.A.? CONTESTO: si por el problema que me había comentado cuñado (sic) de nombre A.U. meses atrás con Anderson…QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que alguna otra persona haya presenciado el momento en el cual el sujeto que menciona como Anderson le efectúan (sic) los disparos a su cuñado de nombre A.U. y su mi (sic) amigo de nombre A.A., hoy occisos? CONTESTO: si habían muchas personas pero no las conozco…OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, donde se encontraba su persona para el momento de los hechos que narra? CONTESTO: estaba tomando cerveza con mi cuñado de nombre A.U. y un amigo de nombre A.A.. NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuantas detonaciones escucho para el momento de los hechos que narra? CONTESTO: fueron muchos tiros. DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de la identidad del sujeto que menciona como Anderson? CONTESTO: solo se que el se llama Anderson por que minutos antes que a mi cuñado de nombre Á.U. le dieran los tiros me dijo meses atrás tuvo problemas con ese muchacho que le dicen Anderson…DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que para el momento que menciona a ver (sic) observado a Anderson quitarle la vida a su cuñado de nombre Á.U. y su amigo de nombre Á.A. estaba acompañado de otras personas? CONTESTO: si estaba con su hermano de nombre Henderson que estaba conduciendo la moto…VIGESIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características físicas de los ciudadanos que menciona como Anderson y Henderson? CONTESTO: el que le dicen Anderson es de tez morena, cabello color negro, tipo crespo, corto, nariz perfilada, labios pequeños, de contextura delgada, de 1, 75 de estatura aproximadamente de unos 23 años de edad y el conducía la moto que era Henderson es de tez morena, cabello color negro con mechas amarillas, tipo crespo, corto, nariz perfilada de contextura delgada, de 1, 70 de estatura aproximadamente de unos 24 años de edad y usa un tatuaje en el cuello…VIGESIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, a que distancia se encontraba su persona con respecto a su cuñado A.U. y su amigo de nombre A.A. hoy interfectos para el momento que el sujeto que menciona como Anderson le efectúa los disparos? CONTESTO: como medio metro aproximadamente. TRIGESIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, a que distancia se encontraba su persona, con respecto al sujeto que menciona como Anderson para el momento que le efectúa los disparos a su cuñado A.U. y su amigo de nombre A.A. hoy interfecto? CONTESTO: como a unos dos metros aproximadamente. TRIGESIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características de la vestimenta que portaban los sujetos que menciona como Anderson y Henderson para el momento que le efectúa los disparos a su cuñado A.U. y su amigo de nombre A.A. hoy occisos? CONTESTO: el que le dicen Anderson tenia una franela roja y un (01) short de color negro con figuras multicolor y el conducía la moto que era Henderson tenia una franela blanca con franjas multicolor y un short de color blanco…

    (Folios 44 al 46 de la incidencia).

  12. - Acta de investigación penal suscrita por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual se dejó constancia de:

    …Detective Héctor Aparicio…se presento el funcionario de la Guardia nacional Bolivariana sargento mayor de tercer CANO LADERA…remitiendo actuaciones relacionadas con la aprehensión del ciudadano HEDENSON J.L.B.…de 24 años de edad…quien se encuentra señalado como uno de los participes de la perpetración del delito relacionado con las presentes actas procesales que se explica por si sola…

    (Folio 47 de la incidencia).

  13. - Acta de Investigación Policial suscrita por funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual se dejó constancia de:

    …SM3 AREVALO STEVENSON GABRIEL…me constituí en comisión de servicio para realizar labores de patrullaje de seguridad ciudadana en la parroquia C.L.M.d. estado Vargas…con la finalidad de procesar información relacionada con el homicidio de los ciudadanos hoy occisos G.A.A.A. , de 26 años de edad…ULISES M.A.R., de 24 años de edad, al llegar al sitio del suceso, siendo este la vía pública exactamente en la avenida principal de Carayaca a la altura de la licorería La Planada a 20 metros aproximadamente de la jefatura civil de la parroquia Carayaca, nos encontramos con comisión del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a cargo del detective JORGE NIMLIM…quienes se encontraban realizando el levantamiento de los cuerpos de los ciudadanos hoy occisos…nos entrevistamos con el detective antes mencionado quien nos permitió dialogar con la ciudadana YOSMARI CAMACHO, quien se encontraba en compañía del Cuerpo de Investigación en calidad de testigo presencial de los hechos ocurridos en el referido lugar, esta ciudadana nos informo que quienes cometieron el doble homicidio eran los hermanos L.B.H.J. y A.J.L.B., los cuales se trasladaban en un vehiculo clase moto, describiendo a estos ciudadanos como delgados de color de piel m.c., con tatuajes en los brazos y cuello y uno de ellos con mechitas, uno de ellos vistiendo un short tipo bermuda de color blanco, franela de franjas horizontales de varios colores y sandalias de color azul con negro. Igualmente señalo el sector de la posible residencia de los agresores…nos trasladamos hasta el sector La Esperanza 4, vereda Araguaney, casa N° 87 de la Parroquia C.L.M.d. estado Vargas, ya que este había sido señalado por la ciudadana testigo…observamos un ciudadano que vestía un short tipo bermuda de color blanco, franela de franjas horizontales de color blanco, azul, verde y gris, sandalias de color azul con negro este ciudadano se encontraba en la vereda recostado de la pared de una casa de color marrón claro el mismo al ver la comisión emprendió veloz carrera hacia una zona boscosa poblada de vegetación mediana con el fin de evitar ser capturado, la comisión emprendió la persecución interceptándolo a pocos metros del lugar…procedimos a identificarnos como funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana…acto seguido le fue preguntado que si poseía oculto entre sus ropas o adheridos a su cuerpo algún objeto que guardara relación con un hecho punible, manifestando el mismo no poseer ningún objeto, por lo que le solicitamos que exhibiera las pertenencias que tuviera en sus ropas el mismo dijo que no cargaba nada …le informamos que seria objeto de una revisión corporal…encontrándole en el bolsillo derecho del short que vestía dos (02) teléfonos celulares uno de ellos marca CE MOBILE…además de una tarjeta micro SD…mientras realizaba la revisión fue apoyado por los demás integrantes de la comisión quienes se encontraban brindando seguridad alrededor del lugar…se procedió a solicitarle su cédula de identidad mostrando una laminada que lo identifica como HENDERSON J.L.B.…el mismo es de color m.c., cabello abundante de color negro rizado con mechitas de color amarillo, posee un tatuaje de una c.d.C. en el cuello del lado derecho, dos estrellas tatuadas en los hombros en la parte del frente, una cicatriz en el hombro derecho, un tatuaje de carabela en el abdomen del lado izquierdo, un San Miguel tatuado en la espalda y unas letras chinas tatuadas en la parte posterior del cuello en ambos brazos y antebrazos posee letras tatuadas en especie de nombre de personas…procedió SM3. LADERA C.M., a verificar al ciudadano por medio de llamada telefónica al sistema de consulta de datos de la Guardia Nacional Bolivariana…donde fuimos informados por el S2 MENDOZA VASQUEZ MARIO…que el ciudadano HEDENSON J.L.B.…se encontraba solicitado por el Tribunal Segundo de Control del estado Vargas…procediendo de inmediato a efectuar su aprehensión leyéndole sus derechos de imputado…

    (Folio 49 al 51 de la incidencia).

  14. - Acta de investigación penal suscrita por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 24 de Octubre de 2012, en la cual se dejó constancia de:

    …Detective Jorge Nimlin…luego de recibir procedimiento relacionado con la aprehensión del ciudadano HENDERSON J.L.B.…señalando que el citado ciudadano en compañía de su hermano causaron la muerte de las victimas relacionadas con las presentes actas procesales, procedí a inquirirle al mismo en relación a la identidad de dicho hermano, manifestando que el mismo manifestó (sic) que la identidad de su hermano es A.J.L.B., una vez obtenidos dichos nombres procedí a ingresar al sistema de información e investigación penal, donde al ingresar los datos antes referidos, dicho sistema arrojo que efectivamente existe un ciudadano de nombre A.J.L.B.…quien se encuentra requerido por el Juzgado Superior Segundo del estado Vargas…

    (Folio 54 de la incidencia)

  15. - Acta de investigación penal suscrita por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 25 de Octubre de 2012, en la cual se dejó constancia de:

    …Área de microscopia electrónica, sede Parque Carabobo, Municipio Libertador, Distrito Capital…con la finalidad de que funcionarios adscritos a ese departamento realicen muestra para la experticia de análisis de trazas de disparos (ATD) al ciudadano HEDENSON J.L.B., de 24 años de edad…quien figura como presunto victimario en los hechos donde resultaron mortalmente lesionados los ciudadanos U.M. ALVAREZ…G.A.A.A.…hecho ocurrido en la calle La Planada, parroquia Carayaca , estado Vargas, siendo las 12:30 horas de la tarde del día 24-10-2012…una vez en dicho lugar fuimos atendidos por el funcionario detective Olmos Samuel…procedió a realizar lo antes mencionado al ciudadano en referencia utilizando para esto el pin signado con la siguiente nomenclatura B-596…nos trasladamos hacia la sede de este despacho con la finalidad de informar a la superioridad de las diligencias realizadas, quienes se dieron por notificados…

    (Folio 57 de la incidencia)

  16. - Acta de investigación penal suscrita por funcionarios adscritos a la Sub-Delegación La Guaira de fecha 25 de Octubre de 2012, en la cual se dejó constancia de:

    …Detective Héctor Aparicio…se presento el funcionario oficial de la policía del estado Vargas Ángel Romero…trayendo oficio PEV-DI-1149-12, de fecha 25-10-2012 remitiendo actuaciones relacionadas con la aprehensión del ciudadano K.E.M.M.…de 28 años de edad…quien se encuentra señalado como uno de los participes de la perpetración del delito relacionado con las presentes actas procesales que se explica por si sola, así mismo un vehiculo tipo moto marca HAJIN modelo MD150, año 2012, color rojo…dicho vehiculo quedara en custodia en este despacho a fin de que le sea practicada su experticia de ley e inspección técnica…

    (Folio 58 de la incidencia).

  17. - Acta Policial suscrita por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía y Circulación de fecha 25 de Octubre de 2012, en la cual se dejó constancia de:

    …oficial de policía (pev) 8-103 ORTIZ AQUIMIDEZ…siendo las 02:00 horas de la tarde del día de ayer 24-10-2012, en momentos en los cuales realizábamos un recorrido por el sector de La Esperanza, recibimos una llamada vía telefónica por parte del oficial jefe Fuentes Wilmer, indicándonos que en el sector de Carayaca se había registrado un hecho en el cual habían fallecido dos ciudadanos producto de las heridas ocasionadas por un arma de fuego, añadiendo que el presunto autor de los disparos se desplazaba en el momento de los hechos a bordo de un vehiculo tipo moto de color rojo con los tres últimos dígitos de la placa 89V…procedimos a implementar un recorrido por los distintos sectores del Pozo y de La Esperanza, logrando avistar en La E.I., a un vehiculo tipo moto con características similares a las aportadas vía telefónica y con la placa AE8D89V, de igual manera observando que al lado del vehiculo se encontraba parado un ciudadano de contextura media , de tez morena oscura, de estatura alta que vestía para el momento un pantalón tipo jean de color azul y franela de color azul, seguidamente procedí a abordar al ciudadano identificándome como funcionario policial e informándole el motivo de nuestra presencia en el lugar, respondiendo el ciudadano que la moto era de su propiedad y que hacia breves instantes se la había prestado a un ciudadano que conoce bajo el nombre de Henderzon, para que este hiciera unas diligencias, informándole a este ciudadano que este vehiculo estaba siendo señalado por una ciudadana como el que había utilizado para la perpetración de un hecho catalogado como punible y que debía acompañarnos para aclarar la situación accediendo este ciudadano a mi petición, de la misma manera le informe…que seria objeto de una inspección corporal y designando al oficial de policía (pev) R.Á. para realizarla y una vez culminada la inspección el efectivo policial me informo no haber incautado ningún objeto de interés criminalístico y quedando identificado este ciudadano como MAYORA M.K.E., le informe que amparándome con el artículo 207 del Código Orgánico Procesal Penal realizaría la inspección al vehiculo, procediendo con la misma no incautando ningún objeto de interés criminalístico y quedando descrito como un vehiculo tipo moto, marca MD modelo águila, color rojo año 2012, placas AE8D89V…procediendo a trasladar al ciudadano y al vehiculo hasta la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas…una vez ahí me entreviste con el detective J.N. quien me informo que la ciudadana YORMARY CAMACHO…había declarado ante ese organismo policial, haberse encontrado en el lugar y en el momento de los hechos en los cuales habían resultado fallecido dos ciudadanos en el sector de Carayaca y que ella había sido la persona que observo la placa del vehiculo sobre el cual se desplazaban los presuntos autores del hecho…en vista de los hechos antes narrados se hace presumir que el ciudadano MAYORA M.K.E., es autor o participe de la presunta comisión de un hecho punible, por lo que procedí a practicarle la aprehensión…

    (Folio 60 de la incidencia).

    De lo anterior se desprende que en fecha 24 de Octubre de 2012, funcionarios adscritos a la Sub Delegación La Guaira del Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalísticas, iniciaron averiguación con motivo a la muerte de los ciudadanos U.M.A. y G.A.A., quienes fallecieron consecuencia de heridas producidas por arma de fuego, hecho este presenciado por la ciudadana CAMACHO YORMARY, quien manifestó que en la parroquia Carayaca, Calle La Planada, vía pública, estado Vargas, específicamente en una licorería que se encuentra en dicho sector se estacionaron dos sujetos conocidos como A.J.L.B. y HENDERSON J.L.B. los cuales venían en una moto, bajándose el ciudadano A.J.L.B. del referido vehiculo con un arma de fuego propinando disparos en contra de la humanidad de los ciudadanos U.M.A. y G.A.A. teniendo como consecuencia el fallecimiento de los precitados ciudadanos, procediendo los imputados de autos a huir del lugar, siendo aprehendido posteriormente el ciudadano HENDERSON J.L.B. a escasos minutos en una vereda del referido lugar, frente a lo antes expuesto quienes aquí deciden estiman necesario traer a colación el criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia Nº 1901 de fecha 01-12-2008, donde se dejó sentado entre otras cosas que:

    …La condición de flagrancia viene dada por las circunstancias de que alguien (una persona pueda captar la ejecución del delito, bien porque la presencia o porque acabando de cometerse el sospechoso (a quien a si denomina el Código Orgánico Procesal Penal ni siquiera es imputado), se encuentra aún en el lugar del suceso, en actitud tal que quien observa la comisión del hecho necesariamente forma una relación de causalidad entre el delito y el presunto delincuente…La flagrancia está ligada a la persona que presencia la comisión del hecho, quien así se convierte en medio de prueba del delito y su autoría, sin que por ello sea necesario, en principio, cualquier otra probanza de lo acontecido…

    Ante lo cual, del análisis efectuado a las actas que conforman la presente causa se evidencia que los elementos cursantes en actas permiten acreditar la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACION y ALEVOSIA previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, así como la participación del imputado G.H.L.A., en GRADO DE FACILITADOR, conforme al contenido del numeral 3 del artículo 84 ejusdem, quedando así satisfechos los requisitos exigidos en los numerales 1 y 2 del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.

    En cuanto al numeral 3 del artículo 236 del Texto Adjetivo Penal, vale señalar que el único aparte del parágrafo primero del artículo 237 del Código Orgánico Procesal Penal, establece entre otras cosas que: “…Se presume peligro de fuga en casos de hechos punibles con penas privativas de libertad…En este supuesto, el o la Fiscal del Ministerio Público, y siempre que concurran las circunstancias del artículo 236 de este Código, deberá solicitar la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad…” en tal sentido tenemos que el presente caso, se acreditó la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACION y ALEVOSIA EN GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, concatenado con el numeral 3 del artículo 84 ejusdem, tal como fue precalificado por el Ministerio Público y acogido por el Juez Aquo y dado que el artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal indica que sólo en los casos de penas privativas de libertad de corta duración, el Juez podrá otorgar medidas cautelares sustitutivas de libertad, tal supuesto no se corresponde con el caso en estudio, por cuanto el ilícito imputado prevé una sanción cuya pena excede de tres (03) años en su límite máximo, lo que hace procedente la aplicación de una Medida Privativa en contra del ciudadano HENDENSON J.L.B. y por ello lo ajustado a derecho es CONFIRMAR la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 25/10/2012, mediante la cual DECRETO LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del precitado ciudadano. Y ASÍ SE DECIDE.

    DECISION

    Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes y Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal de fecha 25 de Octubre de 2012, mediante la cual DECRETO LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano HENDENSON J.L.B. titular de la cédula de identidad N° 23.565.604, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACION y ALEVOSIA EN GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, concatenado con el numeral 3 del artículo 84 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos que en vida respondieran a los nombres de U.M.A. y G.A.A., por encontrase llenos los extremos legales exigidos en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.

    Se SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público.

    Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia de la presente decisión, remítase el cuaderno de incidencias al Juzgado A-quo, en su oportunidad legal.

    LA JUEZ PRESIDENTE,

    R.A.B.D.

    LAJUEZ PONENTE, LA JUEZ,

    R.C.R.N.S.M.

    LA SECRETARIA,

    ABG. HAIDELIZA DARIAS

    En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

    LA SECRETARIA,

    ABG. HAIDELIZA DARIAS

    RB/NS/RC/greisy.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR