Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Sucre (Extensión Carupano), de 16 de Enero de 2006
Fecha de Resolución | 16 de Enero de 2006 |
Emisor | Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio |
Ponente | Omar Rojas Calderon |
Procedimiento | Sobreseimiento De La Causa |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO
EXTENSION CARUPANO
Carúpano, 16 de Enero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RK11-P-1999-000021
ASUNTO: RK11-P-1999-000021
SENTENCIA DECRETANDO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA:
Visto el Acta presentada por la Ciudadana C.F.D.C.M. del hoy Occiso C.H.C.F., Venezolano, Comerciante, de treinta (30) años de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 11.967.947, Natural de este Municipio., en el cual se evidencia el Fallecimiento del referido Ciudadano antes mencionado. A quién se le sigue la Causa Signada con el N° RK11-P-1999-000021.por la presunta comisión de los Delitos de Homicidio en Grado de tentativa y Aprovechamiento de Cosas Provenientes de Delito. Este Tribunal Segundo de Juicio a los fines de decidir observa: Al realizar una revisión minuciosa y exhaustiva de las actas que conforman la presente Causa, pudo verificar que en fecha 18 de Octubre de 2005, siendo la 4:51 pm se recibió Acta Defunción del Ciudadano C.C.F.. En tal sentido, observa este Tribunal Segundo de juicio una Causa de extinción de la Acción Penal según el Articulo 48 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal (La Muerte del Imputado). Por las razones de Hecho y de Derecho. Este TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL de la presente causa, según lo establecido en el articulo 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del Ciudadano: C.H.C.F. (Occiso), Venezolano, Comerciante, de treinta (30) años de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 11.967.947, Natural de este Municipio, Carúpano, Estado Sucre, por la presunta Comisión del delito de Homicidio en Grado de tentativa y Aprovechamiento de Cosas Proveniente del Delito previsto y sancionado en los artículos 407 del Código Penal en relación con el 80 en su Primer Aparte y el Articulo 472 Primera Aparte ejusdem . En consecuencia este Juzgado Segundo de Juicio Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 322 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y Notifíquese a las partes. Remítase la presente causa en su oportunidad legal al Tribunal de Ejecución competente.-
EL JUEZ SEGUNDO DE JUICIO
ABG. O.R.R.C.
LA SECRETARIA
ABG. Ruthselly Guerra