Decisión de Tribunal Segundo de Control de Miranda, de 4 de Diciembre de 2003

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2003
EmisorTribunal Segundo de Control
PonenteZinnia Briceño
ProcedimientoEntrega De Vehiculo

Este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es entregar el vehículo en CALIDAD DE DEPOSITO de conformidad con lo establecido en el primer aparte del articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal y asimismo para el total esclarecimiento de los hechos ordenar al solicitante la práctica de una experticia a dicho vehículo a través de la Guardia Nacional y otra experticia a través de la Dirección de T.T. y ASI SE DECLARA. PRIMERO: Que el solicitante HERMANY M.F.M. acreditó ante este Tribunal la titularidad del vehículo solicitado MARCA JEEP , MODELO :CHEROKEE LAREDO , CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT- WAGON COLOR : GRIS, PLACAS SAB-93G SERIAL DE CARROCERIA : 8Y2FJ33V086081, MOTOR 6 CILINDROS. SEGUNDO: Este Tribunal considera procedente la entrega del referido vehículo en CALIDAD DE DEPOSITO al ciudadano F.M.H.M. titular de la cédula de identidad número: 2.142.749. Todo conforme a lo estipulado en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acuerda emitir oficio al Estacionamiento Judicial ESTAVENCA ubicado en el aeropuerto Metropolitano Ocumare del Tuy Estado Miranda, a fin de dar cumplimiento a lo aquí decidido. CUARTO. Se acuerda agregar a los autos la experticia original del vehículo consignada por el Fiscal Séptimo del Ministerio Público, asimismo se entregó en este acto previo cotejo con su originales los documentos exhibidos, la devolución del original del título de propiedad del vehículo solicitado. Se cierra el acta 12:23 horas de la tarde.-

LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO

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