Decisión nº PJ0672007000000015 de Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Ciudad Bolivar de Bolivar (Extensión Ciudad Bolivar), de 15 de Mayo de 2007

Fecha de Resolución15 de Mayo de 2007
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Ciudad Bolivar
PonenteIván García Lozada
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO (1°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR SEDE CIUDAD BOLIVAR

ASUNTO: FP02-L-2007-000129

Ciudad Bolívar, 15 de Mayo de año 2.007

197° y 148°

Por cuanto consta en autos que ha quedado definitivamente firme la decisión donde se declara la Inadmisibilidad de la presente demanda, de fecha Siete (07) de Mayo de 2007,una vez transcurrido integro el lapso previsto en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal ordena el ARCHIVO del presente expediente.

Igualmente se acuerda su correspondiente remisión a la Sede del Archivo Judicial, ello en la oportunidad que el mismo indique según el cronograma enviado, y en atención a las pautas contenidas en el instructivo remitido a este Juzgado. ARCHIVESE. REMITASE AL ARCHIVO JUDICIAL.-

EL JUEZ,

ABG. Y.A.G. LOZADA

LA SECRETARIA,

ABG. M.V. SIFONTES.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-

LA SECRETARIA,

ABG. M.V. SIFONTES.

YAGL.

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