Decisión nº S-N de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Merida (Extensión Mérida), de 17 de Julio de 2006

Fecha de Resolución17 de Julio de 2006
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteJoycemar Garcia Astros
ProcedimientoAuto Acordando Solicitud Permiso De Salida

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida

Mérida, 17 de Julio de 2006

196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2003-000186

ASUNTO : LP01-P-2003-000186

AUTO ACORDANDO PERMISO SOLICITADO POR PENADO

Visto el escrito constante de un (01) folio útil, presentado en fecha 14-7-2.006, por el penado de autos H.S., donde solicita un PERMISO por el lapso comprendido desde el 07/08/2006 al 25/08/2006 (18 días continuos), a los fines de poder trasladarse a las ciudadanos de MARACAY, CORO Y PUNTO FIJO, para disfrutar de sus vacaciones, éste Juzgado de Ejecución, analizada como ha sido tal solicitud, desde el punto de vista de su contenido espiritual y religioso, ACUERDA EL PERMISO SOLICITADO A FAVOR DEL PENADO H.S. POR EL LAPSO DE DIECIOCHO (18) DÍAS CONTINUOS, ES DECIR, DURANTE LOS DÍAS 07/08/2006 AL 25/08/2006, por cuanto considera que tal permiso no afecta o perjudica el beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena que actualmente cumple dicho penado, de conformidad con el 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y 61 de la Ley de Régimen Penitenciario, por cuanto el penado de autos mantienen su empleo fijo y estable, además de haber sido presentado por la delegada de prueba que lo supervisa informe referencial positivo, relacionado con la conducta del penado, quién cumple el régimen de prueba hasta ahora con sentido de responsabilidad, por lo que una vez vencido el lapso del permiso en cuestión deberá regresar a la jurisdicción del Estado Mérida y presentarse de inmediato ante la delegada de prueba asignada.

Notifíquese la presente decisión al Fiscal del Ministerio Público, a la Defensa privada Abg. G.A.A. y al penado de autos a su lugar de residencia, remitiéndole copia certificada de ésta decisión a la delegada de prueba Dra. L.O. jefe de la Unidad Técnica n° 01 de la Ciudad de Mérida. Cúmplase.-

La Juez Suplente Especial de Ejecución Nº 02

Abog. JOYCEMAR G.A.

La Secretaria

En fecha_________, se libró oficio nro.__________ y Boletas de Notificación Nros.___________________.

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