Decisión nº PJ0042010000008 de Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Carabobo (Extensión Puerto Cabello), de 20 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2010
EmisorTribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteZurima del Carmen Escorihuela Paz
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

SEDE PUERTO CABELLO.

Puerto Cabello, 20 de mayo de 2010.

200º y 151º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

ASUNTO: GP21-L-2008-000130

PARTE DEMANDANTE: J.A.H.T., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.437.172, y de este domicilio.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: H.R.O., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 86.067,

PARTE DEMANDADA: OPSA, OPERADORA PORTUARIA, S. A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: S.O., M.G., SONSIREE MEZA LEAL, T.G., V.M.O., M.C., M.A.V., C.Z., I.R., A.R., A.S., A.L.V., C.B., R.R., L.C.P., M.I.L., M.G.F., M.R. ZULETA, L.V., Y.G., M.C. ZAMBRANO, N.D., G.B., RAFAEL DÍAZ, LISEY LEE, M.A., A.G., G.P. y M.D.C.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

HOMOLOGACIÓN

Visto el cumplimiento del acuerdo suscrito entre las partes en el presente asunto, el cual no vulnera principios legales, ni garantías constitucionales, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA CORRESPONDIENTE HOMOGACIÓN JUDICIAL, con la cual se da por terminada la causa y se ordena su remisión al archivo de este Circuito Judicial de los Tribunales del Trabajo. Sede Puerto Cabello. Asimismo, se ordena expedir tres (3) copias certificadas del Acta de Acuerdo Transaccional y de la presente Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva. Expídanse las copias. Líbrese oficio.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Juicio de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sede Puerto Cabello, a los veinte (20) días del mes de m.d.D.M.D. (2010). AÑOS: 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-

La Jueza Titular Quinta de Juicio del Trabajo.

Abogada ZURIMA ESCORIHUELA PAZ.

La Secretaria

Abogada. YANEL MARITZA YAGUAS DÍAZ.

En la misma fecha se dictó y publicó la presente sentencia, siendo las doce y trece (12:13 p.m), de la tarde.

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