Decisión de Tribunal Primero de Control L.O.P.N.A de Monagas, de 22 de Abril de 2013

Fecha de Resolución22 de Abril de 2013
EmisorTribunal Primero de Control L.O.P.N.A
PonenteYbraín Moya
ProcedimientoSobreseimiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia para la Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas

Maturín, 22 de Abril de 2013

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2013-000166

ASUNTO : NP01-D-2013-000166

JUEZ PRIMERO DE CONTROL: ABG. YBRAHIM J.M.R.

SECRETARIA: ABG. L.R..

IMPUTADOS: N.J.T.H., J.C.T.H., J.A.M.V. y J.C.H..

SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

Por cuanto la ciudadana Fiscal (A) Décima del Ministerio Público del Estado Monagas Abogada Y.R.B., presentó por ante este Tribunal escrito en el cual solicita el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor de los ciudadanos: N.J.T.H., J.C.T.H., J.A.M.V. y J.C.H., plenamente identificados en autos, por haber operado al Prescripción de la Acción Penal, de conformidad con lo establecido en los Artículo 561 literal “d” y 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes, 318 ordinal 3° y Artículo 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal (Derogado) actualmente Artículos 300 ordinal 3° y 49 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal Vigente para la presente fecha, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en los artículos 401, Numeral 1°, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal vigente. En tal sentido este Tribunal pasa a dictar Sobreseimiento Definitivo en los siguientes términos:

I

IDENTIFICACION DE LOS IMPUTADOS

  1. -N.J.T.H., de 17 años de edad (Para la data de los hechos que dieron origen a las presentes actuaciones), titular de la cédula de identidad V-20.040.500, residenciado en la Calle Principal del Caserío Altamira, Estado Monagas.

  2. - J.C.T.H., de 16 años de edad (Para la data de los hechos que dieron origen a las presentes actuaciones), residenciado en la finca La Milagrosa, Sector Altamira, Estado Monagas.

  3. -J.A.M.V., de 15 años de edad (Para la data de los hechos que dieron origen a las presentes actuaciones), indocumentado, residenciado en el Sector Pinto Salina, Calle Principal al lado del Módulo Policial, estado Monagas.

  4. -J.C.H., de 17 años de edad (Para la data de los hechos que dieron origen a las presentes actuaciones), titular de la cédula de identidad V-20.648.535, residenciado en la Calle Principal, detrás de SIGO.

    II

    DESCRIPCION DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACION

    En fecha 25/09/2006, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, sub- delegación Maturín Estado Monagas, tuvieron conocimiento, que en la finca propiedad del ciudadano : J.F., ubicado en el sector Altamira, Vía El Sur Maturín Estado Monagas, fue localizado el cadáver del ciudadano: M.A.M., el cual fue encontrado por algunos vecinos, quienes lo vieron tirado en el piso muerto y a su lado,… una escopeta, Marca PARDNER, sin serial aparente, del calibre 12, sin acabado superficial conjunto de mira conformado por un guión fijo, presenta un cañón con ánima lista, de una longitud de cuatrocientos sesenta y seis (476) milímetros; por lo que se inició la investigación Penal N° H-370.078, del curso de las investigaciones se pudo determinar la presunta participación de los Adolescentes N.J.T.H., de 17 años de edad (Para la data de los hechos que dieron origen a las presentes actuaciones), titular de la cédula de identidad V-20.040.500, J.C.T.H., de 16 años de edad. J.A.M.V., de 15 años de edad y J.C.H., de 17 años de edad, en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en los artículos 401, Numeral 1°, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal vigente, en perjuicio del hoy occiso M.A.M..-

    Diligencias practicadas en la Investigación:

  5. - TRANSCRIPCIÓN DE NOVEDAD, cursante al folio Uno (01) de las actuaciones, de fecha 24/09/2006, por ante el C.I.C.P.C. sub-Delegación Maturín Estado Monagas, donde deja constancia de lo siguiente: “… Se recibe de parte de l centralista de Guardia de la policía del estado Monagas, informando que en la finca del ciudadano J.F., ubicada en el sector Altamira, vía el sur de esta ciudad, se encuentra el cadáver de una persona de sexo masculino, desconociendo más datos…”

  6. - ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, cursante al folio cuatro (04) de las actuaciones, de fecha 25/09/2006, suscrita por el funcionario L.V., adscrito al C.I.C.P.C. Maturín Estado Monagas, donde dejo constancia de lo siguiente: “…Fuimos recibidos por el ciudadano J.T.F.G.,… quien manifestó ser el propietario de dicha finca y que el referido occiso tenía cuatro mese aproximadamente trabajando con él, conduciendo al lugar donde se encontraba el mismo, donde observamos que éste se encontraba en posición fetal,… colectando un arma de fuego tipo escopeta, calibre doce, marca perder modelo SBI, sin serial aparente, con un cartucho del mismo calibre, marca foochi sin percutir,…nos entrevistamos con la ciudadana K.M.M.B.,… titular de la cédula de identidad V-12.153.256,… nos entrevistamos con el ciudadano A.A.R.,… cedulado V-8.363.029,… nos manifestó que estaba llamando al hoy occiso, y éste no respondía por lo que se traslado a la finca a llevarle carne,… y le preguntó el motivo porque no respondía y éste le había manifestado que estaba esperando a un sujeto que le dicen PEDRO, ya que éste quería que le prestara dinero,… seguidamente procedimos a realizar el levantamiento del occiso,… pudiendo constatar que el mismo tenía una herida en la región mesogastrica izquierda, producida por el paso de un proyectil disparado por arma de fuego, escopeta,..”

  7. - INSPECCIÓN TECNICA N° 2870, cursante al folio cinco (05) de las actuaciones de fecha 25/09/2006, suscrita por los Agentes G.M. y L.V., adscritos al C. I. C. I. P. C. Maturín, Estado Monagas, practicado en: FINCA PROPIEDAD DE J.F., SECTOR ALTAMIRA, MATURIN ESTADO MONAGAS, sitio de suceso Abierto.

  8. -INSPECCIÓN TECNICA N° 2871, riela al folio siete (07) de las actuaciones, de fecha 25/09/2006, suscrita por los Agentes G.M. y L.V., adscritos al C. I. C. I. P. C. Maturín, Estado Monagas, donde dejan constancia de examen externo del cadáver, practicado en la Morgue del Hospital Doctor M.N.T., de esta ciudad.

  9. -ACTA DE ENTREVISTA, riela al folio ocho (08) de las actuaciones, de fecha 25/09/20006, realizada por ante el C.I.C.P.C. Maturín Estado Monagas, al ciudadano: A.A.R., … titular de la cédula de identidad V-8.363.029, “…Fui a llevarle un poquito de carne de cacería, estuve llamando a M.M., por el fondo de su sitio de trabajo y él no salía hasta que veo a un muchacho de nombre ALEX de la finca donde cuida MIGUEL; y le pregunte por éste,… me acerco hasta allá,… y le pregunto el motivo por el cual no me atendía a mis llamados y me dice que estaba esperando a PEDRO, porque este quería que le prestara dinero ajuro, y a demás que lo había visto que había brincado el portón sin permiso,… escuche que me estaban llamando era un señor de nombre Francisco, quien trabaja en la finca de J.F.,.. Me dice que M.M. esta muerto,…”

  10. -ACTA DE ENTREVISTA, riela al folio diecisiete (17) de las actuaciones, de fecha 27/09/20006, realizada por ante el C.I.C.P.C. Maturín Estado Monagas, a la ciudadana: MACUARE BASTARDO K.M.,… titular de la cédula de identidad V-12.153.256, “…Me avisaron que mi papá de nombre MIGUEL reencontraba muerto en el lugar donde trabaja,… llamé a ANGEL que es vecino de mi casa de domicilio la cual se encontraba cuidando al lado del señor J.H.B.,… me entero que unos días atrás que dos muchachos hijos del señor FRANCISCO habían brincado la cerca tomados y drogados y que además el señor PEDRO le quitaba dinero a mi papá,… hablo con el señor J.M.C., que él había escuchado el tiro,…”

  11. - ACTA DE ENTREVISTA, riela al folio diecinueve (19) de las actuaciones, de fecha 28/09/20006, realizada por ante el C.I.C.P.C. Maturín Estado Monagas, al ciudadano: S.M.N.J.,… titular de la cédula de identidad V-11.777.916, “…Llegó u señor de nombre FRANSCICO a la casa de y empezó a llamar a ANGEL y éste le preguntó que había pasado y FRANCISCO le responde que mataron a MIGUEL,.. Nos dirigimos la lugar donde vivía MIGUEL y lo encontramos tirado en el suelo muerto y a su lado una escopeta…”

  12. - ACTA DE ENTREVISTA, riela al folio veinte (20) de las actuaciones, de fecha 29/09/20006, realizada por ante el C.I.C.P.C. Maturín Estado Monagas, al ciudadano: A.M.B.A.,… titular de la cédula de identidad V-25.612.486,…” Escuche un disparo y vi cuando venían corriendo cuatro personas entre estos un sujeto,… quien es hijo de FRANCISCO,… se metieron por el portón de la finca LA MILAGROSA,…”

  13. - ACTA DE ENTREVISTA, riela al folio veintiuno (21) de las actuaciones, de fecha 28/09/20006, realizada por ante el C.I.C.P.C. Maturín Estado Monagas, al ciudadano: PEREIRA MAIKEL RAFAEL,… titular de la cédula de identidad V-18.079.153, “… Me en entere por medio de FRANCISCO, que al señor MIGUEL lo habían matado,… fuimos hasta donde estaba MIGUEL y lo vi lleno de sangre y tirado en el piso de medio lado,…”.

    10 EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL N° 9700-074-469, riela al folio veintidós (229 de las actuaciones, de fecha 29/09/2006, suscrita por Agentes EGLIS BARRETO y J.M., adscritos Al C.I.C.P.C., Maturín Estado Monagas, practicada a un (01) taco, para arma de fuego tipo escopeta, elaborado en material sintético de color traslúcido, que originalmente formaba parte de un cartucho, presentando signos de combustión y de solución discontinuidad,…”

  14. -ACTA DE ENTREVISTA, riela al folio veintitrés (23) de las actuaciones, de fecha 30/09/2006, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Maturín Estado Monagas, a la ciudadana: PIAMO M.J., titular de la cédula de identidad V-14.507.349,… “…escuche un disparo, entonces nos paramos y vi cuando venían cuatro personas corriendo y se metieron a la Finca la milagrosa,…”

  15. -ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, que riela al folio veinticuatro (24) de las actuaciones, de fecha 30/09/2006, suscrita por el Licdo. E.G., adscrito al CICPC, Maturín Estado Monagas, “… Me constituí en comisión,… con la finalidad de ubicar, identificar a los familiares del ciudadano apodado EL MELERO y a los hijos de FRANCISCO,… nos entrevistamos con varios moradores que nos mencionaron el lugar,… fuimos atendidos por un ciudadano de nombre TORRES FRANCISCO,… titular de la cedulad de identidad V-6.958.333,… no dudo en aportarnos los datos filiatorios de sus hijos quedando identificados de la siguiente manera: N.J.T.H.,… de 17 años de edad, y J.C.T.H.,… de 16 años de edad…”

  16. -ACTA DE ENTREVISTA, riela al folio veintisiete (27) de las actuaciones, de fecha 30/09/2006, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Maturín Estado Monagas, al ciudadano: U.O.L.G., titular de la cédula de identidad V-3.326.664, “… Escuche un disparo de escopeta al lado de un mangozal y ahí estaban cuatro o cinco muchachos y después de eso se fueron hacia el río,…”

  17. -ACTA DE ENTREVISTA, riela al folio veintiocho (28) de las actuaciones, de fecha 02/09/2006, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Maturín Estado Monagas, al ciudadano: TORRES FRANCISCO, titular de la cédula de identidad V-6.958.333. “… Empiezo a llamar al señor MIGUEL,… en vista de varios gritos llamándolo decidí acercarme a la casa y cerca de unos sacos de cementos se encontraba el señor MIGUEL muerto tirado en el suelo, con una herida en la parte izquierda del estomago y una escopeta a su lado,…”

  18. -ACTA DE ENTREVISTA, riela al folio treinta (30) de las actuaciones, de fecha 02/11/2006, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Maturín Estado Monagas, al ciudadano: AZOCAR H.P.A., titular de la cédula de identidad V-9.943.025,… “…El señor OSCAR que es del mismo sector me dijo que había matado a MIGUEL,…”

  19. -ACTA DE ENTREVISTA, riela al folio treinta y uno (31) de las actuaciones, de fecha 04/10/2006, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Maturín Estado Monagas, a la ciudadana: PIAMO M.J., titular de la cédula de identidad V- suscrita por el Licdo. E.G., adscrito al CICPC, Maturín Estado Monagas.

  20. -EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO E ION NITRATO Y COMPARACIÓN BALISTICA N° 9700-128-B-0502, cursa al folio treinta y dos (32) de las actuaciones, de fecha 11/10/2006, suscrita por C.V. y K.C., adscritas a la brigada de balística del C.I.C.P.C. Practicada a Un (01) arma de fuego tipo Escopeta, Marca PARDENER, sin serial aparente, calibre 12, sin acabado superficial conjunto de mira conformado por un guión fijo, presenta un cañón con ánima lisa, de una longitud de cuatrocientos setenta y seis (476) milímetros, garganta y culata elaborados en madera de color marrón, mecanismo de accionamiento simple, sistema de carga abisagrado liberado por el accionamiento manual de una pieza metálica localizada en el derecho de la caja de los mecanismos,…”

  21. - EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Y HEMATOLÓGICA N° 9700-128-M-1010-06, riela al folio treinta y tres (33) de las actuaciones, de fecha 25/09/2006, suscrita por los funcionarios Licda. I.S. y Licdo. J.C., adscritos al Laboratorio Bioquímico Físico del CICPC, Maturín Estado Monagas, practicado a Un (019 segmento de gasa, colectada a l occiso MACUARE M.A., Un (01) segmento de gasa, colectada en un área de las puertas de la residencia del lugar del hecho, Un (01) segmento de gasa, colectada en un área cerca de la ubicación de la escopeta.

  22. -ACTA DE INVESTIGACIÓN, riela al folio treinta y cuatro (34) de las actuaciones, de fecha 18/10/2006, suscrita por el Licdo. E.G., adscrito al CICPC, Maturín Estado Monagas, “…Se presentó voluntariamente el adolescente: J.C.H.,… de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad V-20.648.535,… acompañado de su progenitor de nombre CALZADILLA J.J., titular de la cédula de identidad V-10.837.146,…”

  23. - ACTA DE INVESTIGACIÓN, riela al folio treinta y cinco (35) de las actuaciones, de fecha 18/10/2006, realizada por ante el CICPC, Maturín Estado Monagas, al ciudadano: CALZADILLA J.J., titular de la cédula de identidad V-20.648.535, “… Nos dirigimos hacia el pueblo, hacia una fiesta,… MELERO, me comentó que NESTOR le había disparado a un señor,…”

  24. -CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN, riela al folio treinta y ocho (389 de las actuaciones, correspondiente al hoy occiso M.A.M..

  25. -INFORME DE AUTOPSIA N° 150-06, riela al folio cuarenta (40) de las actuaciones, de fecha 25/09/2006, suscrita por la DRA. M.V., Anatomopatólogo, adscrita al Departamento de Ciencias Forenses del C.I.C.P.C. Maturín, Estado Monagas, practicada a la hoy occiso M.A.M., “… Orificio de entrada en hemitorax lateral izquierdo inferior de 8 cm, de diámetro máximo con orificios satélites cercanos,… Causa de la muerte: Hemorragia Interna, debido a herida por Arma de fuego toraco Abdominal.

  26. -AMPLIACIÓN DE ENTREVISTA, que riela al folio cuarenta y dos (42) de las actuaciones de fecha 06/09/2007, realizada por ante la Fiscalía Décima del Ministerio Público del estado Monagas a la ciudadana: K.M.M.,… Titular de la cédula de identidad V-12.153.256.

    III

    RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO EN QUE SE FUNDA LA DECISIÖN

    El delito que se le imputa a los adolescentes (para la data) supra identificados, es el de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en los artículos 401, Numeral 1°, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal vigente, tal delito es perseguido de oficio; ahora bien los hechos antes referidos, objeto del presente proceso, presuntamente ocurrieron fecha 25/09/2006, por lo que han transcurrido más de SEIS (06) AÑOS, desde que se inició la investigación, a la data de la solicitud que motiva la presente, y según lo manifestado por la Representación de la Fiscalía Décima del Estado Monagas, en su escrito de solicitud de Sobreseimiento Definitivo de la Causa, imposibilita a esa Representación Fiscal, realizar cualquier otra diligencia. Ahora bien, de conformidad con lo previsto en el artículo 561 literal “d” y 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como los artículos 49 ordinal 8° y 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, y dado lo invocado por la Representación Fiscal, en cuanto al SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa, se considera no contraria a derecho, según lo establecido por el legislador patrio en la Ley especial que rige esta materia de responsabilidad penal adolescente, a saber:

    Artículo 615. Prescripción de la Acción. La acción prescribirá a los cinco años en caso de hechos punibles para los cuales se admite la privación de libertad como sanción, a los tres años cuando se trate de otro hecho punible de acción pública y a los seis meses, en casos de delitos de instancia privadas o de faltas.

    Parágrafo Primero (…OMISSIS…)

    Parágrafo Segundo (…OMISSIS…)

    Parágrafo Tercero (…OMISSIS…)

    Conforme a lo antes señalado, y en relación al caso aquí examinado, se observa que la solicitud de sobreseimiento que motiva la presente, cumple con el requisito establecido en el Artículo 615 de la Ley especial que rige esta materia, dada la data de los hechos que originaron las actuaciones, encontrándose prescrita la acción penal en la misma, aunado a que no consta en autos causa alguna que haya interrumpido la prescripción, es por lo que, este Juzgador considera acreditada de pleno derecho la extinción de la acción penal, y debe darse por terminado el presente proceso penal. Y ASÍ SE DECIDE.

    DISPOSITIVA

    Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control, Sección - Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en Aplicación de la ley más favorable, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, en el presente asunto judicial seguido a los ciudadanos: N.J.T.H., J.C.T.H., J.A.M.V. y J.C.H., antes identificados, en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en los artículos 401, Numeral 1°, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal vigente, en perjuicio del hoy occiso M.A.M.; conforme a lo establecido en los Artículos 49 ordinal 8°, 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en relación con el contenido de los artículos 615, y 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Regístrese y Publíquese. Notifíquese a las partes. Líbrese lo conducente. Cúmplase.

    EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

    ABG. YBRAHIM J.M.R..

    LA SECRETARIA,

    ABG. L.R.

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