Decisión nº 531 de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt de Zulia, de 1 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2009
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt
PonenteMaríaelvira Reina Hernández
ProcedimientoLiquidacion Y Particion De Comunidad Conyugal

Despacho de Medida Nº 4892

En el día de hoy primero ( 01 ) de Diciembre de 2.009, siendo las diez y veinte minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, S.R., S.B., LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del Liceo Militar R.U., Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el Juicio de LIQUIDACION y PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, seguido por H.J. CORNIELES HERNANDEZ contra G.J. PIÑA MEDINA, titular de la cédula de identidad N° V-4.710.119. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano O.B., titular de la cédula de identidad 5.808.926, en su condición de Director. En este estado presente la apoderada Judicial de la parte actora, abogada en ejercicio F.M.C., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 55.453, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo preventivo decretada por el juzgado de la causa.

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