Decisión de Juzgado del Municipio Bermudez de Sucre, de 16 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2013
EmisorJuzgado del Municipio Bermudez
PonenteSergio Sanchez Duque
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

Carúpano, 16 de Mayo de 2013.-

203° y 154°

Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS, presentada por el ciudadano: H.N.H., venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N° 4.943.627 y de este domicilio, asistido para este por la abogada en ejercicio EDITTELA DEL VALLE TORRES PEREZ, inscrita en el Inpreabogado con el N° 167.370, y de este domicilio.- asimismo las declaraciones de los Testigos, ciudadanos: L.J.M.H., venezolano, mayor de edad, casado, Comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.396.435 y domiciliado en la Urbanización S.d.C., Manzana O, casa N° 01 El Muco, Parroquia S.C., Municipio Bermúdez del Estado Sucre y MILEYDIS DEL VALLE CARRERA MACHIN, venezolana, mayor de edad, soltera, oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.855.675, y domiciliada en la calle Principal de San Martín, casa N° 85 Parroquia S.C., Municipio Bermúdez del Estado Sucre.- En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS, el ciudadano H.N.H., supra identificado, solicita a este DESPACHO JUDICIAL, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes, para asegurarle el derecho de propiedad, sobre las BIENHECHURIAS constituida por una casa familiar, ubicada en la calle Pichincha N° 11, Jurisdicción de la Parroquia S.C., Municipio Bermúdez del Estado Sucre, asignada con el Codigo Catastral N° 19-05-03-02-17-04 , esta construcción ha sido fomentada sobre una parcela de terreno municipal, la cual tiene las siguientes especificaciones y linderos: NORTE: Su frente con calle Pichincha, con una medida de (9,04 mts), SUR: Su fondo, con el cerro corea, con una medida de (10,47 mts), ESTE: Con casa que es o fue de Oscar centeno, con una medida de (20,09 mts) y OESTE: Con casa que es o fue de J.G., con una medida en línea quebrada de (13+5,30+1,58 mts); con una superficie total de DOSCIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (241,78 mts2).- La vivienda construida sobre el terreno consta de las siguientes características: paredes de bloques de concreto, vigas de riostre, bases de concreto, friso liso, piso de cemento pulido, techo de asbesto, puertas y ventanas de hierro una (1) sala recibo, un (1) comedor, tres (3) habitaciones, dos (2) baños, una (1) cocina, consta igualmente de las instalaciones de servicios públicos, tuberías para aguas blancas y negras e instalaciones eléctricas exteriores.- El mencionado inmueble posee un área total de construcción de CIENTO CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (146,39 mts2).- El costo de dichas BIENHECHURIAS es la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00).- Ahora bien por cuanto los mencionados testigos, ciudadanos: L.J.M.H. y MILEYDIS DEL VALLE CARRERA MACHIN, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud., así como también con los recaudos acompañados, se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. En consecuencia, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO BERMUDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE al ciudadano H.N.H., venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N° 4.943.627 y de este domicilio; el derecho de propiedad a su representada, sobre las BIENHECHURIAS constituida por una por una casa familiar, ubicada en la calle Pichincha N° 11, Jurisdicción de la Parroquia S.C., Municipio Bermúdez del Estado Sucre, asignada con el Codigo Catastral N° 19-05-03-02-17-04 , esta construcción ha sido fomentada sobre una parcela de terreno municipal, la cual tiene las siguientes especificaciones y linderos: NORTE: Su frente con calle Pichincha, con una medida de (9,04 mts), SUR: Su fondo, con el cerro corea, con una medida de (10,47 mts), ESTE: Con casa que es o fue de Oscar centeno, con una medida de (20,09 mts) y OESTE: Con casa que es o fue de J.G., con una medida en línea quebrada de (13+5,30+1,58 mts); con una superficie total de DOSCIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (241,78 mts2).- La vivienda construida sobre el terreno consta de las siguientes características: paredes de bloques de concreto, vigas de riostre, bases de concreto, friso liso, piso de cemento pulido, techo de asbesto, puertas y ventanas de hierro una (1) sala recibo, un (1) comedor, tres (3) habitaciones, dos (2) baños, una (1) cocina, consta igualmente de las instalaciones de servicios públicos, tuberías para aguas blancas y negras e instalaciones eléctricas exteriores.- El mencionado inmueble posee un área total de construcción de CIENTO CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (146,39 mts2).- El costo de dichas BIENHECHURIAS es la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00); de conformidad con lo establecido el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.- Devuélvase todo original con sus resultados.-

EL JUEZ,

Dr. S.S.D..-

EL SECRETARIO,

Abgdo. O.G..-

NOTA: En esta misma fecha (16/05/2013) se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado. Que CONSTE.

EL SECRETARIO,

Abgdo. O.G..-

Solc. N° 6.410-13.-

SSD/OG/tv.-

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